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        <journal-title xml:lang="es">Revista Española de Ciencia Política</journal-title>
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        <publisher-name>Asociación Española de Ciencia Política y de la Administración</publisher-name>
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      <article-id pub-id-type="publisher-id">recp.70.05</article-id>
      <article-id pub-id-type="doi">10.21308/recp.70.05</article-id>
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          <subject>Artículos para promover el desarrollo de la Ciencia Política y de la Administración en España</subject>
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            <subject>Artículos</subject>
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        <article-title xml:lang="es">Divorciarse del Estado español. Una metáfora central en las narrativas del soberanismo catalán</article-title>
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          <trans-title><italic>Get divorced from the Spanish state. A central metaphor in the Catalan sovereigntist narratives</italic></trans-title>
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            <institution>Universidad Complutense de Madrid</institution>
            <institution>Universidad Nacional de Educación a Distancia</institution>
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          <email>miguef04@ucm.es</email>
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          <p content-type="orcid"><ext-link xlink:href="https://orcid.org/0000-0001-5190-5916" ext-link-type="uri">https://orcid.org/0000-0001-5190-5916</ext-link></p>
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        <copyright-statement>Copyright © 2026</copyright-statement>
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          <license-p>La Revista Española de Ciencia Política tiene el derecho de primera publicación del trabajo, el cual está simultáneamente sujeto a la licencia de reconocimiento de <bold>Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Sin obra derivada 4.0 Internacional</bold>, que permite a terceros compartir la obra siempre que se indique su autor y su primera publicación en esta revista.</license-p>
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      <abstract xml:lang="es">
        <p>Los conceptos políticos que vertebran las ideologías son habitualmente presentados a través de metáforas como forma de transmitirlos al conjunto de la sociedad. De ese modo se simplifica el discurso y se generan respuestas afectivas, tal y como sucede con metáforas que presentan el proceso soberanista de Cataluña como un camino, como el acto de abandonar una reunión o como el proceso de emancipación de un adolescente. Estas últimas metáforas, sin embargo, no inciden con tanta profundidad conceptual como aquella que compara la secesión de Cataluña con un divorcio frente al Estado español, y que la vincula especialmente con la idea de un pueblo que cuenta con un “derecho a decidir”. Para comprender mejor su uso por parte del soberanismo catalán partiremos de un marco metodológico centrado en el análisis de la ideología, para posteriormente analizar el uso de varias figuras retóricas en el contexto del proyecto secesionista catalán. Finalmente abordaremos específicamente la metáfora del divorcio para ilustrar cómo el marco metafórico oculta las complejidades propias de un escenario de autodeterminación nacional.</p>
      </abstract>
      <trans-abstract xml:lang="en">
        <p>The political concepts that underpin ideologies are usually presented through metaphors as a way of transmitting them to society. By this way, discourse is simplified, and affective responses are generated, as happens with metaphors that present the Catalan sovereignty process as a path, as the act of leaving a meeting or as the process of emancipation of an adolescent. These latter metaphors, however, do not have as much conceptual depth as the one that compares the secession of Catalonia to a divorce from the Spanish State, and which links it especially to the idea of a people with a “right to decide”. To better understand its use by Catalan sovereignism, we will start with a methodological framework focused on the analysis of ideology and then analyze the use of several rhetorical figures in the context of the Catalan secessionist project. Finally, we will specifically address the metaphor of divorce to illustrate how the metaphorical framework hides the complexities of a scenario of national self-determination.</p>
      </trans-abstract>
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        <kwd>divorcio</kwd>
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          <meta-value>Composiciones RALI, S.A.</meta-value>
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          <meta-name>Cómo citar este artículo / Citation: </meta-name>
          <meta-value>Fernández de la Peña, M. (2026). Divorciarse del Estado español. Una metáfora central en las narrativas del soberanismo catalán. <italic>Revista Española de Ciencia Política, </italic>70, 131-153. Doi: <ext-link xlink:href="https://doi.org/10.21308/recp.70.05" ext-link-type="uri">https://doi.org/10.21308/recp.70.05</ext-link></meta-value>
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    <sec>
      <label>1.</label>
      <title>INTRODUCCIÓN</title>
      <p>Desde que el Tribunal Constitucional sentenciara en junio de 2010 que el Estatuto de Cataluña de 2006, refrendado por los catalanes el 18 de junio de 2006, contenía 14 artículos inconstitucionales, y otros 27 ser susceptibles de serlo, el movimiento soberanista catalán ha tratado de imponer un relato que cuestiona la calidad de la democracia española. Frente a este déficit democrático, la forma de concebir la democracia por parte del soberanismo da sustento a la idea del derecho del pueblo catalán a decidir su futuro, de acuerdo con el contenido de la Declaración de soberanía y del derecho a decidir del pueblo de Cataluña (2013).</p>
      <p>Esta forma de entender la democracia encuentra su apoyo teórico en diversas fuentes, una de las cuáles es la metáfora que compara la secesión con un divorcio como expresión de un derecho inalienable. Por ello, nuestro objetivo en el presente artículo consiste en rastrear estos usos de la metáfora con el propósito de mostrar como dicha imagen puede desvirtuar el modo en que se concibe el proceso de independencia, negando toda vinculación entre el derecho individual a divorciarse y la pretensión de separar un territorio con respecto al estado que lo abarca. La elección de esta metáfora se justifica por medio de la hipótesis según la cual la imagen de la secesión como un divorcio tiene una gran fuerza movilizadora en tanto que, 1) como figura retórica, es capaz de movilizar una manera intuitiva de pensar la política, 2) consigue una gran aceptación social en la medida en que la ruptura matrimonial está justificada en base a la necesidad, y 3) permite enfatizar la voluntad que se expresa libremente de acuerdo con la noción de “derecho a decidir” de una forma más evidente que otras figuras metafóricas.</p>
      <p>Para abordar el uso por parte del independentismo de la metáfora del divorcio, primeramente, abordaremos el modo en que las metáforas cobran especial sentido en la articulación de la ideología y cómo se pueden analizar desde la Teoría política. Seguidamente nos centraremos en el uso de diferentes metáforas en el contexto del proyecto secesionista catalán, mostrando cómo determinadas sensibilidades prefieren hacer uso de unas y no de otras. Por último, incidiremos específicamente sobre la metáfora del divorcio de tal forma que sea posible salir del marco simplificador del soberanismo y dotar de una imagen más completa de las complejidades a asumir en una secesión.</p>
    </sec>
    <sec>
      <label>2.</label>
      <title>ENFOQUE METODOLÓGICO</title>
