CONCEPCIÓN ARENAL, LIDIA POËT Y VICTORIA KENT: TRES PIONERAS EN LA ABOGACÍA Y EN LA REFORMA DE LAS PRISIONES
Concepción Arenal, Lidia Poët and Victoria Kent: Three pioneers in law and prison reform
RESUMEN
Este artículo analiza la obra de tres pioneras en la abogacía y en la reforma de las prisiones: Concepción Arenal, Lidia Poët y Victoria Kent. Cada una de ellas representa el acceso a esferas que, hasta no hace tanto tiempo, estuvieron vedadas para las mujeres: la Universidad y la academia (Concepción Arenal), la abogacía (Lidia Poët) y la política (Victoria Kent). Los grandes avances suelen lograrse mediante un trabajo en cadena, y estas tres mujeres son un claro ejemplo de ello. Con sus logros, sentaron las bases para las conquistas posteriores. Aunque hoy en día las mujeres hemos logrado un progreso considerable en estos ámbitos, las estadísticas siguen demostrando que el techo de cristal continúa vigente.
Palabras clave: Concepción Arenal; Lidia Poët; Victoria Kent; abogadas; prisiones; reforma; techo de cristal.
ABSTRACT
This article analyses the work of three pioneers in law and prison reform: Concepción Arenal, Lidia Poët, and Victoria Kent. Each of them represents access to spheres that, until not long ago, were closed to women: the University and Academia (Concepción Arenal), law (Lidia Poët), and politics (Victoria Kent). Major advancements are often achieved through collective effort, and these three women are a clear example of this. With their achievements, they laid the groundwork for subsequent victories. Although women have made significant progress in these areas today, statistics still show that the glass ceiling persists.
Keywords: Concepción Arenal; Lidia Poët; Victoria Kent; female lawyers; prisons; reform; glass ceiling.
El ruido de las carcajadas pasa.
La fuerza de los razonamientos queda.
Concepción Arenal (1869). La mujer del porvenir.
I. INTRODUCCIÓN[Subir]
Durante mucho tiempo, la historia se ha escrito sin mujeres. Sin embargo, muchos de los derechos y oportunidades que las mujeres disfrutamos hoy en día no existirían sin la valiente lucha de unas pocas pioneras que, contra viento y marea, abrieron el camino para nosotras. Este artículo se centra en la biografía de tres de ellas: Concepción Arenal, Lidia Poët y Victoria Kent.
La elección de estas tres juristas responde a diversas razones. En primer lugar, cada una de ellas simboliza el acceso a esferas que, hasta hace relativamente poco tiempo, estuvieron vedadas para las mujeres: la Universidad y la academia (Concepción Arenal), la abogacía (Lidia Poët) y la política (Victoria Kent). A menudo, los avances se alcanzan gracias a un trabajo en cadena, y estas tres mujeres son un claro ejemplo de ello.
Desde una perspectiva cronológica, sus vidas abarcan gran parte de los siglos xix y xx, lo que permite analizar algunos de los avances más significativos logrados por las mujeres en este periodo histórico tan intenso. Con sus logros, fueron sentando las bases para las siguientes conquistas. A lo largo de las últimas décadas, el papel de la mujer en estos sectores ha experimentado transformaciones significativas. Sin embargo, a pesar de los avances en la participación femenina, los datos siguen revelando una desconcertante desigualdad de género en los puestos de responsabilidad.
Finalmente, Arenal, Poët y Kent comparten un rasgo fundamental: su lucha por la protección de los más vulnerables y su especial preocupación por el sistema penitenciario. Un segundo objetivo de este artículo pasa por examinar cómo estas tres precursoras trabajaron para mejorar las condiciones de las prisiones y defender los derechos de la población penitenciaria en Europa.
II. CONCEPCIÓN ARENAL[Subir]
La vida de Concepción Arenal fue muy diferente a la de la mayoría de las mujeres de su época. Concepción Arenal Ponte nació el 31 de enero de 1820 en Ferrol. Su padre, Ángel del Arenal, fue perseguido por sus ideas afines a la Constitución de 1812 y falleció cuando ella tenía tan solo nueve años. La pensadora gallega ya desde joven fue una autodidacta incansable y quiso estudiar cuando todavía se prohibía la entrada de las mujeres a la Universidad. Se dice que tuvo que disfrazarse de hombre para poder asistir como oyente a las clases que se impartían en la Facultad de Derecho de la Universidad Central de Madrid (Pérez Montero, 2002: 14).
Concepción Arenal fue una auténtica filósofa. Su pensamiento es increíblemente profundo y actual, pues parte de la idea de dignidad humana, sin tener en cuenta edades, razas, sexos o condición social. Arenal piensa que la ley es la conciencia de la humanidad, y defiende el derecho de todo ser humano a vivir y a desarrollar sus capacidades en la sociedad. Lo cierto es que resulta muy difícil clasificar su pensamiento, seguramente debido a la originalidad de su trabajo. En el ámbito penitenciario, algunos la consideran la madre del correccionalismo español (Ramos Vázquez, 2013: 305).
