Cribado neonatal genómico. Perspectiva de la Comisión de Ética de la Asociación Española de Genética Humana. Parte II: aspectos éticos, legales y sociales (AELS) de la introducción de las tecnologías de secuenciación masiva (NGS) en un programa de cribado
Resumen
La secuenciación genómica es una tecnología extraordinariamente atractiva, tanto como lo es la idea de poder aplicarla a todos los recién nacidos, estableciendo con ello una etapa de cuidados médicos para toda la vida y acciones preventivas a medida del genoma de cada niño.
En la parte I de este artículo se analizaron las limitaciones y oportunidades que presentan las tecnologías de secuenciación de nueva generación (NGS). La parte II relaciona el conocimiento científico con los aspectos éticos, legales y sociales (AELS) de su introducción en un programa de cribado neonatal de salud pública de aplicación universal a población vulnerable y asintomática, que debe ser guiada por los principios fundamentales de “no hacer daño” y de actuar “en el mejor interés del niño”.
Para ello se contemplan en primer lugar los principios éticos de la medicina y de la salud pública que rigen el cribado neonatal, a continuación se resumen los principales aspectos de nuestro marco legal al respecto y finalmente en el ámbito social se analizan la influencia del imperativo tecnológico, la de los actores comerciales, los grupos de apoyo de pacientes y por último la perspectiva de los padres y aspectos psicosociales.
Las conclusiones son que en este contexto la secuenciación genómica completa no debe ser implementada como cribado neonatal universal, sin embargo, el uso de las NGS podría ser una oportunidad para ampliar los programas incluyendo enfermedades infantiles tratables que no pudiesen ser detectadas con otros métodos. Realizando para ello una aproximación dirigida a enfermedades/genes concretos, a fin de identificar variantes genómicas bien conocidas, altamente penetrantes confiriendo riesgo elevado de enfermedad prevenible o tratable, para la cual el tratamiento deba iniciarse en el periodo neonatal.
Su incorporación al cribado neonatal debería seguir el modelo actual basado en la evidencia, evaluando los datos empíricos, epidemiológicos y clínicos antes de tomar una decisión sobre la inclusión de una enfermedad, así como los beneficios y riesgos (proporcionalidad) y si los beneficios justifican los costes (justicia distributiva), tomando en consideración el consenso público en tanto que las decisiones tienen una carga de valores que conciernen a la sociedad en su conjunto.