El sistema de alerta temprana en las Cortes Generales

Avanzar hacia una democracia más deliberativa y participativa

Autores/as

  • Cristina Zoco Zabala Universidad Pública de Navarra

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/redc.137.05

Resumen

Se analiza el sistema de alerta temprana tras dieciséis años de su aplicación por las Cortes Generales. Se evidencia que el derecho primario posibilita a los parlamentos nacionales controlar, de forma preventiva, la conformidad de las propuestas europeas con el principio de subsidiariedad; sin embargo, no permite valorar su proporcionalidad o la intensidad de la medida propuesta de conformidad con los objetivos perseguidos por la Unión.

Se muestra la irrelevancia del control preventivo de subsidiariedad a nivel regional y local en los dictámenes e informes de la Comisión Mixta para la Unión Europea, o en los debates para su aprobación; también la escasez de los dictámenes autonómicos de vulneración que se presentan a las Cortes Generales, su concurrencia en solitario para cada propuesta legislativa, y su referencia por la Comisión Mixta condicionada a la aprobación de un dictamen estatal de vulneración.

Se sugiere una reforma del derecho originario de la UE que garantice un Parlamento estatal más participativo en el proceso de integración europea que controle la proporcionalidad de las iniciativas legislativas europeas. E igualmente se propone una reforma legal que elimine la Comisión Mixta para la Unión Europea y asegure el control de subsidiariedad —y de proporcionalidad— de las iniciativas legislativas europeas por las dos cámaras mediante su análisis por dos subcomisiones especializadas en la materia que formen parte de dos comisiones para la Unión Europea: una en el Congreso (un voto) y otra en el Senado (un voto). Las dos cámaras se podrían pronunciar sobre el control de subsidiariedad y de proporcionalidad de las propuestas europeas a nivel estatal, regional o local; sin embargo, sería el Senado la cámara en la que debería llevarse a cabo un debate con participación de alguna representación de las asambleas legislativas para el descrito control de las iniciativas legislativas a nivel regional y local. Estimamos también que la consolidación de las posiciones mayoritarias sobre el control de subsidiariedad y proporcionalidad de las iniciativas legislativas europeas a nivel regional y local se garantizaría mejor desde un Senado elegido en su totalidad por las asambleas legislativas mediante un sistema proporcional limitado (reforma del art. 69 CE).

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Publicado

2026-07-28

Cómo citar

Zoco Zabala, C. (2026). El sistema de alerta temprana en las Cortes Generales: Avanzar hacia una democracia más deliberativa y participativa. Revista Española De Derecho Constitucional, (137), 145–173. https://doi.org/10.18042/cepc/redc.137.05

Número

Sección

NOTAS