eISSN: 1989-9742 © SIPS. DOI: 10.7179/PSRI_2024.45.14
http://recyt.fecyt.es/index.php/PSRI/
Alicia GONZÁLEZ CAPARRÓS https://orcid.org/my-orcid?orcid = 0009-0000-5307-4845
Encarnación BAS-PEÑA https://orcid.org/0000-0003-2433-3152
Universidad de Murcia
Fecha de recepción: 14.VIII.2023
Fecha de revisión: 09.XI.2023
Fecha de aceptación: 10.II.2024
CONTACTO CON LAS AUTORAS
Alicia González Caparrós: Departamento de Teoría e Historia de la Educación. Facultad de Educación, Universidad de Murcia. Campus Universitario de Espinardo s/n. 30100 Espinardo – Murcia (España). E-mail: alicia.g.c@um.es
PALABRAS CLAVE: Formación profesional; protección a la infancia; educación permanente; derechos humanos; derechos del niño. |
RESUMEN: La formación continua a profesionales se muestra como un reto por la necesidad de mantener actualizadas a las personas en un entorno en constante evolución. Este reto toma un cariz de mayor envergadura cuando se trata de infancia en situación de vulnerabilidad, porque afecta a sus derechos y es ineludible cumplir los tratados internacionales ratificados por España, así como la normativa estatal y autonómica específica. El texto que presentamos forma parte de una investigación más amplia, relacionada con el estudio de necesidades y preferencias del colectivo de profesionales, de diferentes entidades del tercer sector de acción social (fundaciones, asociaciones, cooperativas, etc.), que desarrollan el Programa CaixaProinfancia en la Región de Murcia (RM). El método empleado, de enfoque cuantitativo, fue la consulta a profesionales que desarrollaban el PCPI, una investigación no experimental, descriptiva o exploratoria, de tipo encuesta, con un marco teórico basado en el enfoque de derechos humanos. En la encuesta participaron 224 profesionales, que formaban parte del PCPI en la RM, durante el curso 2019-2020. Los resultados evidenciaron las carencias formativas de este colectivo profesional en el conocimiento de las situaciones de riesgo para la infancia, legislación vinculada y protocolo autonómico. Se concluye en la urgente necesidad de articular planes de formación continua, que integren contenidos específicos, teóricos y prácticos, sobre estas cuestiones, a fin de que todas las personas vinculadas profesionalmente al citado programa tengan la capacidad de saber detectar situaciones de riesgo para la infancia, así como el protocolo regional a seguir, en su caso. |
KEYWORDS: Vocational training; child protection; continuing education; human rights; children’s rights. |
ABSTRACT: Continuous training for professionals is a challenge due to the need to keep people up to date in a constantly changing environment. This challenge is even greater when dealing with children in vulnerable situations because it affects their rights and it is essential to comply with international treaties also ratified by Spain, as well as with specific state and local community regulations. The text we present is part of a wider research, related to the study of needs and preferences of the group of professionals, belonging to different entities of the third sector of social action (foundations, associations, cooperatives, etc.), which develop the CaixaProinfancia Program in the Region of Murcia. The method used, with a quantitative approach, was the consultation of professionals who developed the PCPI, a non-experimental, descriptive or exploratory, survey-type research, with a theoretical framework based on a human rights approach. A total of 224 professionals participated in the survey, who were part of the PCPI in the RM, during the 2019-2020 academic year. The results showed the lack of training of this professional group in the knowledge of risk situations for children, related legislation, and autonomic protocol. It is concluded that there is an urgent need to articulate continuous training plans that integrate specific theoretical and practical contents on these issues, so that all the people professionally linked to the aforementioned program have the capacity to know how to detect situations of risk for children, as well as the regional protocol to be followed, if applicable. |
PALAVRAS-CHAVE: Formação profissional; proteção da criança; aprendizagem ao longo da vida; direitos humanos; direitos das crianças. |
RESUMO: A formação contínua dos profissionais é um desafio devido à necessidade de manter as pessoas atualizadas num ambiente em constante mudança. Este desafio é ainda maior quando se trata de crianças em situação de vulnerabilidade, porque afeta os seus direitos e é essencial cumprir os tratados internacionais ratificados por Espanha, bem como os regulamentos específicos do Estado e da comunidade autónoma. O texto que aqui apresentamos faz parte de um projeto de investigação mais amplo, relacionado com o estudo das necessidades e preferências do grupo de profissionais, de diferentes entidades do terceiro sector da ação social (fundações, associações, cooperativas, etc.), que desenvolvem o Programa CaixaProinfância na Região de Múrcia (RM). O método utilizado, com uma abordagem quantitativa, foi a consulta aos profissionais que desenvolvem o PCPI, uma investigação não experimental, descritiva ou exploratória do tipo inquérito, com um quadro teórico baseado na abordagem dos direitos humanos. A pesquisa envolveu 224 profissionais que faziam parte do PCPI na RM durante o ano letivo de 2019-2020. Os resultados evidenciaram a falta de formação deste grupo profissional no conhecimento das situações de risco para as crianças, da legislação conexa e dos protocolos regionais. Conclui-se que é urgente articular planos de formação contínua que integrem conteúdos teóricos e práticos específicos sobre estas questões, para que todos os profissionais ligados ao referido programa tenham a capacidade de saber detetar situações de risco para as crianças, bem como o protocolo regional a seguir, se aplicável. |
Al vivir en una sociedad globalizada, en constante cambio, la formación continua es un reto dado que ha de garantizar que quienes ejercen sus tareas profesionales estén provistos con las mejores prácticas y enfoques actualizados (Smith, 2019). La importancia de la formación sobre infancia vulnerable y su protección, tiene una especial relevancia reconocida en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia, al dedicar específicamente el art.16 al “deber de comunicación cualificado”. Analizar e impulsar la formación a profesionales, con perspectiva de género, es también una pieza fundamental de la formación continua, tal y como indican las recomendaciones de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, 2019), en la Observación a y b sobre la implementación de la perspectiva de género en el sistema educativo. Por otra parte, al intervenir con infancia, el equipo de profesionales se convierte, además, en agente clave en la detección de situaciones que atenten contra sus derechos, por lo que su formación continua es clave para favorecer el bienestar de este colectivo de intervención.
