Devoluciones en caliente a la luz de la doctrina de la conducta culpable: el asunto N.D. y N.T. contra España ante el TEDH

Autores/as

  • Marta Sosa Navarro Tribunal de Justicia de la Unión Europea

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.67.08

Resumen

Este comentario analiza los argumentos jurídicos desarrollados por la Gran Sala del TEDH en el asunto N.D. y N.T. contra España. A través de un examen de la jurisprudencia del propio Tribunal y de los análisis doctrinales más recientes, el presente comentario lleva a cabo un estudio detallado de los fundamentos jurídicos de una sentencia sin precedentes. El pronunciamiento rechaza que la protección del art. 4 del Protocolo 4 del CEDH, que prohíbe las expulsiones colectivas, sea aplicable a los demandantes, entregados por parte de la Guardia Civil a las autoridades marroquíes tras cruzar la frontera a través de la valla de Melilla. Al condicionar la obligación del Estado de respetar el principio de non-refoulement a la conducta de los demandantes y a la existencia de impedimentos objetivos para acceder a las vías legales de entrada, el Tribunal se aparta de su propio legado garantista con un tentativo poco logrado de justificar jurídicamente las devoluciones en caliente.

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Publicado

2020-12-14

Cómo citar

Sosa Navarro, M. (2020). Devoluciones en caliente a la luz de la doctrina de la conducta culpable: el asunto N.D. y N.T. contra España ante el TEDH. Revista De Derecho Comunitario Europeo, (67), 1039–1061. https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.67.08

Número

Sección

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA