Usos y aprovechamientos admisibles en la ribera del mar y de las rías y en la zona de servidumbre de protección
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rap.224.02Resumo
El objeto de este trabajo es llevar a cabo una reconsideración de la regulación de los usos y aprovechamientos admisibles en la ribera del mar y de las rías y en la zona de servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre, a la luz de los últimos desarrollos normativos y pronunciamientos jurisprudenciales en la materia. Para ello, se analiza el régimen ordinario basado en las previsiones paralelas contenidas en los arts. 32.1 y 25.2 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas, y después se examinan dos supuestos que presentan particularidades: el dominio público portuario y los usos y aprovechamientos anteriores a la entrada en vigor de la Ley de costas e incompatibles con lo previsto por esta.
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2024-08-21 — Atualizado em 2024-08-21
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ESTUDIOS
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