Videovigilancia en las aulas universitarias y protección de la vida privada. Consideraciones sobre la STEDH de 28 de noviembre de 2017 (caso Antovic')
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/dpc.33.03Resumen
Al hilo de la reciente Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 28 de noviembre de 2017 (Antović y Mirković c. Montenegro), se analizan en este trabajo dos cuestiones principales. La primera es si la instalación y el uso de cámaras de videovigilancia en las aulas de una universidad suponen una injerencia en el derecho a la vida privada de los profesores (y los alumnos) a efectos del art. 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. En cuanto a la segunda, que parte de una contestación afirmativa a la anterior, se refiere a en qué casos dicha injerencia no constituye, sin embargo, una violación del citado precepto por concurrir las circunstancias legitimadoras previstas en él.
