La objeción de inexequibilidad

Autores/as

  • RICARDO MEDINA RUBIO

Palabras clave:

exequibilidad, Colombia, Panamá, control constitucional.

Resumen

El objeto de la indagación es una institución prácticamente desconocida en Europa, «la objeción de inexequibilidad». Con ese nombre solo es conocida en Colombia y Panamá. En este país se conserva en estado puro desde 1904; en Colombia ha existido desde 1886 y cambia de nombre a raíz de la promulgación de la Constitución de 1991. Se trata de un control previo de la constitucionalidad de las leyes que ejerce en exclusividad el Presidente de la República y Jefe del Ejecutivo cuando considera inconstitucional (inexequible) un proyecto de ley aprobado por la Asamblea Legislativa. El conflicto lo resolverá la Corte Suprema de Justicia, en el caso de Panamá, o la Corte Constitucional, en el caso de Colombia. Después de establecer la naturaleza jurídica de la institución, el trabajo esboza la crítica a los controles políticos y a las jurisdicciones especiales.

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Publicado

2009-11-23

Cómo citar

RICARDO MEDINA RUBIO. (2009). La objeción de inexequibilidad. Anuario Iberoamericano De Justicia Constitucional, (13). Recuperado a partir de https://recyt.fecyt.es/index.php/AIJC/article/view/44438

Número

Sección

ESTUDIOS DOCTRINALES

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