https://doi.org/10.4438/1988-592X-RE-2025-411-725
Cecilia del Barro
Instituto Rosario de Investigaciones en Ciencias de la Educación - IRICE (CONICET-UNR)
https://orcid.org/0009-0008-6892-5671
Una parte de la producción historiográfica ha tendido a dar por supuesto un desarrollo de la enseñanza primaria resuelto y homogéneo en la ciudad de Buenos Aires, por entonces capital de la Argentina, hacia finales del siglo XIX y principios del siglo XX. Esta presunción ha dejado en un segundo plano el análisis del proceso de la universalización de la educación común que, de acuerdo a las fuentes consultadas, fue problemático. Al respecto, este artículo se propone contribuir a una reconstrucción de dicho proceso, con la hipótesis de que el mismo no fue uniforme debido, en parte, a su vertiginoso desarrollo urbano expandido con la llegada continua y masiva de inmigrantes, así como a la ocupación de mano de obra infantil que impidió a niños y niñas en edad escolar a cumplir con su obligatoriedad de manera total o parcial. A tales efectos, se indaga en torno a la idea de obligatoriedad escolar en Argentina en dicho lapso temporal, en lo que se refiere a su adopción como principio y como mecanismo de expansión del subsistema de educación primaria. Recurrimos a la combinación metodológica para complementar la reconstrucción estadística con los discursos emitidos por autoridades escolares con distintos niveles de responsabilidad.
obligatoriedad escolar, educación común, enseñanza primaria, políticas educativas, historia de la educación
A part of the historiographical production has tended to assume a resolved and homogeneous development of primary education in the city of Buenos Aires, then the federal capital of Argentina, by the late 19th and early 20th centuries. This presumption has relegated to the background an analysis of the process of universalizing primary education which, according to the sources consulted, proved to be problematic. In this regard, the article aims to contribute to a reconstruction of that process, hypothesizing that it was not uniform due, in part, to the city´s rapid urban expansion fueled by the continuous and massive arrival of immigrants, as well as the prevalence of child labor, which prevented school-aged boys and girls from fully or partially complying with mandatory education. To this end, the study explores the notion of compulsory schooling in Argentina during this period, both as a principle and as a mechanism for expanding the primary education subsystem. A mixed-methods approach is employed to complement statistical reconstruction with discourses from school authorities at various levels of responsibility.
A finales del siglo XIX, la ciudad de Buenos Aires se hallaba en un proceso de transformación acelerada producto de haber sido declarada capital federal de la Argentina. A la vez, por entonces la educación común era vista como un factor fundamental de desarrollo social, así como para el apuntalamiento de un conjunto de objetivos relativos a la alfabetización, el cuidado de la infancia y la formación del sentimiento nacional en un Estado nacional en conformación. Como expresión de ello se sancionaron leyes que montaron un sistema de instrucción pública que tuvo como principio y mecanismo de expansión a la obligatoriedad escolar. Sin embargo, este proceso no estuvo exento de desafíos.
Este artículo
El trabajo está organizado en tres partes. En primer lugar, mencionaremos los estudios sobre la obligatoriedad escolar, tanto nacionales como internacionales que ofrecen un marco de referencia para el desarrollo del texto. En segundo lugar, abordaremos los antecedentes normativos que establecieron la obligatoriedad escolar en Argentina y que regularon la educación primaria. Para finalizar, se analiza el alcance de estas disposiciones en el contexto particular de la ciudad de Buenos Aires, evaluando los logros y los límites del mandato escolar.
De acuerdo a Gimeno Sacristán (2005) en las sociedades modernas la escolaridad universal adquirió una apariencia obvia y natural, que invistió a la obligatoriedad escolar y la democratización del acceso a la escuela como una expresión del progreso espiritual y material de la sociedad. Esto explica, en parte, que la noción de la universalidad de la educación común haya sido un principio declamado por las leyes latinoamericanas posteriores a la segunda mitad del siglo XIX, que implicaba un Estado garante y ciudadanos obligados. En tanto principio constitucional, Viñao Frago (2001) advierte la ambigüedad que establece la obligatoriedad escolar respecto a la generalización de su aplicación.
Algunos investigadores han estudiado su implementación en las
provincias argentinas a finales del siglo XIX y principios del XX. El
trabajo de Ferrero (2007) incluye un análisis detallado de los artículos
que tuvieron lugar en la
En torno al carácter universal de la educación común en la ciudad de Buenos Aires, Ciafardo (1992) destacó la diferencia entre los niños pobres, aquellos de sectores medios y los hijos de la élite. Estos últimos contaron con circuitos distinguibles de los otros dos grupos. Los niños de los sectores medios fueron los principales destinatarios del sistema de enseñanza pública, mientras que los niños de los sectores más empobrecidos tuvieron escolaridad en un muy bajo porcentaje y quienes pasaron por la escuela lo habrían hecho tan solo en los primeros grados, debido, entre otras causas, al trabajo infantil. Si bien el desarrollo industrial de la ciudad por entonces no requirió mano de obra infantil de manera masiva, era común ver a los niños ocupados en oficios callejeros, como vendedores de diarios, lustrabotas, mensajeros, etc. (Suriano, 1990). Este sector de niños circulaba por las calles, parques y paseos de una ciudad que se encontraba en plena expansión. Las autoridades políticas y municipales procuraron forjar un reordenamiento del espacio público, transformando la ciudad en términos arquitectónicos, así como reconfigurando las relaciones sociales (Rama, 1984; Gorelik, 1998). No obstante, el vertiginoso desarrollo del ejido urbano tuvo que enfrentar la llegada continua y masiva de inmigrantes, el crecimiento demográfico -que dio lugar a los conventillos e inquilinatos-, la inestabilidad de las poblaciones que migraron de un barrio a otro y la rápida expansión de los límites del municipio.
El estudio de la problemática de la universalización de la enseñanza fue revitalizada en Argentina al ser sancionada la Ley N° 26.206 de Educación Nacional (2006) que amplió la obligatoriedad hasta la educación secundaria (Cappellacci y Miranda, 2007; Terigi, 2008; Martignoni, 2012; Miranda, 2013; Terigi et al., 2013). Se ha prestado atención a las representaciones que los diferentes actores institucionales tienen sobre la universalización de la educación escolar (Montesinos et al., 2009; Giovine y Martignoni, 2011) y se ha buscado reconstruir las dimensiones históricas de los sentidos de la obligatoriedad de la alfabetización (Moratti, 2000).
Otros estudios permiten ubicar a la obligatoriedad escolar como temática transnacional. El trabajo de Mollis (1993) ofrece un planteo comparativo de la conformación de los Estados nacionales de Japón y de Argentina hacia finales del siglo XIX. Ambos países crearon sistemas educativos modernos que implicaron una educación común, gratuita y obligatoria; de manera tal que la enseñanza primaria operó como mecanismo de socialización, de homogeneización de culturas y de formación de ciudadanía. Otro interesante aporte es el que realiza Guereña (2019) para el caso de España al revisar los discursos escolares que planteban a la infancia como la etapa de desarrollo para la escuela en paralelo a un discurso de época en el que persistía una naturalizada aceptación del trabajo infantil. De acuerdo al autor, en aquel período las voces de los padres y tutores refieren a la necesidad por emplear a sus hijos, siendo el trabajo infantil uno de los principales obstáculos para la escolarización.
Una prolífica bibliografía producida en Brasil remite al tema desde distintos abordajes. Desde una óptica íntimamente vinculada al derecho a la educación, Horta (1998) advierte la situación paradójica de éste por ser derecho y obligación al mismo tiempo. Por tal motivo los estudia de manera conjunta, indagando ambos aspectos de la enseñanza primaria en los estados subnacionales de Brasil, expresando así las variadas dificultades de orden social y material para sustanciar la obligatoriedad escolar y, por lo tanto, el derecho a la educación. Por su parte, Gondra (2010) al explorar la ampliación de la obligatoriedad escolar reconoce la multifacética red que componen diversas instituciones y trayectorias escolares a los fines de sustanciar la expansión democrática de la enseñanza primaria. En tal sentido, el autor concluye que la obligatoriedad escolar refiere a una medida que se acopla a otro conjunto de dispositivos educativos formales y no formales. En tanto, Brito y Vinagre (2018) presentan discusiones en torno a la obligatoriedad escolar a través de los discursos emitidos en dos periódicos, donde se expresan representaciones diversas e incluso opuestas: desde una dimensión aspiracional de cómo fue planteada la obligatoriedad escolar en legislaciones europeas, hasta la dificultades materiales y sociales con que confronta el ideal de imponer la escolarización a las infancias en Brasil.
De lo expuesto, podemos inferir que la obligatoriedad escolar indica tempranamente una pluralidad de problemáticas vinculadas a la aplicación del imperativo como mecanismo y a la sustanciación práctica de tal atributo.
El propósito de instruir a la población infantil ya se encuentra reconocida en las primeras constituciones políticas de los Estados latinoamericanos. En el caso de Argentina, la constitución política del Estado se formalizó en la Carta Magna del año 1853; en ella se declararon un conjunto de derechos, deberes y garantías que auspiciaron un ordenamiento para la organización nacional. Entre tales principios constitutivos se encuentra el derecho de enseñar y aprender, en el marco de las ideas republicanas y federales, que será posteriormente ratificado y paulatinamente concretado con la sanción de distintas leyes.
Desde 1880 a 1884, la enseñanza primaria en la Capital Federal
estaría regida por la Ley N° 988
(1875)
En 1882, la ciudad de Buenos Aires fue sede del Congreso Pedagógico Internacional, en el cual tuvo lugar el intercambio de ideas fundamentales para los sistemas de instrucción primaria y se condensaron las bases para una legislación de educación común de alcance nacional en Argentina. Las transcripciones de las ponencias y debates que se sucedieron nos aproximan a la circulación de ideas vinculadas a la obligatoriedad escolar. Allí las referencias a la legislación de “países civilizados” o “sociedades modernas” que sancionaron la obligación escolar, además de ser una fuente de admiración, determinaron las aspiraciones de las flamantes naciones latinoamericanas.
A lo largo de los debates suscitados, publicados casi en su totalidad
en el
A) La enseñanza de las Escuelas comunes debe ser enteramente
gratuita. B) La ley debe establecer en principio un mínimum de
instrucción obligatoria para los niños de seis a catorce años de edad.
C) Ese principio solo puede hacerse rigurosamente efectivo en las
localidades donde existan escuelas comunes (…) D) la ley debe dejar a
los padres o tutores la facultad de dar a sus hijos o pupilos el mínimum
de instrucción obligatoria en las escuelas comunes, en las escuelas
privadas, o en el recinto del hogar. E) La desobediencia a la ley de
parte de los padres o tutores en cuanto al mínimum de instrucción que
están obligados a suministrar a sus hijos o pupilos, debe ser penada.
(CNE,
La concreción del principio de obligatoriedad escolar en las
jurisdicciones federales de Argentina –la ciudad de Buenos Aires y los
Territorios Nacionales- se cristalizó tras la sanción de la Ley N° 1420
de educación común en 1884, cuyo trámite y debate parlamentario no tuvo
disonancias mayores en torno al status de obligación de la escolaridad.
En un sentido restringido, dicha imposición estableció la inscripción,
verificada a través de las
La creación de escuelas
Hacia 1881 los censos escolares de las
Tal diagnóstico motivó al gobierno a realizar una cuantiosa inversión para la rápida creación de escuelas en diversas secciones, acumulando la fundación de veinte nuevas en 1882. Luego, en 1884, se inauguraron catorce edificios del modelo “escuelas-palacio” que ostentaban la representación de la grandeza del Estado nacional y expresaban simbólicamente el “crisol de razas”. Al respecto, da Silva (2022) señala que en la década de 1880, en la ciudad de Buenos Aires, existían dos preocupaciones en torno a la construcción de edificios escolares: la de dar mayor capacidad de asistencia y la de construir siguiendo determinados lineamientos estilísticos, pedagógicos e higienistas. Bajo esta lógica tuvieron lugar el Plan de Edificación Escolar (1899) y las Escuelas del Centenario (1909), dos ambiciosos planes del CNE para la creación y edificación de escuelas para combatir el analfabetismo en la ciudad. Como puede observarse en el gráfico I, tales inversiones tuvieron un alto impacto en el número de escuelas públicas de enseñanza primaria.