El correccionalismo tiene origen en el krausimo, ya que el discípulo de Krause, Karl Roëder, desarrolló esta corriente en el campo penal y fue el fundador de la Besserungtheorie (teoría del mejoramiento o de la enmienda), que proponía como único fin de la pena la corrección moral del delincuente. El pensamiento krausista fue introducido en España, entre otros por Francisco Giner de los Ríos o Gumersindo de Azcarate, ambos muy amigos de Concepción Arenal y desarrollada más tarde por penalistas españoles, como Silvera (1839-1903), Aramburu (1848-1913) y Dorado (1862-1919). Sin embargo, puede decirse que la ilustre gallega creó una nueva corriente científica, absolutamente propia u original, pues a diferencia de Roëder no pensaba que el único fin de la pena fuera la corrección del delincuente[1].
Este enfoque diferente seguramente se debía a la propia experiencia de Arenal como visitadora de presos y como inspectora en las casas de corrección de mujeres a partir 1863. A través de su propia experiencia, Arenal había observado que el delito tenía que abarcarse como una cuestión social, pues consideraba que existía una clara relación entre la delincuencia y el entorno familiar, la posición social e incluso la falta de instrucción del delincuente[2]. Lamentablemente, también había comprobado que había diversas categorías de penados, alguno de ellos, incorregibles, por lo que era una firme partidaria de la pena individualizada para cada delincuente (Caballé, 2018: 224).
Rafael Salillas, eminente criminalista de la época, analizó la obra de la filósofa y destacó tres ámbitos en los que el pensamiento de la gallega impulsó la reforma del sistema penitenciario: el traslado de los presos, la reducción de la prisión preventiva y la formación del personal penitenciario (Salillas, 1894: 53). Arenal en su artículo «Los hijos del camino» ya había denunciado en 1870 el traslado a pie de los presos desde Barcelona a Madrid. En este escrito destaca su humanidad y su visión práctica, pues señala que el viaje en tren no solo hubiera sido más corto y barato (en vez de tardar entre cinco o seis meses se hubiera tardado dos o tres días), sino también más seguro, evitando múltiples fugas. Finalmente, los traslados en ferrocarril se instauraron a partir de 1881[3].
Seguramente, el pensamiento de Arenal alcanzó su punto álgido en sus Estudios penitenciarios (1877). En esta obra la pensadora expuso otra de sus grandes reivindicaciones: la reducción de la prisión preventiva. Concepción Arenal ya se preocupó hace ciento cincuenta años por este problema que, por desgracia, todavía no se ha resuelto en muchos países europeos. El abuso de la prisión preventiva es un lastre que a su vez está conectado con otras problemáticas, como la vulneración de la presunción de inocencia, el hacinamiento carcelario o las malas condiciones de reclusión (Turturro Pérez de los Cobos, 2021: 68).
En sus Estudios penitenciarios también analizó muchas otras cuestiones entre las que destaca la mejora del personal penitenciario. Arenal, que había detectado la carencia tanto en número como en formación del personal de prisiones, se mostró partidaria de exigir rigurosas pruebas de aptitud y moralidad y todavía en vida pudo apreciar los primeros cambios en esa dirección. Finalmente, en 1881 se creó el cuerpo de funcionarios al que se accedía mediante pruebas selectivas. En 1887 la Dirección General de Establecimientos Penales se traspasó del Ministerio de Gobernación al Ministerio de Gracia y Justicia y unos años más tarde, ya en 1903, se creó la Escuela de Criminología, dirigida por el propio Salillas y con la que se logró una mejor formación de los funcionarios (Mata y Martín, 2020: 50).
Es realmente asombroso comprobar lo actual que aún resulta la obra de la reformadora. Arenal aboga de forma clara y sin fisuras por respetar todos los derechos del preso compatibles con la falta de libertad. Muchas de las cuestiones que trata como la alimentación y el vestido de los reclusos, su trabajo e instrucción, las salidas y la disciplina, la clasificación de los delincuentes o la necesidad de abrir la prisión a la sociedad han sido recogido en las Reglas Penitenciarias Europeas[4].
Arenal envió muchos de sus trabajos a los primeros congresos penitenciarios internacionales que se celebraron en Europa y gozó de un alto reconocimiento en vida (mucho más en el extranjero que en España). España no participó en el Primer Congreso Internacional Penitenciario que tuvo lugar en Londres (1872). Sin embargo, en ese Congreso sí participó Mary Carpenter, una conocida filántropa inglesa referente en la reforma de las prisiones. Salillas encontró varios paralelismos entre las dos autoras que dedicaron su vida a la reforma social y a los más vulnerables (Salillas, 1906: 167).
