Los límites de la expulsión administrativa de extranjeros con hijos menores de edad españoles por aplicación del artículo 57.2 de la Ley 4/2000, de 11 de enero. El caso de la STC 186/2013, de 4 de noviembre

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M. Susana Quicios Molina

Resumen

La expulsión administrativa del ciudadano extranjero delincuente con algún hijo español menor de edad no puede acordarse automáticamente, pues ha de valorarse si la expulsión vulnera el derecho fundamental del menor a residir en España o se daña su interés o su vida familiar.

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