Revista de Estudios Políticos
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<p><strong>ISSN: </strong>1989-0613<strong> ISSN-L: </strong>0048-7694 <strong>DOI</strong>: <a href="http://dx.doi.org/10.18042/cepc/rep" target="_blank" rel="noopener">10.18042/cepc/rep</a> <strong><a href="https://recyt.fecyt.es/index.php/RevEsPol/issue/view/4663">ÚLTIMO NÚMERO (206)</a> <br /></strong></p>Centro de Estudios Políticos y Constitucionaleses-ESRevista de Estudios Políticos0048-7694<p>En el momento en que una obra es aceptada para su publicación, se entiende que el autor cede a la <em>REP</em> en exclusiva los derechos de reproducción, distribución y, en su caso, venta de su manuscrito para su explotación en todos los países del mundo en formato de revista de papel, así como en cualquier otro soporte magnético, óptico y digital.<br /><br />Los autores cederán también a la <em>REP</em> los derechos de comunicación pública para su difusión y explotación a través de intranets, internet y cualesquiera portales y dispositivos inalámbricos que decida el editor, mediante la puesta a disposición de los usuarios para consulta <em>online</em> de su contenido y su extracto, para su impresión en papel y/o para su descarga y archivo, todo ello en los términos y condiciones que consten en la web donde se halle alojada la obra. A su vez, la <em>REP</em> autoriza a los autores de los trabajos publicados en la revista a que ofrezcan en sus webs personales o en cualquier repositorio de acceso abierto una copia de esos trabajos una vez publicados. Junto con esa copia ha de incluirse una mención específica de la <em>REP</em>, citando el año y el número de la revista en que fue publicado el artículo o nota de investigación y añadiendo, además, el enlace a la web de la <em>REP</em>.<br /><br />Transcurrido un año desde su publicación, los trabajos pasarán a estar sujetos a la<a href="http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/"> Licencia de reconocimiento de <strong>Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Sin obra derivada 4.0 España</strong></a>, que permite a terceros compartir la obra siempre que se indique su autor y su primera publicación en esta revista.<br /><br /><span style="text-decoration: underline;"><strong>Plagio y fraude científico</strong></span><br />La publicación de un trabajo que atente contra los derechos de propiedad intelectual será responsabilidad de los autores/as, que serán los que asuman los conflictos que pudieran tener lugar por razones de derechos de autor. Los conflictos más importantes pueden darse por la comisión de plagios y fraudes científicos. <br /><br />Se entiende por <strong>plagio:</strong><br /><br />1.Presentar el trabajo ajeno como propio.<br />2.Adoptar palabras o ideas de otros autores sin el debido reconocimiento.<br />3.No emplear las comillas u otro formato distintivo en una cita literal.<br />4.Dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita.<br />5.El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.<br />6.El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.<br /><br />Las prácticas constitutivas de <strong>fraude científico</strong> son las siguientes:<br /><br />1.Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.<br />2.Publicación duplicada.<br />3.Conflictos de autoría.</p> <p>En todo caso, el CEPC se sirve de las más avanzadas herramientas informáticas (<strong>TurnitIn</strong>) a fin de detectar el posible plagio antes de la publicación de cada uno de los números de la revista. Si se detecta un texto susceptible de fraude científico el artículo en cuestión es rechazado y se comunica al autor tal contingencia, a fin de que pueda modificarlo si lo considera conveniente.</p>Pedro Carlos González Cuevas: Historia de la derecha española. De la Ilustración a la actualidad (1789-2022), Barcelona, Espasa, 2023
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Juan Olabarría Agra
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2024-12-112024-12-11206253262Marie-Angèle Orobon, Lara Campos Pérez, Sergio Sánchez Collantes y Alicia Mira Abad (coords.): Diccionario simbólico del republicanismo histórico español (siglos xix-xx), Granada, Comares, 2024
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José Luis González Fernández
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2024-12-112024-12-11206262267Alfonso Cuenca Miranda: El filibusterismo en el Senado estadounidense, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2023
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Javier Tajadura Tejada
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2024-12-112024-12-11206267272Antonio Cidoncha Martín: Neutralidad y Jefatura del Estado, Barcelona, Bosch, 2023