      <p>La investigación en el campo Teoría política contemporánea parte de una profunda reflexión metodológica. Distintas aproximaciones, como el enfoque morfológico de la ideología, la historia conceptual, el postestructuralismo y el análisis del discurso, han dejado atrás el esencialismo del enfoque tradicional y su búsqueda de un significado preciso y normativo para respaldar la polisemia de las palabras y abordar los conceptos como dependientes de otros con los cuales se entrecruzan y complementan (<xref rid="B21" ref-type="bibr">Freeden, 2013a: 132</xref>). De ese modo, un concepto puede aparecer formulado a través de palabras diferentes o incluso en distintos campos semánticos que se solapan, por lo que estas escuelas han hecho hincapié en formular una descripción contingente de los contextos políticos que enfatice la relevancia del estudio de la historia conceptual y de las ideologías (<xref rid="B19" ref-type="bibr">Fernández de la Peña, 2022: 266</xref>).</p>
      <p>Partiendo de esta perspectiva, aunque este texto podría haber sido elaborado desde otras formas de concebir en análisis del discurso o la historia conceptual, se ha optado por el enfoque morfológico de Michael Freeden por considerarlo como la metodología más útil a la hora de entender el papel de una metáfora en la ideología. Para Freeden la ideología debe estudiarse como la más habitual de las manifestaciones políticas, una forma omnipresente de pensamiento político que emerge a muchos niveles de articulación social como una particular forma de combinación de conceptos cuyo significado o implicaciones no es siempre transparente o directo (<xref rid="B21" ref-type="bibr">Freeden, 2013a: 116</xref>). Su propuesta, como sucede con las diferentes caracterizaciones de la historia conceptual, propone un análisis conceptual y contextual que permita ilustrar la complejidad ideacional de la ideología como forma de complementar los análisis empíricos de la ciencia política (<xref rid="B21" ref-type="bibr">Freeden, 2013a: 117</xref>). Así, la ideología sería una competición discursiva por el control del lenguaje político, una lucha por el sentido de lo social desde múltiples espacios de la vida cotidiana, la cual produce enmascaramientos involuntarios en la medida en que algunos de quienes hacen suyas estas metáforas no son conscientes de su contenido ideológico (<xref rid="B9" ref-type="bibr">Cairo y Franzé, 2010: 13-15</xref>). Es por esto por lo que no es necesario valorar
        su pertinencia filosófico-moral, sino entender su coherencia y analizar sus elementos (<xref rid="B22" ref-type="bibr">Freeden, 2013b: 93</xref>), dentro de los cuales se encuentran un conjunto de metáforas con significado social que la articulan y que dan cuenta simplificada de realidades políticas complejas. Es el caso de la idea de las “urnas”, el cual construye un artefacto retórico referido a cómo en democracia se pone la decisión en manos del pueblo (<xref rid="B22" ref-type="bibr">Freeden, 2013b: 60</xref>), y que, a pesar de constituirse como una concepción discutible histórica y conceptualmente, ofrece un envoltorio atractivo para una idea de gran complejidad (<xref rid="B22" ref-type="bibr">Freeden, 2013b: 144</xref>). Si desde la antigüedad las metáforas han condicionado el razonamiento de individuos de todo nivel cultural como instrumento de aprendizaje, y han ilustrado complejos conceptos políticos en la obra de autores como Hobbes o Locke, recientes hallazgos en Neurociencia y la Computación Neuronal confirman la intuición de que las metáforas construyen mapas conceptuales que se encuentran físicamente dentro de nuestros cerebros (<xref rid="B33" ref-type="bibr">Lakoff, 2008: 24</xref>).</p>
      <p>Mientras que otras formas de análisis del discurso justifican la elección del objeto de estudio en base a un criterio numérico, nuestra aproximación concede relevancia a la metáfora del divorcio por entenderla en su conexión con el concepto de democracia derivado del “derecho a decidir”. Esta última puede considerarse como el “core concept” del soberanismo, un concepto articulador indispensable, unificador y configurador del contenido ideacional (<xref rid="B21" ref-type="bibr">Freeden, 2013a: 124-125</xref>), en la medida en que es la idea de esa voluntad del pueblo catalán la que agrupa conceptualmente la mayoría de los actuales discursos en favor de la independencia. Y esta forma de entender la democracia está especialmente presente en la metáfora del divorcio como manifestación de una voluntad libre que decide autónomamente sobre su pertenencia a un grupo.</p>
      <p>Partiendo de este último punto, los tres criterios<xref ref-type="fn" rid="F1"/> que han guiado la búsqueda de usos de la metáfora han sido 1) su incidencia sobre la opinión pública desde los ámbitos de la política, la academia, los medios o la cultura, 2) una connotación favorable con respecto al ejercicio del divorcio como derecho, y 3) un apoyo al proceso de independencia de Cataluña. La aplicación de estos criterios supone que, frente a aquellos que se sirven de la metáfora para enfatizar las nefastas consecuencias del divorcio “nacional”, otros muchos la utilizan en favor de la causa soberanismo y su derecho a decidir, lo que justifica en sí misma la elección de la metáfora y su procesamiento conceptual a través de su comparación con un proceso de secesión, tal y como se lleva a cabo en el cuarto apartado.</p>
      <p>Conviene subrayar dos últimos apuntes metodológicos. Primeramente, no se han tenido en cuenta términos homologables como “separación” o “separació”, a pesar de que podría ser útil según el marco metodológico adoptado ya que su segunda acepción se corresponde con “divorcio”, debido a que la búsqueda no obtendría los resultados previstos al no referirse metafóricamente al ámbito matrimonial, sino a una separación en su estricta literalidad como escisión o acto de separar. En segundo lugar, los usos de la metáfora han sido seleccionados priorizando las obras o las declaraciones de políticos u otros actores individuales planteadas en un contexto de incidencia sobre el debate público, descartando los programas de los partidos por consistir en una enumeración de medidas concretas que no dejan espacio a la articulación de un mensaje retórico.</p>
    </sec>
    <sec>
      <label>3.</label>
      <title>METÁFORAS EN EL DISCURSO SOBERANISTA CATALÁN</title>
      <sec>
        <label>3.1.</label>
        <title><italic>Emprender un camino o abandonar una reunión</italic></title>
        <p>Más allá de la metáfora del divorcio, otras figuras retóricas han pugnado por la representación del soberanismo catalán, comenzando por aquellas que han presentado el <italic>procés </italic>como una travesía marítima. Si un barco debe cruzar la inmensidad del mar, el independentismo debía avanzar lentamente hacia una meta que se antojaba especialmente lejana, y la pronta llegada de la independencia dependería del timón, la salida del puerto, las naves, los marineros o el patrón (<xref rid="B16" ref-type="bibr">El Món, 2015</xref>). En otros casos el independentismo emprende su viaje o camino por vías terrestres, de modo que aquellos que presentaron la independencia en términos de una vía centraron su atención en torno a los obstáculos o la velocidad. Mientras que el PP y Ciudadanos lo consideran como un camino a ninguna parte, por lo que sería necesario una guía y un curso alternativos (<xref rid="B42" ref-type="bibr">Moragas-Fernández, <italic>et al.</italic>, 2018: 530</xref>), en la campaña independentista el camino va hacia la independencia y los caminantes son todos los catalanes. El motor del cambio debía ser el pueblo catalán y la etapa final de ese primer camino se encontraba en la obtención de una victoria electoral en las elecciones autonómicas de 2015.</p>
        <p>La imagen de la senda a recorrer comenzó a perder vigencia en relación con aquella que planteaba el escenario político en términos de “conflicto” o “guerra” a partir de la respuesta desde las instituciones españolas en 2017 (<xref ref-type="bibr" rid="B42">Moragas-Fernández, <italic>et al.</italic>, 2018: 531, 534</xref>). Este cambio hacia una metáfora que hiciera explícito el conflicto, sin embargo, no terminó por cristalizar en el debate público. Es posible que algunos líderes soberanistas la utilizaran, pero la mayoría de ellos prefirió mantener el aura pacífica, también dentro del ámbito figurativo, del que siempre han tratado de hacer gala los partidarios del <italic>procés </italic>(<xref rid="B55" ref-type="bibr">Vergés-Gifra, 2013: 142</xref>). En este sentido, más allá de las diversas metáforas utilizadas, los soberanistas han evitado usarlas en favor de la creación de un enemigo español o con el objetivo de enquistar el conflicto y llevarlo hacia posiciones más proclives al uso de la violencia. Esto es especialmente importante si tenemos en cuenta que las metáforas violentas no solo reflejan la crueldad del conflicto, sino que lo promueven activamente motivando nuevas formas o etapas en el enfrentamiento (<xref rid="B32" ref-type="bibr">Kalmoe <italic>et al.</italic>, 2018: 346</xref>).</p>
