Estudios

CIUDAD Y TERRITORIO

ESTUDIOS TERRITORIALES

ISSN(P): 1133-4762; ISSN(E): 2659-3254

Vol. LII, Nº 204, verano 2020

Págs. 229-246

https://doi.org/10.37230/CyTET.2020.204.03

CCBy-NC 4.0

Territorio, ciudad y hábitat en el PGOU de Málaga 2011:
actividad agraria y planeamiento urbano de los Montes de Málaga

Mª Luisa Gómez-Moreno

Profesora titular de Análisis Geográfico Regional de la Universidad de Málaga

RESUMEN: La aplicación del análisis geográfico regional a la construcción social del territorio permite conocer y reorientar las relaciones rural-urbanas, y por ello puede ser un instrumento adecuado para la integración de la multifuncionalidad agraria en el planeamiento urbanístico municipal. El objetivo de este artículo es analizar esta integración en el tratamiento de los Montes de Málaga por el Plan General de Ordenación Urbana de Málaga de 2011. Para ello, se sintetiza esta construcción mediante bibliografía; se revisa la epistemología dedicada a la consideración de la multifuncionalidad agraria por el planeamiento urbanístico, y finalmente, se analiza la normativa de dicho PGOU aplicada a los Montes. Las conclusiones revelan que el PGOU subordina la multifuncionalidad agraria de los Montes a la protección de sus valores ambientales y estéticos, en detrimento de una articulación campo-ciudad basada en la complementariedad de sus funciones (agricultura de proximidad).

PALABRAS CLAVE: Multifuncionalidad agraria; Relacion campo-ciudad; Planeamiento urbano.

Territory, town and habitat in 2011 Malaga Urban Planning: farming and urban planning in Málaga Hills

ABSTRACT: The application of Regional Geographic Analysis to the social construction of the territory let to know and to redirect the urban-rural relationships and that is why it may be a suitable tool in order to embedding agrarian multifunctionality in urban planning. The aim of this paper is to analyze the study case of the 2011’ Málaga PGOU (General Urban Management Planning) and its approach to Montes de Málaga. Firstly, the methodology stands on the construction of this territory based on bibliography. Secondly, literature is used to contextualizing the analysis of this subjet, and finally, the analysis itself. The conclusions reveal that this PGOU subordinates the agrarian multifunctionality of Montes de Málaga to the sole consideration of the environmental values as perceived by the city inhabitants but at the expense of a rural-urban relationship focused on the complementarities of their functions (local markets).

KEYWORDS: Agrarian multifunctionality; Urban-rural relationships; Urban planning.

Recibido: 04.02.2019; Revisado: 18.05.2019
Correo electrónico: geolugom@uma.es Nº ORCID: https://orcid.org/0000-0002-4464-0187
La autora agradece los comentarios y sugerencias realizados por los evaluadores anónimos, que han contribuido a mejorar y enriquecer el manuscrito original.

1. Introducción

La integración de la función agrícola en los documentos de planeamiento urbanístico en España es un tema frecuentemente abordado desde perspectivas diversas que incluyen la agricultura periurbana como víctima de la difusión urbana; la multifuncionalidad de las explotaciones y espacios agrarios como oportunidad de ambos para su inserción en las nuevas demandas de los habitantes de las ciudades; el protagonismo de los actores, tanto urbanos como rurales, en la estructuración de estas demandas a través de organizaciones conservacionistas y/o de producción o consumo y de su participación en los instrumentos de planeamiento y, más recientemente, el concepto de infraestructuras verdes.

Sin embargo, esta integración se estudia al margen de la interpretación de la evolución de las relaciones entre campo y ciudad como una de las bases de la construcción de los territorios. No deja de ser paradójico que, como expone Castillo (Castillo, 1996), el territorium latino sea una jurisdicción política que se corresponde con una función económica asignada desde una ciudad (urbs) y que consiste en que la primera aprovisiona a la segunda de los productos necesarios tanto para su subsistencia como para su comercio con otros núcleos urbanos. Y decimos paradójico porque esta definición, ligada a una articulación ciudad-territorio que tiene en la economía uno de sus fundamentos, está muy alejada del planeamiento urbanístico municipal español, la principal figura vinculante en nuestra ordenación del territorio.

Partiendo de este contexto, el objetivo de este artículo es analizar las funciones que la entidad representativa del municipio de Málaga, a través de su Plan General de Ordenación Urbana (en adelante PGOU) de 2011, establece para el espacio agrario y el hábitat rural correspondiente a los Montes de Málaga, la unidad fisiográfica más extensa de su territorio (término municipal).

Para ello, se parte de la construcción del territorio que constituye el área de estudio, entendido como la articulación entre Montes, ciudad y puerto. A continuación se recoge la revisión bibliográfica que permite contextualizar el PGOU desde la perspectiva de la multifuncionalidad agraria. Los resultados de esta revisión son aplicados en el tercer apartado, contrastando esta perspectiva con la forma en que el planeamiento recoge y codifica los elementos resultantes de la construcción territorial. Finalmente, se reflejan las actitudes de diferentes actores respecto a la funcionalidad de los Montes interpretadas como posibilidades de reconducción de este planeamiento.

2. El análisis de la construcción del territorio como base para la integración de la multifuncionalidad agraria de los Montes en el planeamiento

De los 395 km2 que componen el actual término municipal de Málaga, el 60% es aportado por los Montes (ver Fig. 1). Pero por encima de este peso material, en nuestra opinión, la importancia de los Montes radica en que éstos han sido la unidad fisiográfica de mayor influencia en el devenir económico y físico de la ciudad de Málaga a lo largo de los 500 años que median entre los siglos XIV y XIX.

En la Fig. 1 se pueden observar algunas de las características que condicionan su valor agronómico en términos teóricos. Se trata de un conjunto de colinas configuradas por el manto Maláguide de las Unidades Internas de las Béticas, con altitud comprendida entre los 100 y los 1.000 m. Las intensas precipitaciones bajo régimen de gota fría son canalizadas por una densa red fluvial favorecida por las pendientes (entre el 10 y el 30%) y por una litología que proporciona abundante regolita (esquistos de edad precámbrica a devónica). Estos factores si no corresponden a una situación de biostasia suponen graves problemas erosivos, concentrándose los aluvionamientos en las desembocaduras, cuya coalescencia va generando una llanura de inundación. En uno de sus tramos, que tiene como curso principal el Guadalmedina, se sitúa la ciudad de Málaga1.

Fig. 1/ Mapa de la Tierra de Málaga (1487) y de sus municipios actuales.

Fuente: Elaboración propia a partir de la delimitación expuesta en Espejo, 2016. Bases cartográficas: capa de información geográfica IECA (Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía) en su producto DERA (Datos Espaciales de Referencia de Andalucía).

Por tanto, a la relación jurídica o socioeconómica entre los Montes y la ciudad Málaga subyace una relación de orden geomorfológico, dos relaciones que a su vez interactúan, como se verá más adelante. Así, y como se deduce del planteamiento ya enunciado de Castillo (Castillo, 1996), son las relaciones político-jurídicas las que seleccionan los elementos físicos en la construcción de los territorios articulados por la relación campo-ciudad. La amplia bibliografía disponible permite exponer la estrecha relación entre función económica y entramado jurisdiccional por una parte y, por otra, los elementos y puntos de continuidad y de ruptura de éste.

2.1. Las repercusiones de una economía extrovertida en la articulación de Montes, ciudad y puerto. S. XIV-1881

Los estudios de López de Coca (López de Coca, 1997, 2001) revelan que en la etapa nazarita se fijan las bases de la articulación económica e institucional entre ciudad y Montes. En un patrón común a la franja que yuxtapone litoral y cornisa prelitoral dispuesta entre Motril y Marbella, desde Granada, la capital del reino, se acuerdan los términos de la trata de la fruta por los que se da prioridad a los comerciantes genoveses en la exportación de la pasa y otros frutos secos, que adquieren directa o indirectamente a los campesinos, a cambio de unos pingües ingresos fiscales. A éstos se unen los derivados de la norma por la que se permite la roturación de tierras si se dedican a estos cultivos. Por otra parte, la relación entre estos comerciantes y los productores se ajustaba a la economía de trata o adelanto de cosecha. Por tanto, los ingresos en forma fiscal para la institución pública y en forma de plusvalía comercial para los mercaderes están en la raíz del proceso por el que terrenos con aptitud agrícola media o baja como los que integran los Montes serán objeto de un ciclo de roturación que se prolongará hasta mediados del siglo XX. Más adelante detallaremos las estructuras agrarias ligadas a este proceso. Y, en lo que respecta a la ciudad de Málaga, este hecho es fundamental para el reforzamiento de su función portuaria. En el nuevo marco abierto por la conquista cristina de 1487, esta articulación se verá reforzada por dos factores de orden muy dispar.

Uno es el jurisdiccional, que lleva a la ciudad malagueña decisiones antes tomadas en la de Granada. A partir de la bibliografía (López de Coca, 1977; Ruiz, 2018) podemos plantear la analogía del concejo malagueño con la estructura romana estudiada por Castillo. El concejo es la institución, radicada en la ciudad, urbs, Málaga, con un área de influencia, la “tierra”, cuyo paralelismo con el territorium es dificultado por la diferencia entre el alfoz y la tierra. Este concejo es el que, a través de los repartimientos, establece la distribución espacial de la asignación productiva en función de las distintas potencialidades agronómicas de la tierra. El resultado sitúa las tierras de pan llevar en la aureola de materiales arcillosos de la Hoya del Guadalhorce y del Campo de Cámara; los regadíos intensivos, en los travertinos de la sierra de Mijas; los pastos y maderas en las sierras litorales de Mijas y Alpujata, prolongadas en la vertiente oriental de la Sierra de las Nieves, y en la sierra de Camarolos (Fig. 1). Esta organización mantiene la localización de la arboricultura para la exportación de frutos secos en las vertientes esquistosas que constituyen el piedemonte de estas sierras y el conjunto de los Montes de Málaga y el fomento de las roturaciones a este fin, en este caso, por parte del concejo de la ciudad.

El segundo factor afecta a este último uso y corresponde a la incorporación del vino como aprovechamiento de las vides, derivado del cambio de cultura religiosa. Un cambio que repercutió en la ciudad, donde se establecerá un número creciente de bodegas, cuyos caldos también se dedicarían a la exportación.

La estructura agraria implícita en este proceso perdura hasta hoy en los Montes. Una primera característica es el minifundismo y la dispersión de la microparcelación, como consecuencia del procedimiento asistemático e irregular que rigió las citadas roturaciones. Así, éstas bien expandían los rodales de cultivos arbóreos próximos a las alquerías (base del hábitat), bien se localizaban en nuevos emplazamientos alejados de aquellas (Espejo, 2016). La dimensión de estas parcelas era muy reducida, predominando entre 1 y 2 obradas, 0,3033 ha, medida correspondiente a la superficie de viña que un hombre puede trabajar en un día. Un segundo rasgo es su ligazón con un hábitat disperso, las citadas alquerías, justificado tanto por la necesidad de mano de obraen la fase de cultivo como en la de primera manipulación: obtención del mosto, secado de los frutos. A partir del s. XVIII, se agregan los lagares dispersos y a esta función económica se incorpora la residencial de los grandes y medianos propietarios con domicilio habitual en la capital malagueña (Blanco, 1997). Las necesidades de aprovisionamiento de agua de los mismos dieron lugar a un interesante y diverso conjunto de obras hidráulicas (Blanco & Gómez 2006).

En efecto, el s. XVIII es el de expansión tanto del cultivo en los Montes como del comercio de exportación, que salta del Norte de Europa al continente americano, con la consolidación del nombre “vino de Málaga”, en un proceso común a otras ciudades como Oporto o Burdeos. A partir del estudio de Parejo (Parejo, 2009), consideramos que esta expansión va ligada a un desfase entre la modernización del sistema de comercialización para la exportación y la obsolescencia del sistema de trata en la relación entre los bodegueros o exportadores de frutos secos y los campesinos. Nuestra interpretación del alcance de la relación entre ciudad y territorio en este proceso identifica la capacidad institucional de regulación del uso del territorium por el concejo, que, controlado por bodegueros y exportadores, favorece la expansión del cultivo permitiendo, de facto o de iure, las roturaciones. La consecuencia de este juego entre la expansión de la superficie cultivada y el inmovilismo del sistema comercial fue que el control de la propiedad de la tierra no llevó aparejado un control de la plusvalía en el proceso de comercialización de sus frutos y, de hecho, del adelanto de cosecha se derivaba frecuentemente el embargo de las propiedades, pero con la continuidad de la familia campesina, reducida a una especie de colonato de sus antiguas tierras.

Otra consecuencia fue el doble crecimiento de la ciudad de Málaga durante los siglos XVIII y XIX convertida en uno de los principales puertos del Mediterráneo español y no español. Y decimos doble porque los procesos erosivos derivados de esta deforestación, con intensos aluvionamientos transportados y depositados por el Guadalmedina, se tradujeron en una rápida colmatación de la pequeña bahía original que iba del Castil de San Lorenzo al Castil de Genoveses (ver nota al pie 1). Se da así la circunstancia de que el ensanche urbano al sur de la Alameda donde se fueron localizando las bodegas y los almacenes de manipulación de frutos secos buscando la cercanía del puerto, se ubica en esta extensión ganada al mar.

Las transformaciones políticas inherentes a la revolución burguesa decimonónica no cambiaron este orden de cosas. Desaparecido el concejo, los ayuntamientos reciben unas competencias sistematizadas en torno al estado nación, y, más tarde, la Desamortización Civil diluye su capacidad de jugar con concesiones de roturación.

En el caso de estudio, parte de los Montes pasan a nuevos municipios, pero un sector amplio, como indicábamos, se integra en el término municipal malacitano (ver Fig. 1). Esta modificación jurisdiccional no redundó en una mejora de las condiciones de los campesinos y el ámbito de aprovisionamiento de las exportaciones superaba ampliamente el de su nuevo término.

Pero si ni el cambio de religión ni el paso del Antiguo al Nuevo Régimen repercutieron en una interrupción de este proceso, basado en la articulación entre producción y hábitat agrarios y comercio de exportación urbano, sí lo hicieron dos hechos que, separados por 27 años, acabaron bruscamente con este patrón consolidado a lo largo de cinco siglos.

2.2. Inundaciones, repoblaciones y agricultura de subsistencia 1881-1958

Por orden cronológico, el primero fue la plaga de la filoxera (aparición, 1881) y el segundo la crisis rexistásica, identificada con las catastróficas inundaciones de 1907. La consecuencia de la combinación de estos dos hechos fue un cambio profundo de las funciones que los actores urbanos asignaban a los Montes frente a la pasividad de los actores campesinos, paralizados en su capacidad de iniciativa por medio milenio de economía de trata. Pese a los numerosos estudios sobre el tema (entre otros el de Pellejero, 1991) queda por dilucidar por qué la oligarquía bodeguera malagueña no siguió el camino de reestructuración que emprendieron otras similares como las del Penedés o Jerez, de modo que las exportaciones de vino y frutos secos se redujeron drásticamente acarreando la paralización del dinamismo de la ciudad. Este abandono de la arboricultura, responsabilidad de los actores económicos urbanos, se acompaña de una iniciativa reclamada desde los actores institucionales urbanos para la solución del problema de las inundaciones, y centrada en el desarrollo de un plan hidrológico-forestal en la cuenca del Guadalmedina (Perles & al., 2017). Los actores rurales quedaron así fuera de los intereses económicos de la oligarquía urbana y de los intereses generales de los habitantes de la ciudad. Su única salida fue la reorientación de sus explotaciones y de su actividad hacia la subsistencia complementada con la recolección y con el abastecimiento de la vecina ciudad. El poblamiento disperso se mantiene y densifica en el contexto de la primera fase de la transición demográfica y ante la carencia de alternativas de ocupación dada la atonía de la ciudad.

El alcance en superficie de estas dos nuevas funciones de los Montes en el término municipal fue muy dispar. Frente a las casi 4.000 ha que ocupan las repoblaciones, ampliadas en sucesivas etapas, la mayor parte de la superficie de los Montes, unas 20.000 ha, acogieron esta nueva orientación productiva. Cambian profundamente los usos y cultivos: el cereal y su rotación con leguminosas se extendían por las vaguadas, como base de la subsistencia. Los regadíos de huertas y frutales a partir de las minas y de las norias y sobre abancalamientos se expandieron hasta los años sesenta. El olivo y el almendro ocupan el vacío de la vid, pero, por sus menguadas necesidades de mano de obra y por sus aleatorios rendimientos, en ningún momento supondrán la recuperación del género de vida centrado en la viticultura. Finalmente, la ganadería extensiva, principalmente caprina, aportaba ingresos complementarios gracias a la venta en la ciudad. Las repercusiones de este cambio en la funcionalidad del hábitat disperso fueron muy profundas (Blanco, 1997). En el caso de los lagares que incluían uso como residencia secundaria, sus propietarios, carentes de recursos para mantenerlos, los arrendaron a esa población creciente de campesinos, permitiendo su fragmentación y el abandono de sus valores estéticos. También cambiaron los lagares por los equipos necesarios para la obtención de aceite. Los de las familias campesinas se mantuvieron, eliminando el lagar e incrementando su superficie construida para dar cabida a una familia creciente. Y en todos ellos, las necesidades de aprovisionamiento hídrico supusieron el mantenimiento y expansión de las obras necesarias para ello.