El organizador de ese primer congreso fue el reformador Enoch Wines, que unos años más tarde empezó a conocer la obra de Arenal, por lo que la invitó oficialmente al Segundo Congreso Internacional Penitenciario, que tuvo lugar en Estocolmo (1878) y quedó impresionado por las respuestas que envió la española al cuestionario común dirigido a todos los congresistas. A partir de ese momento el norteamericano haría todo lo posible para que Arenal acudiera en persona al Congreso, pero ella nunca salió de España (Caballé, 2018: 293).
De cualquier manera, la gallega no pasó desapercibida y todos sus trabajos fueron tenidos muy en cuenta en ese Congreso y otros posteriores, como el que tuvo lugar en Roma en 1885. Arenal recibió la admiración de los criminólogos más importantes del momento: los italianos Lombroso y Ferri[5], y como ya se ha mencionado, también del alemán Roëder o el norteamericano Wines. Estos dos últimos autores la pusieron a la misma altura que los grandes pensadores europeos y la llegaron a comparar con Jeremy Bentham[6].
III. LIDIA POËT[Subir]
Lidia Poët nació en 1855 en Traverse, una pequeña localidad de unos doscientos habitantes situada a setenta kilómetros de Turín. Este pueblo está localizado en el valle Germanasca, uno de los valles occitanos del noroeste de Italia. Esta zona de Italia es muy singular: localizada en el corazón de los Alpes, la mayoría de sus habitantes hablan en occitano y son miembros de la Iglesia evangélica valdense, cuyos orígenes se remontan a la Edad Media.
Este contexto resulta fundamental para comprender su educación y desarrollo. Mientras que gran parte de la población italiana era analfabeta en 1860, especialmente en la zona meridional donde la tasa de analfabetismo se situaba en el 80 %, los valles valdenses se encontraban a la vanguardia cultural. Esto se debía en gran medida a la Iglesia valdense, que, con respaldo moral y económico de donantes ingleses y holandeses, se dedicaba a la instrucción de sus fieles. Para la Iglesia, era prioritario que todos sus miembros pudieran leer el Evangelio (Bounous, 2022: 11).
Poët nació en el seno de una familia valdense de alta alcurnia. De hecho, en la zona se les conocía como los «señores del Valle». Su padre, Giovanni Pietro, fue el alcalde de Traverse durante veintinueve años, y su madre, Marianna Richard di Prali, también provenía de una familia acaudalada. Cristina Ricci, que ha tratado de reconstruir el árbol genealógico de Lidia, considera muy plausible que exista más de un vínculo entre el linaje de los Poët y la casa de Saboya (Ricci, 2022: 16).
Lo normal para la época hubiera sido que Lidia se hubiera preparado para ser una buena esposa (al igual que sus hermanas). Sin embargo, años más tarde, la propia Lidia reconoció en una entrevista que ella había nacido para estudiar. A los trece años quiso estudiar latín, pero su familia, tras la sorpresa inicial, consiguió reconducir sus aspiraciones hacia algo menos extravagante: el diploma de maestra. La joven estudió durante algunos años en Suiza, donde también aprendió alemán e inglés (el francés ya lo dominaba), pero a la vuelta insistió de nuevo en que quería estudiar latín… Y esta vez no hubo vuelta atrás. A diferencia de Arenal, que había nacido en España treinta y cinco años antes que ella, Poët sí tuvo la oportunidad de estudiar oficialmente una carrera universitaria.
En una entrevista, la joven afirmó que en su momento se planteó estudiar Humanidades o Medicina porque otras mujeres ya lo habían logrado antes que ella. Sin embargo, su propia familia (que a esas alturas ya se había resignado a que estudiara en la Universidad) le recomendó estudiar Derecho, ya que su hermano Giovanni Enrico había abierto un despacho de abogados y necesitaba ayuda. Poët dijo tener buenos recuerdos de su etapa universitaria. Contó que, a pesar de la sorpresa inicial, sus compañeros y profesores la trataron con respeto y acabaron acostumbrándose a verla participar siempre desde la primera fila (Bounous, 2022: 29).
Por lo visto, la joven sí que vivió ciertos momentos de tensión cuando le pidió a su profesor de Medicina Legal no asistir a ciertas clases en las que se habría podido sentir fuera de lugar. Sin embargo, su profesor en vez de exonerarla la retó: le dijo que no haría excepciones porque si se empieza algo hay que ir hasta el final. Ese profesor tan duro no era otro que el célebre padre de la Criminología, Cesare Lombroso, que como ya se ha mencionado, se había declarado admirador del trabajo de Concepción Arenal. Lo cierto es que la italiana, lejos de rendirse, recogió el guante y, finalmente en 1881, consiguió graduarse con excelentes calificaciones. Muchos periódicos de la época recogen la noticia: la señorita Poët fue la primera mujer italiana en obtener el título de Derecho (Bounous, 2022: 29).