Con la apertura de alrededor de cuarenta edificios en 1886, el presidente del CNE, Benjamín Zorrilla, daba por resuelto el “problema escolar” en la capital de la República, pues “…contando ya con locales suficientes en más de la mitad de las secciones escolares de la Capital, el año entrante aplicaremos en ellas la lejislación escolar (sic) que obliga al padre a mandar a su hijo a la escuela” (CNE, 1887, p. 124). De acuerdo con lo consignado por las autoridades, las nuevas edificaciones tenían capacidad para albergar de dos a ocho escuelas con su personal docente, reduciendo aproximadamente a dos tercios el número de las mismas por la refundición de cuarenta y cinco escuelas, mejorando así las cifras de inscripción y asistencia.
GRÁFICO I. Escuelas fiscales en la ciudad de Buenos Aires.

Fuente: Elaboración propia en base a los datos
consignados en los
Si bien aquellas erogaciones tuvieron un alto impacto en el número de escuelas públicas de enseñanza primaria, permitiendo la progresiva refundición de escuelas y la ampliación de su capacidad para incorporar alumnos, esto se vería reflejado en la estadística como un paulatino decrecimiento del número de escuelas y una ocasional desaceleración de los índices de inscripción y asistencia. Esto último se produjo, en parte, debido a que las escuelas con menor capacidad estaban mejor distribuidas en el territorio que aquellas con mayor capacidad ubicadas estratégicamente en sectores desarrollados del municipio. Por otro lado, porque las inversiones realizadas para los planes de edificación escolar restringieron los recursos disponibles para la creación de escuelas necesarias y amparadas por el requisito legal. De modo que el reclamo por más cantidad de escuelas continuó por parte de los consejos escolares que, según consignaban, no tenían derecho a hacer efectivas las multas y castigos dado que “La ley de Educación obligatoria es letra muerta mientras falten escuelas y los recursos pecuniarios para hacerlas funcionar” (Altgelt, 1885, p. 494).
Por su parte, los informes de la inspección observaban con preocupación la diferencia notable entre el número de niños en edad escolar y el de los que efectivamente concurrían a las escuelas. De acuerdo a la inspección técnica, “Esta diferencia donde se observa con caracteres más alarmantes, es en las parroquias más apartadas y por consiguiente; donde es mayor la parte proletaria de la población” (Guerrico, 1887, p. 286). Además, el crecimiento vertiginoso y exponencial de la ciudad se caracterizó por la inestabilidad de su población, la transformación de los barrios y la fluctuación comercial debido a que “la creciente valorización de la propiedad, la hace cambiar de mano con frecuencia produciendo movimientos constantes de población, emigraciones frecuentes de un barrio a otro” (CNE, 1888, p. 79), impidiendo que los esfuerzos del CNE pudieran resolver la problemática de la obligatoriedad escolar. Por ejemplo, la incorporación de los barrios de Flores y Belgrano, en 1887, extendió los límites de la ciudad ampliando la zona de influencia de la acción oficial:
…a pesar de su constante atención sobre los deberes a su cargo, el Consejo se encuentra trabado en su acción por los hechos, que repentinamente se producen, dejándolo sin edificios escolares, por falta de medios suficientes, en algunos centros de población reciente y rápida; y otras veces inutilizando, sólo en parte felizmente, algunos edificios construidos para la enseñanza primaria. (CNE, 1888, pp. 81-82)
En verdad, la ciudad creció a un ritmo acelerado, respondiendo a un modelo de urbanización influenciado por ideas europeas que buscaban transformarla en una urbe moderna, y acompañado por la inestabilidad poblacional entre barrios. Conforme ello sucedía, el municipio dispuso nuevas organizaciones administrativas difíciles de transponer y armonizar con el ordenamiento escolar, cuya variación queda de manifiesto en el gráfico II.
GRÁFICO II. Distritos Escolares en la ciudad de Buenos Aires.

Fuente: Elaboración propia en base a los datos
consignados en los
La adecuación más severa fue la del lapso 1897-1900 que forzó una distribución administrativa inequitativa entre los consejos escolares. En 1904 el CNE acordó la reducción del número de distritos escolares en base al siguiente fundamento:
No debiendo, por otra parte, subsistir las tan saltantes como
injustificables diferencias que actualmente se notan en el número de
escuelas bajo la jurisdicción de cada consejo escolar, pues en algunos
no hay sino dos, tres o cuatro escuelas y en otro hay hasta diez y siete
dando así lugar a un exceso de gastos que puede y debe suprimirse para
aumentar el número de inspectores técnicos y médicos escolares, de modo
que cada distrito tenga uno y otro de dichos funcionarios, con
indiscutibles ventajas pedagógicas e higiénicas. (CNE,
Con posterioridad, en 1915, el CNE aumentó los distritos escolares debido a que “...por la extensión que comprenden y número de sus escuelas, los actuales distritos escolares de esta Capital Nº 5, 6, 10, 12, 13 y 14 reclaman la subdivisión para su mejor administración y facilitar el cumplimiento de sus deberes” (Arata, 1915, pp. 8-9). Tales apremios dispusieron una heterogénea composición de los distritos escolares, en tanto algunos tuvieron jurisdicción sobre dos o más barrios donde la población era escasa pero contando con mayor extensión territorial, y otros administraron escuelas de un barrio o menos.
De modo que en la Capital Federal coexistieron realidades dispares entre distritos escolares, percibida en la distribución diferencial de la inscripción y la asistencia. En algunos, la tasa de inscripción era baja y la de asistencia irregular; allí las autoridades enunciaban como posibles causas las distancias entre las escuelas, el estado de los caminos, las condiciones insalubres de las viviendas y la propagación de enfermedades en los aglomerados locales escolares, la renuencia de las familias a que sus hijos recibieran educación del Estado, la necesidad de que los niños trabajaran desde edades tempranas. Mientras que, en distritos donde la densidad de la población era mayor y el desarrollo urbano era más avanzado producto de su cercanía al centro de la ciudad, eran los propios directores de escuelas, inspectores de distrito e inspectores técnicos quienes reclamaban prontas soluciones en vista de que la capacidad de las escuelas era desbordada por la cantidad de niños y de niñas que en ellas solicitaban matricularse.
La pericia, estudio y discusión de la problemática del analfabetismo,
así como las irregulares tasas de ingreso y retención, confluyeron en la
redacción y sanción de un nuevo reglamento para las escuelas comunes de
la Capital Federal.
Como en las escuelas elementales y superiores se comprenden en la
actualidad grados infantiles, es posible que el consejo autorice a la
inspección técnica para reducir el número de escuelas de ciertas
categorías, aumentando el de las otras en la proporción que lo exija el
número y grado de sus alumnos. Si fuera posible que a las escuelas
superiores no concurriesen más que los alumnos de 5º y 6º grado, a las
elementales los de 3º y 4º y a las infantiles los de 1º y 2º, la capital
federal sólo necesitaría 8 escuelas de la primera categoría para las
necesidades presentes y futuras de la población, 36 elementales y 200
infantiles. (CNE,
Un año más tarde, aquella reforma dio lugar a la modificación de los
programas para las escuelas dependientes del
CNE,
En sintonía, hacia 1903 se constituyó una comisión de ciudadanos que hizo propaganda sobre las consecuencias negativas de la implementación del horario alterno. Presentó, incluso, una solicitada con firmas a la Cámara de Diputados a fin de dar conocimiento de “los inconvenientes y perjuicios que el horario alterno ocasiona al hogar, al niño, a la clase pobre y al profesorado” (Argentina, Congreso de la Nación, 1903, p. 629). No obstante las resistencias, el ensanchamiento de la capacidad original de las escuelas estatales y la conversión a infantiles de numerosas escuelas elementales y superiores, impulsó las cifras referidas a la inscripción y la asistencia dando como resultado en el año 1902 un crecimiento de 10.000 nuevos alumnos matriculados en las escuelas públicas.
