EL TJUE como garante de los derechos en la UE a la luz de la sentencia Digital Rights Ireland
Palabras clave:
Retención de Datos, TJUE, Cooperación Judicial, Cuestión preliminarResumen
El TJUE declaró nula la Directiva de Retención mediante sentencia de 8 de abril 2014. A juicio del TJUE la norma no respetaba el principio de proporcionalidad vulnerando el derecho a la vida privada y a la protección de datos recogidos en los artículos 7 y 8 CDFUE.De este modo se ponía fin a la controversia generada por la Directiva de Retención de Datos. El presente trabajo estudia esta controversia desde la perspectiva del papel que los tribunales nacionales, el TEDH y el TJUE están llamados a jugar en la garantía de los derechos en Europa. No en vano, la sentencia Digital Rights Ireland puede significar un giro en la jurisprudencia del TJUE en la medida en que aplica de manera rigurosa los parámetros de protección de los derechos y aplica los estándares europeos sobre el derecho a la vida privada y a la protección de datos personales. No obstante, este caso también pone de relieve los fallos en el sistema europeo de protección de los derechos ya que, a pesar de que tribunales y doctrina consideraba casi unánimemente que la Directiva de Retención de Datos vulneraba derechos fundamentales, han sido necesarios ocho años para que finalmente fuera expulsada del ordenamiento. Esta demora solo se explica por las reticencias de los tribunales a la hora de cooperar en la protección de los derechos a pesar de ser dicha cooperación absolutamente indispensable en Europa.
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