Por desgracia, la alegría de la graduación duró poco, pues Poët se vio abocada a emprender una auténtica lucha judicial para poder colegiarse. Aunque quizás se aleja un poco del tema central de este trabajo, considero que es interesante profundizar en esta batalla para entender mejor el contexto histórico del momento. Poët decidió solicitar su inscripción en el Colegio de Abogados de Turín tras realizar dos años de prácticas y superar brillantemente el examen necesario para ser abogada. Su solicitud fue admitida el 11 de agosto de 1883. Sin embargo, la decisión no fue unánime y despertó una acalorada discusión entre los miembros del órgano encargado de evaluar la solicitud. Poco después, la Fiscalía impugnó el decreto de admisión (Iannuzzi y Tammaro, 2022: 150)[7].
En el escrito la Fiscalía comenzaba directamente afirmando que las mujeres no disponían de las capacidades necesarias para ser abogadas, pues ni su inteligencia ni su empeño bastaban para alcanzar dicho objetivo que, en cualquier caso, se alejaba demasiado de la supuesta misión «natural» de toda mujer: ser esposa y madre. Desde un punto de vista jurídico, la Fiscalía planteó tres razones para negar la inscripción de Lidia Poët en el Colegio de Abogados. En primer lugar, argumentó que la ley no reconocía explícitamente el derecho de las mujeres a ejercer la abogacía. En segundo lugar, señaló que las mujeres casadas carecían de capacidad legal completa, ya que en muchos aspectos necesitaban el consentimiento de sus esposos, lo que podría representar una desventaja para sus clientes. Finalmente, expresó una preocupación adicional: reconocer la posibilidad de que hubiera abogadas implicaría inevitablemente la posibilidad de que en un futuro hubiera juezas, lo que cuestionaba aún más los roles de género de la época (Ricci, 2022: 38).
Poët en su contestación rebatió cada uno de los argumentos. En primer lugar, planteó la siguiente reflexión: si los requisitos exigidos con carácter general en la ley eran suficientes para que los hombres pudieran colegiarse, no existía ninguna razón para que esos mismos requisitos no fueran válidos para las mujeres. En cuanto a los razonamientos más estrictamente jurídicos señaló, en primer lugar, que el hecho de que no se mencionara a las mujeres en la ley que regulaba el acceso a la profesión de abogado no debía entenderse como una prohibición que, en todo, debería ser explícita. También afirmó que nada impedía a las solteras y viudas ejercer la abogacía, pues esa restricción solo afectaría a las mujeres casadas. Por último, Poët hizo hincapié en las diferencias sustanciales entre la abogacía y la judicatura: la forma de acceder a ambas profesiones era distinta y la judicatura, a diferencia de la abogacía, se trataba de un cargo público, no de una profesión liberal (ibid.: 38).
Estos argumentos no solo reflejan la firmeza y la astucia legal de la jurista, sino también su determinación para superar los obstáculos históricos que enfrentaban las mujeres en el ámbito profesional y jurídico. Sin embargo, a pesar de los sólidos argumentos presentados por Lidia Poët, el fiscal general del Estado continuó sosteniendo que las mujeres no estaban adecuadamente preparadas para ejercer la abogacía. Su respuesta incluyó referencias históricas y citas de grandes pensadores de la Antigua Roma.
Finalmente, el Tribunal de Apelación respaldó las conclusiones de la Fiscalía, emitiendo una sentencia que, de nuevo, reflejaba los prejuicios arraigados de la época. Por ejemplo, se afirmaba que el ejercicio de la abogacía era incompatible con la modestia y el pudor propios del «sexo débil». Más adelante, en el escrito se planteaban varios interrogantes: ¿las mujeres serían lo suficientemente constantes para realizar su trabajo todos los días del mes, incluso durante la menstruación? ¿Asistirían a las vistas con atuendos bizarros siguiendo las modas del momento? ¿Qué pasaría si un juez se sintiera atraído por una abogada especialmente agraciada?[8]
Como puede observarse, la mayoría de los argumentos no eran de índole jurídica. Los magistrados también reflexionaron sobre la participación de las mujeres en la sociedad en general, señalando que, sin derechos políticos reconocidos, era cuestionable su capacidad para ejercer roles públicos como el de abogada. Este rechazo refleja las actitudes discriminatorias de la época hacia las mujeres en profesiones consideradas tradicionalmente masculinas.
