Estudios

CIUDAD Y TERRITORIO

ESTUDIOS TERRITORIALES

ISSN(P): 1133-4762; ISSN(E): 2659-3254

Vol. LII, Nº 205, otoño 2020

Págs. 545-558

https://doi.org/10.37230/CyTET.2020.205.07

CCBy-NC 4.0

Repoblación agraria secular y colonización
de posguerra: la Colonia de Aguas Vivas
en Alzira, Valencia

Antonio Gómez-Gil(1)
Sergio García-Doménech(2)

(1)Doctor Arquitecto. Universidad Politécnica de Valencia
(2)Doctor Arquitecto. Universidad de Alicante

RESUMEN: Desde mediados del siglo XIX, España intentaba recuperar las zonas rurales despobladas para su desarrollo demográfico y agropecuario. Una continua evolución legislativa, mediante sucesivas disposiciones reguladoras, intentaría aportar soluciones desde un enfoque normativo. Tras la Guerra Civil, se propondrían modelos de colonización que contaran con dotaciones productivas y otros equipamientos a fin de reestructurar el medio rural y evitar su despoblación. En este contexto surgiría la Colonia de Aguas Vivas en Alzira, Valencia, un asentamiento agropecuario desarrollado en torno a un hospital antituberculoso. Como principal conclusión, aunque esta actuación comparte algunas de las características propias de otros poblados de colonización, presenta unas particularidades promotoras, funcionales, urbanísticas, arquitectónicas y estilísticas que informan su necesaria puesta en valor.

PALABRAS CLAVE: Repoblación; Colonización; Agrarismo; Vernaculismo.

Secular agrarian resettlement and spanish post-war colonization:
The Colonia of Aguas Vivas in Alzira, Valencia

ABSTRACT: Since the mid-nineteenth century, Spain was trying to recover the depopulated rural areas for their demographic and agricultural development. A continuous legislative evolution, through successive regulatory provisions, would try to provide solutions from a normative approach. After the Spanish Civil War, colonization models would be proposed that would have productive endowments and other equipment in order to restructure the rural environment and avoid its depopulation. In this context, would appear the Colonia de Aguas Vivas in Alzira, Valencia, an agricultural settlement developed around an antituberculous hospital. As a main conclusion, although this work shares some of the characteristics of other colonization settlements, it has promotive, functional, urbanistic, architectural and stylistic particularities that advise its necessary appreciation.

KEYWORDS: Resettlement; Colonization; Agrarianism; Vernacularism.

Recibido: 15.04.2019; Revisado: 17.06.2019
Correo electrónico: tonogogil@gmail.com; .Nº ORCID: http://orcid.org/0000-0003-2936-7263
Correo electrónico: sgdarqurb@gmail.com; Nº ORCID: https://orcid.org/0000-0001-6079-7988
Los autores agradecen los comentarios y sugerencias realizados por los evaluadores anónimos, que han contribuido a mejorar y enriquecer el manuscrito original.

1. Introducción

El llamado problema del campo fue una constante en España y cobró un lugar destacado en el debate social, desde principios del siglo XIX, con el cambio del antiguo régimen borbónico a los gobiernos parlamentarios decimonónicos1. Básicamente, el problema derivaba de la abundancia de latifundios surgidos de una estructura social y de una propiedad del suelo, feudal y frecuentemente en barbecho. En el aspecto colonizador agrario español

«se podría hablar de una política de colonización e incluso de una política agraria a mediados del siglo XIX» (Paniagua, 2005: 12)2.

Como es sabido, durante el periodo liberal se llevaron a cabo dos desamortizaciones. En primer lugar, la de Mendizábal en 1836, cuyo desarrollo se tradujo en una primera legislación, centrada en la colonización agraria, la Ley de parajes incultos de 13 de junio de 1841. En esta ley se limitaba la actuación del Estado y se ofrecían incentivos fiscales, algo que sería común a las legislaciones de la segunda mitad del siglo XIX. Hay que destacar que, para poder desarrollarla con acierto, mediante Real Decreto de octubre de 1854, se creó una comisión para que recabara información sobre las deficientes condiciones del campo. De los resultados de la investigación de esta comisión y en ese mismo año, el ministro de Fomento Francisco de Luxán y Miguel-Romero presentó un proyecto de ley: el Proyecto Luxán. El documento básicamente pretendía un reparto homogéneo de la población en el espacio nacional, mediante la creación de caseríos rurales o pequeños núcleos de población agropecuarios. En segundo lugar, Pascual Madoz impulsó la otra de las desamortizaciones del periodo liberal en 1855 y promovió la Legislación de Colonias de 21 de noviembre del mismo año (Ministerio de Fomento, 1855: 1053). Esta ley se considera como el origen de las leyes de colonización modernas (Paniagua, 2005: 15). La importante innovación conceptual de este texto legal con respecto a los anteriores, fue que ya no se trataba de rellenar espacios despoblados, sino que se pretendía distribuir territorialmente a la población, creando municipios que constituyeran polos de atracción (Paniagua, 1992: 32).

En 1862 se publicó la obra Fomento de la población rural, escrita por Fermín Caballero y Morgáez, en la que resaltaba el «atraso en que nos encontramos respecto de los países más civilizados» (Caballero, 1864 [1862]: 1). Caballero proponía fomentar la población rural, es decir, establecer familias labradoras en casas aisladas alrededor de las fincas que cultivarían, adoptando unas dimensiones óptimas (Vallejos, 2014: 216). La idea homogeneizadora y de racionalidad productiva de Caballero sería ampliamente discutida y asumida, hasta el punto que la ley de 1866 y su refundición de 1868, recogieron los planteamientos citados (Monclús & Oyón, 1983: 69). En la década de los sesenta, diferentes entidades y propietarios se quejaban por lo que consideraban falta de coherencia entre las diferentes disposiciones, de lo que se entendía entonces como política agraria, debido a la ausencia de una relación estable con la política desamortizadora (Paniagua, 1992: 47). De hecho, Joaquín Costa, en su obra Colectivismo agrario de 1898 se expresó

«con duras críticas a las desamortizaciones que casi acabaron con los ancestrales sistemas de propiedad comunal» (Fernández, 2008: 144).

La Ley de 11 de julio de 1866 fue el primer instrumento legal que varió el concepto de la colonización agraria en España. Esta variación se explica por parámetros como el aumento de población, la frágil sostenibilidad del territorio y la irrupción del ideario malthusianista, que afectaba a dicha ley. Un ejemplo geográficamente cercano al ámbito de este estudio, del efecto de la antedicha ley de 1866, sería el de la Colonia Santa Eulalia en la comarca del Alto Vinalopó, en Alicante, que para su prosperidad se apoyaría en el ferrocarril y en el incremento de la producción vitícola (Beneyto, 2013: 333).

Así, bajo este contexto decimonónico y durante la primera mitad del siglo XX, el problema agrario evolucionaría solidariamente junto a otras necesidades sociales, como el de la vivienda obrera.

2. La colonización agraria moderna en España hasta la Guerra Civil

Entrado el siglo XX, a la preocupación por el problema del campo se añadió el de la vivienda para las clases mas desfavorecidas. Aunque se siguieron desarrollando reglamentos,

«las legislaciones, estrictamente colonizadoras, que se desarrollaron entre 1892 y 1907, estaban más preocupadas por la definitiva resolución de los problemas de competencias y administrativos que acarreó la Ley de 1868, que por una efectiva solución de la problemática agraria» (Paniagua, 1992: 118).

La Ley de Colonización Interior de 30 de agosto de 1907, auspiciada por el ministro de Fomento Augusto González Besada, dejaba sus intenciones bien explícitas en su primer artículo:

«Arraigar a la nación a las familias desprovistas de medios de trabajo o de capital para subvenir a su sustento. Su fin es doble: oponer un dique a la emigración y repoblar el país, determinando un cultivo adecuado en terrenos improductivos o deficientemente explotados. El procedimiento se inicia repartiendo entre familias pobres y aptas para el trabajo la propiedad de los terrenos y montes públicos incultos que en esta ley se señalan y mediante las condiciones que en la misma se establecen» (Ministerio de Fomento, 1907: 1009).

Por lo tanto, esta ley pretendía solucionar tres problemas concretos: el éxodo rural, la escasa producción de los terrenos cultivados y la escasa intensidad del cultivo. La solución se creía ver en el fomento de la pequeña explotación de tamaño familiar, adecuada a los recursos laborales de una familia. De esta forma también existiría una connotación ideológica que provenía del catolicismo social, al considerar a la familia campesina como la expresión más íntegra de la población rural3. Con el fin de aplicar dicha ley, se crearía la Junta Central de Colonización y Repoblación Interior4. Viendo sus dificultades de aplicación, se desarrollaron los Reglamentos de 1908 y 1918. El reglamento de 1908,

«a título de ensayo, implantó algunas colonias en terrenos del estado, declarados enajenables y en los abandonados, baldíos e incultos, de dominio público» (Junta Central de Colonización y Repoblación Interior, 1916: 4),

con un total de cuatro implantaciones: Els Plans (Alcoy), Sierra de Salinas (Villena), El Puerto (Castillo de Locubín) y Algaida (Sanlúcar de Barrameda). Por este reglamento, al cabo de cinco años de estancia en la parcela, el colono pasaba de ser mero poseedor del lote a ser propietario de la misma. Este modelo de colonización cuestionaba el modelo anterior de aislamiento para volver a la idea de poblado, pero no sólo como conjunto de viviendas familiares, sino como un ambiente dotado de servicios que favorecieran la sociabilidad y la urbanidad en la vida campesina. Así, la ley exigía que al menos se instalaran diez familias para acometer los proyectos. Por ejemplo, en el folleto Las Colonias Agrícolas de 1916 se describen los criterios distributivos y arquitectónicos con los que contaba la colonia Els Plans de Alcoy y sus viviendas:

«la distribución de la planta baja se compone de vestíbulo, cocina con chimenea y horno, un dormitorio para matrimonio y algún hijo pequeño, otro dormitorio de varones, otro de hembras, una despensa y un cuarto-almacén de aperos. El corral, adosado á la fachada posterior y con un cobertizo hasta su mitad, se compone de un fregadero, aljibe, cuadra, cochiquera, estercolero, retrete, pajar sobre la cuadra y salida independiente de la casa, con la que comunica, bajo cubierta» (Junta Central de Colonización y Repoblación Interior, 1916: 4).

También se efectuaban las obras pertinentes para asegurar el abastecimiento de agua, de forma que este esquema de almacén para cooperativa, casa del guarda, suministro propio de agua y viviendas, como elementos mínimos, se daría también en los poblados de posguerra. Este mismo esquema, con otras adiciones productivas y de servicios es el que adoptaría básicamente la Colonia de Aguas Vivas, si bien los locales de almacén agrícola y los espacios pecuarios no estarían integrados en las viviendas de los habitantes.

En esta línea de introducción de parámetros innovadores, hay que destacar el Periodo Primorriverista entre 1923 y 1929, en el que el interés por los aspectos sociales del desarrollo de las leyes agrarias seguía dejando de lado otros aspectos técnicos. En 1923 también se produjo un cambio importante al modificarse la política hidráulica propuesta por Joaquín Costa en su obra de 1911 Política hidráulica; misión social de los riegos en España (Fernández, 2008), descentralizando sus actuaciones a través de las llamadas Confederaciones Sindicales Hidrográficas, que:

«funcionaban como entidades que consideraban todos los posibles aprovechamientos que se daban en la cuenca de cada río, para obtención de su máximo rendimiento» (Álvaro, 2010: 186).

La idea del aprovechamiento integral de los recursos de una cuenca hidráulica, estaba en el pensamiento regionalista del ingeniero y primer director de la Cuenca Hidrográfica del Ebro, Manuel Lorenzo Pardo (Velarde, 1973; de Terán, 1978), pues la concepción de la

«cuenca como unidad de trabajo, para el estudio y planeación, construcción y explotación de los recursos hidráulicos era un elemento clave en experiencias que se llevaban paralelamente a cabo en otros países» (Díaz, 1969: 79).

El Real Decreto de 1926 introdujo otro cambio relevante al permitir el acceso a la tierra previa indemnización a su dueño (Ministerio de Fomento, 1926; Bassols, 1973).

Desde un punto de vista arquitectónico, para proyectar las viviendas y dotaciones de todas las colonizaciones, se escogieron estilos arquitectónicos vernáculos5. De hecho, en 1931, la Comisión de Mejoramiento de la Vivienda Rural definía proyectos de viviendas rurales específicos para cada región, reiterando la opinión de que el espíritu de la arquitectura popular debía estar presente en las obras proyectadas (Sambricio, 2008). En ese sentido es revelador el discurso del entonces prestigioso arquitecto Leopoldo Torres-Balbás, que en su obra sobre la casa popular española afirmaba:

«En la rápida y radical transformación de la vida a la que estamos asistiendo, los antiguos tipos de viviendas populares, tan diferentes, tienden a desaparecer [...]. Triunfa la uniformidad por todas partes y se va imponiendo, de modo fatal, la vivienda tipo» (Torres-Balbás, 1933: 143).

De esta manera se estaba asentando un precedente formal importante, que iba a ser recogido y desarrollado por la colonización franquista, que perseguía el regeneracionismo nacional desde el estudio de lo vernáculo. Pese a la opinión de Primo de Rivera de abandono de la permanencia española en Marruecos, también se siguió prestando atención a la cuestión de la colonización en el protectorado. Así, en 1927 se creó la Dirección de Colonización, que fomentó las enseñanzas prácticas de agricultura en las granjas de Melilla y Larache, complementadas con las Oficinas de Propaganda Agrícola, constituyéndose los perímetros de colonización como la unidad objeto de la misma (Gozálvez, 1993-1994: 427-8).

En la Segunda República se promulgarían la Ley de Obras de Puesta en Riego de 13 de abril de 1932 y la Ley de Reforma Agraria de 9 de septiembre de 1932. Previamente, una ley de 24 de agosto había expropiado más de medio millón de hectáreas de tierras cultivables, sin indemnización, a los Grandes de España, por estar acusados de haber financiado el fallido golpe de estado del general Sanjurjo. Solo se excluyó de la misma a los descendientes del Duque de Wellington como reconocimiento a la labor de su antepasado, en la Guerra de Independencia. La Ley de Reforma Agraria consistió en la expropiación de grandes latifundios. Para ello se limitó el tamaño máximo de las propiedades según el tipo de cultivo y su porcentaje superficial dentro del municipio. También fueron objeto de expropiación las tierras en zonas regables que no hubieran cumplido la obligación de riego impuesta por el Gobierno (Carrión, 1973: 180-240). El Estado se involucraba en la realización de los trabajos necesarios para la transformación y puesta en riego, incluyendo además como novedad, las viviendas de colonos y los servicios públicos y comunales de los nuevos núcleos de población (Álvaro, 2010: 189). El ente estatal encargado de desarrollar la reforma fue el Instituto de Reforma Agraria.

En la España del siglo XX ya existía interés entre algunos técnicos por rentabilizar y mejorar la vida rural. Entre ellos, es oportuno señalar la visión urbanística de los problemas rurales del país que tenía José Fonseca, que propondría detener el crecimiento de las ciudades mediante una distribución económica de la población (Fonseca, 1933). En 1932, Fonseca había comenzado a promover un seminario de estudios urbanísticos con una sección de Colonización interior, adjunto a la Cátedra de Urbanología del arquitecto César Cort Botí, en la Escuela de Arquitectura de Madrid (Flores, 2013: 733). Una muestra de la existencia de este interés entre los técnicos, es el folleto Algunas aportaciones al estudio de la vivienda rural española, del arquitecto José Vaamonde Valencia (Vaamonde, 1935). En su publicación, Vaamonde, que firmaba sus trabajos como arquitecto sanitario, acometía la tarea de describir y dar soluciones a la vivienda en el campo español. El arquitecto tenía muy en cuenta la cuestión de la orientación solar y la ventilación, proponiendo distancias mínimas entre los distintos elementos edificados que debían componer una explotación agropecuaria. Con respecto a la reciente aprobación y puesta en vigor la antedicha Ley de Obras de Puesta en Riego de 1932, Vaamonde celebraba sus aspectos técnicos, pero denunciaba que se habían descuidado los económicos. Y concluía:

«sin protección del Estado u otros organismos oficiales no puede por hoy llegarse a construir tipos razonables de vivienda rural» (Vaamonde, 1935: 15).

La Administración, asesorada por los técnicos, determinaba algunos estándares de habitación, no en los textos legales, pero si en las convocatorias de concursos. Las viviendas campesinas debían cumplir una serie de requisitos mínimos, métricos y espaciales (Ministerio de Fomento, S.F.: 3-10)6.

3. La colonización de posguerra. Los poblados dirigidos o núcleos de colonización

En los últimos tiempos de la República seguía quedando pendiente el problema agrario, asunto que había estado en la base de buena parte de los conflictos más graves del siglo XIX y que a la postre había desembocado ―o así se había querido justificar― en la Guerra Civil (Monclús, 2008: 14-6). Para acometer el problema ―cada vez más acentuado― de forma institucional y operativa, habría que esperar al final de la contienda. En octubre de 1939 se creó el Nacional de Colonización y Desarrollo Rural -INC, dependiente del Ministerio de Agricultura, como organismo responsable de estas actuaciones concebidas para la mejora del medio rural en España (Ministerio de Agricultura, 1939). Según Beatriz Caballero,

«la actividad del INC supuso, posiblemente, una de las mayores transformaciones físicas y sociales del agro español [...], que podríamos resumir en tres aspectos: en primer lugar la política hidráulica [...], en segundo lugar la defensa de la propiedad privada y la redistribución de tierra [...], la dignificación de la persona a través del trabajo [...]; y por último, el conjunto de los principios ideológicos que se desprenden de la doctrina de la religión católica basados en el concepto de justicia social como base de la moral que regiría la sociedad de la renovada patria» (Caballero, 2013: 78-9).

La iniciativa del INC pretendía la transformación del medio rural productivo, mediante la reorganización y reactivación del sector agropecuario y el incremento de la superficie de producción agrícola (De Terán, 1999: 230-1). En 1971, dicha institución cambiaría su nombre por el de Instituto de Reforma y Desarrollo Agrario. El Instituto Nacional de Colonización formaba, junto con el Instituto Nacional de Industria y el Instituto Nacional de la Vivienda, la trilogía de institutos autónomos creados tras la Guerra Civil, para solucionar tres problemas precisos: el campo, la industria y la vivienda (Centellas & García, 2009: 32 y ss). Este reformismo agrario se materializó con la Ley de Bases para la Colonización de Grandes Zonas, de 26 de diciembre de 1939 (Jefatura del Estado, 1940: 229), que trataba de crear un proceso colonizador que estimulara la iniciativa privada, con enajenación de la tierra contra la voluntad de sus propietarios, pero:

«la iniciativa privada apenas demostró interés por la puesta en regadío y las Sociedades de Colonización que debían constituirse a base de los propietarios de los terrenos no llegaron a formarse por apatía de los propietarios» (Centellas & García, 2009: 33).

En los años cuarenta:

«los debates se centraban en los modos de ocupación del territorio, en la propaganda del Estado, en las repercusiones económicas y políticas del proyecto o en los modos urbanos a seguir» (Rabasco, 2009: 23-4).

Para fomentar las intervenciones, el Instituto confeccionó publicaciones divulgativas destinadas a los técnicos y a los colonos, donde se explicaban con sencillez las cuestiones relacionadas con la optimización del campo. Desde la manera de construir las dotaciones necesarias para una explotación rentable del medio, a publicaciones de tipo fitosanitario, para prevenir o combatir las plagas de los cultivos. El Instituto también distribuía otras publicaciones que recomendaban las tipologías arquitectónicas, claras y precisas, de viviendas para el medio rural. En el folleto Viviendas unifamiliares (VV.AA., s.f.), se exponían hasta diecisiete tipos distintos de vivienda rural, siempre con alguna pequeña explotación agropecuaria aneja e indicando adicionalmente, la región climática española más adecuada para su implantación. Paradójicamente, pese a esas determinaciones tan explícitas de todo lo relacionado con el trabajo del campo, el INC nunca editó publicación alguna sobre un criterio rector urbanístico o arquitectónico. Fueron los arquitectos los que según su modo personal de entender los proyectos aplicaron unos u otros esquemas (Calzada, 2005: 57-64; Lozano & Centellas, 2014: 158).

La falta de disponibilidad de terrenos haría fracasar la política colonizadora, lo que obligó al gobierno a promulgar la Ley de Expropiación de Fincas Rústicas consideradas de interés social, de 27 de abril de 1946 (Jefatura del Estado, 1946: 3087). Con esta disposición, el Instituto realizó ambiciosos proyectos de parcelación por toda España, construyendo varios poblados de colonización de los cuales muchos subsisten en la actualidad, sobre todo en las zonas de Andalucía y Aragón. Entre los arquitectos que se ocuparon de este fenómeno, cabe citar a José Fonseca, César Cort o Gabriel Alomar, y las propuestas concretas de José Luis Fernández del Amo, Alejando de la Sota, Alejandro Herrero, José Antonio Corrales y Antonio Fernández Alba, entre otros. Arquitectónicamente, los acabados eran muy económicos: los edificios eran muy prismáticos, los materiales del lugar y todo se uniformizaba mediante pintura de cal. En cuanto al estilo, no se trataba de una improvisación ni de una moda pasajera. Era parte del resultado de una búsqueda que se inició en España, tras el Desastre del 98, cuando se produjo en el país una corriente de pensamiento regeneracionista. Se volvió la mirada a los estilos castizos que a veces se alternaron con la modernidad. De ahí que frecuentemente aparezca el término casticismo como variante estilística de la arquitectura de la época, siendo el barroco una opción válida para recuperar lo propio como singular. Al abrigo de todo ese marco histórico, la promoción y construcción de la Colonia de Aguas Vivas en Alzira se erigiría como un ejemplo en el que se reflejarían buena parte de las evoluciones regulatorias anteriores, pero al mismo tiempo constituiría un caso que desarrollaría una serie de particularidades que le otorgarían una especial consideración apenas analizada y no desvelada hasta la fecha.

4. La Colonia de Aguas Vivas (1942-1963)

El caso de la Colonia de Aguas Vivas es uno de los raros ejemplos de actuación de la iniciativa privada para la creación de núcleos de colonización. Puede incluirse en la serie de intervenciones de este tipo que se acometieron en España, desde 1939 hasta 19737. Como anteriormente se ha expuesto, el Instituto Nacional de Colonización y Desarrollo Rural perseguía la transformación del medio rural productivo, mediante la reorganización y reactivación del sector agropecuario y el incremento de la superficie de producción agrícola, con el fin de conseguir una mayor superficie de tierras de labor, preferentemente de regadío. Este precisamente, sería el caso de la Colonia de Aguas Vivas. La Colonia de Aguas Vivas, según la taxonomía territorial ejecutada por el Instituto Nacional de Colonización, se encontraba en la Zona de Levante. Dicha zona se extendía por las cuencas de los ríos Turia, Júcar y Segura, abarcando las provincias de Castellón, Valencia, Alicante, Albacete, Murcia, Cuenca y Teruel. Según Martínez y Oliva:

«no todas las actuaciones llevadas a cabo [en la Zona de Levante] fueron de la misma índole, aunque su fin último fuese ampliar las hectáreas de regadío» (Martínez & Oliva, 2008: 287).

