La nueva competencia del Tribunal General en materia prejudicial: la hora de pasar de las musas al teatro
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.79.03Abstract
El 1 de septiembre de 2024 ha entrado en vigor una importante reforma del Tribunal de Justicia de la UE mediante la que, entre otras cosas, se atribuye al Tribunal General competencia para conocer de cuestiones prejudiciales en seis materias específicas (IVA, impuestos especiales, código aduanero, clasificación arancelaria de mercancías en la nomenclatura combinada, la compensación y la asistencia a los pasajeros y el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero). Se trata de una modificación que cumple el mandato previsto desde el Tratado de Niza por el artículo 256.3 TFUE y es continuación lógica de la reforma de 2015, por la que se duplicó el número de jueces del Tribunal General. Esta contribución analiza básicamente las consecuencias que esta reforma tiene para el Tribunal General. Así, con el objetivo de ofrecer a los órganos jurisdiccionales nacionales las mismas garantías con las que el Tribunal de Justicia tramita las cuestiones prejudiciales, se ha modificado de manera sustancial la estructura interna del Tribunal General, destacando la atribución de estos asuntos a dos salas especializadas, la creación de una sala intermedia (de nueve jueces) y, muy en particular, la inclusión de la figura del Abogado general. Se analizan igualmente los riesgos e incógnitas que la reforma plantea.
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