La inmunidad de jurisdicción de los gobernadores de los bancos centrales nacionales a la luz del derecho de la UE

La sentencia del Tribunal de Justicia LR Ģenerālprokuratūras

Autores/as

  • José Antonio Valles Cavia Universidad de Cantabria

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.71.05

Resumen

La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia sobre la cuestión prejudicial planteada en diciembre de 2019 por el Tribunal de Primera Instancia de Riga al objeto de interpretar los arts. 11.a), 17 y 22.1 del Protocolo nº 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea. En ella se acomete el análisis de la posibilidad de que los gobernadores de los bancos centrales nacionales puedan beneficiarse de la inmunidad de jurisdicción cuando realizan actos de carácter oficial como miembros de un órgano de la Unión, al tiempo que se emprende una revisión en profundidad de cuestiones esenciales tales como el objeto y alcance de esa protección, el papel que juega el Banco Central Europeo a la hora de determinar la suspensión o no de la inmunidad cuando se puedan ver afectados intereses de la Unión, e incluso si la inmunidad alcanza también a las diligencias penales o a las pruebas obtenidas por los órganos nacionales competentes.

Biografía del autor/a

José Antonio Valles Cavia, Universidad de Cantabria

Profesor Titular interino de Escuela Universitaria. Area de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales. Departamento de Derecho Público.

Publicado

2022-04-19

Número

Sección

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA