Revista Española de Derecho Constitucional https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons <p><strong>ISSN-L: </strong>0211-5743 <strong>DOI</strong>: <a href="http://www.cepc.gob.es/publicaciones/revistas/revistaselectronicas?IDR=6">10.18042/cepc/redc</a> <a href="https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/index">ÚLTIMO NÚMERO (129)</a></p> Centro de Estudios Políticos y Constitucionales es-ES Revista Española de Derecho Constitucional 0211-5743 <br /><br />En el momento en que una obra es aceptada para su publicación, se entiende que el autor cede a la REDC en exclusiva los derechos de reproducción, distribución y venta de su manuscrito para su explotación en todos los países del mundo en formato de revista de papel, así como en cualquier otro soporte magnético, óptico y digital.<br /><br />Los autores cederán también a la REDC los derechos de comunicación pública para su difusión y explotación a través de intranets, internet y cualesquiera portales y dispositivos inalámbricos que decida el editor, mediante la puesta a disposición de los usuarios para consulta online de su contenido y su extracto, para su impresión en papel y/o para su descarga y archivo, todo ello en los términos y condiciones que consten en la web donde se halle alojada la obra.<br /><br /> A su vez, la REDC autoriza a los autores de los trabajos publicados en la revista a que ofrezcan en sus webs personales o en cualquier repositorio de acceso abierto una copia de esos trabajos una vez publicados; junto con esa copia ha de incluirse una mención específica de la REDC, citando el año y el número de la revista en que fue publicado y añadiendo el enlace a la web de la REDC.<br /><br />Pasado un año desde su publicación, los trabajos de la REDC quedarán bajo la licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 España (CC BY-NC-ND 4.0 ES), que implica que el artículo y la nota de investigación pueda copiarse, distribuirse y comunicarse públicamente con la única restricción de que en los créditos se reconozca explícitamente al autor y la obra bajo la forma establecida por éste, sin derecho a su explotación comercial y la elaboración de obras derivadas.<br /><br /><span style="text-decoration: underline;">Prácticas deshonestas: plagio y fraude científico</span><br />A efectos de lo estipulado en la Ley de Propiedad Intelectual respecto a las acciones y procedimientos que puedan emprenderse contra quien infrinja los derechos de propiedad intelectual, la publicación de un trabajo que atente contra dichos derechos será responsabilidad de los autores, quienes en consecuencia asumirán los eventuales litigios por derechos de autor y fraude científico.<ol><li>Presentar el trabajo ajeno como propio.</li><li>Adoptar palabras o ideas de otros autores sin el debido reconocimiento.</li><li>No emplear las comillas u otro formato distintivo en una cita literal.</li><li>Dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita.</li><li>El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.</li><li>El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.</li></ol><br />Las prácticas constitutivas de <strong>fraude científico</strong>son las siguientes:<ol><li>Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.</li><li>Publicación duplicada.</li><li>Conflictos de autoría.</li></ol> STC 167/2023: los límites a la Presidencia del Senado en la resolución de controversias presupuestarias . https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111847 <p>El artículo sintetiza los aspectos más novedosos de la STC 167/2023, fundamentalmente la interpretación del art. 151.5 del Reglamento del Senado (RS) desde la óptica de las funciones de la Presidencia del Senado. En primer lugar, presenta sucintamente la regulación del veto presupuestario y la narración de los antecedentes de hecho del caso. A continuación, explica el nuevo marco hermenéutico del precepto y analiza la posibilidad de que el Gobierno vete propuestas de modificación en el Senado. En fin, se reflexiona acerca de la necesidad de un pronunciamiento del Tribunal Constitucional respecto a la declaración de nulidad de votaciones y se estudia la compatibilidad de la resolución con la jurisprudencia previa y la desprotección de los parlamentarios en el contexto actual.</p> Enrique Ortea Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 271 295 10.18042/cepc/redc.132.09 El espacio físico —público o privado— puede ser inviolable (a propósito de la STC 92/2023, de 11 de septiembre) . https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111849 <p>Los avances tecnológicos han desvelado nuevos escenarios que afectan a derechos fundamentales diversos cuyo objeto y contenido deben ser asegurados. La garantía de autorización judicial de entrada en un espacio inviolable desvela un riesgo para otros derechos que pueden resultar afectados por aquellos escenarios. Ello requiere asegurar algunos aspectos: la correcta ejecución de las medidas de investigación tecnológica mediante resolución judicial, y el severo control del destino de las informaciones obtenidas.<br>La invocación de lesión del art. 18.1 CE impide al Tribunal Constitucional considerar la de otros derechos fundamentales eventualmente afectados por los escenarios descritos en el caso. Esta exclusiva invocación del art. 18.1 CE no es casual; viene inducida por constante jurisprudencia que concibe el espacio físico como garantía instrumental de la vida íntima o privada.<br>Se sugiere la revisión de la legislación orientada a reforzar la inviolabilidad de los espacios físicos en los nuevos escenarios tecnológicos que permita o posibilite una reorientación de la jurisprudencia en los nuevos supuestos de vulneración de derechos fundamentales en entornos físicos.</p> Cristina Zoco Zabala Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 297 323 10.18042/cepc/redc.132.10 La reforma del artículo 49 de la Constitución https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111832 <p>Este trabajo analiza la reforma constitucional del art. 49 a partir del evolutivo contexto social y político de las últimas décadas y del impacto de la Convención internacional sobre la discapacidad de 2006. Se aborda el estudio de los sucesivos proyectos de reforma, las críticas del Consejo de Estado, el texto definitivo del precepto pactado por PSOE y PP, y su rápida tramitación parlamentaria en lectura única y sin necesidad de referéndum de ratificación.</p> Artemio Rallo Lombarte Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 13 43 10.18042/cepc/redc.132.01 El «tradicionalismo»: alcance y riesgos del último estándar de interpretación constitucional de la Corte Suprema estadounidense en materia de derechos https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111834 <p>La nueva «supermayoría» de jueces conservadores de la Corte Suprema norteamericana ha adoptado, desde el año 2020, un nuevo estándar de constitucionalidad, el «tradicionalismo», y con él ha derogado la protección del derecho al aborto vigente para las mujeres estadounidenses durante medio siglo; ha aminorado la posibilidad de restricción del uso de armas de fuego; ha limitado la capacidad de las agencias gubernamentales para proteger la salud, la seguridad públicas y detener el cambio climático, y ha declarado inconstitucionales las medidas de discriminación positiva tradicionalmente empleadas por las universidades estadounidenses para garantizar la igualdad por motivos de raza. Esta regresión en materia derechos fundamentales trae causa de la aplicación del test de la «historia y tradición». Al análisis de este y de las consecuencias y riesgos de su aplicación se dedica el presente artículo.</p> Ana Valero Heredia Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 45 70 10.18042/cepc/redc.132.02 Libertad de expresión, odio y redes sociales: las opciones del legislador democrático español https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111839 <p>La libertad de expresión y sus límites han adquirido nuevas dimensiones en la era digital. Resulta evidente que se ha ampliado el campo de acción de la libertad de expresión a través del uso de internet. Sin embargo, las ventajas de este medio van acompañadas de una serie de riesgos. Contenidos difamatorios, odiosos o violentos pueden difundirse como nunca antes por todo el mundo en cuestión de segundos y hacerse bajo la impunidad del anonimato. Esta nueva realidad ha tenido un doble efecto.<br>Por una parte, las instituciones públicas intentan poner límites a las expresiones de odio en las redes. A este respecto se plantea si una ley puede exigir responsabilidades a las plataformas de internet por el discurso de odio vertido por terceros o cuándo puede exigirse a esas plataformas que retiren el contenido y exigirles responsabilidad en caso de no hacerlo. Por otra parte, las grandes plataformas de internet (Twitter —ahora X—, Facebook, Instagram o Google) se han erigido en las controladoras de esas expresiones de odio creando sus propias normas para controlar el contenido que circula en ellas. A este respecto las cuestiones que se plantean es si son las plataformas digitales libres a la hora de moderar sus contenidos y la eficacia mediata o inmediata que tiene el derecho a la libertad de expresión de los usuarios respecto a estas plataformas.