Quizás aquí se encuentra el quid de la cuestión. En el siglo xix la abogacía era una profesión elitista. Es curioso como en esos años se permitía a las mujeres estudiar para ser maestras o incluso médicas, pero no para ser abogadas. Es posible que la abogacía se considerara una profesión demasiado ligada a la esfera pública y al poder. Tal vez, el hecho de admitir que las mujeres fueran abogadas era percibido como algo peligroso: si se permitía a las mujeres vestir la toga era cuestión de tiempo que reclamasen sus derechos políticos o incluso que dieran el salto a la vida pública (lo que, además, hubiera podido suponer una competencia para los hombres) (ibid.: 47).
A pesar de todo, Poët no se rindió y presentó un recurso frente al Tribunal de Casación de Turín. A esas alturas el conflicto estaba en boca de todos: saltó a muchos medios de comunicación e incluso se discutió en el Parlamento. Lidia no estaba sola, contó con muchos aliados en su lucha. Sin embargo, el Tribunal de casación le denegó definitivamente la colegiación el 18 de abril de 1884. En la sentencia se dice que no es la función del juez sino del legislador reconocer nuevos derechos a las mujeres, y fue precisamente gracias a una ley (la ley Sacchi) que se consiguió el ansiado cambio ya en 1919. Lidia Poët fue la primera abogada italiana, pero su victoria fue amarga. Pudo vestir la toga cuando ya no tenía sentido hacerlo: a los sesenta y cinco años, después de haber pasado décadas ejerciendo su profesión en la sombra[9].
Por suerte, Poët era una mujer fuerte y las múltiples negativas que recibió a lo largo del tiempo no le impidieron tener una vida de lo más intensa. Además de trabajar en el despacho de abogados de su hermano, luchó activamente por los derechos de las mujeres, trabajó en la Cruz Roja y ayudó a los prófugos de guerra. Lidia Poët, al igual que Concepción Arenal, se interesó por los más desfavorecidos y su trabajo destacó por la defensa de los derechos de la población reclusa (ibid.: 75). Este interés la llevo a tener puestos relevantes (relatora, secretaria, vicepresidenta, etc.) en los primeros congresos internacionales penitenciarios. El derecho penitenciario como lo entendemos hoy en día, como ciencia independiente y separada del derecho penal, se forjó precisamente en esos congresos.
Es emocionante descubrir cómo los caminos emprendidos por Concepción Arenal y Lidia Poët se cruzaron en uno de esos eventos. El 24 de noviembre de 1885 Lidia fue informada de que tendría que sustituir a la ya reputada Concepción Arenal en el Tercer Congreso Internacional Penitenciario de Roma, el primero en el que participó. Pocos días después en los periódicos se elogió a la joven relatora, que, a pesar de su timidez y del poco tiempo que disponía para prepararse, logró presentar una brillante ponencia sobre el trabajo de los presos (ibid.: 78). Poët, a diferencia de Arenal, aprovechó con entusiasmo cada una de las oportunidades que le brindaron los congresos para conocer mundo. Quizás se sintiera más libre que la pensadora para hacerlo, pues era de una generación posterior.
En el Cuarto Congreso Internacional Penitenciario de San Petersburgo (1890), Poët propuso varias ideas para sensibilizar a la opinión pública sobre la prevención de la delincuencia y el trato a los presos. Consideraba que era muy importante concienciar a la sociedad sobre el trato que recibían los presos y explicar a los ciudadanos que el derecho penitenciario tenía como último fin la seguridad de la sociedad en su conjunto. Poët también participó en el Quinto Congreso Internacional Penitenciario de París (1895) y en el Sexto de Bruselas (1900). En este último, presentó una ponencia sobre la reeducación de los jóvenes delincuentes. La italiana fue una firme partidaria de construir más centros de reeducación y menos cárceles y, al igual que Concepción Arenal, se preocupó por la formación que recibía el personal de prisiones (ibid.: 80).
Poët continuó su trabajo en el Séptimo Congreso Internacional Penitenciario de Budapest (1905) con una ponencia sobre la extradición de los delincuentes. En el Congreso de Londres en 1925, ya después de la Primera Guerra Mundial, abogó por la clasificación de presos según edad y gravedad del delito para facilitar la reintegración y evitar la influencia negativa de reclusos reincidentes en aquellos que podían reinsertarse. En su ponencia coincidió una vez más con las ideas de la pensadora gallega que, a pesar de haber fallecido ya años atrás, seguía manteniendo su influencia en los congresos[10].
IV. VICTORIA KENT[Subir]
Victoria Kent Siano nació en Málaga el 6 de noviembre de 1882 (aunque la fecha de su nacimiento ha sido algo controvertida). Ella misma alteró su apellido «Ken» por el más británico de «Kent» (Mata y Martín, 2020: 28). Tras iniciar sus estudios en Málaga, se trasladó a Madrid y allí se instaló en la Residencia de Señoritas, vinculada a la Institución Libre de Enseñanza dirigida por María de Maetzu. En la Universidad Central de Madrid obtuvo el título de Derecho en 1924 con una tesis titulada La reforma de las prisiones. En una entrevista ella misma afirmó orgullosa haber sido la primera alumna del penalista Luis Jiménez de Asúa.