La necesidad de luchar contra la pobreza se evidencia en diferentes informes (European Anti Poverty Network – España [EAPN-ES], 2012, 2016, 2022; Observatorio de Sostenibilidad, 2016; Naciones Unidas, 2020; Fundación FOESSA y Cáritas Española, 2022; Save the Children, 2022), donde se observa la situación alarmante, en el caso de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, teniendo un fuerte impacto en la infancia, en su salud física, mental y social (Bas Peña y Pérez de Guzmán Puya, 2017).
La crisis originada por la pandemia de COVID-19 incrementó también la violencia de género, por las tensiones económicas y las medidas de confinamiento que “agravan la situación del hacinamiento en los hogares, el abuso de sustancias, el acceso limitado a los servicios y la reducción del apoyo de los pares” (Naciones Unidas, 2020, p.12), realidades de violencia que también impactan directamente sobre la infancia. UNICEF analiza los efectos de esta crisis también en la protección, señalando el impacto negativo de la pérdida de espacios de socialización, en los que es posible la detección de situaciones de riesgo y, por tanto, aumentando el riesgo de desprotección (UNICEF, 2020, p.26). La participación de familias en el PCPI también supone uno de estos espacios de socialización, donde el equipo de profesionales debe actuar como factor protector, garantizando espacios seguros, siendo capaces de detectar y conociendo los protocolos para garantizar la comunicación de las posibles situaciones de desprotección.
El informe Análisis de la Encuesta de Condiciones de Vida con Enfoque de Infancia 2023 (Quiroga, 2023) evidencia que la infancia continúa reflejando las tasas más altas de AROPE (riesgo de pobreza o exclusión social) en comparación con los demás grupos de edad. Concretamente, 3 de cada 10 niños, niñas y adolescentes estaban en riesgo de pobreza o exclusión social en España. Este informe señala que “España sigue teniendo la tercera tasa más alta de riesgo de pobreza y/o exclusión social infantil en la Unión Europea” (p.7). Estos datos siguen poniendo de manifiesto la necesidad de apostar por la protección a este colectivo desde todas las instituciones competentes.
Desde el año 2007, Fundación “la Caixa” impulsa el Programa CaixaProinfancia (PCPI), con el objetivo de romper el círculo de la pobreza. Para ello, ofrece oportunidades educativas de calidad a la infancia en situación de vulnerabilidad, realizando una intervención social individualizada con cada familia. Es un programa de intervención socioeducativa, desarrollado por entidades sociales especializadas en acción social. En el caso de la Región de Murcia (RM), se implementa actualmente en los municipios de Murcia, Lorca, Alcantarilla, Molina de Segura y Alguazas. Al tratarse de un programa de intervención educativa, constituye un elemento fundamental de la comunidad educativa y social para impulsar la incorporación de la perspectiva de género en la protección a niños, niñas y adolescentes (NNA).
En relación con la estructuración de la red de entidades, el PCPI se construye a través de redes territoriales, que abarcan barrios concretos y donde se pueden diferenciar tres roles de entidades, que responden a funciones profesionales diferenciadas:
– Entidad Coordinadora (EC): entidad que coordina la red de entidades.
– Entidad Referente (ER): entidad/es referente/es de la acción social con las unidades familiares, siendo responsables del plan de trabajo general de la familia.
– Entidad Prestadora (EP): entidad/es prestadora/s de servicios, siendo responsables de un objetivo específico del plan de trabajo de la familia.
A su vez, esta intervención territorial emerge como una red de acción socioeducativa, mediante la coordinación y gobernanza, en alianza con los agentes público-privados del territorio, principalmente con centros escolares, servicios sociales y centros de salud. Este modelo de trabajo en red se ve como un elemento fundamental por su incidencia sobre el territorio, las culturas profesionales y la sostenibilidad de una nueva forma de trabajar (Longás et al., 2018).
En el PCPI, el equipo investigador de la RM se ha interesado por identificar la presencia de la perspectiva de género en el mismo. En este sentido, se plantea conocer la formación que poseen, quienes participan profesionalmente en la implementación del PCPI, en la Región de Murcia, tanto en cuestiones de género (igualdad, violencia, discriminación, lenguaje) como sobre las situaciones de riesgo para la infancia. En este artículo presentamos una parte de la investigación realizada, relativa a situaciones de riesgo para la infancia.
Además de los manuales metodológicos del PCPI, las entidades sociales han de realizar la intervención respetando la legislación vigente, por lo que planteamos un marco teórico desde el enfoque de derechos, dado que la comprensión de las políticas y el marco legal que rigen la protección a la infancia son un elemento fundamental en su protección. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (Asamblea General de la ONU, 1948), señala en el art. 1, la igualdad y dignidad de todas las personas; el Instrumento de Ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño, (1989), que indica en su art. 19 que los Estados Partes favorecerán todas las medidas legislativas administrativas, sociales y educativas para proteger a menores de todo tipo de abuso y maltrato; los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), donde la educación de calidad es el cuarto objetivo de los objetivos de Desarrollo Sostenible (Asamblea General de la ONU, 2015), y el quinto establece lograr la igualdad de género, para lo que es imprescindible una educación integral que contemple la formación de la ciudadanía con perspectiva de género; la Constitución Española (1978) establece, en el art. 14, la igualdad y no discriminación por nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición y en el art. 15, reconoce el derecho de todas las personas a la vida y a la integridad física y moral, por lo que no puedan ser subyugadas a torturas ni a malos tratos; y la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia, para cuyo cumplimiento, las entidades han tenido que revisar cómo articula la formación a profesionales y garantizar una política interna de protección a este colectivo.