        <p>Frente al determinismo propio de la retórica relacionada con el movimiento o el conflicto, las metáforas que reflejan elementos propios del ámbito personal o emocional son capaces de movilizar mejor la voluntad de los sujetos. Según la metáfora de los amigos, en el contexto de una reunión y ante una discusión acalorada, cualquiera de los contertulios tendría derecho a abandonar la conversación si lo considerara conveniente, independientemente de la preferencia de la mayoría restante (<xref rid="B18" ref-type="bibr">Fet a tarragona, 2014</xref>). Esta metáfora es, sin embargo, más débil que la relativa al divorcio en la medida en que, aunque trata de enfatizar de forma similar el valor de la voluntad del sujeto-colectividad, no es capaz de resaltar la idea de la decisión de una manera tan clara. Frente a una amistad que se rompe o debilita por la mera inacción, el divorcio supone la ruptura de una situación previa de convivencia, así como de unos lazos más fuertes, motivo por el que la ruptura exige una voluntad convencida. Estos argumentos, al igual que los relativos a las diferencias con respecto al uso de la metáfora de la “emancipación”, que abordaremos en el apartado 3.3., refuerzan aún más la relevancia conceptual de la metáfora del divorcio. </p>
      </sec>
      <sec>
        <label>3.2.</label>
        <title><italic>La metáfora del divorcio catalán</italic></title>
        <p>La metáfora del divorcio en Cataluña como forma de referirse a la posibilidad de la secesión se remonta a inicios del siglo XX y a la caracterización de Cataluña como mujer. Así se representaba en el semanario satírico de ideología republicana y anticlerical conocido como <italic>L’Esquella de la Torratxa, </italic>el 27 de mayo de 1932, en el cual la “donna Catalunya” aparecía en manos del presidente Francesc Macià (<xref ref-type="bibr" rid="B20">Ferran, 2021</xref>). Desde el espectro político opuesto, el franquismo mantuvo la imagen femenina de una Cataluña que, en palabras de Gecé, Ernesto Giménez Caballero, tuvo que asesinar “porque eras mía” (<xref ref-type="bibr" rid="B24">1977: 32’ 27”</xref>).</p>
        <p>A partir de estas fuentes históricas, desde el mismo nacimiento del <italic>procés </italic>soberanista se han ido presentando distintas voces en favor de la realización de ese “divorcio” político. Para Raül Romeva, candidato de Junts pel Sí en las elecciones catalanas de 2015, la separación con el resto del Estado no debería entenderse como una amputación, sino como “una separació pactada i pacífica, és a dir, un <italic>divorci” </italic>(<xref ref-type="bibr" rid="B46">Romeva, 2018: 120</xref>). El candidato a estas mismas elecciones por parte de la CUP fue Antonio Baños, quien, a pesar de reconocer que la metáfora del divorcio no es la mejor, la utiliza para señalar que divorciarse constituye una deserción o una derrota, pero no “un conato de agresión”. Según sus palabras, el independentismo desea una relación igualitaria con otros pueblos de España, y el divorcio se produciría con respecto al Estado español y no frente a los españoles, puesto que afirma su deseo de no romper sus relaciones con ellos (<xref rid="B2" ref-type="bibr">Baños, 2013: 36-37</xref>). En tercer lugar, para Dolors Bassa, Consejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias durante el gobierno de Puigdemont, al igual que en la vida real, cuando se produce un divorcio uno puede lamentarse y pensar que debiera haber actuado de otra manera: “…però això passa en la vida personal. Si hi ha divorci entre parelles és perquè podries haver canviat alguna experiencia” (<xref rid="B1" ref-type="bibr">Bassa, Nació, 2018</xref>). Por último, Joan Canadell i Bruguera, diputado del Parlament por Junts per Catalunya, se refirió a “el dia que ens divorciem definitivament” en el contexto de un debate sobre la deuda pública española (<xref rid="B10" ref-type="bibr">Canadell i Bruguera, 2021: 59</xref>).</p>
        <p>Estas voces dentro de la política institucional vienen acompañadas de varios ejemplos en el ámbito de la academia, los medios de comunicación o incluso de la cultura. En el primero de los casos, el investigador norteamericano Thomas S. Harrington recoge en uno de sus libros un testimonio anónimo repetido infinidad de ocasiones según el cual el divorcio político se solicita tras años de maltrato porque “…ja no poden més. Estan decidides a demanar el divorci després d’anys de negligència i abusos” (<xref rid="B26" ref-type="bibr">Harrington, 2018: 55</xref>). El autor ahonda en esta perspectiva señalando que el proceso de independencia podría explorar vías unilaterales en tanto que no se le podría reprochar no haber intentado dialogar con el Estado español en repetidas ocasiones. Así, la responsabilidad de las consecuencias posteriores recaería sobre el interlocutor que no aceptó el diálogo, de igual modo que no se podría condenar a una mujer que se va de su casa “després d’innombrables peticions d’arribar a un divorci pacífic” (<xref rid="B26" ref-type="bibr">Harrington, 2018: 240</xref>). Para otros soberanistas la voluntad del pueblo que decide es suficiente para llevar a cabo el divorcio, puesto que este no depende de una existencia política propia y separada en tiempos pasados (<xref rid="B23" ref-type="bibr">Furió i Diego, 2016: 112</xref>). De igual modo, la metáfora del divorcio también es defendida por el soberanismo desde una perspectiva jurídica, ya que se
          ejercería según el principio que impide obligar a un sujeto a convivir con otros, ya sea en familia o copropiedad, si esta no es su voluntad (<xref rid="B14" ref-type="bibr">Del Clot i Trias, 2021: 209</xref>).</p>
        <p>Desde el ámbito de los medios de comunicación, algunos han enfocado la cuestión desde un problema de convivencia social, entendiendo el divorcio como necesidad (<xref rid="B43" ref-type="bibr">Moreno, 2013</xref>), al tiempo que otras voces señalaban cómo España estaba interviniendo para negar toda posibilidad de un divorcio catalán por medios digitales (<xref rid="B13" ref-type="bibr">Cuesta, 2017</xref>). Para otro periodista la metáfora del divorcio puede utilizarse en el caso catalán ya que, al igual que en la vida real, en ocasiones uno no sabe muy bien por qué se separa<xref ref-type="fn" rid="F2"/> (<xref rid="B41" ref-type="bibr">Minder, 2017</xref>). Por último, incluso desde el ámbito de la cultura se han manifestado en esta línea, como es el caso del actor catalán Óscar Jaenada (<xref rid="B30" ref-type="bibr">2023</xref>), para quien la situación de la independencia se asemeja a “una pareja cuando se divorcia”. </p>
      </sec>
      <sec>
        <label>3.3.</label>
        <title><italic>“Emancipación” frente a divorcio</italic></title>
        <p>Las referencias al divorcio del apartado anterior parten de la asunción de que la unión entre dos sujetos debe enfocarse desde la voluntad libre de las partes, de modo que el uso de la metáfora remarca la imposibilidad de detener a un pueblo decidido a librarse del “maltrato” del Estado español. No cabe duda de que esta connotación positiva del divorcio está influenciada por el modo en que la sociedad española ha ido convenciéndose de su utilidad, hasta el punto de que el de 78,6% pensaba en 2012 que “Cuando una pareja no parece ser capaz de solucionar sus problemas conyugales, el divorcio suele ser la mejor solución” (<xref ref-type="bibr" rid="B11">Castro y Seiz, 2014: 29</xref>), lo que posiblemente influye en el hecho de que la mayoría de los españoles (61,1%) asuman que en el futuro habrá incluso más divorcios (<xref rid="B12" ref-type="bibr">CIS, 2024: 9</xref>).</p>