2.3. Del capitalismo industrial al postindustrial. Una transición rápida y compleja. 1958-1989

El fin de esta función productiva y el establecimiento de una nueva relación económica de los Montes con la ciudad de Málaga, responden a la combinación de dos procesos interrelacionados inducidos por la rápida y brusca reorganización espacial y sectorial que el capitalismo industrial induce en la mayor parte de España desde 1958, bajo la denominación de Desarrollismo.

El primero de estos procesos es el cambio de la funcionalidad económica de la ciudad de Málaga que sale de la atonía, pero ya no de la mano de su puerto sino de su proximidad espacial a la Costa del Sol, una de las zonas que experimenta una concentración de actividades y población en torno al turismo masivo de sol y playa. El segundo radica en las repercusiones de este cambio de modelo productivo sobre las enunciadas estructuras sociales de los Montes. De ellas, la más relevante es la posibilidad que tienen los habitantes de los Montes de mejorar sus ingresos integrándose, como mano de obra no cualificada, en el sector de la construcción, una actividad que domina, con los servicios especializados (sanidad, educación), el nuevo estatus de la ciudad.

De este factor económico se derivan otras consecuencias. Una, el abandono del hábitat disperso, ya que sus moradores se trasladaron a barrios de autoconstrucción en la periferia de la ciudad de Málaga según pautas de proximidad y trazado de las vías de comunicación. De ahí la relación entre Puerto de la Torre y el sector de los Montes más próximo a los partidos de Verdiales y al término municipal de Almogía; entre Mangas Verdes y las estribaciones que flanquean el Guadalmedina; entre La Mosca y Jarazmín y las alineaciones que conforman las cuencas del Jaboneros y del Gálica. La otra, el abandono del cultivo, que responde tanto al acceso a los salarios aportados por las nuevas actividades, que permiten prescindir de su función de subsistencia, como a los bajos ingresos que proporciona la explotación agraria. En este punto del discurso queremos introducir un factor explicativo escasamente conceptualizado por la Geografía o la Economía, y que está a caballo entre la Antropología y la Psicología: el factor emocional vinculado a la asunción de un determinado sistema de valores. Así, la intensificación de los cultivos que observábamos en la primera mitad del siglo XX sólo se entiende por la disponibilidad de mano de obra bajo un sistema de valores vinculado a la jerarquía familiar y potenciado por la religiosidad, mientras que el intenso éxodo rural de los 60 implica su sustitución por otro en el que, rápidamente, se reduce el número de hijos y el consumo de productos muy diferentes de los indispensables para la subsistencia pasa a ser el eje fundamental de las conductas.

En síntesis, entre 1960 y 1989 se consuma el abandono de los Montes de Málaga como espacio productivo agrario, lo que lleva aparejada la caída de la superficie cultivada y el estado de ruina de la mayor parte del hábitat disperso agrario.

Como podemos ver en la Fig. 2, en 1950 los Montes retenían el 5% de la población total del municipio y el 54% de la que vivía en diseminado, mientras que, en las entidades situadas en la costa, incluyendo Torremolinos, sólo residían el 1,5% de los habitantes municipales. Para 1970, los Montes habían perdido en términos absolutos casi 9.000 residentes (sólo retenían el 1,34% de los malagueños) frente a la costa que absorbía ya el 5% de los mismos (20.000 residentes). En términos de viviendas, los Montes pierden 1.337 y en la costa su número se incrementa en 8.364. Por tanto, el avance del espacio urbano de la ciudad de Málaga no afecta a los Montes en esta etapa, pese a su localización claramente periurbana, con la excepción de los barrios de autoconstrucción antes enumerados.

Población de hecho, nº de habitantes

Nº de viviendas

Tipo de poblamiento

Concentrado

Diseminado

Concentrado

Diseminado

Años

1950

1970

1950

1970

1950

1970

1950

1970

Málaga capital

241.385

329.923

-

5.065

47.137

96.023

-

1.376

costa Torremolinos

1.212

18.547

3.007

1.937

789

8.865

86

374

Montes(1)

 

981

13.975

4.026

164

356

2.762

1.233

Vega(2)

4.485

4.848

11.457

9.125

2.694

1.316

447

2.103

TOTAL

247.082

354.299

30.389

20.153

50.784

106.560

3.295

5.086

Fig. 2/ Evolución de la distribución de la población y de las viviendas del término municipal de Málaga según tipo de hábitat entre 1950 y 1970.

Fuente: INE: Nomenclátores de 1950 y 1970.

Sin embargo, en este cambio del sistema de valores, ¿cómo encaja, si no es por factores emocionales, que estas familias emigrantes conserven esa propiedad agraria carente de función económica? Este hecho es esencial para comprender el alcance de la planificación urbana objeto de este estudio, que abordaremos más adelante.

Si hemos elegido el año de 1989 para cerrar este período es porque en el mismo se produjo un hecho significativo de la última fase, en la que nos encontramos, del proceso de construcción del territorio que nos ocupa: la declaración como parque natural Montes de Málaga de las 4.000 ha de la cuenca oriental del Guadalmedina, objeto de las repoblaciones forestales ya enunciadas. Consideramos que esta declaración refleja los postulados del capitalismo postindustrial, en los que se contextualiza la aparición de uno de los conceptos tomados como referencia en el marco epistemológico: el de multifuncionalidad de las explotaciones agrarias. Sobre él centramos nuestro análisis del tratamiento por el PGOU de este territorio construido.

3. El estado de la cuestión: entre la agricultura urbana y la multifuncionalidad de la explotación agraria

No es el objeto de este trabajo un seguimiento del planeamiento urbano correspondiente al área de estudio paralelo al que hemos realizado de las relaciones funcionales entre Málaga y los Montes. Pero sí es conveniente para nuestra argumentación recordar que los avances tecnológicos de la revolución industrial rompieron la dependencia de la ciudad de su entorno inmediato como lugar de aprovisionamiento. Si a ello unimos la rapidez de los procesos de expansión del suelo urbano ligada a este mismo proceso, se entiende que la ordenación se centrara en ésta sobre el territorio y no en la lógica productiva intrínseca del territorio en términos agronómicos.

Por tanto, dado que el objeto de este estudio es cómo el PGOU interpreta la actividad agraria desarrollada en los Montes de Málaga, la revisión bibliográfica consultada para contextualizarlo ha tenido como criterio de selección la relación entre agricultura y ciudad y su tratamiento por el planeamiento en los dos últimos decenios, esto es, en el contexto del capitalismo postindustrial.

Considerando que el ámbito de estudio se localiza en contacto directo con una ciudad de 569.002 habitantes (INE, Nomenclátor 2017), después del modelo de Von Thunen, el siguiente concepto que aborda esta relación es el de agricultura periurbana, especialmente desarrollado en los años Setenta y Ochenta. Pero en los Noventa, el paradigma de la multifuncionalidad de la explotación agraria modifica el alcance de esta perspectiva epistemológica. Desde la perspectiva del planeamiento urbano, Morán (2010) recoge la iniciativa de Oko-Bauern (Munich) en 1992 que reconoce el paisaje tradicional como elemento de atracción de visitantes, pero siempre vinculado a la producción agraria. Poco después, Prost (1994) ya aplica al tratamiento de la agricultura periurbana por el planeamiento urbano los resultados del informe Souchon, que también centra esta multifuncionalidad en el componente productivo. La repercusión de este concepto en las explotaciones agrarias ubicadas en las proximidades de las ciudades las introduce en una nueva matriz de oportunidades y amenazas. Entre las primeras, la incorporación a sus esquilmos de otras tareas directamente remuneradas (turismo rural, incluyendo alojamiento, actividades deportivas, divulgativas, venta directa de productos, Rural Goods and Services, Esparcia & Buciega, 2005), las hace más competitivas que las situadas en el rural profundo, dada su proximidad a los clientes potenciales, de extracción urbana. Entre las amenazas, el hecho de que algunos de los valores ligados a esta multifuncionalidad (paisaje, patrimonio, biodiversidad) tienen una compensación económica muy difusa, por lo que la gestión de estos espacios agrarios tiene más riesgo de quedar supeditada a las necesidades que tienen de estos valores los habitantes de la ciudad, una supeditación regulada por el planeamiento urbano y que afectaría menos a los espacios agrarios alejados de las urbes.

