Estudios / Articles_E07
CIUDAD Y TERRITORIO ESTUDIOS TERRITORIALES
ISSN(P): 1133-4762; ISSN(E): 2659-3254
Vol. LVII, Nº 226, INVIERNO 2025
Págs. 674-695
https://doi.org/10.37230/CyTET.2025.226.7
CC BY-NC-ND
Celia Chacón-Carretón (1)
Mar Loren-Méndez (2)
Pablo Millán-Millán (3)
(1) Arquitecta. Departamento de Historia, Teoría y Composición Arquitectónicas,
Escuela Técnica Superior de Arquitectura, Universidad de Sevilla.
cchacon1@us.es; https://orcid.org/0000-0001-9762-081X
(2) Doctora Arquitecta. Departamento de Historia, Teoría y Composición Arquitectónicas,
Escuela Técnica Superior de Arquitectura, Universidad de Sevilla
marloren@us.es; https://orcid.org/0000-0002-1154-0526
(3) Doctor Arquitecto. Departamento de Proyectos Arquitectónicos,
Escuela Técnica Superior de Arquitectura, Universidad de Sevilla
pmillan1@us.es; https://orcid.org/0000-0001-5343-6957
La ocupación del territorio se remonta a la aparición de los primeros asentamientos donde el trabajo con la tierra generaba iniciáticas estructuras de ordenación, muchas de las cuales se han perpetuado hasta hoy dando lugar a un valioso legado de complejos sistemas espaciales paisajísticos. En el marco de los estudios actualizados sobre la agricultura como configurador de los entornos construidos, este artículo presenta una aproximación territorial a la huerta desde la valoración patrimonial de la actividad agraria. Para ello la investigación se centra en el caso del municipio de Nerja, en la costa mediterránea malagueña, una localidad cuya evolución histórica y morfológica ha estado estrechamente ligada a la actividad productiva hortofrutícola, atendiendo por primera vez a su singularidad a través de una metodología que combina el estudio documental, cartográfico y normativo.
Palabras clave
Territorio; Paisaje y patrimonio agrario; Huerta; Planeamiento y ordenación; Cartografía.
The occupation of the territory dates back to the appearance of the first settlements where land work generated initial territorial structures, many of which have been preserved to the present day, giving rise to a valuable legacy of complex spatial landscape systems. Within the framework of current studies on agriculture as a configurator of the built environment, this article presents a territorial approach to the huerta from the perspective of the heritage value of agricultural activity. To this end, the research focuses on the case of Nerja, on the Mediterranean coast of Malaga, a town whose historical and morphological evolution has been closely linked to fruit and vegetable production activity. For the first time, this study focuses on the singularity of the huerta through a methodology that combines documental, cartographic and normative studies.
Territory; Landscape and agricultural heritage; Huerta; Planning and management; Cartography.
El territorio se constituye y articula a raíz de una red de asentamientos y es el resultado dinámico de múltiples procesos históricos decantados a lo largo de los siglos y condicionados por la interacción de factores geográficos, históricos, económicos, sociales, etc. En el medio rural la relación entre la morfología de los asentamientos y el paisaje es muy relevante debido a que la agricultura es capaz de generar complejos sistemas que superan lo propiamente agrario, generando a su vez un rico patrimonio cuyo carácter multiescalar incrementa su relevancia.
El Convenio Europeo del Paisaje del año 2000 (CEP), dentro de un marco de avances teóricos y conceptuales en torno al paisaje, dio un impulso significativo a ciertos territorios al ampliar su reconocimiento como paisajes a aquellos considerados menos excepcionales, cotidianos o emergentes. Por ello, el paisaje es hoy un marco de reflexión y acción útil para leer el patrimonio en clave relacional, ya que proporciona, entre otros aspectos, el enfoque necesario para reconocer los vínculos invisibles que existen entre los elementos patrimoniales físicos y que tienen que ver con los procesos de transformación y configuración histórica del territorio (Taylor y Lennon, 2010). Además del conjunto de trabajos teóricos y prácticos generados en torno al concepto de paisaje, conviene también considerar el concepto de patrimonio territorial (Silva-Pérez, 2009). Hasta hace poco, este término no gozaba de un amplio reconocimiento en la literatura científica y estaba más asociado al contexto específico de algunos países mediterráneos con tradición histórica en la gestión cultural y patrimonial, como España e Italia (Troitiño-Vinuesa, 2011). Sin embargo, los últimos avances y desarrollos están consolidando progresivamente este término en la escena internacional. El patrimonio cultural y natural de una región no se limita a sitios y monumentos individuales, sino que está intrínsecamente ligado al paisaje y al territorio en su conjunto superando la percepción por la interacción física más inmediata y atendiendo a los rasgos más singulares. En particular, la Carta de Baeza sobre Patrimonio Agrario (2013) generó un documento iniciático sobre estas realidades en aras de su reconocimiento y protección aludiendo a la falta de un trabajo teórico específico en torno al patrimonio agrario, ya que el enfoque existente se da desde una extrapolación de estudios de otros patrimonios.
En España, dentro del espacio agrario, las tierras de regadío tradicionales, denominadas huertas, constituyen un sistema característico que ha sido identificado como uno de los principales paisajes culturales mediterráneos (Meeus, Wijermans y Vroom, 1990). La huerta es una práctica extendida y estudiada en sus ejemplos de mayor dimensión, normalmente en relación a grandes núcleos de población (Calatayud-Giner, 2005; Mata-Olmo y Yacamán-Ochoa, 2015; Mata-Olmo y Fernández-Muñoz, 2004; Martí y García-Mayor, 2020). Como sistema agrario específico cuenta con una cualidad singular que es la estructuración mediante una red de unidades de pequeña dimensión capaces de extenderse ocupando grandes superficies. El trazado de esta trama parcelaria de cultivo obedece a esa compleja interacción en cada territorio concreto debido a los factores geográficos, sociales, históricos, etc. antes mencionados, que a su vez pertenece a lo particular de la morfología de los asentamientos. Las huertas pierden su idiosincrasia como elemento agrario cuando quedan encapsuladas e inconexas del sistema de asentamiento original y su territorio.
Para poder observar este hecho en detalle se selecciona el caso de estudio de la huerta de Nerja, Málaga. La potencialidad del análisis de este caso viene dada por el hecho de ser un asentamiento cuyo origen está directamente relacionado con un modelo agrario, la posterior evolución ligada a la actividad, y por último, la fuerte continuidad histórica respecto al uso agrícola productivo de sus suelos. Este municipio, que a su vez se incluye dentro de la emergente problemática del impacto turístico inmobiliario, permite observar lo inefectivo de la diferenciación del espacio urbano y rural debido a que la morfología del asentamiento es una. Su condición expansiva de manera multiescalar, comenzando con un tipo doméstico hasta convertirse en el espacio urbano propio de un asentamiento de población hasta su dilatación en el paisaje, permite la lectura territorial del mismo. Nuestro interés se centra principalmente en la superación de su subordinación a las realidades construidas del espacio urbano demostrando que las huertas son topológicamente sistemas complementarios y análogos. Mediante la elaboración de un marco teórico de acción y el estudio sistemático del caso y de las normativas que le conciernen respecto a la instrumentación urbanística, territorial y agraria, se ha desarrollado un método específico que permite la superposición de sistemas, planes y tiempos, situando la actividad agraria en el centro del discurso con el objetivo de su valoración patrimonial a escala territorial. Para ello nos servimos del análisis cartográfico que a su vez desencadenará una producción gráfica inédita que demuestra cómo agricultura, asentamiento y sus procesos se encuentran indisolublemente enlazados.
A continuación, se procede al desarrollo del marco teórico que se ha construido a través de la revisión de la literatura en torno a la ocupación del territorio desde un acercamiento que combina la agricultura y la arquitectura como sistemas intrínsecos. A su vez, se incluye el estudio del marco normativo que atañe al caso específico, de cara a poner de manifiesto la problemática y justificar la pertinencia de esta aproximación estratégica en relación al patrimonio territorial.