<br>Se trata de dos cuestiones complejas que exigen respuestas coherentes para ambas. Sin existir todavía en España un marco jurídico definido para estas cuestiones, en este trabajo abordaremos las posibilidades que tiene el legislador democrático español a partir de un análisis de la normativa y la jurisprudencia que sobre estas dos cuestiones se han desarrollado tanto en Estados Unidos como en la Unión Europea</p> Eva Sáenz Royo Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 71 103 10.18042/cepc/redc.132.03 La suspensión de derechos fundamentales en España: un concepto jurídico controvertido https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111840 <p>La suspensión en materia de derechos fundamentales constituye una de las manifestaciones más habituales del derecho de emergencia constitucional de cualquier país, algo que queda igualmente reflejado en la Constitución de 1978. En concreto, en forma de un art. 55 concebido para hacer frente a peligros que van desde las alteraciones del orden público más graves —art. 55.1 CE— hasta ciertas investigaciones en materia eminentemente antiterrorista —art. 55.2 CE—.</p> <p>En todos esos casos, la eficacia en la respuesta deberá ir de la mano de un<br>garantismo para modular en función de las medidas adoptadas, tarea especialmente compleja si hablamos de suspensiones generales impuestas ante emergencias</p> Pablo e Fernández de Casadevant Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 105 134 10.18042/cepc/redc.132.04 Sentencias del Tribunal Constitucional dictadas durante el segundo cuatrimestre de 2024 https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111844 Ascensión Elvira Perales Ana Espinosa Díaz Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 201 225 10.18042/cepc/redc.132.07 Doctrina del Tribunal Constitucional durante el segundo cuatrimestre de 2024 https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111846 Juan Carlos Duque Villanueva Carlos Ortega Carballo Herminio Losada González Tomás de la Quadra-Salcedo Janini Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 227 267 10.18042/cepc/redc.132.08 La fragilidad de la libertad de empresa: su insuficiente tutela en España a la luz del derecho de la UE https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111841 <p>El derecho de la Unión ha contribuido a aumentar el radio de acción de la libertad de empresa a través de distintas vías, desde las libertades de los Tratados a la acción del legislador europeo. En este trabajo se descubre una nueva contribución de ese ordenamiento a la protección de esa libertad, en esta ocasión a través del necesario refuerzo de la vía de acceso a su tutela judicial. El trabajo analiza de qué manera el interesado tiene acceso a tal tutela en el ordenamiento Español y concluye que, a la luz de la doctrina del Tribunal de Justicia en la sentencia Unibet, un particular en España no goza de una tutela adecuada cuando pretende cuestionar ante los Tribunales las medidas legislativas restrictivas de la libertad de empresa.</p> Xavier Codina García-Andrade Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 137 167 10.18042/cepc/redc.132.05 Derecho e inteligencia artificial en la Unión Europea. ¿Centralidad u obsolescencia del ser humano? https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111843 <p>La inteligencia artificial se presenta como un prometedor campo de beneficios y posibilidades, pero también como el escenario en el que aparecen riesgos y vulnerabilidades para el ser humano que pueden socavar su esfera de derechos y libertades. No se trata de algo forzado o violento. La lesión a la dignidad y a los derechos inviolables de la persona se produce por la vía del consentimiento inconsciente que dejamos tras un rastro de datos que, debidamente tratados y procesados, pueden llegar a manipular y condicionar la vida y el pensamiento de las personas.<br>Parece existir la unanimidad global de que los algoritmos deben servir a la humanidad y no al contrario. De ahí la necesidad de una regulación global y centrada en la persona.<br>La Unión Europea está dando pasos pioneros en esa dirección mediante la aprobación de una norma general y vinculante para todos los Estamos miembros. ¿Será suficiente?</p> Victoriano Gallego Arce Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 169 197 10.18042/cepc/redc.132.06 El derecho represivo de Franco (1936-1975) https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111852 Juan María Bilbao Ubillos Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 327 342 El poder moderador de la corona https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111854 Javier Tajadura Tejada Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 343 357 La necesaria evocación de los orígenes del constitucionalismo ante la quiebra de sus principios ancilares https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/111855 Jorge Pérez Alonso Derechos de autor 2024 2024-12-05 2024-12-05 132 359 368