Si el concepto de multifuncionalidad se aplica más a la explotación agraria, convergentes con él han surgido otros que trasladan esta diversidad de dimensiones a la relación entre espacios rurales y espacios urbanos. Simón (2010) recoge, en Holanda, el Informe de Planificación Espacial Nacional que, aprobado en 2006 incluye un programa de desarrollo para el GroeneHart, en el que destaca el papel de las redes verdes (ecológicas) y azules (agua), y la función agraria, natural y paisajística en la que inserta los elementos de valor históricocultural del territorio. Varios conceptos, en la intersección entre la bibliografía académica y la literatura gris, están implícitos en este programa. Uno es el de servicios ecosistémicos proporcionados por la actividad agraria (Simón & al., 2012) y vinculado a éste, los de conectividad socioecológica e infraestructura verde2 (Alberdi, 2009). Otro planteamiento es el que resalta la combinación de producción y calidad paisajística, como la propuesta del Corredor del Támesis (Viljoen, & Bohn 2006), o los trabajos de Firmino (2008) para Lisboa.

Posteriormente, esta línea es reforzada por la aparición de otro concepto, en este caso desligado del campo de la plurifuncionalidad. Nos referimos al de “soberanía alimentaria”, relacionado con otros como “circuitos cortos de comercialización” y “agricultura urbana”. Es difícil discernir en qué medida obedece a factores conservacionistas, a respuestas de concienciación ciudadana (Matarán, 2013) respecto a los procesos de la globalización correspondientes a la producción de alimentos y/o a respuestas también ciudadanas de resistencia a los efectos de la crisis de 2007, materializados en la localización del autoabastecimiento alimentario en el interior de las ciudades o en los resquicios que la expansión urbana del decenio anterior dejó3. La aparición de los parques agrarios (Segrelles, 2015; Mata & Yacamán, 2016) es su manifestación más significativa y la ligazón de funciones ambientales, estéticas y productivas trabadas por un componente identitario que supone, puede interpretarse como una intersección entre la multifuncionalidad del sector agrario y la consideración de éste por la interacción entre agentes de las áreas urbanas y agentes de las áreas rurales.

Pero en este sentido, la bibliografía consultada de escala española incorpora otras líneas: resaltar como esta interacción rural-urbano fundamentada en la producción agraria queda al margen de las figuras de planeamiento, con una clara supeditación de lo rural a lo urbano (Delgado, 2017; Alberdi, 2009) y la propuesta de considerar los servicios ecosistémicos en el planeamiento como instrumento para la inclusión de la agricultura en éste (Simón & al., 2014, casos de Aranjuez, Ciudad Real y Valladolid; Morán & al., 2017, áreas metropolitanas de Madrid y Oviedo). Consideramos que, en estas revisiones académicas del planeamiento, el papel del hábitat funcional agrario no se aborda, cuando, como indican Bertrand & Bertrand (2006: 193),

“A veces, la permanencia del hábitat y de la explotación agrícola hace que el pasado muerto y el pasado todavía viviente se mezclen con las formas más actuales de la actividad agrícola y rural”

argumento que refrenda que el hábitat rural es fundamental como vehículo de continuidad de la explotación agraria multifuncional. Probablemente, el proceso de urban sprawl asociado a la burbuja inmobiliaria (y que en el caso de Andalucía condujo a una acumulación de viviendas construidas en el limbo normativo del concepto “Fuera de ordenación”4) explica una restricción indiscriminada de la vivienda en suelo rústico por el planeamiento urbanístico más reciente. Una restricción también justificada por los abusos que propietarios, agrarios o no, han hecho de las formas básicas de edificación prevista en las diferentes leyes del suelo5 para la función productiva (casas de aperos), en todo ajenos a los fundamentos de la plurifuncionalidad agraria.

Contando con este bagaje conceptual, que impregna tanto la investigación académica como la planificación europea, pasamos a analizar en qué medida el PGOU de Málaga de 2011 permite la viabilidad de la multifuncionalidad de las explotaciones agrarias en el territorio construido de los Montes.

4. Territorio, ciudad y hábitat disperso6

4.1. Los componentes socioeconómicos, ambientales y patrimoniales del territorio de los Montes

Comenzando por el poblamiento, de la combinación de los datos del Censo de Población del 2011 correspondientes a las secciones del municipio de Málaga ubicadas en los Montes con la información oral facilitada por algunos propietarios7, deducimos la coexistencia de residentes en los Montes que trabajan en actividades no agrarias con residentes en los barrios de autoconstrucción citados y que, ya jubilados, han reemprendido el cultivo de parte de sus tierras. Este último colectivo recuperó la ocupación del hábitat disperso ya en los años ochenta, cuando consolidaron su posición económica y volcaron en éste las formas de segunda residencia que ya despuntaban. Su ocupación en el sector de la construcción y la memoria de su vida juvenil les han permitido transformar las ruinosas casas familiares abandonadas en los años 60 en los tipos de edificación (casa unifamiliar) que ellos erigían como mano de obra en los entornos urbanos y turísticos. A su vez, sustituyen el jardín de césped por la recuperación del olivar, la viña o las huertas de alguna parcela.

Por tanto, e incorporando los datos del Censo Agrario de 2009, la agricultura a tiempo parcial, es como mucho, la única modalidad en la que ésta mantiene alguna función productiva. Así, el 61% de los jefes de explotación (los datos son municipales por lo que incluyen otras zonas, muy reducidas, fuera de los Montes) dedican menos de una cuarta parte de un año laboral a su explotación agraria.

Por otra parte, la comparación de los datos del Censo de Población del 2001 con los del 2011 ratifica esta nueva función de residencia permanente de ocupados en la ciudad. La actividad agraria prácticamente desaparece, pasando del 5 al 1% de los ocupados. La crisis del 2007 ha contribuido a esta gentrificación, ya que se elevan en términos relativos las cifras correspondientes a ocupados en puestos directivos y técnicos y se reduce la eventualidad. Consideramos que esta evolución refleja el hecho de que la crisis ha afectado a los ocupados no cualificados que trabajaban en la construcción y en los servicios y a los trabajadores no cualificados que constituían el perfil predominante de los habitantes en los Montes y que, al quedar en paro (la proporción de desocupados pasa del 21 al 43%), incrementan el valor relativo de los nuevos residentes entre los ocupados. Esta idea de gentrificación la podemos relacionar con los valores correspondientes a vivienda, ya que el 80% de las 3.545 viviendas censadas en estas secciones son vivienda principal. A su vez, este predominio se explica por la mejora de las comunicaciones, que facilita los movimientos pendulares entre el lugar de residencia y el de trabajo, la ciudad de Málaga, ya que el 83% de los residentes en las secciones de los Montes trabajan en el mismo municipio.

En sintonía con estos actores, la lógica de los usos del suelo responde a la interrelación de factores y procesos ya expresados. Debemos partir de la estructura de la propiedad privada (la del parque natural Montes de Málaga es pública), caracterizada por su escasa superficie y por la fragmentación (predominio de parcelas de 0,3036 ha) y dispersión de la parcelación. Este hecho se ha traducido en un abandono del uso agrícola de aquellas parcelas menos convenientes para el titular de la explotación, uso que se concentra en las más accesibles al hábitat disperso que señalábamos. Las primeras, como consecuencia del abandono, van recuperando poco a poco las distintas fases de vegetación hasta llegar en no pocos casos a la vegetación climácica.

A esta estructura debemos unirle el factor económico, ya que hay algo que no ha cambiado en estos 50 años: los bajos ingresos que proporciona la explotación agraria una vez eliminada la función de subsistencia. Centrándonos en los cultivos leñosos, pues son los más difundidos, en la Fig. 3 se puede constatar como las menores rentas corresponden a los frutos secos (almendros e higueras, 249,42 €/ha) y al viñedo (494,33 €/ha) mientras que el olivar sube hasta los 1.007 €/ha. Si combinamos ahora estos ingresos con la reducida extensión de las explotaciones el resultado es que la renta media de las explotaciones es inferior a los 4.000 € al año.

Fig. 3/ Clasificación de las explotaciones agrarias del término municipal de Málaga en función de su dedicación e ingresos.

Fuente: Explotaciones y cultivos: INE, Censo Agrario de 2009; ingresos: Blanco & Larrubia, 2008.

Estos factores explican la complejidad de los usos, reflejada en la disparidad de los datos estadísticos según su fuente, lo que condiciona las limitaciones de esta cuantificación. Como una primera manifestación de la que consideramos una de las claves de la regulación aplicada por el PGOU, encontramos el hecho de que, según el Censo Agrario de 2009, la superficie ocupada por explotaciones agrarias en el municipio de Málaga se limita a 9.711 ha, mientras que los datos de usos agrarios aportados por la Consejería de Medio Ambiente y obtenidos por fotointerpretación (Egmasa, 2007) ascienden a 31.905 ha. De éstas, la categoría predominante es “Mosaico de cultivos con vegetación natural”, con el 39% de la superficie municipal, frente a sólo un 5% de cultivos leñosos, un 3% de olivar y un 0,01% del antes todopoderoso viñedo (que contaba con 18.888 ha en 1881). Así mismo, un 34% de su superficie cuenta ya con vegetación camino de la clímax: matorrales y matorrales con quercíneas. La panorámica que proporciona el Censo Agrario de 2009 prescinde del “Mosaico de cultivos” para reconocer una superficie de frutales (en torno a 1.500 ha) semejante a la de la Consejería y más del doble de olivar (2.579 ha. frente a 930). La vid asciende a 45 ha, frente a las 2 reconocidas por la Consejería. Los usos correspondientes a matorral y arbolado los enuncia por su relación con la ganadería, de modo que 1.375 ha sirven para pastos y 1.406 no.

Consideramos que en esta complejidad residen sus valores ambientales, entendiendo por éstos sus valores intrínsecos, no derivados de la aplicación de normativa. La propuesta de ampliación del parque natural Montes de Málaga8 (dentro y fuera del término municipal homónimo) identifica zonas cuya vegetación reúne los requisitos de la categoría 45.3 Bosques de Quercus ilex dentro de los Bosques esclerófilos mediterráneos, definida por la Directiva Hábitat9, que, sin embargo no están reconocidos por ninguna figura de protección ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de Andalucía. No obstante, su reducida dimensión dificulta la segregación de lo antrópico y lo natural y se plasma en conjuntos paisajísticos muy atractivos por su diversidad a escalas muy detalladas (ver Fig. 4). Pero si estos valores ambientales contarían teóricamente con el respaldo de la Directiva Hábitat, en lo que respecta a los valores patrimoniales intrínsecos su reconocimiento es mínimo, a la vista de la paupérrima declaración del número de lagares reconocidos como BIC, que se detalla más adelante. Una limitación que contrasta con los valores arquitectónicos de sus restos recopilados en Blanco (1997).

Fig. 4/ Imbricación de usos de ager y saltus. Matorral con quercíneas y cultivos leñosos en los Montes de Málaga.

Fuente: Foto de M.L. Gómez.

En este sentido, el rasgo que caracteriza el hábitat disperso es la diversidad y la disparidad. Frente a magníficas construcciones, poco a poco despojadas de sus paramentos más valiosos (piedra, fuentes, tejas, rejería) por el vandalismo y por las dificultades de superar la Inspección Técnica de Edificios (ver Fig. 5.1), se observan chalets de autoconstrucción que emulan las mansiones del imaginario colectivo acuñado por los medios de comunicación (ver Fig. 5.3), y humildes viviendas reconstruidas por sus dueños para recuperar las paredes donde se desenvolvió su infancia. Lamentablemente, menos frecuentes son las restauraciones acertadas de los lagares campesinos (ver Fig. 5.2).

Fig. 5.1/ Almendrales. Hábitat residencial en ruinas.

Fuente: Foto de R. Blanco.

Fig. 5.2/ Las Casillas. Restauración para casa rural de lagar campesino.

Fuente: Foto de P. García Millán.

Fig. 5.3/ Venta del Túnel. Hábitat residencial actual.

Fuente: Foto de M.L. Gómez.

Fig. 5.4/ Almendrales. Atarjea, ejemplo de patrimonio hidráulico.

Fuente: Foto de R. Blanco.

4.2. La regulación de estos elementos por el PGOU de Málaga de 2011

Una vez enunciada la relación entre estructura social y factores ambientales y patrimoniales de los Montes de Málaga, pasamos a analizar el tratamiento de que éstos son objeto por la planificación urbana, aplicando como marco epistemológico de referencia el enunciado en el epígrafe 3. Para ello, y siguiendo a Simón & al. (2014) el PGOU de Málaga 2011 ha sido analizado según el procedimiento denominado conventional instrumental rationality mediante una lectura exhaustiva de los documentos del mismo que aparecen citados en las referencias bibliográficas y en las notas a pie de página. Los resultados de este análisis se exponen como valoraciones en torno a los tres conceptos que hemos identificado como nucleares para precisar si la multifuncionalidad de la agricultura es tenida en cuenta en la articulación entre los Montes y la ciudad de Málaga implícita en el PGOU de Málaga 2011.

4.2.1. La dilución de la ciudad en el territorio frente a la articulación de ciudad y territorio

El modelo territorial propuesto diluye, implícitamente, las diferencias entre ciudad y territorio lo que dificulta el reconocimiento de cuáles deben ser las relaciones funcionales entre ambos:

“A escala territorial, la condición topológica del lugar de la ciudad tiene una complejidad excepcional, resultante de la conjunción en el sitio de orografías peculiares y diversas (…) los dos valles fluviales principales, del Guadalmedina y del Guadalhorce; la costa oriental como piedemonte de la sierra litoral; la costa occidental como formación deltaica del Guadalhorce; los montes de Málaga con sus orografías diferenciadas a levante y poniente”10.

La contraposición de este enunciado a la presencia del suelo urbanizado observable en fotografía aérea pone de manifiesto que este modelo extiende la ciudad a todo el término municipal, mientras que la realidad lo circunscribe a unas determinadas localizaciones del mismo. Quizás esta afirmación de Fernández pueda dar la clave de esta mixtificación:

“los planes prefiguran y anticipan lo que, al cabo del tiempo, será la ciudad o el concreto espacio territorial por ellos considerado” (Fernández, 2011: 46).

4.2.2. La negación del proceso de construcción del territorio y su huella patrimonial

Aplicando el principio geográfico de comparación a los casos de Málaga, Burdeos y Oporto por haber compartido la producción y exportación de vinos como fundamento de la vida económica de la ciudad en los siglos XVIII y XIX, mientras en Burdeos y Oporto los factores identitarios derivados de esta función se han engarzado en sus dinámicas socioeconómicas recientes, en Málaga se ha perdido la materialización tanto identitaria como patrimonial de los 500 años en que esta actividad dio nombre y fundamento económico a la ciudad. El PGOU de Málaga de 2011 sigue contribuyendo por omisión, como figuras de planeamiento precedentes, a esta carencia.

Es el caso del Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Málaga, del que toma, en el apartado dedicado a la “Adecuación a la planificación territorial”11, el tratamiento que esta figura da a:

“La protección de las zonas por sus valores culturales. Justificación de cumplimiento de los artículos 78 y 79 del POTAUM” (ibidem).

Así,

“el presente PGOU establece distinción entre Protecciones Estructurales y Protecciones Pormenorizadas. Se consideran Protecciones Estructurales las Protecciones de Inmuebles incluidos en el Catálogo Andaluz de Patrimonio Histórico Artístico BIC y Régimen de protección genérico) y todas las Protecciones Arqueológicas” (ibidem p. 48).

A este respecto, la confrontación de la cartografía de base con la cartografía de afecciones pone de manifiesto la no consideración de los valores patrimoniales del hábitat disperso de los Montes de Málaga por el concepto de BIC y, por el mismo motivo, la ineficacia de la normativa del PGOU para el conjunto del territorio. Así en el plano I.5.7.10 “Protecciones histórico artísticas. Bienes de Interés Cultural”12 correspondiente al sector Jaboneros-Olías podemos comprobar la proliferación de los topónimos referidos a “lagar” acompañados de la localización de edificaciones, sin indicar su estado de conservación. Por otra parte, de la observación de dichos planos en conjunto se deduce el claro predominio de la categoría “protecciones arqueológicas” sobre el de “protecciones arquitectónicas”. Elementos como la Torre de Verdiales, la Ermita de Verdiales o atarjeas como la de Almendrales (ver Fig. 5.4.) no son reconocidos en ese plano como elementos valiosos.

Los argumentos expuestos tienen continuidad en el ítem de “Protecciones estructurales del medio urbano. Edificación, arqueología y vegetación” de los Planos de Propuesta que, a su vez, se justifica en el “Catálogo de edificaciones protegidas” contenido en el Documento C del PGOU13. En su memoria se exponen los criterios seguidos para su selección. Su análisis pone de manifiesto las siguientes carencias en lo que se refiere a los Montes de Málaga.