        <p>Esta generalizada buena percepción ha motivado incluso comparaciones de otra índole: “Madrid aprueba el divorcio y el indulto a los independentistas catalanes” (<xref rid="B52" ref-type="bibr">Telleria, Gara, 2024</xref>). Para el propio Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, al igual que lo que sucedió en la oposición de la derecha a la ley del divorcio y la ley del matrimonio homosexual, la ley de la amnistía acabará aceptándose incluso por parte de aquellos que en primer término se opusieron férreamente (<xref rid="B47" ref-type="bibr">Sánchez, 2023: 3’ 46”</xref>). Esto no supone que Sánchez asuma el marco del independentismo y la metáfora del divorcio, sino que la comparación se hace en relación específicamente con una oposición inicial de la derecha que finalmente tiende a desvanecerse. En este sentido, en 2015, el ahora presidente negaba la posibilidad del “divorcio” entre Catalunya y el resto de España señalando que los lazos entre unos y otros no se correspondían con los de una pareja, sino con la que se da entre hermanos, “y de tu hermano no te puedes divorciar nunca” (<xref ref-type="bibr" rid="B48">Sánchez, 2015</xref>).</p>
        <p>Pero al igual que los conservadores tendieron históricamente a enfrentarse a una legislación del divorcio que facilitara el proceso, en la actualidad las connotaciones negativas de la separación matrimonial siguen presentes en determinados contextos. Ejemplo de ello es el modo en que durante la campaña del referéndum de Escocia la metáfora del divorcio se convirtió en una herramienta en favor de las aspiraciones de aquellos que se oponían a la independencia al enfatizar sus aspectos más negativos. En concreto fue David Cameron quien utilizó la metáfora en diversas ocasiones, señalando que el matrimonio entre las naciones de Inglaterra y Escocia no debía terminar (<xref rid="B35" ref-type="bibr">Liukko, 2015: 52</xref>). Para el que fuera líder del Partido Conservador y Unionista la independencia de Escocia habría supuesto un doloroso divorcio, de tal modo que lo apropiado sería mantenerse unidos en la adversidad y saber luchar juntos por tiempos mejores al tratarse naciones inseparables (<xref rid="B35" ref-type="bibr">Liukko, 2015: 53, 66</xref>).</p>
        <p>Tal y como haría Cameron, la derecha y la ultraderecha española ha utilizado más recientemente la expresión “divorcio duro”, que se generalizó tras su uso por parte de Núñez Feijoo en relación con un candidato de Vox, para referirse a aquello que sucedería entre España y Cataluña en caso de secesión. Esta connotación negativa del divorcio por parte de los conservadores ingleses y españoles parece igualmente presente en las palabras de Artur Mas, quien llegara a la presidencia de la Generalitat de Cataluña en 2010 como candidato de CiU. Para el entonces Presidente de la Generalitat, la separación de Cataluña no sería traumática: “No hablamos de divorcio, hablamos de emancipación” (<xref ref-type="bibr" rid="B38">Mas, 2012: 0’ 35”</xref>). Esta renuncia de la metáfora del divorcio se mantuvo en sus palabras incluso tras dejar la presidencia, de tal modo que cuando Rajoy rechazó “comerciar con el proceso “amputador” del separatismo” (<xref rid="B45" ref-type="bibr">Rajoy, 2017</xref>), Mas contestó retomando la idea de emancipación, caracterizándola de “dulce” (<xref rid="B40" ref-type="bibr">Mas, 2017</xref>). Este marco conceptual se repite en algunas de sus publicaciones, en las que la libertad de Cataluña se plantea como el resultado de la emancipación con respecto al Gobierno español: “Catalunya es vol emancipar dels governs espanyols, però no vol posar fronteres” (<xref rid="B39" ref-type="bibr">Mas, 2013: 153</xref>).</p>
        <p>Pero, si partimos de que la gran mayoría de la sociedad española entiende el divorcio como una solución, ¿por qué el líder republicano Oriol Junqueras prefiere mantener la metáfora de la emancipación frente a la del divorcio? En una reciente entrevista señala que la secesión sería algo así como emanciparse del hogar (<xref rid="B31" ref-type="bibr">Junqueras, 2024: 1h 35’</xref>), aunque fuera para irse a un piso en el mismo rellano (<xref rid="B31" ref-type="bibr">Junqueras, 2024: 1h 46’</xref>). Una tercera vez hace uso de la metáfora de la emancipación, caracterizando este proceso como algo natural, puesto que, independientemente de cómo se comporten sus padres, la hija querrá abandonar la casa para continuar su vida en una nueva etapa, al igual que lo harían, en sus propias palabras, los estudiantes camino de la universidad, independientemente de su buena experiencia durante el Bachillerato (<xref rid="B31" ref-type="bibr">Junqueras, 2024: 2h 11-12’</xref>). No cabe duda de que esta metáfora resulta especialmente atractiva ya que supone sugerir que Cataluña ha pasado a constituirse como una sociedad que debe considerarse como “mayor de edad”, y que de ese modo ha adquirido el derecho a tomar sus decisiones de forma autónoma. Esto supondría además entender que en el momento en que esa autonomía es obtenida, como un proceso natural de maduración que no puede ser limitado ni impedido por agente alguno, resulta obligatorio continuar hacia una nueva
          etapa de desarrollo. En caso de que alguien pretendiera coartar los derechos de este nuevo mayor de edad estaría adoptando la postura propia del déspota.</p>
        <p>No resulta adecuado especular en torno a los motivos por los cuales tanto Mas como Junqueras prefieren no referirse al <italic>procés </italic>como un divorcio. Ciertamente “emancipación” cuenta únicamente con connotaciones positivas, al tiempo que constituye una metáfora anclada en lo personal y afectivo que favorece igualmente la movilización popular. Sin embargo, el presente texto ha centrado su atención en la figura del divorcio y no en la de emancipación por los motivos señalados en la Introducción: mientras que la segunda se justifica en sí misma como posibilidad de quien cumple la mayoría de edad, el divorcio está justificado siempre que se percibe como necesidad, y enfatiza la voluntad de romper una relación. Así, la metáfora de la emancipación, 1) no da cuenta tan claramente de las posibles desavenencias, faltas de respeto o frustraciones que motivan el fin de la relación, tan importantes en la justificación de la secesión, puesto que quien abandona la casa de los padres no necesita más motivo para irse que su deseo y capacidad; 2) no se vincula de una manera tan clara con la idea del derecho a decidir como lo hace la idea del divorcio ya que se trata de una acción irremediable, por lo que el adolescente o adulto que se emancipa decide cuándo hacerlo, pero no se arma de la determinación con la que se pone fin a un matrimonio, puesto que se trata de un cambio de residencia y no de una ruptura familiar; y 3) se vincula en mayor medida con el propio
          crecimiento y la capacidad económica alcanzada por quien abandona el hogar<xref ref-type="fn" rid="F3"/>, y no tanto con el derecho indiscutible, no condicionado o dependiente de consideraciones de tipo material, de quien decide divorciarse.</p>
        <p>Ciertamente, comprobar las motivaciones de los actores políticos no corresponde con nuestro objeto de estudio, y es innecesario en la medida en que, como señalábamos en el apartado metodológico, el uso de las metáforas no se lleva a cabo siempre de forma consciente (<xref rid="B9" ref-type="bibr">Cairo y Franzé, 2010</xref>). Frente a esto, lo relevante no es la intención del político, sino los resultados en forma de asunciones ideológicas que trascienden en el ámbito público, por lo que en el apartado siguiente abordaremos cinco elementos que dificultan notablemente la comparación entre divorcio y secesión, adentrándose en la complejidad que la metáfora anula en favor de su efectividad política.</p>
      </sec>
    </sec>
    <sec>
      <label>4.</label>
      <title>UNA SECESIÓN NO ES UN DIVORCIO</title>
      <sec>
        <label>4.1.</label>
        <title><italic>El contrato matrimonial frente a la contingencia de la pertenencia al Estado</italic></title>
