El reconocimiento jurídico de las mujeres invisibles para proteger sus derechos
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/IgdES.14.04Palabras clave:
Mujeres invisibles; discriminación; derechosResumen
Algunas mujeres presentan ciertas condiciones o circunstancias personales que suponen para ellas un plus de vulnerabilidad. Entre otras, mujeres con discapacidad, migrantes, mujeres de cierta edad, en contextos rurales, etc., que las convierten en mujeres invisibles. Son mujeres reales, existen, pero su visibilidad depende de que se reconozca su condición para no ser discriminadas. El objetivo de este trabajo es dar cuenta de que el reconocimiento de las dificultades que entrañan estas condiciones personales es imprescindible para proteger sus derechos. Para ello, he tomado como referencia los que a mi juicio son los protagonistas en la defensa de los derechos de las mujeres en el plano internacional: el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. He realizado un análisis de su actuación con respecto a las mujeres afectadas por estas diversas condiciones, y también en relación con distintos derechos directamente afectados a través de casos reales. El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer ha sido pionero en reconocerlas y sus decisiones han marcado precedente, pero arrojo una crítica hacia el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al que aún queda mucho por hacer.
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Derechos de autor 2026 María Martín Sánchez

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