En primer lugar, la carencia de criterios para delimitar su “Ámbito de actuación”:

“El Catálogo tiene más bien un carácter periférico, dado que los elementos que incluyen se sitúan fuera del área que determina el Centro Histórico de la ciudad”.

La observación de estos elementos revela una disparidad de situaciones que no se ajusta a este enunciado. Así, en unos casos son de extensión muy reducida (apenas unas hectáreas) y localizados en las inmediaciones de dicho Centro Histórico, como Trinidad o Puerto; otros sí se pueden calificar como periféricos al mismo (Rosaleda, Limonar-Malagueta); otro grupo reuniría entidades de población localizadas a una decena de kilómetros del Centro Histórico (Churriana, Campanillas) y, por último, los Montes de Málaga, con sus centenares de hectáreas constituyendo un continuum que se desplaza a la veintena de kilómetros de distancia del centro en el que se ubican de forma puntual 5 inmuebles protegidos.

En segundo lugar, la incoherencia de los “Criterios de selección” tanto en su propio enunciado como en los resultados de su aplicación. Este enunciado se expresa en los siguientes términos:

“La finalidad del mismo (Catálogo) es la de garantizar la conservación de aquellas edificaciones que poseen unos valores patrimoniales destacados, bien por su interés arquitectónico, histórico, tipológico, urbanístico o de asunción de funciones de representatividad de la memoria histórica” (ibídem p. 3)

En este último sentido, el enunciado de su objetivo último como:

“la consideración de los inmuebles como documentos edificados que permiten elaborar una lectura continuada de la historia de la ciudad a través de ellos” (ibídem),

concretado en:

“garantizar la conservación de una muestra significativa de las diferentes tipologías arquitectónicas representadas en la ciudad, al entender que (…) éstas aportan una considerable carga de información acerca de los aspectos sociales, económicos y la mentalidad de los habitantes de la ciudad”

se plasma en las siguientes tipologías arquitectónicas: doméstica unifamiliar, plurifamiliar, hotelito, corralón, religiosa, industrial, funeraria, conmemorativa, asistencial, militar y educativa. La incoherencia, en nuestra opinión, radica en que, si hay una actividad que permite elaborar esa lectura continuada de la ciudad es la vinculada a la actividad exportadora de frutos secos y vinos desarrollada, como se ha expuesto en el epígrafe 1, entre el siglo XIV y los primeros decenios del siglo XX.

Sin embargo, en el caso de la ciudad, ni una sola alusión a las bodegas o almacenes de realización de la vendeja, pese a su escasísimo número y, quizás por eso, a la necesidad de indagar su función a través de documentación. Y, en el caso de los Montes, la zona más extensa, sólo cuenta, como adelantábamos, con cinco edificios incluidos en dicho catálogo mediante fichas, lo que contrasta con la proliferación de topónimos del citado plano I.5.7.1-5. Más adelante, en el epígrafe “Instrumentos de descripción” se puede rastrear el origen de esta grave carencia del PGOU en materia de protección de edificaciones para la “memoria histórica”:

“El carácter científico que debe tener un trabajo de esta naturaleza obliga a la inclusión de unas referencias bibliográficas que justifiquen y sustenten las diferentes informaciones y valoraciones que se aportan” (ibídem p.4).

Pues bien, la lectura de dichas referencias refleja que el criterio de selección no ha tenido en cuenta la trayectoria enunciada de la relación ciudad- Montes, ya que sólo hay una referencia al hábitat agrario y ninguna sobre la actividad vitícola o comercial.

La lectura detallada de estas cinco fichas aporta elementos para profundizar en este análisis. Así, respecto a la bibliografía utilizada, en cuatro de las mismas se trata del Inventario de haciendas, cortijos y lagares de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía (2000, consignada en la citada bibliografía) y sólo se basa en un texto de la disciplina geográfica (Blanco, 1997) no citado en la bibliografía. De la contraposición de los textos redactados en el apartado “Valoración patrimonial” se puede deducir el alcance del recurso a una u otra perspectiva académica en la interpretación de la conservación de edificaciones. En las cuatro basadas en el Inventario…

"su interés se ciñe a recuerdo de actividades artesanales que en épocas pasadas se desarrollaban en el medio rural como industrias tradicionales de transformación de productos de la tierra”, esto es, sin referencia alguna al viñedo y a los frutales de secano. En la basada en Blanco, 1997, “constituye un excelente ejemplo de lagar o vivienda agrícola característica de los Montes de Málaga”.

De forma más precisa se enuncia tanto su función productiva específica basada en la obtención del vino como su ligazón espacial a Los Montes, permitiendo así su identificación con la actividad económica exportadora de la ciudad.

4.2.3. La negación de la plurifuncionalidad agraria y de su fundamento económico

Como se deduce de Fernández (2011: 63) el concepto de suelo no urbanizable de los planes generales de ordenación urbana (POGOU) no considera la actividad agraria como un componente explícito del mismo. Por tanto, esta negación no es un rasgo que diferencie al PGOU de Málaga 2011 dentro de la planificación urbanística hispana (según señalábamos en la revisión bibliográfica) y el análisis que sigue pretende incorporar el caso de Málaga a esta línea de investigación.

Esta negación se materializa desde dos dimensiones. Una es la correspondiente a la función que el PGOU en su motivación reconoce a la agricultura en cuanto a actividad económica. Si de forma explícita en determinados puntos de la Memoria Propositiva se defiende la función agropecuaria, la eliminación de su carácter económico sólo se deduce de forma tácita en los Planos de Información correspondientes a la Estructura general y dentro de éstos a los Usos generales y estructura del territorio del término municipal (ver nota 11). Así, dentro de la categoría “usos generales” distingue dos rangos “usos urbanos” y “usos no urbanos”, incluyendo en la primera la subcategoría de “actividades económicas” y entre los segundos la de “agrícola cultivos de regadío” “agrícola cultivos de secano” y “forestales”. Enunciándolo como silogismo, los usos agrícolas no forman parte de los usos urbanos, y por tanto no forman parte de las “actividades económicas”.

La otra dimensión, derivada de la anterior, es la determinada por las categorías aplicadas en los planos de ordenación. Su fundamento es enunciado en estos términos:

“El nuevo Plan General debe perseguir que el ‘nuevo modelo de ciudad’ conlleve la ejecución de estrategias urbanas integradas, relacionadas no sólo con la protección y mejora de las condiciones ambientales, sino también con la mejora de la productividad y del crecimiento económico de la ciudad. La conjugación de la preservación y valoración de aspectos ambientales junto a los aspectos económicos contribuye a la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos”14.

Por limitaciones de espacio, para el análisis de las mismas hemos seleccionado sólo dos segmentos de los Montes de Málaga, el sector central en torno al río Guadalmedina (Fig. 6.1. Alcuza) y el extremo nordoriental (Fig. 6.2. Viento). Estos segmentos se han elegido bajo dos criterios. El primero, que en ellos concurren las categorías más significativas de que éstos son objeto por el PGOU. El segundo, que corresponden a situaciones dispares de los factores socioeconómicos antes señalados, ya que Alcuza es representativo del sector de los Montes anexo a los límites de la edificación continua de la ciudad de Málaga bajo propiedad privada, y el segundo lo es de la zona más lejana a los procesos urbanos, incluyendo un sector del citado parque natural Montes de Málaga.

Pasando ya al análisis de estas categorías, configuran un complejo conjunto aglutinado bajo el concepto de “no urbanizable”, de modo que su lectura detallada revela las razones por las que no admiten urbanización. Nuestro análisis tiene como procedimiento identificar qué categorías afectarían a explotaciones agrarias situadas en estos sectores.

Comenzando por Alcuza, las explotaciones emplazadas en su sector occidental están reguladas por la categoría “Áreas de sensibilidad paisajística” como resultado de la aplicación del criterio visibilidad (hiperronda) y proximidad a la corona urbana.