        <p>El supuesto principal del que parte la metáfora del divorcio es la idea de que los estados son uniones matrimoniales acordadas libremente según la idea del contrato. Esta noción se enfrenta a la posibilidad de considerar a los estados resultantes de una independencia como nuevos matrimonios acordados, los cuales podrían potencialmente generar un nuevo divorcio. Esta primera posibilidad de la aparición de nuevos promotores de la secesión dentro de las nuevas fronteras moviliza a los teóricos soberanistas en la búsqueda de garantías de la unidad del pueblo que se independiza. Es por ello por lo que algunos autores han tratado de asegurar que el pueblo de Cataluña se configura como un <italic>demos </italic>o nación cultural, puesto que asumir la teoría plebiscitaria, según la cual la mera voluntad de un pueblo de independizarse justifica dicho proyecto, implicaría asumir una futura inestabilidad territorial consecuencia de la posibilidad de que un grupo privilegiado solicitara su independencia únicamente debido a sus intereses materiales (<xref rid="B54" ref-type="bibr">Vergés-Gifra, 2021: 26</xref>). Esta unidad y homogeneidad del pueblo es lo que impediría divorcios ulteriores y reforzaría la idea de que el pueblo actúa con una voluntad única en favor de su independencia, lo que posibilitaría, a su vez, entender la pertenencia a un estado en términos estrictamente contractuales, una hipótesis que no encuentra un sustento histórico de ningún tipo.</p>
        <p>En la entrevista a Oriol Junqueras que anteriormente referenciábamos, el líder de ERC, en relación con la cuestión de qué constituye una comunidad política, se pregunta porqué ciertos estados pueden decidir sobre su política y Cataluña no, de tal modo que plantea una pregunta que finalmente queda inconclusa: “¿por qué los españoles pueden decidir que no forman parte de…?” (<xref rid="B31" ref-type="bibr">Junqueras, 2024: 2h 15, 40”</xref>). Resulta extraño que alguien que hace gala de una expresión muy cuidada no finalice la pregunta, lo que parece sugerir que precisamente los españoles no tienen la posibilidad de decidir de qué forman parte y de que no. Ciertamente, las fronteras de España se han configurado sin atender en momento alguno a la voluntad mayoritaria del pueblo español, en cualquiera de las etapas de su historia, y sin ajustarse completamente al arbitrio de sus más poderosos dirigentes. Los españoles no pueden decidir sobre su pertenencia a España, más allá de su posibilidad de obtener una segunda nacionalidad. De igual modo, es mínima su capacidad para cuestionar la pertenencia de España a las instituciones de la Unión Europea, en tanto que las fuerzas geopolíticas que la colocaron dentro de la unión no consultaron al pueblo español.</p>
        <p>Independientemente de que la tradición contractualista planteara el nacimiento del Estado moderno como el resultado de un determinado pacto entre individuos libres, lo cierto es que la historia nos muestra que las comunidades políticas y su organización no han dependido de acuerdos entre ciudadanos. En este sentido, contar con el derecho de ciudadanía de un estado no implica poder cuestionar su estructura territorial. Por ello, incluso considerando que el pueblo catalán estuviera decidido unánimemente a separarse de España, algo que negaremos en el punto 4.4., conviene tener en cuenta que los estados no suelen aceptar la posibilidad de ser disueltos según la lógica con la que se rompe un contrato. Un estado se forma en favor de la consolidación de un poder en un territorio, y su tamaño y los recursos a su disposición permitirán en mayor o menor medida su independencia. Por ello, no estará dispuesto a renunciar a una parte de sí mismo según un procedimiento estándar de ruptura de un contrato. Al igual que la tradición contractualista entendía que el pueblo le daba al estado gran parte de su poder y de su margen de acción para investirle como tal, haciendo de este el monopolizador de la violencia, de tal modo que el estado “pueda utilizar los medios y la fuerza particular de cada uno como mejor le parezca, para lograr la paz y la seguridad de todos” (<xref rid="B29" ref-type="bibr">Hobbes, 2014: 157, Leviatán XVII</xref>), el estado solo renunciará a ello si un
          gran poder se enfrenta a él, es decir, si una gran parte del conjunto de sus ciudadanos se le opone. Esto se puede entender con mayor facilidad si negamos la metáfora del divorcio entre dos personas con los mismos derechos, o, lo que implicaría en el ámbito internacional, con el mismo poder, y lo enfocamos desde la óptica de un estado y sus capacidades frente a las de un territorio parte del primero y que aglutina en torno a un sexto de su población total.</p>
        <p>En definitiva, si prohibir el derecho de la mujer a abandonar una unión matrimonial sería como considerarla como una posesión, negando su derecho a tomar decisiones autónomas, aceptar la posibilidad de que una región se apropie de la libertad de independizarse implicaría el intento de demostrar un poder con el que no cuenta. Solo una movilización de la población de una manera absolutamente masiva y acompañada de una victoria moral en el ámbito internacional podría precipitar la obtención de esa independencia, dos medios fundamentales para los que no hay espacio en la metáfora del divorcio.</p>
      </sec>
      <sec>
        <label>4.2.</label>
        <title><italic>Separación de bienes frente a inversiones cruzadas, mercado común y redistribución fiscal</italic></title>
        <p>Uno de los autores que más ha utilizado la metáfora del divorcio en su aproximación a la cuestión de la secesión es Allen Buchanan, para quien la separación de un territorio con respecto al estado que lo incluye puede producirse, en tanto que creación humana al modo de un matrimonio, como consecuencia de la falta de satisfacción de una de las partes (<xref rid="B8" ref-type="bibr">Buchanan, 1991: 7</xref>). Así, incluso cuando la parte que desea su independencia no haya sufrido una especial injusticia, puede reclamar su secesión como forma de llevar a cabo su propia visión de la democracia (<xref rid="B8" ref-type="bibr">Buchanan, 1991: 98-99</xref>). Sin embargo, la metáfora del divorcio complica la propia comprensión del caso, o al menos da cuenta de excepciones y casos particulares, ya que una región, al igual que uno de los esposos, puede haberse enriquecido por medio del trabajo del otro, lo que implicaría una injusticia si deseara separarse para no compartir su riqueza. Es precisamente por esto por lo que, en algunos casos, tal y como sucede con los divorcios en los que reina la justicia en relación con los bienes compartidos, los secesionistas deberían asumir la posibilidad de tener que compensar al estado del que se separan por medio de una tasa de secesión (<xref rid="B8" ref-type="bibr">Buchanan, 1991: 120, 133</xref>).</p>
        <p>Más allá del juicio de Buchanan respecto de las dificultades que se deriven de un divorcio sin separación de bienes previa, lo cierto es que una secesión implica retos mayores en relación con la economía común. No se trata meramente de delimitar a quien pertenece cada recurso o institución o de trazar una historia del gasto hecho, sino que el punto central de la cuestión de los recursos en disputa es el ámbito de la fiscalidad y el principio de solidaridad entre los territorios. Para Neus Torbisco las analogías entre el divorcio y la secesión se complican en el momento en que planteamos la cuestión en puros términos de decisión, ya que cuando esta voluntad afecta gravemente a terceras partes, como hijos o una pareja discapacitada, las razones de la separación no pueden ser egoístas. Tal y como señala la autora, permitir este tipo de justificaciones del derecho a decidir, tal y como hacen aquellos que incluíamos en el apartado 3.2., supondría permitir a los padres no vacunar a sus hijos utilizando únicamente el criterio de su voluntad, ignorando todo fundamento normativo que pone por delante el cuidado la sociedad sobre la decisión individual (<xref rid="B53" ref-type="bibr">Torbisco, 2017: 218</xref>). Por tanto, lo que señala Torbisco es una conceptualización de la metáfora del divorcio en términos que se oponen a la libertad de decisión en que se basan los ejemplos a los que nos referíamos anteriormente, a la cual, una vez formulada de forma coherente, habría que
          oponer los argumentos pertinentes en contraposición a lo que implica una secesión.</p>