Fue la segunda española en estudiar Derecho, pues la valenciana Ascensión Chirivella Marín obtuvo el título antes que ella (en 1922) y la primera mujer en ingresar en el Colegio de Abogados de Madrid. Por suerte, los tiempos habían cambiado: Ascensión Chirivella y Victoria Kent pudieron estudiar oficialmente la carrera, a diferencia de Concepción Arenal, que solo pudo acudir como oyente, y ambas pudieron colegiarse sin tener que emprender una ardua batalla legal a la que tuvo que enfrentarse Lidia Poët cuarenta años antes.
Una vez colegiada empezó a trabajar en el despacho de abogados de Álvaro de Albornoz, donde abordó principalmente temas laborales y penales. En la primera legislatura de la Segunda República se destacó como una de las tres primeras mujeres (junto a Clara Campoamor[11] y Margarita Nelken) en ocupar un escaño en el Congreso de los Diputados. Kent participó activamente en las sesiones parlamentarias y fue miembro de la comisión parlamentaria encargada de redactar el Proyecto de Constitución de 1931 (Balaguer Callejón, 2009: 27).
Sin embargo, su figura está indisolublemente ligada a su intervención en el debate sobre el derecho al sufragio femenino. Uno de los momentos más recordados de su carrera política fue su oposición al voto femenino, al considerar que este derecho debía retrasarse hasta que las mujeres comprendieran mejor los beneficios del régimen republicano.
Mientras que Clara Campoamor defendió el voto femenino desde una perspectiva ética y política, basándose en que las mujeres debían disfrutar de los mismos derechos que los hombres, incluso a costa de ir en contra de su propio partido, el Partido Radical, Victoria Kent optó por priorizar los intereses de su partido y del régimen republicano, que ella consideraba se vería debilitado con el voto de las mujeres.
Es posible que Kent viviera un auténtico conflicto interno entre la lealtad a su partido y su propia visión del feminismo, enfrentando las demandas de la política republicana con la defensa de los derechos de las mujeres. En algunos análisis se señala que Kent vivió la contradicción de muchas mujeres que intentaron armonizar su pensamiento marxista con el feminismo (Mata y Martín, 2020: 38).
Curiosamente, la visión de Victoria Kent era similar a la de Lidia Poët. La italiana, varios años antes, en 1881, había concluido su licenciatura precisamente con un trabajo titulado Estudio sobre las condiciones de la mujer respecto al derecho constitucional y al derecho administrativo en las elecciones [12]. En ese trabajo, Poët también se mostró a favor del voto femenino, aunque consideraba que todavía no era el momento de que las mujeres ejercieran ese derecho, pues, en general, no contaban con ningún tipo de instrucción. Aquí un pequeño inciso: a pesar de que este tema es apasionante, en estas páginas me centraré más bien en otros aspectos de la vida de la malagueña.
En abril de 1931, Victoria Kent fue nombrada directora general de Prisiones, convirtiéndose en la primera mujer en ocupar un alto cargo gubernamental en la República. Este fue un avance significativo. Concepción Arenal estudió en una época en la que ninguna mujer lo hacía y logró el reconocimiento del mundo académico. Lidia Poët, con gran esfuerzo, se convirtió en la primera abogada en Italia. Victoria Kent alcanzó lo que durante siglos se había intentado evitar a toda costa: ser una mujer que irrumpiera en la política, se convirtiera en una figura clave en la esfera pública y tuviera el poder real para conseguir cambios. Las tres coincidían en el interés por los problemas sociales y en su trabajo a favor de los excluidos.
La propia Victoria Kent reconoció en distintas ocasiones su admiración por la obra y la vida de Concepción Arenal. De hecho, una de las primeras medidas que adoptó tras aceptar el cargo no puede ser más simbólica: ordenó la retirada de las cadenas que quedaran en los centros de reclusión y su fundición para realizar con ellos un busto de la escritora gallega. Victoria Kent, como dirigente política, por fin tuvo la oportunidad de intervenir directamente en la organización del sistema penitenciario y pudo poner en marcha varias de las ideas de la pensadora gallega.
Durante su breve mandato, Kent adoptó varias medidas que incidían en los derechos fundamentales de los reclusos: decretó el cierre de las cárceles de partido y también eliminó la obligación de asistir a actos religiosos y, además, permitió la lectura sin restricción de todo tipo de prensa en las cárceles. Otro de sus grandes caballos de batalla fue la mejora de las condiciones de la población penitenciaria: se mejoró la alimentación de los reclusos, se compraron ropas, mantas y mobiliarios, se instalaron sistemas de calefacción y se eliminaron las cadenas. La malagueña, además, instauró algunos permisos penitenciarios y decretó la excarcelación de los mayores de setenta años. Celebre también es la construcción de la Cárcel de Mujeres de las Ventas en un tiempo récord (Mata y Martín, 2020: 109).
