TEDH – Sentencia de 04.12.2008, S. y Marper c. Reino Unido, 30562/04 y 30566/04 – Artículo 8 CEDH – Vida privada – Injerencia en una sociedad democrática – Los límites del tratamiento de datos biométricos de personas no condenadas

Autores/as

  • GLORIA GONZÁLEZ FUSTER

Palabras clave:

TEDH, CEDH, biometría, vida privada, protección de datos.

Resumen

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó el 4 de diciembre de 2008 la sentencia S. y Marper c. Reino Unido, estableciendo que la conservación sistemática e indiscriminada por parte de autoridades públicas de huellas dactilares, muestras celulares y perfiles de ADN de personas no condenadas vulnera el Artículo 8 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales (CEDH), por tratarse de una injerencia que no cumple el requisito de necesidad en una sociedad democrática. La sentencia, además de contribuir a esclarecer los principios que deben regir el uso de datos biométricos para la prevención del delito, representa un paso decisivo en la clarificación de las relaciones entre el derecho a la vida privada protegido por el artículo 8 del CEDH y los principios generales de protección de datos personales.

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Publicado

2009-09-29

Número

Sección

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS