Dos cuestiones suscitadas por la transposición española de la Directiva 2004/38/CE a través del RD 240/2007: el régimen aplicable a los ascendientes de españoles y la extensión a las parejas registradas del concepto «miembros de la familia de los ciudadanos de la Unión».

Autores/as

  • SARA IGLESIAS SÁNCHEZ

Palabras clave:

libre circulación - discriminación inversa - situaciones puramente internas - parejas registradas - ascendientes de ciudadanos de la Unión.

Resumen

?La transposición española de la Directiva 2004/38/CE a través del Real Decreto 240/2007 plantea cuestiones específicas en relación con su compatibilidad con el derecho comunitario europeo, con el derecho constitucional español a través de la introducción de determinados elementos problemáticos que afectan, principalmente, a los ascendientes de ciudadanos españoles y a las parejas de hecho registradas en alguno de los registros municipales o autonómicos españoles. Con respecto a los ascendientes de españoles, el abandono de la tendencia legal consistente en otorgar el mismo trato a los nacionales españoles que a los ciudadanos comunitarios, plantea fricciones concretas con el derecho comunitario, y en especial, problemas de compatibilidad con el principio de igualdad recogido en nuestra Constitución. Por otra parte, las disposiciones sobre las parejas registradas incurren en una contradicción que resta coherencia a la norma española, ya que, tras avanzar un trato favorable a la institución de las parejas de hecho, se procede a restar toda relevancia jurídica a aquellas parejas registradas en los registros existentes en territorio español.

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Publicado

2008-05-09