Al intervenir con infancia en situación de vulnerabilidad, es fundamental que todo el equipo tenga formación en factores de riesgo y de protección. Por ejemplo, la pobreza, la violencia y la falta de acceso a la educación pueden aumentar el riesgo, mientras que el apoyo familiar, la educación de calidad y el acceso a servicios de salud pueden ser factores protectores (Masten y Coatsworth, 1998). Además, es esencial saber identificar los problemas de conducta, puesto que, si son frecuentes y repetitivos en la infancia, se asocia a un alto riesgo de que se mantengan durante la adolescencia (Bégin et al., 2020). Por otra parte, es crucial saber identificar y comprender quiénes son los actores clave involucrados en la protección a la infancia (Bronfenbrenner, 1979; Zeanah y Smyke, 2009), como progenitores, profesionales de la salud, de la educación, del trabajo social, ONGs, agencias gubernamentales y la comunidad en general. Por tanto, las entidades que desarrollan el PCPI, están llamadas a esta responsabilidad clave en la protección a menores.
Durante el curso académico 2017-2018, realizamos el primer “Informe de análisis de los Planes de Trabajo Familiares (PTF), del Programa CaixaProinfancia (PCPI), en la Región de Murcia”, donde se detectó la falta de integración de perspectiva de género en la propia intervención. A raíz de este dato, se desarrolló una segunda investigación “Análisis de Planes de Trabajo Familiares del Programa CaixaProinfancia en la Región de Murcia 2019”, identificando casos de violencia contra la mujer y la infancia, interviniendo en más del 70 % de los casos sólo con la madre. Ante los resultados de ambas investigaciones, concluimos la clara necesidad de analizar los procesos de formación continua de las entidades y de sus profesionales, en la Región de Murcia.
A partir de las preguntas anteriores, surgen los siguientes objetivos:
1. Detectar la formación sobre situaciones de riesgo para la infancia ofrecida a profesionales a partir de su incorporación al PCPI.
2. Examinar las necesidades de formación continua del colectivo de profesionales que desarrollan el PCPI en situaciones de riesgo para la infancia, y sus preferencias a la hora de poder recibir formación.
Se realizó una investigación cuantitativa, no experimental, descriptiva o exploratoria, de tipo encuesta (Sabariego, 2009) con profesionales que desarrollan el PCPI en la RM. Se optó por este tipo de investigación porque responde a una finalidad descriptiva, específica y concreta (Torrado, 2009), como es detectar y describir la formación de profesionales sobre situaciones de riesgo para la infancia.
La investigación se dirigió a todo el colectivo de profesionales que desarrollaban el PCPI en la RM durante el curso académico 2019-2020, obteniendo respuesta de 224 profesionales, sobre una población total de 335, es decir, hubo un porcentaje de participación del 66.9 %. Para la selección de participantes se empleó un muestreo no probabilístico, intencional por accesibilidad o conveniencia.
Tal y como se puede observar en la Tabla 1, el perfil de profesionales con mayor presencia fue el de mujer (79.5 %), con una edad entre 26 y 35 años (58.5 %), principalmente con Diplomatura o Grado en Magisterio (31.7 %), una antigüedad de menos de un año en el PCPI (32.6 %) y rol de entidad prestadora, es decir, profesional que desarrolla la actividad concreta, que responde a un objetivo específico del plan de trabajo individual que se desarrolla con cada familia (72.8 %).
Tabla 1: Variables y distribución de la muestra |
|||
Variables |
Respuestas |
Valor |
% |
Sexo |
Mujer |
178 |
79.5 |
Hombre |
44 |
19.6 |
|
Otro |
0 |
.0 |
|
No contesta |
2 |
.9 |
|
Total |
224 |
100 |
|
Edad |
Hasta 25 años |
36 |
16.1 |
26 a 35 años |
131 |
58.5 |
|
36 a 45 años |
36 |
16.1 |
|
46 a 55 años |
14 |
6.3 |
|
56 o más años |
7 |
3.1 |
|
Total |
224 |
100 |
|
Nivel de estudios |
Ciclos formativos de Grado Superior |
11 |
4.9 |
Diplomatura o Grado en Trabajo Social |
43 |
19.2 |
|
Diplomatura o Grado en Educación Social |
44 |
19.6 |
|
Diplomatura o Grado en Magisterio |
71 |
31.7 |
|
Licenciatura o Grado en Pedagogía |
30 |
13.4 |
|
Licenciatura o Grado en Psicología |
21 |
9.4 |
|
Otros |
4 |
1.8 |
|
Total |
224 |
100 |
|
Antigüedad |
Menos de 1 año |
73 |
32.6 |
2 años |
39 |
17.4 |
|
De 3 a 5 años |
60 |
26.8 |
|
De 6 a 9 años |
31 |
13.8 |
|
De 10 a 13 años |
21 |
9.4 |
|
Total |
224 |
100 |
|
Rol |
Rol entidad prestadora (EP) |
163 |
72.8 |
Rol entidad referente (ER) |
61 |
27.2 |
|
Total |
224 |
100 |
|
Fuente: Elaboración propia |
Una vez detectada la necesidad y establecido el objetivo de investigación, se realizó una revisión bibliográfica de toda la documentación disponible para profesionales que desarrollan el PCPI, incorporando también la específica de la RM.
Para la elaboración del instrumento, se diseñó una primera versión, así como una escala de validación para analizar la validez mediante el juicio de personas expertas, analizando y recogiendo las propuestas de mejora que darían lugar a la versión definitiva del instrumento (Figura 1).
En la cumplimentación de la escala de validación participaron 10 personas expertas, pertenecientes tanto al ámbito de las entidades que desarrollan el PCPI como al ámbito universitario (Tabla 2).
