La legitimidad del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas para la economía española en tiempos de COVID-19
La sentencia del Tribunal General Ryanair DAC/Comisión
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.71.04Resumen
En la sentencia de 19 de mayo de 2021, asunto T-628/20, el Tribunal General decide que es legitima la decisión de la Comisión europea que autoriza el régimen de ayudas español dirigido a realizar un Fondo de apoyo para la recapitalización del las empresas sistémicas y estratégicas para la economía nacional. La ayuda se justifica debido a la excepcionalidad de la situación de emergencia sanitaria, económica y social causada por la pandemia da COVID-19. Este Comentario se detiene, por una parte, en la interpretación del Tribunal relativa al concepto de «régimen de ayudas» y, por la otra, en el examen de la excepción establecida en la letra b) del apartado 2 del Artículo 107 TFUE a la luz del «marco temporal» de marzo de 2020. Resulta interesante examinar las motivaciones de la sentencia que, en esta situación de emergencia, según el Tribunal General justifican la concesión de un «régimen de ayudas» dirigido a la recapitalización de las solas empresas que tienen su domicilio social y sus principales centros de trabajos en el Estado Miembro concedente, cómo excepción del fundamental principio de no discriminación por razón de nacionalidad.
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