En ese sentido, conviene hacer una distinción entre las actuaciones en la provincia de Alicante, donde básicamente se adecuaron terrenos pantanosos para transformarlos en cultivables, y las de Valencia, donde la construcción de grandes infraestructuras hidráulicas obligó a la reubicación de los habitantes de los pueblos que iban a quedar afectados (Barciela, 1989: 91-3).

A nivel urbanístico, pese a ser núcleos de baja densidad y naturaleza casi exclusivamente productiva, los poblados de colonización levantinos presentaban vocación urbana, ya que «aspiran a su continuidad edificada y su capacidad de representación social» (Martínez & Oliva, 2008: 288). La ubicación de los conjuntos construidos solía ser una suave pendiente o un terreno llano, normalmente tangentes a una vía de cierta importancia, que los limitaba. Estaban concebidos para admitir un crecimiento fácil en sus otras tres direcciones. Eran ordenaciones desarrolladas siempre con una base de retícula ortogonal, de limitado tamaño y superficie, de baja densidad edificada, con un máximo de dos plantas. Contaban con una importantísima presencia de la vegetación en calles y plazas. Se diseñaron en torno a un viario jerarquizado que solía separar los tráficos rodados de los peatonales mediante jardines. Presentaban un centro cívico bien definido por medio de un espacio central, a menudo ajardinado. En torno a dicho espacio se agrupaban los equipamientos (Paniagua, 1990: 70-9). La iglesia constituía un hito como edificio más importante del poblado, dominándolo en altura y referencia visual (Centellas, 2010: 116-7). De esta manera se reinterpretaban los modos de vida y las formas construidas tradicionales. En ese sentido, hay que recordar que además de adoptar cierto aspecto pintoresco, durante el periodo de la autarquía se estaba buscando una identidad arquitectónica propia, apoyándose sobre todo en la arquitectura histórica, que remitiera a lo regional o a lo nacional. Por ello no es extraño que, como en el caso del resto de España, los estilos preferidos para su construcción fueran los vernáculos. Las viviendas tipo estaban proyectadas con una superficie de hasta 90 m2, contando con toda clase de anexos agropecuarios. Existía cierta continuidad edificada, que se lograba mediante la construcción de largos muros y por la proximidad de las viviendas entre sí. De esta forma, se acotaba y se mantenía la escala domestica del núcleo urbano, a la vez que visualmente se reproducía la imagen de un pueblo tradicional con sus fachadas encaladas. Se pretendía la construcción de conjuntos pintorescos, apoyándose en la asimetría y la irregularidad. Esto daba la idea de que el poblado ex novo era el resultado de la acumulación de piezas arquitectónicas construidas a lo largo del tiempo, otorgándole así carácter y singularidad.

El autor del encargo para la Colonia de Aguas Vivas fue el arquitecto valenciano Antonio Gómez Davó (Gómez-Gil, 2010)8, que era en esos años arquitecto de la entidad Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Valencia y de la Junta Provincial Antituberculosa de Valencia. En aquellos momentos y por un breve periodo de tiempo, Gómez Davó compartía encargos, con los arquitectos también pertenecientes a la misma entidad de ahorro, Luis Costa Serrano y Manuel Peris Vallbona. Esta asociación duró desde 1940 hasta 1943. Consistía únicamente en el reparto de honorarios, ya que los arquitectos, aunque firmaban conjuntamente, confeccionaban en solitario y por separado cada uno de los encargos de la entidad. En la actualidad, el conjunto todavía existe, aunque ha cambiado de propiedad. Está situado junto a la carretera Alzira-Tavernes de Valldigna, a pocos kilómetros de la Barraca de Aguas Vivas, en el término de Alzira, manteniendo la entrada original sin apenas modificaciones (Fig. 1).

Pese a no ser un poblado de colonización convencional, quizás por no haberse desarrollado totalmente, comparte algunos rasgos con los otros poblados. Su implantación es sensiblemente la escogida para este tipo de poblados, se extiende sobre una ladera, y también es tangente a una vía de comunicación importante. Incluso se mejoraron las conexiones, con respecto a otros poblados, disponiendo de un apeadero ferroviario propio. En cuanto a su promoción técnica y económica, su comitente no fue el Estado, sino la entidad Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Valencia. Los elementos en común con los núcleos de colonización al uso son, fundamentalmente, la explotación de las hectáreas de regadío y las instalaciones preparadas para la cría de animales. Igualmente comparte la estructura urbanística del poblado y la disposición de sus espacios cívicos, que coinciden con lo expuesto anteriormente para poblados en la zona de Levante. Pero lo que singularizaba el poblado y posiblemente fuera su razón de ser, era la construcción de una importante dotación hospitalaria. Se trataba de un hospital infantil antituberculoso que, por su importancia, debía tener un uso al menos provincial9. Esta circunstancia explica que la colonia adolezca de algunos elementos clave, como la iglesia, la escuela o un edificio administrativo que hiciera las veces de alcaldía, ya que algunos de estos usos eran absorbidos por el hospital. La ubicación de un apeadero de tren especial para la colonia parecía prever un flujo de personas elevado. Es significativa la construcción de un pequeño hotel, que debía ampliarse en una segunda fase y que aspiraba a disponer de bastantes plazas para albergar tanto veraneantes como familiares de los pacientes del hospital.