        <p>Según el criterio normativo que exige la toma en consideración del bienestar común, el territorio que se separa de un estado debe de ser consciente de lo que supone esta acción en términos de bienestar económico para el resto del estado. En ese sentido, la distribución injusta que se produce entre territorios, y que para algunos motiva la búsqueda de un nuevo estado, no es capaz de justificar esta pretensión partiendo desde el marco del cosmopolitismo, tal y como lleva a cabo Ander Errasti. Para él, una fiscalidad injusta no justifica la autodeterminación, por lo que serían más adecuados otro tipo de argumentos, como los déficits democráticos o las tendencias homogeneizadoras o anti-pluralistas (<xref rid="B17" ref-type="bibr">Errasti, 2021: 76</xref>). Frente a los que promueven su independencia para negarse a redistribuir la riqueza, conviene señalar que si la distribución entre regiones es injusta es precisamente porque no se basa en la metáfora de la mujer y el marido que se divorcian sabiendo cuáles son los bienes de cada uno, sino que se ajusta en mayor medida a la relación contractual entre un empresario y un trabajador en el momento en que el primero rompe el contrato. En ese escenario, el empresario cuenta con los medios para seguir generando riqueza puesto que el trabajo hecho por su empleado le ha enriquecido, mientras que el trabajador deberá buscar otros medios para subsistir ahora que su fuente de ingresos desaparece debido únicamente a la voluntad
          del patrón.</p>
        <p>Concluyentemente, mientras que los teóricos de la independencia como Errasti asumen que una fiscalidad injusta no legitima la autodeterminación, la renta per cápita de Cataluña sigue siendo el doble que la de las regiones españolas más pobres, precisamente aquellas que han aportado mano de obra barata desde tiempos del desarrollismo. Frente a este escenario, no cabe duda de que el conflicto sería más fácilmente dirimible en un contexto de mayor equidad a nivel estatal, pero, tras muchos años de convivencia, la desigualdad no se ha mermado, lo que sigue justificando normativamente la solidaridad entre regiones.</p>
      </sec>
      <sec>
        <label>4.3.</label>
        <title><italic>El marco coercitivo de la ley estatal frente a una teoría normativa de la secesión </italic></title>
        <p>Mientras que el divorcio aparece como una de las formas a través de las cuales el liberalismo garantiza la integridad moral de las personas, las sociedades políticas, incluso cuando existen separaciones administrativas o culturales, se funden en unas interdependencias que no encuentra un paralelo en las relaciones personales, y establecen normas que solo están vigentes en el interior de esa unión. Esto supone que uno de los problemas derivados de la secesión es el hecho de que esta acaba con la posibilidad de una serie de autoridades conjuntas entre territorios, de tal modo que, al no contar con una política común, el acomodo de la diversidad aparece como un reto mayor (<xref rid="B5" ref-type="bibr">Bauböck, 2019: 12</xref>). Esta falta de autoridad o legislación común es precisamente una de las grandes diferencias entre una secesión y un divorcio, ya que este último se hace en base a las leyes del país en el que se produce, y está sujeto a lo que el poder judicial dictamine. En cambio, la secesión se hace en base a una teoría normativa o, en el mejor de los casos, de acuerdo con un derecho internacional que no se aplica de una manera coercitiva.</p>
        <p>Según Sanjaume, Cataluña estaría legitimada para emprender un proceso de independencia unilateral según el remedialismo y el adscriptivismo, puesto que, por un lado, sería necesario remediar el abusivo régimen fiscal al que el Estado español sometería a Cataluña, y, por el otro, la secesión estaría justificada también por el carácter nacional de la región (<xref rid="B49" ref-type="bibr">Sanjaume, 2016: 88-89</xref>). Estas justificaciones normativas no suponen, incluso cuando se acepten, un marco según el cual llevar a cabo el proceso de independencia, lo que dificulta su puesta en marcha. Por otro lado, si tenemos en cuenta que las teorías que entienden la independencia como un remedio suelen tomar como marco los graves conflictos derivados de las dinámicas coloniales, de tal modo que tras la Primera Guerra Mundial el derecho de autodeterminación se estableció formalmente como una prerrogativa de los pueblos colonizados (<xref rid="B51" ref-type="bibr">Sterio, 2013: 10</xref>), resulta complicado asemejar el proceso de independencia catalán al llevado a cabo en otros contextos. Como muestra de ello cabe mencionar el caso del país que más recientemente ha adquirido su independencia, Sudán del Sur, en el cual se celebró un referéndum por la independencia, ganado con un 98.83% de los votos, tras décadas marcadas por la violencia de dos guerras civiles (<xref rid="B34" ref-type="bibr">LeRiche y Arnold, 2013: 23</xref>).</p>
        <p>Hoy en día el derecho a la autodeterminación unilateral es tan solo concedido en los casos en que el estado oprime al pueblo e impide totalmente su participación en el gobierno central (<xref rid="B51" ref-type="bibr">Sterio, 2013: 10</xref>), excluyendo la autodeterminación catalana, la cual debería canalizarse únicamente a través de acuerdos y negociaciones dentro del marco del Estado español y su ordenamiento jurídico (<xref rid="B50" ref-type="bibr">Sterio, 2018</xref>). De este modo, en la medida en que nuestra intención no es dictaminar si los catalanes deben contar con ese derecho o no, mostrar este debate pretende tan solo enfatizar que se trata de una dificultad añadida que el divorcio no contempla puesto que se realiza dentro de un mismo marco jurídico. Siguiendo lo señalado por Sterio, si necesariamente el problema debe ser enfocado desde la ley española, solo por medio de esta cabrá la posibilidad de abrir nuevas vías, conforme a las posibilidades que ofrece la democracia representativa. Negar esta posibilidad supondría promover un mundo en el que dentro de cada estado se producen menos conflictos que necesiten de una solución democrática, pero en el que entre los distintos estados surjan mayores tensiones, lo que podría suponer dificultades para la propia preservación de la democracia en el ámbito internacional (<xref rid="B3" ref-type="bibr">Bauböck, 2019: 17</xref>).</p>
        <p>En definitiva, frente a un divorcio que normativamente se justifica de una forma especialmente sencilla partiendo de los valores liberales, los cuales están plasmados en la mayoría de los ordenamientos jurídicos, permitiendo un cauce legal al proceso, la separación unilateral depende de una posición normativa que no encuentra reconocimiento legal explícito por parte de un orden político capaz de imponer su dictamen. La falta de concreción de los debates normativos sobre el derecho a la independencia dificulta un juicio especialmente claro que delimite si a esa determinada comunidad le corresponde dicha prerrogativa, e incluso cuando una demanda nacional adquiere el reconocimiento de ese derecho de independencia lo hace en un contexto que muy habitualmente está marcado por un enfrentamiento violento con el resto de la unidad estatal.</p>
      </sec>
      <sec>
        <label>4.4.</label>
        <title><italic>La decisión individual frente a la votación de un pueblo plural</italic></title>
        <p>Para algunos teóricos del soberanismo la revuelta democrática en Cataluña estaba apoyada por un bloque social amplísimo en el que se incluían personas de toda condición social y de orígenes culturales muy diversos, negando la tesis que presenta a los nacionalistas como individuos apegados a su tierra y sin inquietudes especialmente amplias (<xref rid="B36" ref-type="bibr">Marín y Tresserras i Gaju, 2018: 15</xref>). Del mismo modo, estas voces señalan que en el contexto catalán, ya desde los años noventa, se había roto la identificación entre pueblo nacional esencialista y el derecho a decidir como nación, ya que el catalanismo concebiría al pueblo a través de una inclusiva <italic>identitat-projecte </italic>(<xref rid="B36" ref-type="bibr">Marín y Tresserras i Gaju, 2018: 17</xref>). Esta identidad-proyecto se opondría a la visión étnica de las formas de nacionalismo excluyente de Aliança Catalana (<xref rid="B7" ref-type="bibr">Bossacoma, 2024</xref>), y constituiría una identidad abierta de la que participarían todos aquellos que desean una Cataluña independiente.</p>
