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        <article-title xml:lang="es"><styled-content style-type="transform"><sc>Francisco Sosa Wagner: </sc><italic>Carlo Schmid. Padre de la Ley Fundamental de Bonn. Profesor, político socialdemócrata, escritor, </italic>Madrid, Marcial Pons, 2025, 166 págs. </styled-content></article-title>
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          <license-p>Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. Transcurrido un año desde su publicación, este trabajo estará bajo licencia de reconocimiento Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Sin obra derivada 4.0 España, que permite a terceros compartir la obra siempre que se indique su autor y su primera publicación en esta revista.</license-p>
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    <p>El profesor Sosa Wagner regala a sus lectores una pequeña pero enjundiosa obra sobre Carlo Schmid, a quien, sin duda, los menos avisados confundirán, inicialmente, con Karl Schmitt, lo cual es un grave error porque mientras el primero es uno de los padres fundadores de la Ley Fundamental de Bonn, el segundo fue, quizás, el mayor detractor (y uno de los más inteligentes al hacerlo) de todo cuanto suene a democracia (rectamente entendida). Este libro se enmarca, pues, en la larga tradición de textos de Francisco Sosa que desvelan, con rigor intelectual y gracia literaria, la rica trama de autores y temas del derecho público germánico que han alumbrado nuestro constitucionalismo y el de tantos otros países. Se trata de una aportación impagable (quizá, me temo, también, en sentido literal) por la que todos los cultivadores del derecho público de nuestro país estamos agradecidos a quien es, sin duda, uno de nuestros grandes maestros. </p>
    <p>Leyendo el libro, es fácil colegir la elección del autor analizado y también la simpatía, compatible con la objetividad en el tratamiento, del autor hacia él. Son discernibles, en efecto, a simple vista, las analogías vitales, intelectuales y políticas entre Schmid y Sosa, aunque este último no las muestre en momento alguno y ponga el foco exclusivamente en nuestro profesor y político. Ambos son una feliz síntesis de dos países y de dos tradiciones culturales; los dos son catedráticos de Derecho, cultos, inconformistas, con sentido del humor y más egregios que gregarios; los dos han participado activamente, cada uno a su manera, en los respectivos procesos de transición hacia la democracia en Alemania y en España y también en la construcción europea. Por distinguirlos, me parece que Schmid ha sido más creativo en la política que en la academia y Sosa al revés. </p>
    <p>La lectura del libro es deliciosa y estimulante. Está escrito con ritmo narrativo y aliento literario. En esto también parecen asemejarse nuestros dos autores. Schmid, por ejemplo, tradujo al alemán a algunos de nuestros mejores dramaturgos del siglo de oro (le gustaba el teatro y, parece, tenía algunos rasgos de la personalidad bastante teatrales). </p>
    <p>Pero el librito merece la pena mucho más allá de su innegable mérito literario: nos permite conocer el trasfondo de los decisivos acontecimientos políticos que sucedieron en Alemania desde los años veinte hasta la muerte de Schmid a finales de 1979. Particularmente, el análisis de la elaboración y la aprobación de la Ley Fundamental de Bonn. De la crítica dificultad de ese proceso habla que ni siquiera se atrevieron a llamarla «constitución». Y, sin embargo, la Constitución alemana es la norma de mayor influencia en nuestra Constitución de 1978. Hace tiempo, en el programa de Derecho Constitucional se solía incluir las influencias de otros Estados recibidas en la formación de la Constitución española y era frecuente unir, sin orden ni concierto, la impronta alemana con la italiana, la portuguesa, la francesa, la internacional (Naciones Unidas, Consejo de Europa, etc.). A mi juicio, nuestra Constitución es, sobre todo, hija de Alemania y de Italia (y algo de Portugal): países parlamentarios, no presidencialistas, descentralizados territorialmente y, sobre todo, Estados que provenían de dictaduras de carácter diferente, pero férreas en todos los casos y de ahí la consistente y densa configuración de la justicia constitucional, la rigidez constitucional y, sobre todo, el reconocimiento y garantías de los derechos fundamentales. Por eso este libro es de lectura no solo recomendable sino obligatoria para todos los expertos en derecho público español, porque no solo habla