Las piezas de vivienda para los colonos están distribuidas de forma aislada, pero quedan unidas con los paños de muro que acotan los rediles y almacenes. De esta manera el conjunto presenta un carácter marcadamente pintoresco La disposición y ordenación general del poblado evidencia una jerarquía de la explotación agropecuaria ante el hospital antituberculoso que incorporaba elementos para los colonos, como una asistencia médica completa y la dotación religiosa de su capilla. El eje articulador de todo el conjunto partía del acceso general de la colonia y continuaba, atravesando la explotación, hasta llegar al hospital (Fig. 4). Se percibe una doble zonificación jerárquica de los terrenos de la colonia. La primera jerarquía establece tres bandas perpendiculares a la carretera, siendo la central ocupada por la urbanización y el resto por los cultivos. La segunda jerarquía -paralelamente a la carretera- vuelve a establecer otra zonificación en la banda central. La superficie edificada, con voluntad de formar un núcleo habitacional, se sitúa aproximadamente a mitad de camino entre la carretera y el hospital. De esta manera, todos los elementos disponían de un espacio natural rodeándolos, evitando interferencias de una actividad sobre la otra. La zona agropecuaria se articula en torno a una gran plaza ajardinada (Fig. 5). La composición del jardín es heredera de los criterios románticos decimonónicos, habituales hasta bien entrado el siglo XX (Gómez-Gil & García-Doménech, 2018). El jardín está rodeado en su lado sur por los edificios productivos, como rediles, almacenes y en su parte norte por el hotel. En este contexto se implanta la denominada Casa del Guarda, organizada en torno a un patio (Fig. 6 y 7). Esta pieza diseñada en julio de 1942 es el edificio más singular de la Colonia. El eje atraviesa la plaza por su centro y continúa hasta el edificio del hospital antituberculoso. Entre éste y el conjunto agropecuario, en amplias franjas de terreno situadas a ambos lados del eje, estuvo prevista la construcción de las viviendas proyectadas para los colonos. Todas las propuestas de estas viviendas son de enero de 1946.

Fig. 1/ Entrada al conjunto. Origen y estado actual.

Fuente: Archivo Gómez Davó y elaboración propia.

Fig. 2/ Planta y alzados Vaquería y vivienda aneja, julio de 1942.

Fuente: Archivo Gómez Davó.

Fig. 3/ Plantas y alzados de tipologías residenciales unifamiliares, enero de 1946.

Fuente: Archivo Gómez Davó.

Fig. 4 y 5/ Planta del conjunto y jardín.

Fuente: Elaboración propia.

Fig. 6/ Planta y alzados Casa del Guarda, julio de 1942.

Fuente: Archivo Gómez Davó

Fig. 7 y 8/ Casa del Guarda en construcción.

Fuente: Archivo Gómez Davó

El estilo arquitectónico proyectado por el arquitecto es coincidente con las directrices oficiales del momento, que propiciaron un reencuentro con los estilos vernáculos al uso durante la dictadura de Primo de Rivera. Al utilizar este estilo, Gómez Davó coincide con las opciones castizas y vernáculas, propuestas por otros arquitectos españoles coetáneos que acometieron este tipo de encargos. Así, los estilos se adaptaron frecuentemente a las distintas zonas y regiones donde fueron implantados (Baranguán, 1998: 151-2). En el caso de la Colonia de Aguas Vivas, como en el resto de poblados coetáneos del INC, se escogió un neobarroco local que convivía con algunos elementos y detalles del barroco colonial español (Fig. 8). Desde los años veinte, Gómez Davó había recurrido a estos estilos para solucionar programas de vivienda y hasta los cincuenta lo seguiría utilizando para resolver incluso programas dotacionales. En el caso de Aguas Vivas, el neobarroco valenciano, con sus hastiales recortados, sus pináculos, la acumulación de ornamento alrededor de los huecos y su aspecto de arquitectura blanca vernácula, podía tener compatibilidades formales con el colonial californiano. De aspecto muy similar, agrupando la ornamentación alrededor de los huecos, utilizando idénticas texturas y colores, resultaba compatible con el neobarroco valenciano. Ambos estilos de climas templados, con una base cultural hispánica y católica, podían representar la idea de lo vernáculo ibérico.

Al mismo tiempo, en esa época continuaba desarrollándose una experiencia comenzada a principios del siglo por los arquitectos iberoamericanos que mantenía su vigencia en ese continente. Durante las primeras décadas del siglo XX se produjo una fuerte reacción hispanista en todos los países iberoamericanos, tanto a nivel sociopolítico y como artístico, que coincidió con la creciente emigración europea al continente americano. La intelectualidad iberoamericana temía que su criollismo se diluyera en la nueva corriente inmigratoria, mayoritariamente italiana. Aunque algunos de estos pensadores y arquitectos, propusieron equilibrarlo practicando el indigenismo10, la mayoría de ellos se inclinaba hacia una recuperación del estilo virreinal español del barroco como reivindicación de identidad. De hecho, el modelo se siguió utilizando en estos países hasta finalizar la primera mitad del siglo XX. Una muestra de esta vigencia barroca en el ámbito de los países de habla hispana se puede comprobar en Argentina11. Posteriormente a la confección del proyecto de Aguas Vivas, el gobierno del general Perón vio adecuado el modelo para dar forma a su propuesta de vivienda social moderna:

«También en el primer trienio, que coincide con los años de mayor prosperidad de la presidencia de Perón, se construyeron barrios de casas que hallaron inspiración formal en la arquitectura de las misiones jesuitas de la costa oeste de Norteamérica. El tipo, conocido como californiano, había sido introducido en el país en las décadas del veinte y del treinta por los sectores burgueses, hallando excelente receptividad por la creciente influencia norteamericana. En el período en que los migrantes internos fueron empujados a la ciudad por los desfavorables términos de intercambio económico, el chalet californiano fue visto como símbolo de ascenso social por vastos sectores que pugnaban por incorporarse a la clase media argentina» (Aboy, 2003: 3).

