Los profesores Closa, Margiotta y Martinico acaban de publicar este interesante trabajo colectivo con acento italo-español, que aborda desde diversas perspectivas el siempre espinoso tema de la secesión. El libro se divide en cuatro bloques: la relación entre secesión y democracia, el referéndum como instrumento típico de los procesos independentistas, los actores no institucionales que participan en tales procesos y dos estudios de caso (Brexit y Crimea). En alguno de los capítulos se sugiere algo con lo que no se puede estar más de acuerdo: el separatismo, no solo el colectivo, va a ser —de hecho, ya lo es— una de las cuestiones más recurrentes del siglo xxi. Además, debe destacarse que, a diferencia de lo que ocurrió en otras etapas históricas, el secesionismo se está produciendo hoy en el seno de sociedades y Estados democráticos y estables, lo que cambia notablemente el parámetro de interpretación y la necesidad de construir nuevas herramientas legales y teóricas para abordarlo.

La provocación del título está plenamente justificada: los editores encajan la secesión en el marco de la amoralidad, es decir, en un plano que se aleja conscientemente de los tradicionales métodos legales y filosóficos que tratan el tema en términos de justicia y legitimidad. En una sociedad democrática, sin embargo, las demandas de los grupos y ciudadanos deberían ser atendidas por los poderes públicos más allá del juicio moral que puedan suscitar: una secesión, planteada en términos de libertad, respetando los procedimientos y la legalidad vigente, sería una opción plausible al margen de que tenga encaje o no en la Constitución, norma que en cualquier caso suele expresar cosmovisiones de la sociedad que organiza. Esta sería la postura, por ejemplo, de Bengoetxea e Innerarity y Errasti en sus respectivos capítulos: dado que las naciones y los Estados no confluyen de manera natural, estaríamos ante un momento histórico donde los viejos Estados nación tendrían la carga de la prueba a la hora de oponerse a las solicitudes de secesión o cambio de estatus de minorías nacionales como el País Vasco, Cataluña, Escocia o Quebec.

Los argumentos son, en tal sentido, en apariencia impecables: ¿quién puede negarse a algo tan estimulante, indoloro y aparentemente liberal como el derecho a decidir? Es posible que tal artefacto no haya sido, todavía, lo suficientemente deconstruido. Porque el traslado de la lógica individual a la lógica colectiva (Kedourie) de la elección de comunidad política olvida que el decisionismo —no otra cosa es el «derecho a decidir»— es un concepto de rancio abolengo que no proviene de ninguna teoría demoliberal, sino del mundo existencialista del periodo de entreguerras donde autores como Carl Schmitt o Walter Benjamin reclamaron la vuelta a un tiempo nuevo en el que dicha comunidad «recuperara el control» sobre los acontecimientos. Interesante resulta, en tal sentido, el capítulo de Giuseppe Martinico, donde advierte las conexiones entre el secesionismo contemporáneo y los movimientos populistas que, a través de la identidad y la polarización, tratan de reordenar sociedades donde crece la desigualdad y el conflicto.

En un momento constituyente en el que lo identitario ha sustituido a la ideología como pauta de comportamiento individual y colectivo, sorprende que dicho factor no haya tenido un poco más de presencia en alguno de los capítulos de la obra. Lo digo, particularmente, porque Bengoetxea presenta su interesante trabajo en un intento de superar la tradición hegeliana que cercena las posibilidades emancipadoras de conceptos legales renovados, por cierto, a partir de las exigencias del proceso de integración europea (gobernanza, pluralismo jurídico, soberanía compartida). Europa sería así, paradójicamente, la impulsora de una metodología disolvente del propio Estado moderno. Sin embargo, como destaca Margiotta, el tema de la secesión sigue teniendo un componente prepolítico que repudia cualquier intento de renovación: estamos ante un asunto nacional, de creación de la nación política. Si esto es así, no se logra superar la dictadura intelectual hegeliana: estaríamos ante una variante bastante común y a escala pequeña de su teoría del reconocimiento, actualizada como se sabe primero por Kojève y después por otros autores. En cualquier caso, el Estado constitucional es una forma de fin de la historia en el que se termina el dominio del amo sobre el esclavo, dominio al que parecen aspirar aquellas minorías que tienen hoy como objetivo institucional convertirse en nación primordial. Las respetadas «políticas de construcción nacional» llevadas a cabo en comunidades autónomas como País Vasco y Cataluña no dejan de ser modelos organicistas bastante alejados del paradigma liberal.

Y es que, como señala Closa en su capítulo, el reduccionismo democrático del derecho a decidir, de la secesión como fenómeno legítimo, implica al final la identificación de la reivindicación global con el principio mayoritario. En tal sentido, se mantienen las alabanzas al dictamen de la Corte Suprema canadiense sobre las cautelas constitucionales que deben presidir todo proceso secesionista. En muchos aspectos, la decisión canadiense me sigue pareciendo discutible desde el punto de vista de la sorprendente separación que hace entre legalidad y legitimidad democrática, lo que a la postre ha servido, me temo, para identificar secesión con principio mayoritario, procedimiento y consenso. El problema de las minorías recursivas, las fuertes externalidades que producen la ruptura de las comunidades políticas (lo acabamos de ver con el Brexit) y la imposible reversión del proceso mostrarían que en la secesión toda aproximación normativa juega con algunas cartas marcadas. Ya Lamo Espinosa mostró la relación entre la subjetividad intelectual y la generalización del principio de las nacionalidades (a cada nación le corresponde una verdad).