      (aunque lo parezca) de la Transición alemana y del peso de Scmid en ella, sino que también habla, y por los codos, aunque de manera implícita, de la Transición española y del constitucionalismo de 1978. </p>
    <p>Así como el constitucionalismo español del siglo <sc>xix </sc>se expresa, sobre todo, en francés, el del siglo <sc>xx </sc>lo hace en alemán, ya con la Constitución republicana (largamente inspirada por Weimar) y no digamos con la vigente. Nuestro modelo de Estado mira el alemán fundado en Bonn, un Estado social y democrático de derecho, cuyo <italic>big-bang </italic>es el pacto entre cristianodemócratas y socialdemócratas. Tanto es esto así que en Alemania no es rara la gran coalición entre ellos incluso en nuestros días. Algo que, por cierto, también ocurre en las instituciones europeas. Podría parecer que la distancia ideológica entre unos y otros es enorme, pero, a la vista de los nuevos partidos populistas que han venido a heredar con otros modos, más digitales, narrativos y sutiles, las posiciones de extrema izquierda y extrema derecha del periodo de Entreguerras (paradójicamente, son ideas muy viejas y fracasadas en la realidad pero dichas por gente normalmente joven), la diferencia entre un izquierdista de centro y alguien de derechas moderada, más allá del ruido y del humo, no están tan alejadas en lo esencial. En nuestro país, el constitucionalismo de 1978 también responde a ese mismo pacto con las especificidades hispanas. No solo la aprobación de la Constitución, sino su desarrollo principal: la puesta en marcha de las instituciones, el manejo de la Corona, la creación y evolución del Estado autonómico durante los primeros treinta años, etc. Todo esto se
      halla en riesgo actualmente: los españoles hemos vuelto por do solíamos; lo realmente raro, visto en perspectiva histórica, ha sido la Transición y las primeras décadas del constitucionalismo del 78. </p>
    <p>Por eso el descubrimiento de Schmid tiene tanto de refrescante y liberador, de <italic>back to basics, </italic>de vuelta al origen, al sentido común. Qué estimulante la frase de Schmid que abre el libro: «Yo no debo decir como político lo que las gentes quieren oír de mí, sino solo lo que es bueno para Alemania. Nadie debe ver en mí a un empresario que vende un producto». Me pregunto qué político contemporáneo español (y quizá también alemán) podría decir esto hoy con sinceridad. </p>
    <p>A Sosa le cae bien Schmid, pero a mí también, gracias a Sosa. Una persona que disfruta con la lectura y el teatro, con la buena mesa y la conversación; alguien que no llega a ser nunca «alguien de los nuestros» de ningún grupo: francés para los alemanes, alemán para los franceses, tibio para los socialistas, socialista para los conservadores, etc.; alguien que salva a dos personas de la muerte, a un resistente de los nazis y a un nazi que le salva a él, que reparte su herencia a un amigo para que se ponga a salvo de la persecución nazi; una persona que comete el error de decir de su jefe de partido que tiene un «cerebro de gorrión» en un programa de radio estando medio borracho; alguien que combate, a su pesar, en las dos guerras mundiales, lo que le convierte después en un pacifista a ultranza; un profesor al que le preocupa el alumnado, que prepara las clases; provocador, pero sin simpatía hacia las algaradas de mayo del 68. Schmid era, desde luego, todo un carácter. </p>
