La sujeción al Derecho civil común o al especial o foral de los extranjeros, particularmente en materia de sucesiones

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Josep María Fontanellas Morell

Resumen

El hecho de que España sea un Estado plurilegislativo de base territorial explica la existencia en su seno de un sistema de Derecho interregional concebido para resolver los conflictos de leyes que puedan surgir por la posible aplicación de más de una legislación española a una relación privada interna. Para determinar la ley aplicable a una sucesión mortis causa, se utiliza el criterio de la vecindad civil, que es un estatus exclusivo de los ciudadanos españoles. Sin embargo, esta conexión, que, no sin dificultades, es eficaz para realizar la tarea asignada, deviene inaplicable cuando, excepcionalmente en un supuesto de tráfico externo, el derecho español debe aplicarse a la sucesión de un extranjero debido a un reenvío de primer grado. En estos supuestos, la doctrina mayoritaria había defendido la observancia, por analogía, de la ley de la última residencia habitual del de cuius, solución que el Tribunal Supremo ha consagrado en su Sentencia de 19 de mayo de 2025. El veredicto, que merece ser elogiado, tiene, además, la virtud de dar pistas sólidas sobre cuáles habrían de ser las condiciones que deberían reunir futuros pronunciamientos, que desarrollaran esta jurisprudencia, para dar respuesta a hipótesis no cubiertas por la actual normativa conflictual autónoma ni por la reciente posición del Alto Tribunal. Con todo, la lección de mayor alcance que quizás pueda extraerse de la resolución del Tribunal Supremo sea la de proyectar su razonamiento a los casos sometidos al Reglamento 650/2012 en los que sus normas de conflicto remitan al ordenamiento plurilegislativo español, para, extendiendo al límite la interpretación brindada por nuestra Corte Suprema, tomar partido en el debate sobre la correcta aplicación del art. 36 del instrumento europeo.

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Cómo citar
Fontanellas Morell, Josep María. «La sujeción Al Derecho Civil Común O Al Especial O Foral De Los Extranjeros, Particularmente En Materia De Sucesiones». Anuario Español De Derecho Internacional Privado, vol. 25, n.º 25, diciembre de 2025, pp. 91-134, doi:10.19194/aedipr.25.03.
Sección
Estudios

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