A propósito del concepto de constitución económica y su modelo ordoliberal

Autores/as

  • José Luis García Guerrero Universidad de Castilla-La Mancha

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/redc.137.01

Resumen

Se introducen matizaciones al concepto clásico de constitución económica para evitar otorgar legitimación constitucional a sistemas que no son plenamente democráticos, incluir preceptos no económicos que determinan la economía y garantizar en este ámbito el pluralismo político. Con estos presupuestos se discrepa de cierta literatura jurídica nacional y comparada al sostener aquí como tesis que el Estado social origina no solo la constitución intervencionista, sino también la ordoliberal, porque sus principios constitutivos son ultraliberales, pero los reguladores responden a la cláusula definitoria social. A continuación, se descomponen los principales elementos que integran cualquier constitución económica en clave ordoliberal, atendiendo a los principios constitutivos y a los reguladores, siendo estos últimos demostración de su vertiente social. Finalmente, se demuestran ciertos incumplimientos del ordoliberalismo con ocasión de su juridificación y aplicación en la Unión Europea.

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Publicado

2026-07-28

Cómo citar

García Guerrero, J. L. (2026). A propósito del concepto de constitución económica y su modelo ordoliberal. Revista Española De Derecho Constitucional, (137), 13–44. https://doi.org/10.18042/cepc/redc.137.01

Número

Sección

ESTUDIOS