Recurso de amparo frente a decisiones del letrado de la Administración de Justicia no sujetas a control jurisdiccional

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Belén del Pozo Sierra

Resumen

El nuevo papel del letrado de la Administración de Justicia plantea supuestos en los que sus decisiones procesales, en cuestiones relevantes en el marco del proceso contencioso administrativo, se ven excluidas por el legislador del recurso de revisión ante el juez o tribunal (párrafo primero del art. 102 bis.2 LJCA). Resoluciones procesales que por afectar a un derecho fundamental atañen a la potestad jurisdiccional reservada en exclusiva a jueces y magistrados, a quienes compete dispensar la tutela judicial efectiva que a todos garantiza la Constitución española. Supuestos donde siendo objeto de queja en amparo una resolución procesal de quien no es el titular del juzgado tiene difícil encaje en el recurso de amparo contra actos u omisiones judiciales. En STC 58/2016 el Tribunal Constitucional no se limita a expulsar del ordenamiento jurídico un precepto, sino que ejerce de legislador positivo temporal estableciendo un régimen transitorio, en tanto el legislador no se pronuncie al respecto, de impugnación no previsto en la ley.

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