Tabla 2: Jueces |
||||
Orden |
Titulación académica |
Profesión |
Lugar/es donde la ejerce |
Años de experiencia |
1 |
Diplomatura en Trabajo Social |
Responsable de intervención |
Fundación Secretariado Gitano |
8 |
2 |
Diplomatura en Trabajo Social |
Trabajo social |
Asociación Columbares |
3 |
3 |
Diplomatura en Educación Social |
Responsable de Red |
Fundación Cepaim |
7 |
4 |
Diplomatura en Trabajo Social |
Trabajo social |
Fundación Cepaim |
7 |
5 |
Diplomatura en Educación Social |
Responsable de Red |
Fundación Cepaim |
6 |
6 |
Doctorado en Pedagogía |
Profesorado universitario |
Universidad Pablo de Olavide |
23 |
7 |
Doctorado en Derecho |
Profesor Ayudante Doctor |
Universidad de Vigo |
6 |
8 |
Licenciatura en Ciencias Políticas |
Coordinación de programas de Igualdad |
Fundación Cepaim |
8 |
9 |
Diplomatura en Trabajo Social |
Responsable de programa |
Cáritas Diócesis Cartagena |
8 |
10 |
Doctorado en Pedagogía |
Profesorado universitario |
Universidad de Murcia |
20 |
Fuente: Elaboración propia |
Una vez analizadas sus aportaciones y propuestas de mejora, se creó la versión definitiva del instrumento, compuesto por 68 preguntas, de las que mostramos las referidas en este texto, divididas en tres bloques:
– Bloque I: Variables sociodemográficas.
Este bloque permite el análisis pormenorizado para que cada red territorial de entidades pueda analizar los resultados de su red y entidad concreta. También facilita el análisis de las titulaciones que tiene el equipo de profesionales antes de incorporarse al PCPI.
– Bloque II: Primera acogida a profesionales.
Apartado dedicado exclusivamente a documentación específica del programa PCPI.
– Bloque III: Formación continua/detección de necesidades formativas.
a. Lenguaje no sexista.
b. Educación para la Igualdad.
c. Discriminación por razón de sexo.
d. Riesgo para la infancia.
e. Violencia de género.
En este bloque de ítems, se ahonda tanto en la formación que se facilita al equipo profesional, desde la red y desde cada entidad, como en conceptos y conocimientos clave, que permiten realizar una detección de necesidades de formación sobre los temas referidos.
Al ser una investigación en la se recogen datos personales, se realizó una solicitud de aprobación ante la Comisión de Ética de Investigación de la Universidad de Murcia, tal y como queda reflejado en el Formulario de autoevaluación para el cumplimiento de los Protocolos de Ética en la Investigación. La solicitud incluyó el modelo de consentimiento informado, que se trasladó a cada participante para valorar su comprensión, aceptación y firma. El informe favorable recibido por parte de la Comisión permitió la realización de esta investigación. Igualmente, agradecer la participación de las 224 personas en ella, dado que su respuesta es vital para avanzar en la detección de necesidades formativas.
La versión definitiva del instrumento se volcó en la plataforma de la Universidad de Murcia (encuestas.um.es) como herramienta que permite diseñar, publicar y analizar encuestas, al personal de la Comunidad Universitaria.
El plazo de realización de la encuesta se acordó con las entidades que desarrollan el PCPI en la RM. Fueron informadas mediante un correo explicativo y en reuniones presenciales, contando con su compromiso para informar y motivar, a todo el equipo profesional que desarrollaba el PCPI, en la cumplimentación de la encuesta de manera voluntaria y anónima. Este plazo tuvo que ser ampliado, dado que impactó a nivel mundial la crisis provocada por la COVID-19 y, en el caso de España, se declaraba el confinamiento. En aquel momento, tuvieron que priorizar la estabilización de la intervención con familias e infancia, ampliando el plazo desde el tercer trimestre académico de 2020, hasta octubre de 2020.
Una vez finalizado el periodo de realización de la encuesta, los datos se volcaron en los programas informáticos Microsoft Excel e IBM SPSS Statistics 28, para la validación del instrumento y el análisis de datos.
Teniendo en cuenta que se trató de profesionales con titulación universitaria previa a su incorporación laboral al PCPI, se preguntó específicamente si, al incorporarse a la entidad, se les facilitó formación sobre situaciones de riesgo para la infancia. En el caso de la formación recibida desde la entidad a la que se vincula profesionalmente, en un 26.7 % de los casos sí se manifiesta haberla recibido. El porcentaje disminuye hasta el 22 %, cuando se pregunta por la misma formación, recibida desde la red de entidades. En ambos casos preocupa el porcentaje de profesionales que indicaron que no han recibido formación sobre los temas indicados (7,9 % desde la entidad, 26,3 % desde la red)-ver Tabla 3-.
Tabla 3: Formación recibida al incorporarse profesionalmente al PCPI |
||||
Ítem |
Respuestas |
Valor |
% |
|
11 |
Indica si la Entidad, además, te han facilitado formación sobre: |
|||
1 |
Lenguaje inclusivo |
81 |
13.9 |
|
2 |
Educación para la igualdad |
123 |
21.2 |
|
3 |
Discriminación por razón de sexo |
84 |
14.5 |
|
4 |
Situaciones de riesgo para la infancia |
155 |
26.7 |
|
5 |
Violencia de género |
92 |
15.8 |
|
6 |
No me han facilitado formación sobre los temas indicados |
46 |
7.9 |
|
|
|
Total |
581 |
100 |
18 |
Indica si la Red, además, te han facilitado formación sobre: |
|||
1 |
Lenguaje inclusivo |
36 |
8.7 |
|
2 |
Educación para la igualdad |
69 |
16.7 |
|
3 |
Discriminación por razón de sexo |
43 |
10.4 |
|
4 |
Situaciones de riesgo para la infancia |
91 |
22 |
|
5 |
Violencia de género |
66 |
15.9 |
|
6 |
No me han facilitado formación sobre los temas indicados |
109 |
26.3 |
|
|
|
Total |
414 |
100 |
Fuente: Elaboración propia |
Respecto a la entidad (véase Tabla 4), al preguntar por protocolos específicos de protección a la infancia, es preocupante que el resultado más significativo se encuentre en la opción “No sabe/no contesta” (48.2 %), seguido por la opción “Tu Entidad dispone de un protocolo específico de protección o similar y se te ha facilitado su localización a tu incorporación en el programa” (37.9 %).