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Francisco Vila Conde
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2024-12-112024-12-11206273280Leo Pinsker y Theodor Herzl: Sionismo. Orígenes y texto fundacionales del Estado de Israel. Autoemancipación y El Estado judío. Estudios preliminares (trad. y notas Antonio Hermosa Córdoba), Granada, Almuzara, 2024
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Iñaki Iriarte López
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2024-12-112024-12-11206280286Loris Zanatta: El populismo jesuita. Perón. Fidel. Chávez, Bergoglio, Santiago, Edhasa, Fundación para el Progreso, 2023
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Miguel Saralegui
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2024-12-112024-12-11206287290Tomás Pérez Vejo: México, la nación doliente. Imágenes profanas para una historia sagrada, México, Zaragoza; Grano de Sal, Prensa de la Universidad de Zaragoza; 2024
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Antonio Jiménez-Blanco Carrillo de Albornoz
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2024-12-112024-12-11206291298Carl Schmitt y Manuel García-Pelayo
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<p>Conocida es la influencia que Carl Schmitt ha ejercido y ejerce sobre no pocos profesores españoles. En concreto, el influjo schmittiano es mayúsculo sobre la generación que padeció el desastre de la guerra civil y continuó su carrera académica en la España de la posguerra. Partiendo de lo anterior, rastreamos en este trabajo la ascendencia de Schmitt en el pensamiento Manuel García-Pelayo. Por lo acotado del espacio, no podemos agotar el tema y, por ende, restringimos el análisis a algunos conceptos e ideas claves de Schmitt que el primer presidente del Tribunal Constitucional hace enteramente suyos. Además de las coincidencias teóricas, García-Pelayo compartió una larga amistad con Carl Schmitt, que perduró por casi medio siglo (1936-1985). Ejemplificación de esta amistad son algunas cartas inéditas que reproducimos en el presente texto.</p>Francisco Vila Conde
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2024-12-112024-12-11206134210.18042/cepc/rep.206.01El poder debe representarse. Reputación y engaño en la obra de Maquiavelo
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<p>La obra de Maquiavelo supuso una ruptura con respecto al modo en que humanismo, y los autores antiguos en los que se apoyaba, concibió el rol de las apariencias en la política. Su obra abría un nuevo espacio para elaborar distintas formas de usar el engaño a partir de la imposibilidad de una relación directa entre el poder y el resto de la sociedad. Esta distancia entre actores exigía la necesidad de una consciente estrategia de representación del poder sin la cual no cabría imaginar un gobierno efectivo en favor del bien común. El engaño dejaba de estar únicamente vinculado a la tiranía y pasaba a entenderse como resultado de un modelo convertido en legítimo solo a través de la buena reputación del soberano o de los magistrados.</p>Miguel Fernández de la Peña
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2024-12-112024-12-11206437010.18042/cepc/rep.206.02La importancia de la noción de administración para la teoría del Estado de Hobbes
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<p>Este artículo toma como punto de partida la distinción hobbesiana entre <em>soberanía </em>y <em>administración, </em>especialmente clara en <em>De Cive, </em>para mostrar cómo el análisis hobbesiano del despliegue administrativo del Estado máquina complementa su concepción del Estado como persona artificial. En primer lugar, se ordenan y sistematizan las observaciones de Hobbes sobre el despliegue administrativo de la soberanía y se hace explícita la tensión dialéctica entre los conceptos de soberanía y administración. A continuación, se analiza cómo esa tensión dialéctica informa y estructura el análisis que hace Hobbes de las circunstancias particulares de la guerra civil inglesa, y se señalan las consecuencias teóricas generales que tiene dicho análisis. Por último, se toma en consideración que la relación jurídica entre soberanía y administración es análoga en el pensamiento de Hobbes a la relación teológica entre Dios como causa primera y la naturaleza como orden de las causas segundas.</p>Miguel León Pérez
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2024-12-112024-12-112067110010.18042/cepc/rep.206.03El concepto de nación en José Antonio Primo de Rivera y Vox
