Brexit y Derecho internacional privado
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Resumen
La salida de Reino Unido de la Unión Europea conlleva una serie de consecuencias en el ámbito de aplicación de las normas europeas de Derecho internacional privado. De todas ellas, destacaremos tres en este trabajo. Por un lado, en materia civil y mercantil, el hecho de que este Estado deje de ser miembro de la Unión Europea supone que deje, también, de beneficiarse de la libre circulación de resoluciones judiciales que promueve el legislador europeo en textos como el Reglamento Bruselas I bis. En segundo lugar, los tribunales británicos van a poder reactivar las antisuit injunctions y, con ello, van a poder imponer a las partes, que no litiguen fuera del Reino Unido. Estas órdenes británicas son incompatibles con el Reglamento Bruselas I bis, ya que, se oponen a que el actor pueda demandar ante cualquiera de las jurisdicciones europeas que tengan foro. Por último, en relación con el derecho de patentes, este Estado va a dejar de ser país contratante del Reglamento de patente europea con efecto unitario y del Acuerdo del TUP, lo que pude suponer unos graves perjuicios para Reino Unido, entre otros, que Londres pueda dejar de ser un foro atractivo en esta materia.
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