Sin embargo, las explotaciones situadas en el sector oriental, están reguladas por la categoría “Áreas de interés forestal”. El criterio por el que se asigna este uso es el Decreto 119/1990, de 17 de abril, por el que se declara zona protectora, de interés forestal y de repoblación obligatoria las cuencas del Guadalmedina y del Campanillas (Málaga) (Boja 39/1990, de 15 de mayo). Si la explotación se sitúa en la cima de Alcuza, entonces queda regulada por la categoría “Elevaciones topográficas de interés” (Art. 14.4.5.), “utilizando las cimas como espacios estratégicos para el uso público”15. Avanzando hacia el norte, si la explotación se emplaza en la umbría de Alcuza, la categoría que le afecta es la de “Áreas de interés florístico” (Art. 14.4.2.) que “recogen todos los espacios inventariados, en su día, como hábitats de interés ambiental” (ibídem p. 256). En esta misma orientación, se yuxtapone la categoría de “Suelo con pendientes mayores del 30%” (Art. 14.4.8.), aunque este rasgo también se da en las zonas aguas debajo de las otras categorías comentadas. La otra categoría que encontramos en este sector de los Montes es la de “Áreas de potenciación de la biodiversidad. Riberas de reforestación” (Art. 14.4.6.), cuyo criterio de delimitación es la “coincidente con las zonas de policía de la ley de Aguas: franjas de 100 m a cada lado de los cauces relevantes del municipio” (ibídem p. 263) y, en consonancia, se sitúa en el entorno de la cola del pantano del Agujero.

En el caso de la zona de “Viento” (Fig. 6.2.) se observa una menor complejidad, con dos categorías fundamentales, definidas por la presencia del parque natural Montes de Málaga al oeste de la carretera A 7.000. Una es la de Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y Montes de Dominio público, dentro del “Suelo no urbanizable por legislación específica-Zonas de Protección ambiental” (Art. 14.3.1.) mientras que las explotaciones agrarias que se extienden al este de esta carretera quedan bajo la calificación de “Suelo con pendientes mayores del 30%”. Tres áreas de reducida superficie con la calificación de “Elevaciones topográficas de interés” se insertan en estas categorías predominantes. También aparecen segmentos categorizados como “Áreas de interés florístico” e “Interés forestal”.

El tratamiento que estas categorías reciben en las ”Ordenanzas” completa esta perspectiva de la funcionalidad que el PGOU atribuye a los Montes. En el caso de las “Áreas de sensibilidad paisajística”, las liga a uso agrícola con matorral o arbolado y calidad paisajística pero ”la propuesta de limitación de usos favorecerá excluir de la ocupación zonas sensibles desde el punto de vista paisajístico, la conservación del máximo de cubierta vegetal y de sus escorrentías, evitará el riesgo geotectónico o hidrológico y contribuirá a controlar los vertidos procedentes de los desmontes” (ibídem 263-264).

Enuncia como “Usos compatibles” las “edificaciones ligadas a la actividad agroforestal con parcela mínima de 30.000 m2” y la “vivienda unifamiliar ligada a la explotación agrícola, ganadera o forestal de la finca, con parcela mínima de 100.000 m2” así como

“Las siguientes actuaciones de interés público, con parcela mínima de 100.000 m2: establecimientos hoteleros, moteles, aparta-hoteles y asimilados; establecimientos de hostelería, restauración y asimilados; campamentos de turismo, campings e instalaciones similares; centros sanitarios; centros deportivos no extensivos; actividades educativas, de ocio y esparcimiento vinculadas al disfrute de la naturaleza”.

Fig. 5.6/ Segmento del Plano 1.7.1.de Ordenación Estructural. Suelo no urbanizable del PGOU de Málaga.

Fuente:Composición a partir de la reproducción del mismo tomado de Documento B. Planos del PGOU de Málaga 2011, consultado en http://www.malaga.eu/recursos/urbanismo/pgou_ap2/PGOU2011AD1.html.

Estos mismos usos y limitaciones corresponden a los “Suelos con pendientes mayores del 30%”, con la diferencia de incluir

“actividades de reutilización de residuos inertes, escombros, etc.; instalaciones vinculadas a la generación mediante fuentes energéticas renovables (en parcela mínima de 30.000 m2 y máxima de 300.000 m2) y antenas) (ibídem 265-266).

En el caso de las “Áreas de interés forestal”, las vincula a revegetación en coordinación con la Agencia Andaluza del Agua para conseguir una comunidad paraclimácica y su mantenimiento será mínimo. Enumera como “Usos compatibles” la “vivienda unifamiliar ligada a la explotación de recursos forestales” y las “actuaciones relacionadas con la explotación de recursos forestales e instalaciones ligadas a la transformación y almacenaje de productos forestales” y la misma relación de actuaciones de interés público prevista para la anterior categoría, aunque en todos los casos la parcela mínima se sitúa en 150.000 m2 (p. 257-259). La noción económica de la explotación agraria que centra este análisis es especialmente evidente en esta categoría: ¿cómo se pueden explotar recursos forestales si están en crecimiento y están en explotaciones minifundistas?, ¿cuántas explotaciones tienen parcelas de 10 o 15 ha?, ¿qué entiende el legislador por “explotación”?

Las categorías de “Elevaciones topográficas de interés” y “Áreas de interés florístico” tienen en común la práctica negación del uso privado, aunque en ningún momento del conjunto del plan, incluida la memoria económica, se incluya su financiación. Así, en el caso de las primeras se enuncia que

“No se permitirán edificaciones alguna salvo aquellas no cerradas que se destinen a la interpretación y disfrute del paisaje, tales como miradores” (ibídem p. 261)

mientras que en las segundas los únicos usos contemplados son “actividades educativas, recreativas o de investigación” (ibídem p. 257). Una situación más compleja es la que se deduce del uso correspondiente a la categoría de las “Áreas de acondicionamiento y adecuación paisajística” cuyos usos no regula y sólo prevé que

“en estas áreas las administraciones promoverán intervenciones de adecuación paisajística y ambiental” (ibídem p. 264).

Pero hay otra dimensión de gran alcance relacionada con este hecho y es el tratamiento de la edificación, que puede ser muy negativo para esa estructura social que soporta los valores ambientales y patrimoniales de los Montes. La circunstancia de que en la fecha de redacción de este artículo esté en revisión precisamente este tratamiento del hábitat rural disperso, nos aconseja no entrar en profundidad en la casuística enunciada en el “Título VI Descripción del modelo territorial propuesto” que dejaba fuera de ordenación la mayor parte de las 3.545 viviendas reconocidas por el Censo del 2011 en las secciones ubicadas en los Montes de Málaga16.

Sí podemos profundizar en este aspecto en otros elementos del PGOU. Se trata de que el concepto “Usos del suelo y la edificación” sólo se contempla en los planos homónimos correspondientes a “Medio urbano”, excluyendo de este concepto toda la superficie municipal no incluida en éste. Este hecho nos lleva a la siguiente reflexión, ligada a las negaciones 2.ª y 3.ª (referidas a la huella patrimonial y a la plurifuncionalidad agraria): ¿el hábitat rural diseminado es uso urbano difuso o continuidad de un uso agrario histórico a través de la propiedad17? Evidentemente, la normativa correspondiente a este hábitat tiene una función restrictiva y no propositiva, limitándose ésta a las funciones educativas o divulgativas.

Sin embargo, algunas iniciativas están convergiendo en el reconocimiento de la actividad agraria como factor estructurador de la plurifuncionalidad de los Montes de Málaga.

5. Otros agentes, otras perspectivas. El sector agrario postproductivista como componente activo de los entornos urbanos

Como adelantábamos, esta minusvaloración de las actividades agrarias común a la planificación urbanística española contrasta con el enfoque de las normativas de otros países que fundamentan en la multifuncionalidad de la agricultura la articulación entre rural y urbano. Analizados por la bibliografía consultada, en su publicación de 2012, Simón & al. proponen la integración de los ecosistemas agrarios en el planeamiento urbano. Sus estudios de los casos de Munich (Morán, 2010) y Ouist-Holland (Simón, 2010) recogen un tipo de planeamiento en el que la coordinación de políticas escalares (áreas metropolitanas, planificación regional) y sectoriales (agrarias, ambientales) junto con la consideración de nuevas tendencias como la soberanía agroalimentaria, se traducen en la vinculación a la gestión de la explotación agraria de funciones muy similares a las propuestas por el PGOU de Málaga, pero no como resultado de una asignación de categorías desde el planificador sino como reconocimiento de los valores identitarios (paisaje), patrimoniales (hábitat), de biodiversidad y de gestión del agua, que una producción agraria de calidad y cercana al mercado urbano puede llevar aparejados. Pero frente a éstos, tanto estas autoras como otros ponen de manifiesto los dos grandes obstáculos a la viabilidad de este planeamiento. Uno es la dificultad de que los propios agricultores perciban estas nuevas funciones, lo que lleva a su baja motivación en la participación en los procesos de planeamiento (Prost, 1994; Simon, & al., 2014). El otro, el procedimiento por el que compensar económicamente a los gestores de las explotaciones agrarias por estos servicios ecosistémicos. En este sentido, la identificación de los agentes en la articulación rural-urbano es fundamental. Casos como el de San Cugat (Freire, 2010) revelan la dificultad de logros en la planificación cuando los movimientos ciudadanos en defensa de la protección de un determinado espacio agrario no cuentan con el apoyo de los agricultores. En este mismo sentido, el estudio de Alberdi (2013) resalta la necesidad del consenso entre los agentes previo al planeamiento y que éste debe reflejar, así como su utilidad para precisar la relación entre los valores de conectividad socioecológica de las explotaciones y su rentabilidad real.