        <p>¿Pero qué sucede con ese porcentaje sustantivo de la población de Cataluña que no quisiera verse en un estado independiente de España? ¿No participa de esta <italic>identitat-projecte </italic>porque no opta por defender el “derecho a decidir”? ¿Esto implicaría su salida del nuevo estado o su conversión en una oposición unionista dentro del territorio? Tal y como señala Vergès, la propia necesidad del <italic>procés </italic>de conseguir el mayor número de votantes a favor del referéndum y de la independencia abrió el movimiento hacia la participación de personas de muy diversos orígenes culturales<xref ref-type="fn" rid="F4"/>. Esto, junto con el hecho de que una gran masa de la población catalana tenga sus orígenes en otras partes de España ha limitado la etnicidad del movimiento, haciendo de la debilidad una virtud (<xref rid="B56" ref-type="bibr">Vergés-Gifra y Serra, 2021: 12-13</xref>). Aceptando este marco, cabe preguntarse qué sucedería una vez se consiga la independencia, puesto que la consecución del principal objetivo del <italic>procés </italic>dejaría en suspenso la razón de su inclusividad, generando, como sosteníamos líneas arriba, un escenario en el que los partidarios del no a la independencia se encontrarían en un contexto en el que su identidad doble como catalanes y españoles quedaría cercenada. De este modo, la metáfora del divorcio que hace de la región un individuo, convirtiendo en personalidad colectiva a las nacionalidades, niega, por
          consiguiente, la naturaleza heterogénea de su propia comunidad política (<xref rid="B5" ref-type="bibr">Bauböck, 1999: 232-233</xref>).</p>
        <p>Por tanto, el principal problema de la metáfora es tratar de convertir a los grupos que reclaman la independencia en agentes morales individuales, por lo que explicitarlo permite detectar los sesgos de su visión estrictamente contractualista (<xref rid="B4" ref-type="bibr">Bauböck, 2000: 382</xref>). En este sentido, aunque para los secesionistas las fronteras solo son justas si son democráticamente elegidas, este principio no concuerda con un ideal normativo democrático desde el punto de vista de nuestro modelo representativo-liberal. Los estados no son comunidades políticas homogéneas ni asociaciones voluntarias, de tal modo que lo habitual es que dentro de sí alberguen una gran diversidad de intereses, identidades o ideas. Limitar esta diversidad por la vía de una separación de un territorio considerado por sus habitantes como homogéneo con respecto al resto del estado supone un mecanismo incompatible con los principios de diversidad y pluralidad que están en el mismo núcleo de la democracia liberal (<xref rid="B5" ref-type="bibr">Bauböck, 2019: 5</xref>). Es más, la modificación de las fronteras en favor de la reducción de la diversidad nacional podría implicar el aumento de la percepción de las diferencias entre estados, lo que podría amenazar la cooperación internacional (<xref rid="B5" ref-type="bibr">Bauböck, 2019: 6</xref>). Las fronteras han sido delineadas por procesos históricos incontrolables, de tal modo que la democracia permite que, dentro de la
          diversidad, los ciudadanos sean capaces de autorizar el gobierno en igualdad de condiciones en favor de un bien colectivo, lo que implica una defensa de una multiplicidad de intereses (<xref rid="B5" ref-type="bibr">Bauböck, 2019: 6</xref>).</p>
        <p>Por lo tanto, más allá de la decisión mayoritaria, fundamental dentro de nuestra noción de democracia constitucional, el derecho liberal exige la necesidad de la protección de las minorías puesto que existen asuntos en los que la decisión mayoritaria no puede imponerse sobre la vida del resto. Otras regiones españolas no tienen el derecho de votar si consideran legítimo anular la autonomía de Cataluña, incluso aunque lo apruebe más de la mitad del censo español. Del mismo modo, no conviene limitar la heterogeneidad de un pueblo plural según la metáfora que imagina unos padres de orígenes diversos que se divorcian y deciden la custodia de sus hijos de acuerdo con los rasgos que comparten con cada progenitor. Al igual que el parecido racial no es un criterio para dirimir una custodia filial, una “identidad-proyecto” basada en una ideología o concepción nacional no debe limitar la pluralidad de quienes conviven en un territorio.</p>
      </sec>
      <sec>
        <label>4.5.</label>
        <title><italic>El ejercicio de una voluntad libre frente a las garantías de la democracia representativa</italic></title>
        <p>Podemos convenir fácilmente que la democracia requiere que una serie de libertades individuales y colectivas sean respetadas por parte de las instituciones. Es más, los poderes públicos no vendrían a tolerar dichas libertades, sino que permitirían su construcción, puesto que un pueblo cuenta con libertad positiva cuando se dota de unos marcos que permiten el autogobierno (<xref rid="B6" ref-type="bibr">Berlin, 2014: 70-73</xref>).</p>
        <p>Sin embargo, en democracia la voluntad de los ciudadanos no puede sustituir a la ley, una idea que parecería opuesta a algunas de las tesis de Junqueras: la ley es menos importante que el hombre y se puede saltar en algunos contextos (<xref rid="B31" ref-type="bibr">Junqueras, 2024: 31’</xref>); la ley surge de la democracia y no la democracia de la ley (<xref rid="B31" ref-type="bibr">Junqueras, 2024: 54’</xref>); rebelarse contra la ley es un deber, y esta es injusta si no respeta los derechos humanos y la democracia (<xref rid="B31" ref-type="bibr">Junqueras, 2024: 59’</xref>). En la misma línea se pronunció Mas (<xref rid="B37" ref-type="bibr">2009</xref>) al sostener que “No hay ningún tribunal ni ninguna ley que pueda estar por encima de la voluntad democrática de un pueblo”. No hace falta un análisis especialmente elaborado para entender que Junqueras y Mas tratan de servirse de una noción de la democracia en términos clásicos, según la cual la voluntad del pueblo es el único elemento legitimador de toda acción política, lo que supondría que el <italic>demos </italic>es capaz de tomar decisiones sobre cualquier materia sin excepción, y su voluntad sería la única ley. De ese modo, reconociendo la unidad del pueblo catalán, este debiera tener la potestad de elegir el conjunto de sus leyes y, por tanto, su pertenencia o no a otro estado. Más allá de señalar que es el pueblo español quien es el titular de la soberanía<xref ref-type="fn" rid="F5"/>, en tanto que Junqueras se reivindica como republicano debiera asumir que para la tradición republicana, o al menos para una de sus interpretaciones, la voluntad es autónoma cuando está protegida frente a la constricción arbitraria, y no cuando la ley que regula las acciones se corresponde con las preferencias del sujeto (<xref rid="B57" ref-type="bibr">Viroli, 2014: 83</xref>). Esto implica que quien gobierna no limita la libertad del conjunto de la sociedad en la medida en que no es capaz de imponer su voluntad arbitraria, y lo que se lo impide es la ley, establecida como control a toda dominación de unos hombres sobre otros (<xref rid="B57" ref-type="bibr">Viroli, 2014: 87-93</xref>). </p>
        <p>Si en el apartado anterior señalábamos las limitaciones de la decisión mayoritaria en la democracia liberal, todo tipo de democracia requiere de un orden político que garantice que el proceso se lleva a cabo según las pertinentes garantías, especialmente aquella que establece quiénes pueden participar. Es decir, sin una ley que sea capaz de garantizar que la emanación de las decisiones se lleva a cabo conforme a los criterios democráticos aprobados previamente, la democracia no es capaz de sobrevivir. Prueba de ello son las leyes tiranicidas de la Grecia clásica: los atenienses podrían haber votado contra esta ley y su voluntad podría haberse impuesto, pero por medio de ello hubieran debilitado las propias posibilidades de supervivencia de su modelo político. Pasar por encima de una ley apelando a la democracia significa invalidar el carácter democrático de las instituciones que aprobaron esa ley con el propósito de imponer otra concepción de democracia. En el caso del soberanismo catalán se cuestiona la calidad de la democracia española para sustentar una democracia más sustancial protagonizada por el pueblo catalán, afirmando su legitimidad como demos, de acuerdo con la idea de que tiene, “por razones de legitimidad democrática, carácter de sujeto político y jurídico soberano” (<xref rid="B44" ref-type="bibr">Parlamento de Cataluña, 2013: 3</xref>).</p>
