La vivienda como producto finalista de las ordenaciones territorial y urbanística
Resumen
Se analiza en este trabajo la evidencia de que cualquiera que sea la riqueza de frentes que presenta el urbanismo, en definitiva, todo converge en un frente final: el hábitat. Y de este hábitat forma parte en primer lugar la vivienda, reconocid a como un derecho individual al que la Ley siempre debe atender, en el artículo 33 de la Constitución. Pero lo que no debe admitirse es cl uso antisocial de tal bien, cosa que sucede por ejemplo cuando se usa del sistema de beneficios fiscales y de todo orden, para la construcción de viviendas en régimen libre o cuando se mantienen las viviendas desocupadas. Ello debe ser evitado por la normativa, tanto estatal como autonómica.
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Derechos de autor 1989 Martín Bassols Coma
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