Imposición al menor del apellido paterno: igualdad, derecho a la propia imagen, interés del menor

Autores/as

  • Marta Ordás Alonso

Resumen

El derecho al nombre no se encuentra previsto de manera autónoma en la CE, lo que lleva a cuestionarse si el nombre forma o no parte del contenido del derecho a la propia imagen, como parece defender el Tribunal Constitucional. Se analiza igualmente el régimen jurídico de fijación de los apellidos: tanto la posible inconstitucionalidad de la regulación vigente hasta el 15 de julio de 2015, por entrar en contradicción con el art. 14 CE, como la regulación que se contiene en la nueva LRC, lo que nos lleva, en defecto de acuerdo, a dejar la decisión en manos del encargado del Registro Civil teniendo en cuenta el interés del menor, con la dificultad de determinar, en la mayor parte de los supuestos, cuál sea éste.

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Publicado

2024-04-19

Cómo citar

Ordás Alonso, M. . (2024). Imposición al menor del apellido paterno: igualdad, derecho a la propia imagen, interés del menor. Derecho Privado Y Constitución, (28). Recuperado a partir de https://recyt.fecyt.es/index.php/DPC/article/view/106557

Número

Sección

ESTUDIOS