Tanto la inspección técnica de la capital federal como una comisión
En forma paralela, las conferencias pedagógicas y las generales que reunían a inspectores, directores y maestros, estudiaban las causas de las inasistencias a la vez que los consejos escolares censaban a los padres con el objetivo de establecer otras modalidades de persuasión para que cumplieran el precepto legal de la obligatoriedad escolar. Entre los motivos esgrimidos por las familias se puntualizó en:
a) Falta de dinero para adquirir ropas, calzados y útiles; b) falta material de tiempo para ataviarlos y enviarlos a la escuela; c) necesidad de que los niños mayores ayuden con su trabajo al sostén de la familia, o queden en la casa para cuidar las criaturas menores, mientras los padres trabajan fuera; d) falta de asiento en las escuelas fiscales, según informe de los diarios; e) retención en las fábricas donde se les obliga a trabajar más del tiempo reglamentario (10 a 11 horas); f) enfermedad. (Caffarena, 1916, p. 79)
Así como el trabajo infantil y valoraciones adversas a la educación
estatal marcaban el desgranamiento en la asistencia observado en las
planillas desde el 4° o 5° grado, el estado intransitable de las calles
y accesos a las escuelas como las enfermedades infecciosas
obstaculizaron la regular concurrencia. Como se observa en el cuadro n°
3, la inscripción y la asistencia tendieron progresivamente al aumento
manteniendo a lo largo del período una distancia prudencial y
relativamente proporcional entre un indicador y
otro.
GRÁFICO III. Población escolar, Inscripción y asistencia en la ciudad de Buenos Aires.

Fuente: Elaboración propia en base a los datos
consignados en los
En los primeros años del siglo XX se abordó la mejora de la imagen y del entorno de las escuelas en articulación con el municipio que colaboró en la preservación del buen estado de las calles de acceso a los establecimientos. Por su parte, el CNE sistematizó la labor sugerida e impuesta por el Cuerpo Médico Escolar (CME), que desde finales del siglo XIX había establecido la vacunación y revacunación obligatoria de los educandos. Aquella práctica, enmarcada en las políticas de control social que el Estado nacional ejecutó haciendo uso de la infraestructura escolar (Lionetti, 2009), daba cierta garantía de salubridad tanto a los niños y las niñas como a las familias y vecindarios, ya que las condiciones de encierro y aglomeración diaria atentaban contra la imagen de la escuela además de ser un foco de contagio de las enfermedades y de propagación de las epidemias.
En 1906 el CNE creó la Oficina de Obligación escolar y Multas a fin de hacer efectivas las disposiciones establecidas en la Ley N° 1420. Con su acción se lograron diagnósticos cada vez más precisos respecto a las causas que privaban a los niños de su instrucción, entre las que se destacó “la extremada pobreza o escasez de recursos de las familias con numerosa prole”, motivo que “unido al de las enfermedades, son los que se destacan entre los fundamentos invocados y comprobados en las solicitudes de exoneración de multas” (CNE 1913, p. 485-486). El director de la Oficina de Obligación escolar, Eduardo Guien, sugirió modificar el abordaje de la problemática ya que
Si la práctica ha demostrado, que lo que impide que multitud de niños concurran a la escuela, es la pobreza que aflige a sus padres, evidente resulta entonces, que el remedio para éstos no se encuentra en la aplicación de multas, sino, por el contrario, en otros medios que podríamos llamar de beneficencia y amparo de la niñez. Cada año que transcurre confirma la opinión de que el cumplimiento de la obligación escolar debe obtenerse por la persuasión, unida a la ayuda material prestada por el Estado (matrícula, útiles, libros gratis), y por las sociedades particulares cooperadoras de las escuela o protectoras de la infancia (La Copa de Leche, calzados y vestidos); y tan sólo cuando este conjunto de medidas haya fracasado o esté agotado, debe recurrirse a las coercitivas, en las ocasiones que pudiera haber lugar. (CNE, 1913, p. 486)
De tal modo, los consejos escolares realizaron campañas y recorridos
en sus distritos para dialogar con las familias, colocaron carteles que
informaban sobre la obligación escolar y la disponibilidad de escuelas
cercanas, y facilitaron la emisión de matrículas gratis y la provisión
de útiles y ropas para los niños y las niñas carentes de ellos.
