La renuncia al derecho de propiedad

Egileak

  • Pedro Robles Latorre

Laburpena

La renuncia al derecho de propiedad no ha sido un tema especialmente estudiado. Siempre se ha estimado que existiendo voluntad de abandono y la desafección física entre el propietario y el bien era suficiente para considerar el bien res nullius. Sin embargo, la compleja configuración del derecho de propiedad, la variedad de objetos sobre los que recae y, sobre todo, su función social matizan de modo importante el ejercicio de la facultad de renuncia. Si a esto se le añade que la renuncia no puede hacerse en perjuicio de tercero, la consecuencia es que en muchos casos debe considerarse a la propiedad como un derecho irrenunciable.

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2024-04-19

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