5. Conclusiones

A través de sucesivas legislaciones, reglamentos y normativas, los diferentes gobiernos españoles trataron de mejorar la explotación agropecuaria del territorio. En cualquier caso, lo cierto es que hacia finales del siglo XIX existía una escasa valoración de la colonización como elemento renovador y dinamizador de la agricultura. Las estrategias y enfoques para acometer el problema de la explotación agropecuaria han ido variando y evolucionando durante los dos últimos siglos, desde la aspiración de principios del XIX a que no hubiera territorios ignotos y despoblados, al desarrollo de otras legislaciones mucho más complejas. Así, una sucesión de instrumentos legales, que van introduciendo matizaciones en las legislaciones y desarrollos posteriores, formarían el ámbito adecuado o corpus legal que facilitaría ―cuando no impulsaría― la aparición de los poblados dirigidos o núcleos de colonización, estableciendo dos importantes directrices rectoras.

La primera de estas directrices, que permanece invariable y aparece recurrentemente en sucesivas disposiciones, nace en la Legislación de Colonias de 1855: los colonos, no solo han de ocupar el territorio, sino que han de formar entidades o núcleos poblacionales similares a los del resto de España. Como complemento de esta directriz, a lo largo del tiempo se identificaría incluso el perfil del individuo óptimo para colonizar. Desde la segunda mitad del XIX y con más fuerza desde el Periodo Primorriverista, se propiciaría la aparición de una clase social formada por pequeños propietarios de impronta campesina, familias que a través de la propiedad hicieran perdurar la colonización y garantizaran su continuidad.

La segunda directriz, que se tornaría estable a partir de la Ley de Colonización de 1907, es el hecho de aspirar a que esas familias, en lugar de constituir simples asentamientos coloniales o agrupaciones campesinas, acabaran constituyendo entidades municipales. Con este criterio, aun tratándose de un poblado rural, aparecía una orientación intencional de crear cierto estatus de condición ciudadana. De los Reglamentos de 1908 y 1918, se asienta en mayor medida esta idea de la sociabilidad del campesinado y de la promoción de la urbanidad en el campo. Se implanta también un modelo de distribución de vivienda tipo, a fin de desarrollar adecuadamente la vida en una colonia campesina. Esto es algo especialmente reconocible en las disposiciones normativas desarrolladas durante la dictadura de Primo de Rivera. En ese mismo periodo, hay que destacar la dependencia que tuvo la colonización de las cuencas hidrográficas y de los mecanismos para la expropiación de fincas incultas. Con la garantía del abastecimiento hídrico, se aseguraba una transformación de los campos de secano en regadío. Estas intenciones fueron asumidas por el gobierno de la Segunda República. Para ello, el Estado articuló nuevas leyes con el fin de facilitar la expropiación, ya que los agentes privados no se mostraron eficientes en la transformación de sus propiedades. Esta deriva encaminada a optimizar el campo español y a paliar la dureza de su vida rural, pese a la aparición de nuevas legislaciones, no se pudo materializar realmente hasta el siglo XX. La razón de esta nueva operatividad colonizadora encuentra su explicación en la creación por parte de sucesivos gobiernos, de estructuras con vocación articuladora, agronómica, hidráulica y demográfica. Es decir, la visión sobre el campo se amplió y se determinó que para el éxito colonizador debían crearse organismos técnicos que se encargaran exclusivamente de su desarrollo. La culminación de este proceso, que comenzó con las experiencias anteriores, fue la creación del Instituto Nacional de Colonización, tras la Guerra Civil, como órgano creado expresamente para desarrollar el proceso colonizador.

En el franquismo, el Estado pretendía incentivar al actor privado, aunque ante la falta de entusiasmo del mismo, la administración se implicaría de una forma aun mayor que durante los anteriores regímenes. El INC, que coordinó lo técnico y lo económico, estimuló por medio de concursos a los arquitectos españoles a fin de que estudiaran esos pequeños asentamientos urbanos y resolvieran sus programas funcionales. Precisamente a través de esos concursos y sus bases, la administración también determinaba indirectamente ciertos estándares de habitación sin la necesidad de recurrir a disposiciones legales. Esta cuestión denota el interés administrativo en fiscalizar la forma, usos y dimensiones de los lugares donde vivirían los colonos. Hasta entonces, los proyectos y sus condicionantes habían quedado exclusivamente en manos de los técnicos, apenas sin intervención a priori de la administración en la redacción de los proyectos y su materialización.