Como carta de triunfo (Tierney) es presentado el instrumento democrático preferido para resolver cualquier reivindicación secesionista: el referéndum. La vuelta de la democracia directa como mecanismo de relegitimación de las democracias en crisis es coherente con la generalización de los populismos y la preferencia por instituciones plebiscitarias, como ha puesto de manifiesto Rosanvallon en los últimos años. Las aproximaciones de Qvortrup y Beaulac revelan varias cuestiones que no deben soslayarse. El primero destaca la consolidada relación histórica entre referéndum y secesión desde un punto de vista estadístico, recordando que la mayor parte de las consultas suelen ser unilaterales y que su éxito está condicionado a tres cuestiones de particular importancia: la conducción gubernamental del proceso, el consenso entre élites y la razón de Estado en las relaciones internacionales. El segundo despliega un análisis crítico en el que pone de manifiesto todas las contradicciones internas de la mayoría que quiere afirmarse a través de la democracia directa: quién es el sujeto al que debe preguntarse, hasta dónde debe desplegarse espacialmente dicho sujeto, cuáles son los umbrales comparados de participación y decisión y qué órganos deben de ser los encargados de verificar la claridad de la pregunta y la mayoría.

La obra aborda a continuación la cuestión de los «actores no institucionales». Resulta aquí de interés la narrativa en la que se han desarrollado los procesos de independencia de Cataluña y Escocia, particularmente en lo referido a la crisis financiera y socioeconómica que sirvió para impulsarlos (della Porta, O´Connor y Portos) y la importancia que el ámbito europeo ha tenido en el plano discursivo del reconocimiento político y jurídico (Guidi y Casula). Tales trabajos asumen un relato con aroma familiar: hubo una reforma del Estatuto de Autonomía consensuada (2006), una sentencia invalidante del Tribunal Constitucional (2010), unas demandas de secesión canalizadas a través de consultas legítimas (2014 y 2017) y una actitud represiva del Gobierno y el Estado español a partir de la declaración unilateral de independencia. Naturalmente, caben matices que a la ciencia comparatista no se le puede exigir por lejanía con el objeto de estudio: la reforma del Estatuto se hizo rechazando el consenso con los partidos nacionales (Pacto del Tinell), el contenido de la reforma era contraria a la jurisprudencia consolidada del Tribunal Constitucional, las demandas de secesión estuvieron lejos de cualquier pretensión de neutralidad institucional o legalidad y, lo más importante, el Parlamento de Cataluña se convirtió en septiembre de 2017 en un órgano mayoritario y factual donde no solo se vulneraron frontalmente el Estatuto y la Constitución, sino los derechos democráticos de una minoría que se vio a merced de un plan secesionista que iba mucho más allá de lo meramente simbólico. El siglo xix y su versión irredenta de soberanía estaba de nuevo ante nosotros.

El libro termina con dos estudios de caso muy interesantes: el Brexit y sus consecuencias (Nikos Skoutaris) y la secesión de Crimea y su anexión a Federación rusa (Luigi Crema). En cuanto a esta última cuestión, cabe destacar lo ya expresado por Susana Mancini al hilo de la guerra de conceptos con la que venimos lidiando desde hace décadas: la autodeterminación es un reconocimiento de soberanía que puede terminar en secesión. La secesión implica un cambio de estatus de la soberanía, que conduce a la independencia (la creación de un Estado) o a la reconfiguración institucional de la comunidad política implicada: podría darse una libre asociación o, incluso, la anexión a otra potencia (Rusia) en lo que no deja de ser un fleco del imperialismo soviético. El supermercado de las formas de Estado es muy variado. En cuanto al tema del Brexit, Skoutaris analiza la separación británica teniendo en cuenta los retos territoriales que implica para el propio Reino Unido. En particular, la complicada situación que se presentaba en torno al proceso de paz irlandés y la posibilidad de que Escocia acuda a otro referéndum como remedio ante sus claras preferencias europeas. Todo ello ejemplifica el peligro para la estabilidad política de un fenómeno que, de generalizarse en atención a la teoría de la democracia y la libre elección de identidades políticas, podría tener un efecto dominó de incalculables consecuencias tanto para la Unión Europea como para sus Estados miembros.

En definitiva, estamos ante un trabajo colectivo de indudable calidad, con aportaciones doctrinales de gran relevancia y un rigor metodológico que no debe ser puesto en cuestión por la divergencia de criterio mostrada por el autor de esta recensión en cuestiones puntuales. La secesión seguirá teniendo presencia directa o indirecta en nuestras vidas y el vivo debate suscitado a su alrededor solo expresa la dimensión poliédrica y contradictoria de una noción que, como señala Costanza Margiotta en su capítulo, acumula a partes iguales un carácter conservador y verdaderamente revolucionario. Y es que, si después de casi dos siglos una tipología de revolución sigue teniendo un éxito indudable, esa es sin duda la revolución nacional.