El derecho al secreto de las comunicaciones de los internos en establecimiento penitenciario con sus representantes legales

Autores/as

  • María Luz Martínez Alarcón

Palabras clave:

Interceptación, comunicaciones, abogados, prisioneros

Resumen

El debate sobre la posibilidad de limitar, interceptando, las comunicaciones habidas entre los Abogados y sus clientes internos en establecimiento penitenciario, ha recuperado protagonismo en nuestro país como consecuencia de la interceptación de las comunicaciones autorizadas por Baltasar Garzón en el conocido caso Gürtel. Este artículo tiene como objetivo analizar, tomando como referencia este supuesto, los interrogantes jurídicos más importantes que plantea este tema. En primer lugar, identificaremos cuál es la norma aplicable a los supuestos de interceptación de este tipo de comunicaciones y nos pronunciaremos sobre su interpretación. En segundo lugar, analizaremos qué consecuencias puede producir la ilegalidad de la interceptación sobre las pruebas, directas o derivadas, obtenidas a su través. Y, finalmente, resolveremos si es posible castigar penalmente al juez que ha autorizado una interceptación de estas características.

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Cómo citar

Martínez Alarcón, M. L. (2015). El derecho al secreto de las comunicaciones de los internos en establecimiento penitenciario con sus representantes legales. Revista Española De Derecho Constitucional, (92), 141–167. Recuperado a partir de https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/39988

Número

Sección

ESTUDIOS