El concepto de órgano jurisdiccional nacional: una noción en permanente revisión

Autores/as

  • Pilar Concellón Fernández Universidad de Oviedo

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.66.11

Resumen

El TJUE continúa perfilando los elementos de su concepto autónomo de órgano jurisdiccional nacional. La sentencia de 21 de enero de 2020 en el asunto Banco Santander profundiza en el criterio de la independencia como rasgo imprescindible para la atribución de competencia prejudicial y excluye a los tribunales económicos administrativos españoles, rectificando su posición anterior. En ella, el Tribunal proyecta sus desarrollos jurisprudenciales recientes relativos a la importancia de la independencia del poder judicial como garantía del Estado de derecho y vuelve a incidir en que la independencia es una garantía que se impone tanto para los tribunales de la Unión como para los tribunales nacionales. Con nuevas decisiones en perspectiva, el concepto de órgano jurisdiccional nacional sigue siendo una noción en constante revisión.

Publicado

2020-08-11

Número

Sección

NOTAS