LOS PUEBLOS INDÍGENAS, EL DERECHO A LA CONSULTA Y LAS (IN) COMPETENCIAS INTERCULTURALES DEL ESTADO-NACIÓN
DOI:
https://doi.org/10.11156/aibr.1801Resumen
Las reivindicaciones que vienen formulando desde hace décadas, e incluso siglos, los pueblos indígenas de Abya-Yala (término kuna para designar lo que solemos denominar América Latina) y sus organizaciones a nivel local, regional, nacional e internacional han ido pasando por diferentes fases, interlocuciones, avances y retrocesos. Aun así, sin embargo, gracias a sus reclamos por el reconocimiento jurídico y político de sus tierras, territorios, lenguas, culturas, saberes y formas de vida, se ha ido consolidando desde finales del siglo pasado un ámbito específicamente indígena de «diplomacia ciudadana» (Serbin, 2010) que constituye un claro ejemplo de lo que Robertson (2000) acuñó como «glocalización»: comunidades locales, a menudo organizadas en redes primero sub-nacionales, pero luego cada vez más supra-nacionales, comienzan a formular demandas en foros internacionales tales como el ya célebre «Grupo de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas» de Naciones Unidas en Ginebra, que se remonta a 1982 y que fue decisivo para la codificación y el reconocimiento internacional de los derechos colectivos de los pueblos indígenas.
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