Tabla 4: Protocolo de protección a la infancia |
||||
Ítem |
Respuestas |
Valor |
% |
|
47 |
En el caso de tu entidad: |
|||
1 |
Tu entidad dispone de un protocolo específico de protección a la infancia o similar y se te ha facilitado su localización a tu incorporación en el programa |
85 |
37.9 |
|
2 |
Tu entidad dispone de un protocolo específico de protección a la infancia o similar pero no se te ha facilitado su localización, sino que conoces de su existencia por búsqueda autónoma |
21 |
9.4 |
|
3 |
No dispone de un protocolo específico de protección a la infancia o similar |
10 |
4.5 |
|
4 |
No sabe/no contesta |
108 |
48.2 |
|
|
|
Total |
224 |
100 |
Fuente: Elaboración propia |
Es urgente responder a este desconocimiento, analizando con las entidades y redes esta situación y buscando estrategias para que todo el personal del PCPI conozca y domine el protocolo específico de protección a la infancia. Si las entidades no contaran con uno, tendríamos que buscar alternativas, siendo imperativo el conocimiento del protocolo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Siendo esencial el conocimiento de la definición de “maltrato infantil”, responden correctamente el 85.7 % de los casos (Tabla 5). Para dicha definición, atendimos a la Organización Mundial de la Salud (OMS, 2022), que lo define como:
Los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder. (párr. 2)
Atendiendo a la legislación específica vigente, en el momento de realización de la investigación, se preguntó por su conocimiento, tanto en el nivel estatal como autonómico. En el ámbito estatal, se encontraba vigente la Ley 26/2015, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, identificando correctamente esta ley el 58.1 % de profesionales (Tabla 6), existiendo sólo la respuesta errónea en la legislación autonómica. Se detecta un desconocimiento del alcance estatal o autonómico en la legislación, así como de la legislación asociada, es decir, del ordenamiento jurídico. Mientras que, en el autonómico, estaba vigente la Ley 3/1995, del 21 de marzo, de la Infancia de la Región de Murcia, que es reconocida por el 50.4 % de profesionales (Tabla 6). En ambos casos, preocupa el porcentaje de profesionales que no distinguen adecuadamente la legislación, lo que evidencia un desconocimiento de la competencia en la detección y notificación de sospecha de casos de maltrato infantil. Esta competencia, en materia de bienestar y servicios sociales, queda reflejada en el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, reformado por Ley Orgánica 4/1994, de 24 de marzo, establece en su art. 10, apartado uno, número 18. Por tanto, es indispensable su conocimiento para la correcta notificación de la sospecha de un caso de maltrato infantil, así como para velar por el interés superior del menor, puesto que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.
Tabla 5: Definición de maltrato infantil |
||||
Ítem |
Respuestas |
Valor |
% |
|
45 |
Considero que una situación de maltrato infantil supone: |
|||
1 |
Una acción, omisión o trato negligente, no accidental, que no prive al niño de sus derechos y su bienestar, que no amenacen y/o interfieran su ordenado desarrollo físico, psíquico y/o social, cuyos autores pueden ser personas, instituciones o la propia sociedad |
28 |
12.5 |
|
2 |
Los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder |
192 |
85.7 |
|
3 |
Una situación en la que la infancia se encuentra en riesgo al convivir en una unidad familiar en la que existe violencia de género, pero sólo cuando recibe esa violencia de manera directa |
0 |
0 |
|
4 |
No sabe/no contesta |
4 |
1.8 |
|
|
|
Total |
224 |
100 |
Fuente: Elaboración propia |
En el caso de la Región de Murcia, existe un protocolo específico y accesible donde se indican los pasos a seguir en caso de detectar una situación de riesgo para la infancia. Al preguntar “existe un protocolo concreto para seguir en caso de detectar una situación de riesgo para la infancia, cuyo uso es en un nivel autonómico”, tan sólo marca esta opción el 47.8 % de profesionales (Tabla 6). Este porcentaje es alarmante, dado que el citado protocolo reconoce a familia, cuerpos y fuerzas de seguridad, ONG´s y ciudadanía en general, como agentes clave en la detección de situaciones de riesgo para la infancia, estableciendo el cauce de notificación en cada caso.
En cuanto a la relación entre maltrato infantil y violencia de género, un 84.4 % de profesionales responde que “Existe relación entre los conceptos” (Tabla 6), tanto si la infancia recibe esa violencia de manera directa como si está presente en esos actos de violencia o no puede tomar distancia de ellos, lo que significa violencia indirecta, que a su vez es violencia psicológica y, por lo tanto, maltrato infantil”, siendo necesario que el 100 % de profesionales sea consciente de lo establecido en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, en cuya exposición de motivos se indica que:
Las situaciones de violencia sobre la mujer afectan también a los menores que se encuentran dentro de su entorno familiar, víctimas directas o indirectas de esta violencia. La Ley contempla también su protección no sólo para la tutela de los derechos de los menores, sino para garantizar de forma efectiva las medidas de protección adoptadas respecto de la mujer. (p.7)
Este dato también pone de manifiesto la necesidad de incorporar la perspectiva de género en la propia formación continua a profesionales, siguiendo así la Observación realizada por la CEDAW (2019).