Finalmente, es importante destacar que la creación del Instituto de Estudios Penales en 1931 está estrechamente relacionada con la nueva política penitenciaria implementada por Victoria Kent. Esta política buscaba corregir al delincuente en lugar de limitarse a castigarlo por el delito cometido, lo que llevó a la necesidad de desarrollar un tratamiento penitenciario adecuado y la formación del personal encargado de llevar a cabo esta labor. Al igual que Concepción Arenal, Victoria Kent también participó en la creación de la sección femenina del cuerpo de prisiones, implementando su selección a través de un concurso público. Este servicio, históricamente, había sido desempeñado por las religiosas de las Hermanas de la Caridad, quienes no contaban con una formación especializada (Mata y Martín, 2020: 188).
La dirección de Kent fue corta, tan solo duró un año. El propio Alcalá Zamora, quien la había nombrado, la criticó por ser «excesivamente humanitaria» y por ser la culpable de la falta de disciplina en las cárceles. No obstante, la malagueña continuó con su incansable labor hasta su fallecimiento, mostrando una gran resiliencia, al igual que Arenal y Poët. A mediados de 1937, fue destinada a la Embajada española en París, donde se encargó de los hijos de los españoles perseguidos por el nazismo o llevados a campos de concentración. Durante este tiempo, experimentó el exilio. Seguramente estos fueron los años más difíciles de su vida, tal y como relató en su libro Cuatro años de mi vida (García Valdés, 1987: 573).
En 1945 se trasladó a México, donde desarrolló una intensa actividad intelectual: impartió conferencias en la Academia Mexicana de Ciencias Penales, enseñó Derecho Penal en la Universidad y fundó e impulsó la Escuela de Capacitación del Personal de Prisiones y Establecimientos Similares. Su dedicación al estudio del sistema penitenciario la llevó también a Argentina, donde colaboró con su maestro Jiménez de Asúa. Su trayectoria fuera de España alcanzó su punto álgido en 1950, cuando fue contratada por la Sección de Defensa Social de la ONU para trabajar en Nueva York en torno al problema de las cárceles de mujeres a nivel mundial. En 1954 fundó, junto a Salvador de Madariaga, la revista Iberica, que dirigió hasta 1978 (Sánchez Galindo, 2015: 188). En 1986, el Ministerio de Justicia le otorgó la Gran Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort. Falleció en Nueva York a los 95 años. Curiosamente, al igual que Arenal y Poët, tuvo una vida longeva: quizás todas ellas tuvieran demasiadas cosas que hacer antes de marchar.
V. ESTADÍSTICAS SOBRE LA PRESENCIA DE MUJERES EN LA UNIVERSIDAD, LA ABOGACÍA Y LA POLÍTICA[Subir]
Las estadísticas de los últimos años reflejan una elevada presencia femenina en el ámbito universitario, la abogacía y la política. Sin embargo, el porcentaje de mujeres que ocupan puestos de responsabilidad en estos tres sectores sigue siendo desproporcionadamente bajo.
Según datos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, la mayoría de los estudiantes en los niveles de grado, máster y doctorado son mujeres y representan un 56,4 % del total, mientras que las egresadas también superan a los hombres, con un 59,1 %[13]. Esta tendencia se acentúa en el área de ciencias sociales y jurídicas, donde las mujeres representan el 61,1 % de las estudiantes matriculadas y el 64,7 % de las egresadas[14]. Sin embargo, en lo que respecta a la docencia en las universidades públicas, las mujeres solo constituyen el 42,9 % del personal docente e investigador (PDI) y tan solo hay un 27,4 % de catedráticas, un 37 % de decanas o directoras de escuela universitaria y un 27 % de rectoras[15].
En la abogacía, las mujeres constituyen el 54 % del total de la profesión jurídica en España. El sector público presenta la mayor proporción de mujeres, con un 62 %, seguido de la judicatura, donde las mujeres representan el 56 %. Sin embargo, en los despachos de abogados la cifra desciende al 46 %. A pesar de la alta representación femenina en la profesión, las mujeres ocupan solo el 31 % de los puestos de responsabilidad. Dentro del sector público, las mujeres abogadas en cargos de responsabilidad representan el 38 %, mientras que en la judicatura el porcentaje de mujeres en posiciones de poder es solo del 37 %. Por ejemplo, del total de 69 jueces en el Tribunal Supremo, solo 16 son mujeres, lo que representa un 23 %. Los despachos de abogados también registran la cifra más baja, con solo un 28 % de mujeres en puestos de responsabilidad y un 24 % de presencia femenina en los consejos de administración[16].
