Acerca de algunas cuestiones que debaten civilistas y administrativistas en torno a la responsabilidad patrimonial del Estado
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rap.214.01Resumen
Tanto en España como en Iberoamérica, particularmente en Argentina, el tema de la responsabilidad patrimonial del Estado ha suscitado profundos debates y divergencias entre civilistas y administrativistas. Este trabajo se propone decantar los criterios que alimentan las principales cuestiones que dividen en la actualidad a los juristas que cultivan ambas disciplinas, unidos por una tradición innegable, y, al propio tiempo, revisar conceptos y criticar teorías que el autor juzga equivocadas, aun reconociendo que, al menos en el derecho público, existe una cierta unidad en los principios del sistema de responsabilidad patrimonial del Estado, aunque limitando el análisis a la denominada responsabilidad extracontractual. En esa inteligencia, se formula una crítica aguda al concepto de antijuridicidad por considerarlo vacío de contenido y por tanto inoficioso, proponiendo que los sistemas español y argentino mantengan los elementos clásicos que componen la teoría de la responsabilidad patrimonial del Estado (en el ámbito extracontractual), poniendo el acento en la necesidad de que la doctrina y los jueces, más que discutir si la responsabilidad es objetiva o subjetiva, pongan el acento en los factores atributivos de la responsabilidad, causas o títulos de imputación según la doctrina vigente en cada ordenamiento, separando las dos grandes especies de responsabilidad (por funcionamiento normal o anormal de la Administración en el modelo español y por actividad legítima o ilegítima en el sistema legal argentino).
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