El concepto europeo de reglamento técnico en el marco del sistema de información previsto por la Directiva (UE) 2015/1535

Autores/as

  • Vicente J. Álvarez García Universidad de Extremadura

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.77.03

Resumen

Este artículo hace un repaso del concepto europeo de reglamento técnico, que es bien diferente de su configuración nacional. Este concepto está constituido por cuatro categorías de medidas que son estudiadas por el autor a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Estas categorías son: en primer término, las especificaciones técnicas; en segundo término, los llamados «otros requisitos»; en tercer término, las reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información; y, en cuarto término, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que prohíben la fabricación, importación, comercialización o utilización de un producto. Junto a estos perfiles del concepto europeo de reglamento técnico obligatorio de iure, el autor hace un repaso de los perfiles configuradores de los reglamentos técnicos de facto.

Analizados los contornos de esta trascendental categoría normativa, el artículo se centra en el análisis del sistema de información previsto por la Directiva 2015/1535, estudiando el funcionamiento de los dos grandes elementos de este sistema a partir de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia europeo. Estos dos grandes elementos son: por un lado, la obligación de comunicación a la Comisión de los proyectos de reglamentos técnicos elaborados por un Estado miembro de la Unión Europea; y, por otro, el período de aplazamiento o de statu quo para la adopción definitiva de un reglamento previamente notificado por parte de un Estado miembro.

Publicado

2024-04-19

Número

Sección

ESTUDIOS