Tabla 6: Legislación y protocolos asociados |
||||
Ítem |
Respuestas |
Valor |
% |
|
50 |
Indica la ley rige el sistema de protección a la infancia y menores a nivel estatal: |
|||
1 |
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género |
23 |
8.6 |
|
2 |
Ley 26/2015, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia |
155 |
58.1 |
|
3 |
Ley Orgánica 1/1982, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen |
11 |
4.1 |
|
4 |
Ley 3/1995, del 21 de marzo, de la Infancia de la Región de Murcia |
18 |
6.7 |
|
5 |
No sabe/no contesta |
60 |
22.5 |
|
|
|
Total |
267 |
100 |
51 |
Indica la ley por la que se rige el sistema de protección a la infancia y menores a nivel autonómico: |
|||
1 |
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil |
21 |
9.4 |
|
2 |
Ley 26/2015, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia |
32 |
14.3 |
|
3 |
Ley 3/1995, del 21 de marzo, de la Infancia de la Región de Murcia |
113 |
50.4 |
|
4 |
No sabe/no contesta |
58 |
25.9 |
|
|
|
Total |
224 |
100 |
53 |
En el caso de la Región de Murcia y maltrato infantil: |
|||
1 |
Existe un protocolo concreto para seguir en caso de detectar una situación de riesgo para la infancia, cuyo uso es a nivel autonómico |
107 |
47.8 |
|
2 |
No existe un protocolo al respecto, sino que la situación se tramita mediante el protocolo que tenga cada ayuntamiento en el municipio donde se produzca ese riesgo para la infancia |
107 |
47.8 |
|
3 |
Existe un protocolo concreto para seguir en caso de detectar una situación de riesgo para la infancia, pero podemos hacer uso del que haya proporcionado el ayuntamiento del municipio |
1 |
.4 |
|
4 |
No sabe/no contesta |
9 |
4 |
|
|
|
Total |
224 |
100 |
55 |
Respecto al maltrato infantil y la violencia de género, consideras que: |
|||
1 |
No hay ningún tipo de relación entre ambos conceptos, de hecho, la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género no contiene medidas de protección para la infancia |
3 |
1.3 |
|
2 |
Existe relación entre los conceptos, tanto si la infancia recibe esa violencia de manera directa como si está presente en esos actos de violencia o no puede tomar distancia de ellos, lo que significa violencia indirecta, que a su vez es violencia psicológica y, por lo tanto, maltrato infantil |
189 |
84.4 |
|
3 |
Sólo existe relación entre esos conceptos cuando la violencia que recibe la mujer también la recibe la infancia de manera directa |
0 |
0 |
|
4 |
No sabe/no contesta |
32 |
14.3 |
|
|
|
Total |
224 |
100 |
Fuente: Elaboración propia |
Respecto a las preferencias de formación, se preguntó por los aspectos concretos, relacionados con situaciones de riesgo para la infancia, sobre los que les gustaría recibir formación. En este caso, el 32 % de profesionales querrían que fuera sobre casos prácticos, seguido en un 26.4 % por quienes optan por normativa y protocolos y, en un 25 % de los casos, prefieren un modelo de formación mixta, teórica y práctica (Figura 2).
Tal y como se ha expresado anteriormente, la formación continua de profesionales ha de alcanzar al 100 % de este colectivo, para atender al interés superior del menor, a la legislación vigente, y al modelo metodológico del PCPI.
Se preguntó por la presencia de casos de riesgo para la infancia (véase Tabla 7), encontrando el resultado más representativo en “Se han presentado y/o has detectado casos, en los que la infancia ha estado en riesgo dentro, de la unidad familiar” (66.5 %). El porcentaje profesionales que responden positivamente a esta situación, relacionado con el desconocimiento del protocolo regional, reclama la formación de profesionales para identificar estas situaciones y poder responder satisfactoriamente a las mismas. Respecto a las tipologías de situaciones de riesgo en este colectivo, en los casos detectados, encontramos el siguiente orden: 1) Absentismo escolar (27,. %); 2) Maltrato a la infancia (14.7 %); 3) Adicciones dentro de la unidad familiar (13.1 %); 4) Abandono escolar (12.5 %); 5) Violencia de género (9.8 %); 6) No sabe/no contesta (9.6 %); 7) Violencia doméstica (8.2 %); 8) Abuso a menores (4.4 %).
Tabla 7: Detección de casos y tipología |
||||
Ítem |
Respuestas |
Valor |
% |
|
48 |
A lo largo de tu carrera profesional en el PCPI: |
|||
1 |
No se han presentado, ni has detectado casos en los que la infancia ha estado en riesgo, dentro de la unidad familiar |
45 |
20.1 |
|
2 |
Se han presentado y/o has detectado casos, en los que la infancia ha estado en riesgo dentro, de la unidad familiar |
149 |
66.5 |
|
3 |
No sabe/no contesta |
30 |
13.4 |
|
|
|
Total |
224 |
100 |
49 |
En caso de que se te hayan presentado, ¿cuál se ha presentado con más frecuencia? |
|||
1 |
Absentismo escolar |
153 |
27.8 |
|
2 |
Abandono escolar |
69 |
12.5 |
|
3 |
Adicciones dentro de la unidad familiar |
72 |
13.1 |
|
4 |
Violencia de género |
54 |
9.8 |
|
5 |
Violencia doméstica |
45 |
8.2 |
|
6 |
Abuso a menores |
24 |
4.4 |
|
7 |
Maltrato a la infancia (incluyendo tanto violencia física y psicológica como omisión de cuidados) |
81 |
14.7 |
|
8 |
No sabe/no contesta |
53 |
9.6 |
|
|
|
Total |
551 |
100 |
Fuente: Elaboración propia |
Resultados que reclaman un análisis profundo con las entidades y redes, pues no podemos olvidar la finalidad y objetivos del PCPI y con estos datos, es evidente que no se alcanzan. No es posible permanecer al margen de situaciones que inciden directamente en el desarrollo y calidad de vida de la infancia, a la que el PCPI pretende proteger.