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<p>Este artículo tiene como objetivo analizar las similitudes y diferencias del concepto de <em>nación </em>en José Antonio Primo de Rivera, fundador y líder de Falange Española, del usado en Vox, partido de derecha radical. En primer lugar, se introduce el nacionalismo español como fuente principal que ayuda a comprender las posiciones de José Antonio y de Vox. En segundo lugar, se estudia el concepto de nación de José Antonio como manifestación del ultranacionalismo fascista, atendiendo su relación con otros elementos del pensamiento falangista, como la idea de <em>imperio </em>o la «revolución pendiente». En tercer lugar, se expone el concepto de nación de Vox, analizado como un ultranacionalismo de derecha radical fundamentado por el unitarismo, la catolicidad y la homogeneidad étnica y cultural. Finalmente, se señalan los factores de continuidad y discontinuidad entre el ultranacionalismo fascista de José Antonio y el ultranacionalismo de derecha radical de Vox.</p>Ismael Seijo Boado
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2024-12-112024-12-1120610113010.18042/cepc/rep.206.04El binarismo sexual como tecnología moderno-colonial. Notas para una articulación jurídica de la diversidad
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<p>En el artículo se estudia lo que se ha venido a llamar <em>trampa de la unidad </em>por medio de varios ejemplos de posiciones contrarias al reconocimiento de derechos a personas trans. Dicha trampa de la unidad tiene como objetivo conservar el binarismo sexual. Este objetivo se esboza en el texto como parte de una tecnología moderno-colonial. Finalmente, a través de diversas categorías construidas desde los feminismos del sur global, se apunta a varios ejemplos jurídicos (especialmente jurisprudenciales) que nos permiten pensar en posibilidades para romper la trampa de la unidad y construir jurídicamente la diversidad.</p>Luisa Winter Pereira
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2024-12-112024-12-1120613115810.18042/cepc/rep.206.05Interacción y narrativas del orden regional
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<p>¿Cómo se gestan los cambios del orden regional, qué papel juega el lenguaje en la creación de esquemas regionales y quiénes lo estructuran? Las concepciones contrapuestas sobre el deber ser de la integración suramericana del siglo <span class="sc"><span class="caps">xxi</span></span> impulsaron regionalmente la idea de conformar la Alianza del Pacífico entre Colombia, Chile y Perú. El análisis crítico del discurso develó una etapa de la interacción región-agencias, el rol del lenguaje presidencial, las dinámicas de interacción discursiva y los procesos entre agentes-actores-región para diferenciarse de las narrativas y prácticas de otros esquemas regionales caribeños y latinoamericanos.</p>Angélica Guerra-Barón
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2024-12-112024-12-1120615919310.18042/cepc/rep.206.06Entre la máxima publicidad y la reserva
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<p>Este artículo analiza el sistema de clasificación de la información en México a la luz del derecho a la información consagrado en el artículo 6 de su Constitución Política. Se examinan las razones que justifican la reserva de información, las autoridades facultadas para evaluar dicha reserva, los procedimientos para llevarla a cabo y los criterios que obligan a desclasificarla. Asimismo, se abordan dos aspectos particulares del sistema mexicano: la naturaleza de la información incompatible con la clasificación y el uso de la prueba de daño como herramienta argumentativa para equilibrar los intereses jurídicos en juego. Sin pretender establecer comparaciones directas, este estudio sugiere algunas consideraciones que podrían ser relevantes para una posible reforma del sistema de secretos oficiales en España.</p>Gonzalo Gabriel Carranza
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2024-12-112024-12-1120619522810.18042/cepc/rep.206.07El concepto de democracia plebiscitaria en Max Weber (1919-1920)
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<p>El artículo analiza el significado de <em>democracia plebiscitaria </em>en la obra de Max Weber desde las dos dimensiones desde las que lo aborda: 1) como el fenómeno de la transformación de los partidos políticos en organizaciones burocráticas y centralizadas, y 2) como un tipo de poder dentro de su tipología del poder —un tipo combinado de poder carismático y de poder legal—. La reconstrucción del concepto que se lleva a cabo se basa en pasajes de las obras no tomados en cuenta habitualmente, lo cual desemboca en conclusiones críticas con la interpretación dominante del concepto establecida por Wolfgang Mommsen.</p>Joaquín Abellán García
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2024-12-112024-12-1120622925110.18042/cepc/rep.206.08