Nuevas fórmulas de génesis y ejecución normativa en la globalización: el caso de la regulación de la actividad financiera.
Palabras clave:
regulación, autorregulación, actividad financiera, globalización, Derecho.Resumen
El presente estudio tiene por objeto el análisis de las estrategias de regulación de la actividad financiera, en su condición de «sector de referencia» del denominado Derecho administrativo «internacional» o «global». Analizando dichas estrategias se constata que la gestación y ejecución de las normas jurídicas en el sector financiero no se limitan a las tradicionales instancias jurídico-públicas, ni se circunscriben de forma estanca al ámbito nacional, comunitario o internacional. La producción normativa abarca una fase de gestación internacional, basada principalmente en la autorregulación y en la cooperación transnacional de autoridades nacionales; y una fase posterior de recepción pública, a nivel comunitario y a nivel estatal. En la regulación de los mercados financieros se concentran, pues, dos de las tendencias más relevantes del Derecho administrativo, a saber, la europeización y la internacionalización de esta disciplina y la apertura del Estado a la autorregulación.Descargas
Publicado
2010-12-30
Número
Sección
ESTUDIOS
Licencia
En el momento en que una obra es aceptada para su publicación, se entiende que el autor cede a la RAP en exclusiva los derechos de reproducción, distribución y venta de su manuscrito para su explotación en todos los países del mundo en formato de revista de papel, así como en cualquier otro soporte magnético, óptico y digital.
Los autores cederán también a la RAP los derechos de comunicación pública para su difusión y explotación a través de intranets, internet y cualesquiera portales y dispositivos inalámbricos que decida el editor, mediante la puesta a disposición de los usuarios para consulta online de su contenido y su extracto, para su impresión en papel y/o para su descarga y archivo, todo ello en los términos y condiciones que consten en la web donde se halle alojada la obra.
Prácticas deshonestas: plagio y fraude científico
A efectos de lo estipulado en la Ley de Propiedad Intelectual respecto a las acciones y procedimientos que puedan emprenderse contra quien infrinja los derechos de propiedad intelectual, la publicación de un trabajo que atente contra dichos derechos será responsabilidad de los autores/as, que serán los que asuman los conflictos que pudieran tener lugar por razones de derechos de autor. Los conflictos más importantes que pueden darse por la comisión de plagios y fraudes científicos son los siguientes:
- Presentar el trabajo ajeno como propio.
- Adoptar palabras o ideas de otros autores sin el debido reconocimiento.
- No emplear las comillas u otro formato distintivo en una cita literal.
- Dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita.
- El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.
- El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.
Las prácticas constitutivas de fraude científicoson las siguientes:
- Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.
- Publicación duplicada.
- Conflictos de autoría.