Finalmente, se pregunta por las formaciones que organiza la entidad, en materia de riesgo para la infancia y sorprende que el resultado más representativo se encuentre en la opción “No sabe/no contesta” (38.8 %), seguida de la opción “No organiza formaciones, pero los equipos reciben información actualizada de manera informal cada poco tiempo por diferentes vías o canales (como correo electrónico, reuniones de equipo)” (24.6 %). Tan sólo en el 13.4 % se afirma que “Organiza formaciones periódicamente para que el personal de plantilla esté actualizado” (Tabla 8). Es necesario analizar con las entidades y con cada red respecto a la formación de estas temáticas, para buscar respuestas a esta situación y revertirla.
Tabla 8: Formación desde la entidad |
||||
Ítem |
Respuestas |
Valor |
% |
|
56 |
En cuanto a formaciones internas en materia de situaciones de riesgo para la infancia, la entidad: |
|||
1 |
Organiza formaciones periódicamente para que el personal de plantilla esté actualizado |
30 |
13.4 |
|
2 |
No organiza formaciones periódicamente, pero la entidad contempla esta categoría en el Plan Anual de Formación |
15 |
6.7 |
|
3 |
No organiza formaciones, pero los equipos reciben información actualizada de manera informal cada poco tiempo por diferentes vías o canales (como correo electrónico, reuniones de equipo) |
55 |
24.6 |
|
4 |
A lo largo del tiempo que perteneces al programa CaixaProinfancia, todavía no se ha realizado ninguna formación |
37 |
16.5 |
|
5 |
No sabe/no contesta |
87 |
38.8 |
|
|
|
Total |
224 |
100 |
Fuente: Elaboración propia |
La mayor parte de profesionales que realizaron la encuesta tenían una antigüedad inferior a un año de vinculación al PCPI, no obstante, el 100 % ya se encontraba interviniendo profesionalmente con infancia, por lo que es urgente y necesario articular un plan de formación continua que garantice sus conocimientos para detectar las situaciones de riesgo para NNA y conocer el protocolo regional de notificación.
Reflexionando sobre las titulaciones que poseen estas figuras profesionales (Ciclos Formativos de Grado Superior, Diplomatura o Grado en Trabajo Social, Diplomatura o Grado en Educación Social, Diplomatura o Grado en Magisterio, Licenciatura o Grado en Pedagogía, Licenciatura o Grado en Piscología), es llamativo que no posean los conocimientos para detectar estas situaciones, ni conozcan el procedimiento o protocolo a llevar a cabo como profesional, dado que existe un protocolo público a nivel regional. Esta cuestión no sólo apremia a tomar medidas urgentes para las entidades y desde la responsabilidad individual, sino que también llama a la comunidad universitaria para que revisen los planes de estudio de estas titulaciones, como se viene señalando en diferentes investigaciones (Bas Peña et al., 2021; Ortega y Pagès, 2018; Sánchez Morales, 2020; Resa Ocio, 2021).
A la luz de estos datos, ni desde la entidad, ni desde la red de entidades, se llegó al 100 % de profesionales con formación específica sobre situaciones de riesgo para la infancia. Dicha formación se considera absolutamente esencial, dado que es un programa de intervención socioeducativa en el que participan familias y menores en situación de vulnerabilidad, por lo que el colectivo de profesionales tiene una responsabilidad en el conocimiento de los indicadores de riesgo y sistemas de notificación de sospecha de maltrato. Por tanto, se evidencia la necesidad de articular un plan de formación continua y reciclaje profesional, que alcance al 100 % de profesionales que desarrollan el PCPI en la RM y que contemple específicamente un capítulo sobre situaciones de riesgo para la infancia, factores de riesgo y de protección, así como la normativa asociada.
Se propone, a cada entidad, que examinen los procedimientos de selección de personal, para verificar si las personas que optan a ofertas de empleo, destinadas a trabajar con infancia, poseen formación específica, dado que puede ser un elemento a tener en cuenta en la baremación de su candidatura, para poder llevar a cabo los planteamientos y requerimientos del PCPI (Longás et al, 2021).
Es necesario trabajar con las redes y entidades para diseñar una estrategia de comunicación, que difunda la oferta formativa accesible para el colectivo profesional y acompañarlas en impulsar planes formativos que contemplen lo señalado sobre situaciones de riesgo para la infancia (Austin et al., 2020; Golinkoff, et al, 2019; Justice et al, 2019), incluida las consecuencias de la violencia de género (García et al., 2023; Gil-Flores et al., 2011).
El PCPI se articula como una red de acción socioeducativa, por lo que la colaboración interinstitucional público-privada, estudiada como respuesta al desafío de la inclusión socioeducativa (Civís y Longás, 2015; Tomás et al, 2023) y, concretamente, en el PCPI, el trabajo en red “es valorado por los profesionales y expertos como una aportación novedosa del programa y de alto impacto, con gran potencialidad de futuro a tenor de los procesos que ya ha movilizado” (Longás et al, 2016, p.94). Teniendo en cuenta ambas cuestiones, se considera que esta colaboración puede ser una fortaleza para dar respuesta a la formación continua de profesionales de estas redes. La cual habrá de incluir factores de riesgo y de protección para la infancia en situación de vulnerabilidad (Masten y Coatsworth, 1998), dado que las ONGs son un actor clave en la protección a la infancia (Bronfenbrenner, 1979; UNICEF. 2020).
En el caso de la RM, el PCPI interviene en coordinación con los servicios sociales de cada localidad, donde las entidades mantienen una estrecha relación con los equipos profesionales de las Unidades de Trabajo Social. En este sentido, el equipo investigador se plantea ¿cómo es posible desarrollar correctamente dicha coordinación, sin conocimiento de la competencia y protocolos en materia de protección? Dado que no se ha analizado esta situación, no podemos afirmar la respuesta correcta. No obstante, sin duda es una cuestión para abordar con las entidades, a fin de desarrollar su intervención con los mayores estándares de calidad y atendiendo al interés supremo del menor.
