Concepción estatutaria y propiedad inmobiliaria. O la crónica de la desvalorización anunciada del derecho fundamental a la propiedad privada
Keywords:
Immovable property, fundamental rights, essential content, expropriationAbstract
The methodology used for the Constitutional Court to determine the essential content of the property right is responsible for the relativization of that content based on the social function of property, overcoming the formal premises about the recognition of the right. This conclusion is due to the absence of a systematic interpretation of articles 33 and 53.1 both of the Spanish Constitution. Thus, the constitutional jurisprudence, although maintains an apparent equivalence between the subjective aspects and the objective aspects of the property right, finally the Court delivers the fundamental weight of the substance of the right to the second aspect: the essential content of the right yields to the subsequent Laws. This article proposes a reinterpretation of the essential content of property right, considering a flexible structure and allowing the recognition of common contents but variable depending on the object of ownership. Notwithstanding, in all cases that content has to integrate subjective powers to ensure a real and actual profitability. Translating this conclusion to the immovable property, it has a fundamental consequence: every owner has an urban use of his property, but not every owner will exercise these powers in the same way.Downloads
Issue
Section
STUDIES
License
En el momento en que una obra es aceptada para su publicación, se entiende que el autor cede a la RAP en exclusiva los derechos de reproducción, distribución y venta de su manuscrito para su explotación en todos los países del mundo en formato de revista de papel, así como en cualquier otro soporte magnético, óptico y digital.
Los autores cederán también a la RAP los derechos de comunicación pública para su difusión y explotación a través de intranets, internet y cualesquiera portales y dispositivos inalámbricos que decida el editor, mediante la puesta a disposición de los usuarios para consulta online de su contenido y su extracto, para su impresión en papel y/o para su descarga y archivo, todo ello en los términos y condiciones que consten en la web donde se halle alojada la obra.
Prácticas deshonestas: plagio y fraude científico
A efectos de lo estipulado en la Ley de Propiedad Intelectual respecto a las acciones y procedimientos que puedan emprenderse contra quien infrinja los derechos de propiedad intelectual, la publicación de un trabajo que atente contra dichos derechos será responsabilidad de los autores/as, que serán los que asuman los conflictos que pudieran tener lugar por razones de derechos de autor. Los conflictos más importantes que pueden darse por la comisión de plagios y fraudes científicos son los siguientes:
- Presentar el trabajo ajeno como propio.
- Adoptar palabras o ideas de otros autores sin el debido reconocimiento.
- No emplear las comillas u otro formato distintivo en una cita literal.
- Dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita.
- El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.
- El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.
Las prácticas constitutivas de fraude científicoson las siguientes:
- Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.
- Publicación duplicada.
- Conflictos de autoría.