Asimismo, con la sanción de la Ley N° 5291 de Trabajo de Mujeres y
Menores en 1907, las autoridades escolares contaron con nuevas
regulaciones y disposiciones. Al respecto, cabe decir que el trabajo
infantil era un asunto latente desde finales del siglo XIX pero no
contaba con un amplio cuestionamiento; por el contrario, se alentó a que
los niños “vagos” o “abandonados” trabajaran, ya que su asistencia al
taller era considerada una salvaguarda al ocio y la mendicidad. Incluso,
como ha demostrado Scheinkman (2022), el trabajo infantil fue difundido
y promovido por empleadores y familias obreras que requerían de su
aporte económico para complementar los ingresos. No obstante, esta
reglamentación no incluyó el servicio doméstico, que significó una
demanda de magnitud para los niños y las niñas tomados como sirvientes o
criados (Allemandi, 2015). La dilación en la toma de decisiones, y la
ejecución de medidas que contaran con prohibiciones severas, sugiere la
carencia de las condiciones para asegurar el ingreso a las escuelas de
aquellos niños que dejaran las fábricas u otras
ocupaciones.
Contando con nuevos marcos normativos y reinterpretando la legislación a la luz de la experiencia, el CNE resolvió en 1910 reducir el mínimum de instrucción obligatoria a los contenidos de los programas hasta el 3° grado: lectura y escritura, lengua, nociones de historia y geografía nacional e instrucción cívica. Sin embargo, el decrecimiento en la inscripción y la asistencia continuó siendo notable a medida que aumentaban el grado. De modo que hacia finales del período analizado en este artículo hubo mejoras, diagnósticos más precisos y mayor cantidad de recursos para la universalización de la educación común en una ciudad cuyo crecimiento y complejidad social no se detuvo.
La ponderación de la obligatoriedad escolar, como principio y mecanismo para la expansión del sistema de enseñanza primaria, posicionó a la ciudad de Buenos Aires entre las urbes con mejores indicadores de alfabetismo, producto de las mejoras en la inscripción y la asistencia a las escuelas, aunque, como se ha visto, su aplicación tuvo dificultades.
Uno de los mayores desafíos con que tropezó la escolarización en la Capital Federal a finales del siglo XIX fue el de sustanciar el deber correlativo de la obligatoriedad escolar: establecer la escuela al alcance de todos y de todas. Bajo el criterio poblacional establecido por la Ley N° 1420, el CNE enfatizó la política de creación y edificación de escuelas, en el marco de consolidación del Estado nacional y de pleno auge y desarrollo de la ciudad capital de la República Argentina. La política de creación de escuelas por sí sola no resolvió la problemática de la obligatoriedad escolar. Así como la escasez de recursos limitó las partidas presupuestarias, el propio desarrollo del municipio bonaerense se caracterizó por sus poblaciones flotantes, lo que incidió en la cantidad y repartición de los distritos escolares que fue fluctuando, impactando en la administración de las escuelas. Al respecto, se podría profundizar en estudios futuros con relación a la distribución diferencial de la inscripción y la asistencia si se toman los distritos escolares como unidad de observación.
El alcance de ciertos logros y la perdurabilidad de algunos
obstáculos llevaron al estudio, planificación y ejecución de reformas
que tendieron tanto a reforzar el mecanismo de la obligatoriedad escolar
como a reducir su exigencia. Sin dudas se destaca el entendimiento que
de la problemática se hizo a comienzos del siglo XX: la imposición
escolar desplazó de la coerción y la penalización para enfatizar la
persuasión y la asistencia social como medio para mejorar su
cumplimiento. La reducción del
La mejora cualitativa y cuantitativa de las condiciones para la escolarización a lo largo del período fue notable, empero, el crecimiento numérico de la población infantil y la inestabilidad de sus habitantes impidieron que el aumento en la inscripción y en la asistencia se trasladara a una disminución de los niños y las niñas que quedaban fuera de la escolarización primaria.
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Información de contacto - Contact Info: Cecilia del Barro. Instituto Rosario de Investigaciones en Ciencias de la Educación. E-mail: delbarro@irice-conicet.gov.ar