    <p>Pero, curiosamente, Schmid no llega a estar en un primer plano ni en la academia ni en la política. En la Universidad no pertenece a ninguna corriente principal del pensamiento, aunque tuviera relación con todas, ni ha dejado una escuela reconocible; y en la vida política, dentro de su partido, el socialdemócrata, tiene que pugnar primero con un líder, Schumacher, dogmático, marxista y anclado en el pasado y, más tarde, con alguien de una personalidad tan carismática como Willy Brandt. Quizá su éxito mayor fuera que sí lideró el espacio de la reflexión para la acción, lo que es claro en el proceso de elaboración de la Ley Fundamental de Bonn en el Consejo constituyente, donde, como observa Sosa, apenas había juristas de altura. Adenauer, su compañero en la redacción de la Constitución y, más tarde, su antagonista natural desde la democracia cristiana, le llamaba «profesor» y quizá esto no fuera casual. Schmid fue un intelectual metido a político, lo que limitaba su carrera política (un intelectual de verdad nunca es fiable para un político de verdad), pero, precisamente, lo que le permitió brillar. También parece lógico, desde este punto de vista, que Schmid evolucionara desde el derecho laboral y el internacional hacia la ciencia política. </p>
    <p>Por supuesto, la simpatía hacia Schmid no es un velo que tape todos los desacuerdos que me suscita su pensamiento. Su idea de una jefatura del Estado colectiva, formada por los dos presidentes de las cámaras y el canciller, me parece confusa; su modelo de segunda cámara formada por parlamentarios de los <italic>Länder </italic>es defendible, aunque yo no la comparta; su propuesta de que algunos magistrados del Tribunal Constitucional no fueran «juristas fríos», sino personas sin formación jurídica, me parece un disparate inquietante; y, por último, la creación de la moción de censura constructiva es entendible en Alemania en 1949 (y antes en dos Estados, Württemberg-Baden, el suyo, y Württemberg-Hoharzollern) para evitar la inestabilidad y los errores de Weimar, pero su adopción en nuestro país nos ha hecho un flaco favor, creo. Naturalmente, no se trata de que el Congreso pueda derrocar al presidente del Gobierno con facilidad porque la estabilidad política es un valor fundamental, pero eso de tener que elegir a un candidato antes de echar al presidente, dificulta la censura en exceso. Provoca lo que yo llamaría una «estabilidad patológica» o una estabilidad de inestabilidad sistémica. </p>
    <p>En lo esencial de su pensamiento, me muestro totalmente de acuerdo: la idea de que Europa es la solución de los problemas alemanes, algo que también entendemos a la perfección en España; su recelo hacia los partidos («la política no es una religión, los partidos no son iglesias y el Estado no es sagrado»), incluso admitiendo que son un mal necesario de la democracia (como había advertido ya Kelsen); su apuesta por el federalismo (la Constitución alemana es fruto del pacto entre los dirigentes de los <italic>Länder </italic>con las fuerzas de ocupación, en un momento en el que incluso se discutía si aún existía el Estado alemán o si había sido destruido con la guerra); su énfasis en la cultura y la educación, su crítica a la banalización y «provincianismo» de las universidades; y, ya en la redacción de la Ley Fundamental, su visión de la dignidad, de los derechos fundamentales, su postura radical contra la pena de muerte, su defensa del medio ambiente (quizá hubiera terminado en el Partido Verde); y del pacifismo (a pesar de los vientos de guerra del periodo que le tocó vivir, vientos, por cierto, que se han vuelto huracanados en nuestros días). </p>
    <p>Qué difícil resultó la transición alemana a la democracia tras la II Guerra Mundial, con un país dividido y ocupado; con visiones muy diferentes de lo nacional, desde el enfoque confederal bávaro a otros; con todo el trauma y los daños de la guerra tan recientes. De 1945 a 1949, año de la Constitución, pasaron muchas cosas y fueron años realmente críticos y decisivos. De muchos de ellos se da cuenta en el libro de Francisco Sosa Wagner. El proceso fue complejo, pero tuvo éxito entre otras razones porque personas como Schmid aportaron genuino patriotismo constitucional pero también ético e intelectual. Acercarnos a su figura nos permite entender y reconstruir en alguna medida los inicios, nada sencillos, de nuestro propio modelo de constitucionalismo y también, por qué no, añorar y esperar el regreso de otro tipo de liderazgo político. </p>
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