La Política Común de Seguridad y Defensa de la Unión Europea y sus relaciones con las Naciones Unidas: ¿continuidad o cambio tras el Tratado de Lisboa?

Autores/as

  • Romualdo Bermejo García

Palabras clave:

Acción Exterior de la Unión Europea, Política Exterior y de Seguridad Común, Política Común de Seguridad y Defensa, Naciones unidas, gestión de crisis, capacidades civiles y militares, Tratado de Lisboa

Resumen

Desde hace ya más de dos décadas, la Unión Europea viene actuando a nivel internacional en la gestión de conflictos y crisis internacionales, aunque con luces y sombras. Es cierto que se ha insistido más en las luces, pero las sombras son incuestionables. Hay que partir de estas premisas realistas si es que se quiere reforzar el marco de colaboración con las Naciones Unidas. Y es que tanto la planificación como el despliegue de las misiones no siempre se han hecho como corresponde a alguien que quiere desempeñar un papel importante como «actor global internacional». Desde esta perspectiva, el Tratado de Lisboa aporta algunos elementos nuevos, como el Servicio Europeo de Acción Exterior», que pueden contribuir a dar un mayor enfoque global e integrado en la gestión de crisis, concepto que es compartido también por las Naciones Unidas. No obstante, también es cierto que el Tratado de Lisboa deja intactas las competencias estatales en la materia, y que ese enfoque global necesita de unas capacidades cuyas deficiencias son notorias como sistemas de mando, comunicación y control, información estratégica, vigilancia y protección de tropas, transporte estratégico, etc. Así pues, es evidente que hay que reforzar estas capacidades si queremos hacer de esta colaboración con las Naciones Unidas algo creíble y eficaz.

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