En cuanto al ámbito político, el actual Gobierno está compuesto por una mayoría femenina, con doce ministras frente a diez ministros[17]. Sin embargo, España aún no ha tenido una presidenta del Gobierno, y la mayoría de los líderes de los principales partidos políticos siguen siendo hombres. En el Congreso de los Diputados, 155 de los 350 escaños están ocupados por mujeres, lo que representa un 44 % del total[18]. A pesar de estos avances, queda por ver el impacto de la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, en este y otros sectores. De momento, estos datos reflejan que en España el techo de cristal sigue siendo un obstáculo difícil de superar.
VI. CONCLUSIONES[Subir]
Concepción Arenal simboliza el acceso de la mujer al mundo académico. En una época en que se les impedía a las mujeres acceder a la Universidad, Arenal consiguió el respeto y la admiración de sus colegas. Fue una auténtica filósofa y, dentro del ámbito penitenciario, se la considera incluso la madre del correccionalismo español, una teoría que propone la corrección moral del delincuente como el principal fin de la pena.
Arenal también fue una mujer de acción. Gracias a sus ideas, impulsó la reforma del sistema penitenciario en tres áreas que hoy en día siguen siendo fundamentales: el traslado de los presos, la reducción de la prisión preventiva y la formación del personal penitenciario. Muchas de sus reivindicaciones fueron recogidas en las Reglas Penitenciarias Europeas.
Lidia Poët, por su parte, representa el acceso de la mujer al mundo de la abogacía. A diferencia de Arenal, Poët tuvo la oportunidad de estudiar una carrera universitaria. Su lucha fue diferente: logró ser la primera italiana en inscribirse en el Colegio de Abogados. Sin embargo, su victoria fue amarga. Poët se colegió a los sesenta y cinco años, cuando ya no tenía sentido hacerlo, después de haber ejercido su profesión durante décadas en la sombra.
Al igual que Arenal, Poët se preocupó por los más desfavorecidos, especialmente por los derechos de los reclusos. Incluso sustituyó a la reconocida filósofa en el Tercer Congreso Internacional Penitenciario de Roma, su primera participación en este tipo de encuentros. A partir de entonces, participó de forma habitual en otros congresos internacionales, como los de San Petersburgo (1890), París (1895), Bruselas (1900), Budapest (1905) y Londres (1925). En varias ocasiones, sus propuestas coincidieron con las de la pensadora gallega.
Victoria Kent, por su parte, representa el acceso de las mujeres al ámbito político. A diferencia de Arenal y Poët, la malagueña tuvo la oportunidad de estudiar Derecho oficialmente y colegiarse sin necesidad de luchar por ello en los tribunales. Los tiempos ya habían cambiado, y gracias a las mujeres que la precedieron, las puertas del espacio público comenzaron a abrirse. En 1931, Kent se convirtió en una de las tres primeras mujeres en ocupar un escaño en el Congreso de los Diputados. Pocos meses después, fue nombrada directora general de Prisiones, convirtiéndose en la primera mujer en ocupar un cargo de alto nivel en el Gobierno republicano.
Victoria Kent expresó en varias ocasiones su admiración por la vida y obra de Concepción Arenal. De hecho, una de las primeras decisiones que tomó al asumir su cargo fue fuertemente simbólica: ordenó la retirada de las cadenas en los centros penitenciarios y su fundición para crear un busto en honor a la escritora gallega. Como responsable política, Kent tuvo la oportunidad de intervenir directamente en la organización del sistema penitenciario y llevar a cabo algunas de las ideas de Arenal.
Durante su breve mandato, Kent adoptó medidas clave para mejorar los derechos fundamentales de los reclusos y las condiciones dentro de las cárceles. Siguiendo el ejemplo de Concepción Arenal, también promovió la creación de una sección femenina dentro del cuerpo de prisiones, con especial atención a la formación del personal penitenciario.
Las estadísticas muestran que se han logrado avances significativos en la inclusión de mujeres en la educación, la abogacía y la política. Sin embargo, a pesar de estos avances, los datos revelan una desconcertante desigualdad de género en los puestos de toma de decisiones y liderazgo.
En el ámbito universitario, aunque las mujeres representan la mayoría en las aulas, su presencia en cargos docentes y directivos sigue siendo menor. En la abogacía, aunque constituyen más del 50 % de la profesión, su representación en posiciones de responsabilidad es considerablemente inferior. En la política, aunque se ha avanzado en la representación femenina en el Gobierno y el Parlamento, aún queda mucho por hacer para garantizar que las mujeres puedan acceder a los mismos niveles de poder que los hombres. El techo de cristal sigue siendo una barrera que, aunque lentamente se está agrietando, aún necesita ser completamente derribada.