        <p>A parte de la constatación de la legitimidad de las instituciones, la democracia requiere de la defensa de una serie de valores que entendemos como irrenunciables y que deben de ser protegidos por medio de la ley. En ese sentido, resultaría necesario que Junqueras se pronunciase, más allá de su idea de que rebelarse contra la ley que no respeta los derechos humanos un deber, respecto de la existencia de modelos democráticos en los cuáles los ciudadanos votan precisamente contra la aplicación de algunos derechos humanos. Así, establecer un marco de derechos y libertades de acuerdo con un concepto normativo es el segundo propósito fundamental de la ley en democracia. Y según este marco conceptual, solo es posible saltarse la ley cuando no es democrática, para lo cual el soberanismo tiene dos opciones igualmente cuestionables: 1) negar la unidad del <italic>demos </italic>español, 2) apelar a las insuficiencias y deficiencias de la democracia española. No resulta extraño que ambas siguen precisamente la estela marcada por la metáfora del divorcio: 1) los catalanes se divorcian porque pueden decidir por sí mismos y 2) si las instituciones españolas no lo permiten están vulnerando derechos intrínsecos a la democracia.</p>
        <p>En definitiva, independientemente del juicio que merezcan las acusaciones del soberanismo catalán sobre la democracia española, lo cierto es que la democracia requiere de la ley para garantizar que las decisiones emanan según el criterio general, y al mismo tiempo la democracia utiliza la ley como medio de ejecutar lo decidido de acuerdo con la mayoría. Así, resulta especialmente complicado argumentar que una determinada concepción de la democracia puede justificar una secesión, a pesar de esto mismo sea lo que trata de defender Buchanan (<xref rid="B8" ref-type="bibr">1991: 98-99</xref>). La forma de entender la democracia que prima en un conflicto como este es aquella que está constituida políticamente y que cuenta con los medios para defenderse por medio del uso de la fuerza, pero, al mismo tiempo, es capaz de apelar a la normatividad que subyace al marco jurídico aprobado según disposiciones y garantías homologables a cualquier democracia representativa consolidada.</p>
      </sec>
    </sec>
    <sec>
      <label>5.</label>
      <title>CONCLUSIONES </title>
      <p>A lo largo del presente texto se ha tratado de mostrar cómo la metáfora del divorcio resulta una herramienta especialmente útil para el soberanismo catalán en tanto que traza un paralelismo con la secesión que resulta muy favorable para los intereses independentistas. En este contexto, ciertamente es comprensible que el independentismo utilice la metáfora del divorcio, partiendo de la denuncia de la Cataluña que imaginó el franquismo como una mujer de su propiedad a la que debía castigar. En un nuevo contexto en el que el maltrato a la mujer es inadmisible, y en el que todas aquellas que lo deseen pueden solicitar el divorcio sin tener que justificarlo gracias a la legislación vigente, las injusticias percibidas en el trato de las instituciones españolas a Cataluña sirven para dar pie a un divorcio entendido como la única salida. De ese modo, la imagen de una hija que se emancipa por haber llegado a una determinada etapa de su vida parece menos conectada con la subjetividad soberanista que la de aquella mujer que decide poner final a una unión matrimonial no basada en la igualdad en el trato y el respeto.</p>
      <p>En contraposición a este discurso, las interdependencias entre Cataluña y España no pueden simplificarse por medio de dicha metáfora, cuya potencia argumentativa, sin embargo, ha justificado el análisis. Mientras que una secesión exige abordar intrincados debates y elegir entre alternativas complicadas en cinco aspectos (la pertenencia a la comunidad, la interdependencia económica, la normatividad de la secesión unilateral, la pluralidad de identidades y sensibilidades dentro de la comunidad, y la simbiótica relación entre democracia y ley), el derecho a divorciarse depende únicamente de la voluntad para hacerlo y de un marco legal estatal que lo encauce legalmente. Además, como señalábamos en el punto 4.3., incluso cuando no existe tal ley, la mínima adhesión a los valores liberales que sustentan la democracia justifica normativamente el derecho al divorcio.</p>
      <p>Ciertamente la simplificación triunfa a nivel ideológico, por lo que vincular democracia y divorcio es una gran estrategia porque resulta peliagudo posicionarse contra el instrumento que funciona a modo de solución para los matrimonios que ya no desean permanecer unidos. Pero, puesto que es posible complejizar el asunto, y a la vez tratar de traducirlo posteriormente al gran público, conviene sostener que la democracia no es solo voluntad, negando la tesis del “derecho a decidir” y mostrando el riesgo que se deriva de entenderla como opuesta a la ley simplemente por el hecho de que algunos actores políticos quieran ejecutar un cambio que su fuerza política a nivel estatal no les permite acometer.</p>
    </sec>
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    <fn-group>
      <fn id="F1">
        <p> Estos tres están inspirados en la propuestas de Hansen (<xref rid="B25" ref-type="bibr">2006: 76</xref>).</p>
      </fn>
      <fn id="F2">
        <p> Sin una mención expresa a "divorcio", desde otro medio se señala que la forma de mantener a Cataluña dentro de España era no atacar a los catalanes, criminalizándolos o tratando de convencerles por la fuerza, sino, como ocurre “en cualquier pareja, el único camino para evitar una ruptura es empatizar con la otra persona y hacerle sentirse cómoda y valorada en la relación” (<xref rid="B28" ref-type="bibr">Hernández, eldiario, 2023</xref>).</p>
      </fn>
      <fn id="F3">
        <p> Numerosos estudios empíricos avalan la tesis de que la principal dificultad de los jóvenes para emanciparse del hogar familiar es la "falta de recursos y de empleo", la cual es también la principal causa del retorno a este (<xref rid="B15" ref-type="bibr">Donat y Martín-Lagos, 2020: 52</xref>).</p>
      </fn>
      <fn id="F4">
        <p> No cabe duda de ello, por lo que, a pesar de que sea posible encontrar justificaciones de tipo racial en el pensamiento de catalanistas históricos como Valentín Almirall y Pompeu Gener, resulta un grave error considerar que este elemento está presente en el marco conceptual del movimiento soberanista actual, tal y como sostiene Hermida (<xref rid="B27" ref-type="bibr">2020: 488</xref>).</p>
      </fn>
      <fn id="F5">
        <p> La afirmación categórica de esta soberanía nacional en el ordenamiento español implica una respuesta diferente a la planteada por Reino Unido o Canadá en contextos de similares de reclamaciones soberanistas por parte de algunos de sus territorios (<xref rid="B27" ref-type="bibr">Hermida, 2020: 474</xref>).</p>
      </fn>
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			<article-title>Dolors Bassa: «M'enfilo per les parets quan veig les baralles entre JxCat i ERC»</article-title>
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			<chapter-title>Why secession is not like divorce</chapter-title>
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			<article-title>Madrid aprueba el divorcio y el indulto a los independentistas catalanes</article-title>
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          <p>Miguel Fernández de la Peña es Profesor Sustituto (UCM, UNED). Doctor en Ciencias Políticas por la Universidad Complutense de Madrid (2023), centra su actividad investigadora en la historia del pensamiento político y la teoría política contemporánea. Su tesis doctoral aborda el papel de la verdad política en la obra de Maquiavelo, y ha publicado diversos artículos en revistas tales como la <italic>Revista de Estudios Políticos, Revista Internacional de Pensamiento Político, Las Torres de Lucca, Anales, Anacronismo e irrupción, Res Publica o Ingenium. </italic>Contratado predoctoral (FPU) en el Departamento de Historia, Teorías y Geografía Políticas (2018-2023), su desempeño como docente abarca diversos grados y dobles grados de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología de la UCM. Ha realizado estancias de investigación en The University of Texas at Austin (2021) y en la Università degli Studi Roma Tre (2022) bajo la supervisión de Maurizio Viroli y Gabriele Pedullà, respectivamente.</p>
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