Las desigualdades jurídicas entre las filiaciones adoptiva y por naturaleza

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Ramón Durán Rivacoba
Julio Carbajo González

Resumen

Las adopciones crean un vínculo entre padres e hijos completamente análogo al obtenido por naturaleza. Solo escapan a semejante regla expresiones jurídicas de la sucesión en supuestos específicos, como los títulos nobiliarios y la Corona. Sin embargo, el nexo entre los hermanos adoptivos y naturales no siempre responde a idéntico esquema. Las reformas operadas en el Código civil parecen permitir el matrimonio entre los hermanos por adopción. En esta línea, los hijos habidos en una relación entre los mismos protagonistas están libres de las fórmulas especiales para dar eficacia a su reconocimiento jurídico. Todo esto conduce al examen de las desigualdades jurídicas entre ambos tipos de filiación a la luz de los preceptos constitucionales y la doctrina de nuestros Tribunales

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ESTUDIOS