La igualdad de derechos, reflejada en las directrices de organismos internacionales y legislación citada anteriormente, llama a las instituciones, a la ciudadanía y al colectivo de profesionales a conocer la legislación vigente y contribuir a la protección de la infancia. La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI), entra en vigor después de la recogida de datos de esta investigación; por este motivo, no se preguntó sobre ella. No obstante, en el diseño de formación se contemplan actuaciones específicas sobre la misma y el protocolo de actuación regional. A pesar de contar con legislación estatal y autonómica previa, esta Ley supone un gran impulso y un cambio de paradigma para erradicar la violencia contra la infancia. Por ejemplo, en su Artículo 5, otorga una importancia capital a la formación en materia de derechos de la infancia y la adolescencia; en el art. 15 especifica el deber de comunicación general, aclarando, en el art. 16, lo relativo al deber de comunicación cualificado, es decir, aquellas personas que, por razón de su cargo profesión, oficio o actividad, tengan encomendada la asistencia, el cuidado, la enseñanza o la protección de niños, niñas y adolescentes. En este sentido, todas las entidades tendrán que dar cumplimiento a esta legislación, teniendo todas ellas una política y protocolo de protección a la infancia, de obligado conocimiento y cumplimiento por parte de toda la plantilla. En el caso de las entidades que ya lo tenían en el momento de la investigación, queda de relieve que no han conseguido que toda su plantilla lo conozca, por lo que es igualmente necesario articular estrategias de formación e información para todo el equipo.
Las dudas o falta de conocimiento de conceptos específicos tales como “maltrato infantil”, no sólo ponen de manifiesto las necesidades formativas, sino que aumentan el riesgo de desprotección, dado que hay un porcentaje de profesionales que no podrán actuar desde un rol protector, capaz de detectar y comunicar situaciones de desprotección.
Esta investigación ha tenido un carácter innovador, en el marco del PCPI en la RM, porque es la primera vez que se analiza cómo se realiza la incorporación de profesionales, así como su participación en la detección de necesidades formativas relacionadas con la infancia y la perspectiva de género. Si bien, somos conscientes de sus limitaciones, por la movilidad de profesionales, lo que nos lleva a plantear la necesidad de evaluación continua de la formación y de su impacto en su ejercicio profesional.
A raíz de los resultados obtenidos y compartidos con todas las entidades, se acordaron las temáticas de formación (Lenguaje no sexista, Educación para la Igualdad, Protección a la infancia), que ya se han comenzado a desarrollar, así como el cronograma a seguir, realizándose en horario laboral, certificadas y con acceso online para el total de los profesionales que desarrollan el PCPI en la RM.
El trabajo de futuro consistirá en acompañar a las entidades en la estructuración de un plan de formación continua, evaluado de manera periódica, que atienda a la realidad cambiante de la sociedad en la que trabajan y que tenga un impacto real en el impulso de la protección a la infancia.
Finalmente, es necesario mencionar dos limitaciones importantes para este estudio. En primer lugar, el condicionamiento resultante de la época en la que se realizó, durante la pandemia provocada por la COVID-19 y, en segundo lugar, la dificultad de plantear un plan de formación conjunta a entidades con planes formativos individuales.
Contribuciones (taxonomía CRediT)
Contribuciones |
Autores |
Concepción y diseño del trabajo |
Autora 1, Autora 2 |
Búsqueda documental |
Autora 1, Autora 2 |
Recogida de datos |
Autora 1, Autora 2 |
Análisis e interpretación crítica de datos |
Autora 1, Autora 2 |
Revisión y aprobación de versiones |
Autora 1, Autora 2 |
Financiación
La investigación de la que deriva este artículo no contó con fuentes de financiamiento.
Declaración de conflicto de intereses
Las autoras y el autor declaran que no existe ningún conflicto de intereses.
Referencias bibliográficas
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CÓMO CITAR EL ARTÍCULO
González-Caparrós, A. y Bas-Peña, E. (2024). Formación continua sobre infancia en situación vulnerable: necesidades y preferencias en profesionales. Pedagogía Social. Revista Interuniversitaria, 45, 281-297. DOI:10.7179/PSRI_2024.45.14 |
DIRECCIÓN DE LAS AUTORAS
Alicia González Caparrós. alicia.g.c@um.es Encarnación Bas Peña. ebas@um.es |
PERFIL ACADÉMICO
ALICIA GONZÁLEZ CAPARRÓS https://orcid.org/my-orcid?orcid = 0009-0000-5307-4845 Diplomada en Trabajo Social. Especialista Universitaria en Mediación Intercultural y Máster Universitario en Género e Igualdad. Actualmente doctoranda en la Universidad de Murcia. Trabajo, desde el año 2013, en Fundación Cepaim. Actualmente como coordinadora del Área de intervención socioeducativa con infancia, juventud y familias. Algunas publicaciones, conjuntas con Encarna Bas Peña, han sido “Organización de redes de acción socioeducativa en la ciudad de Murcia”, “La coordinación como eje para la gobernanza y el liderazgo socioeducativo”, o “Planes de trabajo familiares del Programa CaixaProinfancia en la Región de Murcia: Análisis de la incorporación de la perspectiva de género en la intervención familiar”. ENCARNACIÓN BAS PEÑA https://orcid.org/0000-0003-2433-3152 Profesora Titular, Facultad de Educación, Universidad de Murcia. Directora de la revista iQual. Revista de Género e Igualdad, (https://revistas.um.es/iqual). Premio de transferencia del conocimiento 2016, de la UMU. Colabora, en materia de igualdad entre mujeres y hombres, con el Ministerio de Ciencia e Innovación: Agencia Estatal de Investigación (AEI), Subdivisión de Coordinación y Evaluación, con la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña, con Fundación “la Caixa” y diferentes entidades del Tercer Sector. Investiga sobre educación y situación de las mujeres. |