Funcionamiento de los Registros internacionales sobre aeronaves, tanto tripuladas como no tripuladas (drones)

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Mª José Castellanos Ruiz

Resumen

Las aeronaves por sus peculiares características son susceptibles de ser inscritas en varios registros. Por un lado, se encuentra el Registro Internacional del Convenio de Ciudad del Cabo y su Protocolo aeronáutico donde es posible la inscripción de los objetos aeronáuticos, –como son las células de las aeronaves, los motores de las aeronaves y los helicópteros–. Por otro lado, existen dos registros en España en los que es posible la inscripción de las aeronaves, y que son el Registro de Bienes Muebles y el Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles. Si bien la naturaleza de dichos registros es diferente, es necesario que exista coordinación entre los mismos, para que el seguimiento de la vida jurídica de la aeronave no se convierta en una tarea imposible. Además, la nueva regulación europea en materia de aeronaves no tripuladas (drones) que establece la obligatoriedad de los operadores de drones de un menor tamaño, parece complicar más todavía el objetivo perseguido con el presente trabajo.

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Cómo citar
Castellanos Ruiz, Mª José. «Funcionamiento De Los Registros Internacionales Sobre Aeronaves, Tanto Tripuladas Como No Tripuladas (drones)». Anuario Español De Derecho Internacional Privado, vol. 21, n.º 21, diciembre de 2021, pp. 269-02, doi:10.19194/aedipr.21.11.
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