En el caso de los Montes de Málaga, los agentes están muy difuminados. La restricción al reconocimiento del hábitat por el PGOU podría responder a las fuertes presiones de las constructoras18 para extender la urbanización por la franja de los Montes más próxima a la ciudad. Los pequeños propietarios están ajenos a la multifuncionalidad que deparan sus hermosos paisajes puntillistas (almendros en flor, huertos), la biodiversidad de sus manchones de matorral y el valor de sus producciones en el marco de los circuitos cortos de comercialización. Sin embargo, casos como los de Bodegas Victoria Ordóñez e Hijos, suponen justo lo contrario: la aplicación del terroir Montes de Málaga como factor que incrementa el valor de unos vinos cuya producción se basa en la combinación entre nuevos procedimientos de obtención y comercialización a viñas originarias de ese proceso de construcción del territorio de 600 años antes enunciado. Un objetivo en el que converge con la Asociación de Amigos del Parque Natural Montes de Málaga. Ésta, basándose en el proyecto de ampliación de este parque natural demandado por la Junta Rectora del mismo (ver nota 6), tiene entre sus finalidades la recuperación de los valores patrimoniales del hábitat disperso como factor catalizador de la recuperación de una funcionalidad agraria cuya complejidad (valor arquitectónico del hábitat, regadíos, arboricultura, ganadería) se adapta plenamente a los requerimientos de conceptos tan novedosos como los Rural Goods and Services, los servicios ecosistémicos o las infraestructuras verdes.

6. Conclusiones

1. Los resultados del análisis geográfico regional del proceso de construcción del territorio aplicado a la relación entre la ciudad de Málaga y los Montes homónimos son idóneos para integrar la multifuncionalidad agraria en los documentos de planeamiento urbanístico de escala municipal al poner de manifiesto:

1.1. Las consecuencias de la articulación funcional (producción-comercialización mediante la economía de trata) e institucional (acceso a la propiedad), consistentes en la estructura de la parcelación y en la difusión del hábitat disperso productivo y residencial.

1.2. Las fases de esta articulación y su reflejo en el uso del espacio: exportación, subsistencia, protección hidrológico-forestal, abandono discontinuo del uso agrario y mantenimiento de la propiedad y el hábitat; uso residencial tanto para los niveles superiores de las categorías profesionales, como para la mano de obra poco cualificada que queda fuera del mercado de trabajo en los períodos de crisis.

1.3. La dimensión ambiental de estas fases: de la desforestación a los espacios naturales protegidos y a la recuperación espontánea por abandono de vegetación climácica.

1.4. El juego de actores urbano-rurales en cada una de ellas: las oligarquías urbanas como decisoras de las condiciones socioeconómicas de los campesinos.

2. Aunque para el período de redacción del PGOU del 2011 de Málaga se contaba con el marco teórico de las nuevas funciones derivadas de la multifuncionalidad de la actividad agraria, reconocidas tanto en el ámbito académico como en figuras de planeamiento vigentes en otros países del entorno de la Unión Europea, que hubieran podido orientar hacia otro tratamiento los componentes socioterritoriales de los Montes de Málaga, sin embargo, la proyección a futuro de la ciudad y de su territorio ha seguido el enfoque convencional de la legislación española, que en materia de ordenación urbana, sigue haciendo honor a su nombre y reduce a la presencia o ausencia de suelo urbano la codificación normativa de los términos municipales. Este enfoque supone que las funciones asignadas por el PGOU de Málaga a los Montes de Málaga:

2.1. Se basan en el reconocimiento de los valores ambientales y paisajísticos de éstos desligándolos de la función económica o productiva de la actividad agraria que los genera. Por tanto, el planificador prescinde del proceso (función agraria de una explotación privada) para regular únicamente sobre su resultado (uso agrario y sus connotaciones ambientales y visuales con beneficiario público).

2.2. No reconocen ni el valor patrimonial de sus construcciones residenciales, productivas e hidráulicas ligadas a las exportaciones de vino y frutos secos ni el significado que este comercio tuvo para la configuración y proyección mundial de la ciudad de Málaga y de su territorio.

2.3. Restringen el hábitat rural, en aras del control de la difusión urbana. Ello no deja de ser paradójico, puesto que los planteamientos de la conclusión 2.1. implican la supeditación de la funcionalidad agraria a las necesidades de los ciudadanos urbanos.

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Abreviaturas

INE: Instituto Nacional de Estadística
PGOU: Plan General de Ordenación Urbana
POTAUM: Plan de Ordenación del Territorio para la Aglomeración Urbana de Málaga

Notas

1 En Senciales, 2014: 15- 29 se puede seguir de forma gráfica este proceso.

2 En el XXV Congreso de la Asociación de Geógrafos Españoles (2017) se dedicó una línea temática a “De los espacios protegidos a las infraestructuras verdes”. Ver Naturaleza territorio y ciudad en un mundo global. Actas del XXV Congreso de la Asociación de Geógrafos Españoles.

3 El número 25 (3) de Moravian Geographical Reports tiene como tema monográfico la urban agriculture.

4 Ver Cortés, 2011. El Decreto 2/2012 de 10 de enero por el que se regula el régimen de las edificaciones en suelo no urbanizable en la comunidad autónoma de Andalucía (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, n.º 19 de 30/01/2012), ha regulado la situación de unas 250.000 en Andalucía.

5 Entre otros, ver la revisión que Navalón, (1994) hace del tratamiento del suelo rústico en la legislación española.

6 En Gómez, 2016 se realiza un análisis de estos aspectos enfocado en la perspectiva del desarrollo local.

7 Esta información oral se ha recabado a través de las actividades desarrolladas en la Asociación Nuestra Señora de los Dolores (Curso Etnografía de los Montes de Málaga organizado por la Asociación Cultural de Folclore Nuestra Señora de los Dolores y subvencionada por el Área de Juventud del Excmo. Ayuntamiento de Málaga. 3 de diciembre de 2015) y en la Asociación de Amigos del parque natural Montes de Málaga http://www.amigosmontesdemalaga.es/ en los recorridos etnográficos realizados en 2013 y 2014.

8 Una síntesis de ésta puede consultarse en Perles & al. 2017.

9 Diario oficial de las Comunidades Europeas 22 de julio de 1992. Directiva 92/43/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1992 relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre.

10 Documento A. Introducción, memorias y estudio económico financiero. III. Memoria propositiva. Título VI Descripción del modelo territorial propuesto. Capítulo Segundo. Oportunidades latentes: una interpretación, p. 9 consultado en Ayuntamiento de Málaga (2011).

11 Documento A. Introducción, memorias y estudio económico financiero. III. Memoria propositiva. Título VI Descripción del modelo territorial propuesto. Capítulo Quinto. Adecuación a la planificación territorial. 5.2. Adecuación al Plan de Ordenación del Territorio para la Aglomeración Urbana de Málaga (POTAUM). 5.9. Normativa, ibidem.

12 Documento B. Planos, ibidem.

13 Documento C. Normas urbanísticas y ordenanzas. Catálogo de edificaciones protegidas. p. 349, ibidem.

14 Documento A. Introducción, memorias y estudio económico financiero. III. Memoria propositiva. Título VIII Clasificación y calificación del suelo. Capítulo Quinto. Suelo no urbanizable. 5.1. Criterios y objetivos ambientales. p. 349, ibidem.

15 Documento C. Normas urbanísticas y ordenanzas. Ordenanzas, p. 261, consultado en cfr. Nota 8.

16 Las razones alegadas eran (“Título VI Descripción del modelo territorial propuesto” de la Memoria Propositiva, p. 40) “No ha sido delimitado ningún hábitat rural diseminado, al no estar suficientemente explícitas en la Ley las características que deberán reunir, hasta que sea reglamentariamente desarrollada la Ley en dicho sentido”. La ley es la LOUA.

17 Ruiz & Galdós (2013) recogen en el País Vasco la función de los caseríos como factor de mantenimiento del uso agroganadero frente a las repoblaciones forestales, percibida por los habitantes de éstos como una amenaza.

18 Por información oral conocemos que éstas controlan explotaciones agrarias cedidas en régimen de arrendamiento, muy próximas a la ciudad, probablemente en espera de modificaciones del PGOU.