La Colonia de Aguas Vivas se nutre parcialmente de las estrategias y características propias de otros poblados gestionados por el INC, pero esta actuación presenta singularidades que la hacen acreedora de una especial atención. En primer lugar, aquí nos encontramos ante uno de los pocos casos construidos a partir de iniciativa privada, que la ley preveía y la administración prefería, a fin de desarrollar este tipo de actuaciones. En segundo lugar, su peculiar combinación funcional que combina un uso agropecuario con otro inicialmente compatible, pero poco usual, como es el asistencial y hospitalario. En tercer lugar, su conexión interurbana mediante la tangencia con importantes vías de comunicación. En ese sentido, conviene destacar la presencia de una carretera importante que asegurara su comunicación fluida incrementada con el servicio de un ferrocarril de vía estrecha. Esta tangencialidad comunicativa dejaba libres tres de sus puntos cardinales libres para posibles crecimientos futuros, tanto humanos como agropecuarios. Al mismo tiempo, la existencia del apeadero ferroviario da cuenta de la importancia de la movilidad en la gestión del uso asistencial sanitario, además de la presencia en el conjunto de la colonia de un hostal a fin de poder acoger familiares de los asistidos o visitantes en general. En cuarto lugar, merece atención el lenguaje arquitectónico empleado. Gómez Davó derivó de manera particular las consideraciones estilísticas habituales de los poblados de posguerra hacia lo vernacular, adoptando criterios del neobarroco levantino. Además, en Aguas Vivas este estilo convive y se fusiona con elementos extraídos del barroco colonial español. En quinto y último lugar, se evidencia una singular diferencia entre lo proyectado y lo construido que hace pensar en criterios económicos, posiblemente por adecuación presupuestaria adaptada a las limitaciones financieras privadas. En ese sentido y desde un punto de vista documental, se ha comprobado que una parte de los edificios proyectados no se llegaron a materializar. Los proyectos de esta obra no construida consisten en varias propuestas de viviendas unifamiliares, que Gómez Davó esboza adoptando con plantas distributivas y estilos muy distintos. Parece factible que las nueve propuestas que existen en el archivo del arquitecto para la edificación de viviendas tipo no productivas, tuvieran la intención de constituir una pequeña urbanización. También el tramo de vial existente entre el final de la zona construida y el hospital parece presentar un lugar adecuado para ubicar unas futuras viviendas a ambos lados del mismo. En definitiva, todos estos aspectos hacen de esta colonia un caso especial dentro de las actuaciones de colonización de posguerra.

Actualmente, la Colonia de Aguas Vivas permanece en manos privadas. La colonia ha seguido funcionando desde el comienzo de su andadura y las instalaciones agropecuarias siguen cumpliendo las funciones para las que fueron concebidas. Su estado de conservación es adecuado, manteniendo incluso las piezas húmedas originales de los edificios y el aspecto general del conjunto. El sanatorio se ha reconvertido como dotación docente con relativa facilidad mediante unas pocas obras de adecuación. Se le ha añadido un volumen destinado a actividades extraescolares, pero sus núcleos de comunicación, alumbrado, cocinas y espacios comunes siguen en uso sin ningún tipo de alteración apreciable. Con todo, la Colonia de Aguas Vivas marca un ejemplo de actuación colonizadora planificada, muy significativo de su época, pero a la vez con circunstancias singulares, cuya concepción y promoción vino amparada por una constante evolución normativa a la que diferentes administraciones habían contribuido.

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Notas

1Tras las ciudades de reconquista habría que esperar al siglo XVI, cuando Carlos I promocionó la aparición de núcleos dispersos de población en el Reino de Jaén. Durante el siglo XVIII se acometería la edificación de Nuevas Poblaciones en Sierra Morena y Andalucía, cuyo ejemplo más notable sería el de La Carolina (1767).

2 Aunque el estudio de Paniagua se restringe a la Comunidad de Madrid, es interesante su extrapolación nacional. El autor establece tres fases colonizadoras, que considera acumulativas, y que utilizan diversos métodos de intervención en el espacio. Estas fases son: la colonizadora de la segunda mitad del siglo XIX, la correspondiente a inicios del XX y la política de colonización franquista.

3 La función social de la propiedad sería incluida en la encíclica Rerum Novarum, donde el Papa León XIII invocaba al derecho social sobre la propiedad.

4 El organismo precedente del futuro Instituto Nacional de Colonización de posguerra.

5 El Periodo Primorriverista coincidió con el desarrollo estilístico de los regionalismos, que se dio en toda Europa. Por ello las obras dotacionales promocionadas por este gobierno (edificios de correos, ayuntamientos y otras instalaciones públicas) se resolvieron con estilos arquitectónicos vernáculos.

6 Las viviendas debían constar de cocina-comedor, tres dormitorios, despensa, desván y retrete. Como edificaciones anexas, un almacén para grano y otro para heno y paja, depósito de maquinaria, cuadra y establo con local para forrajes y residuos. Por último, se preveían cochiquera, gallinero y corral. También existía otra tipología destinada a comerciantes y artesanos, con un local en planta baja para el desarrollo de la actividad y otro en planta alta para vivienda con capacidad para cinco personas y un patio.

7 La descolonización del Sáhara hizo necesaria la creación de núcleos agropecuarios para acoger al personal peninsular que debía comenzar una nueva vida fuera de la antigua provincia. Uno de estos núcleos fue el poblado valenciano de Cortichelles, promovido y construido por el Instituto Nacional de Colonización y dependiente del ayuntamiento de Turís (Valencia).

8 Antonio Gómez Davó (1890-1971) fue un profesional comprometido con su tiempo, de formación ecléctica en la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Madrid y con una gran habilidad para trabajar en todo tipo de estilos. Su obra, profusamente publicada en revistas profesionales hasta el periodo bélico, se caracterizó por intentar conciliar la modernidad con lo vernáculo.

9 Hoy en día colegio infantil. No está documentalmente asegurada la autoría del hospital por Gómez Davó. En su archivo particular solo existe un croquis de 1945, no encontrándose planos ni en el Archivo Histórico Municipal de Alzira, ni en el Archivo Histórico de la Fundación Bancaja. Pese a ello, cabe pensar que fue proyectado por el mismo por un doble motivo. En primer lugar, la unidad de estilo que el hospital guarda con el resto de los edificios del conjunto. En segundo lugar, por trabajar el arquitecto en esos momentos y simultáneamente, tanto para la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Valencia, como para la Junta Provincial Antituberculosa de Valencia.

10 El indigenismo fue una corriente cultural que tuvo su expresión arquitectónica. Tomaba como modelo para la arquitectura moderna los edificios precolombinos. Esto daba como resultado una arquitectura adintelada, muy prismática y prolijamente decorada.

11 Argentina fue, desde los primeros tiempos, uno de los países que lideró el discurso formal neocolonialista. Es notoria la actividad profesional y literaria del arquitecto porteño Martín Noel (1888-1963), quien durante algún tiempo se constituyó como