El campo del paisaje, apoyado en un amplio marco multidisciplinar (Antrop y Van-Eetvelde, 2017), consolidó en el último cuarto del siglo XX un sólido corpus teórico que lo concibe como una síntesis única entre componentes naturales y culturales que interactúan dialécticamente y crean la identidad característica de un lugar y de la población que lo habita. También considera el paisaje como resultado de las dinámicas de asentamiento y de las formas de organización para el uso de los recursos, es decir, una particular forma de gestionar el territorio que va dejando su impronta a lo largo del tiempo hasta dotarlo con características únicas y diferenciadas (Meinig, 1979). El paisaje es siempre el resultado de la superposición y estratificación de las intervenciones de la humanidad en el pasado. Frecuentemente los paisajes han sido transformados, pero conservan elementos agrarios (Antrop, 2005); sin embargo, los paisajes agrarios pueden ser modificados hasta su desaparición rápidamente, sobre todo en periodos de cambios económicos drásticos como sucede en la actualidad con los paisajes ligados a actividades productivas (Tempesta, 2010). La consideración del paisaje en la planificación territorial implica, por tanto, comprender e incorporar los valores naturales y culturales específicos de nuestros territorios, con importante atención hacia las convergencias e interrelaciones entre ambos (De-la-O-Cabrera, 2023).
En el ámbito del patrimonio, la noción del propio concepto fue actualizada desde la superación desde la segunda mitad del siglo XX de su condición objetual (ICOMOS, 1965; ICOMOS, 1975). Esto dio lugar a una oportunidad sin precedentes: la consideración de nuevas realidades patrimoniales. Cuando en 2003 la UNESCO amplió el concepto de patrimonio incluyendo el enfoque material e inmaterial, aumentó el número de sitios patrimoniales relacionados con elementos agrarios. La Carta de Baeza sobre Patrimonio Agrario estableció las bases teóricas para la caracterización de lo agrario como patrimonio cultural; el documento de 2013 ya precisaba en forma de marco normativo la definición de Patrimonio Agrario y los valores sobre los que se sustentaba, teniendo como elemento constitutivo esencial la actividad agraria y entendiendo como condiciones ineludibles su dimensión histórica y/o tradicional y la territorial (Castillo-Ruiz y Martínez-Yáñez, 2022). Esto implica que el patrimonio no se entiende únicamente como monumentos históricos, sino como un conjunto de elementos culturales y naturales que contribuyen a la identidad y la historia de una región. Representa una visión más holística del patrimonio, que reconoce la interconexión entre la historia, la cultura y el medio ambiente (Ruiz-Pulpón y Cañizares-Ruiz, 2020). En 2017 ICOMOS, junto con Comité Científico Internacional de los Paisajes Culturales (IFLA), con el título Principles Concerning Rural Landscapes as Heritage acuñó específicamente una definición del paisaje agrario que reconoce su valor patrimonial.
Un sistema patrimonial se define como un conjunto patrimonial disperso en el territorio que integra recursos patrimoniales culturales y naturales que asociados entre ellos actúan como hilos conductores para su valoración y es necesario desarrollar estrategias que garanticen la legibilidad de las capas de significado que subyacen (López-Sánchez, 2023). En definitiva, se trata de agrupaciones de elementos de patrimonio material e inmaterial que tienen una conexión temporal y temática específica confirmada por la investigación histórica. El reconocimiento de estos sistemas en una labor pujante con una fuerte carga metodológica con ejemplos de experiencias internacionales similares como las realizadas por la escuela territorialista italiana para el análisis y proyección de la identidad de enclaves como la región agraria de la Toscana (PIT Toscana 2015) y de la Puglia (PPTR Puglia, 2015) (Magnaghi, 2001; Poli, 2013; Merino-del-Río, 2021); en España con proyectos como el realizado en el sistema patrimonial de la región urbana de Madrid (Troitiño-Vinuesa y Troitiño-Torralba, 2015) y el corredor de la carretera N-340 como eje histórico y patrimonial del litoral andaluz (Loren-Méndez et al., 2016); la propia Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía vigente desde 2007 reconoce zonas patrimoniales como: “aquellos territorios o espacios que constituyen un conjunto patrimonial, diverso y complementario, integrado por bienes diacrónicos representativos de la evolución humana, que poseen un valor de uso y disfrute para la colectividad y, en su caso, valores paisajísticos y ambientales” (art. 26.8, Ley 14/2007). Para ello, es necesario comprender el patrimonio de forma sistémica en clave territorial (Castillo-Ruiz, 2009) para su posterior puesta en relación desde la caracterización paisajística que supone el soporte del mismo (López-Bravo, 2024).
Hasta hace poco el planeamiento urbano apenas prestaba atención a los espacios agrarios y su sistema territorial. Sin embargo, uno de los grandes desafíos del planeamiento urbano y de la ordenación del territorio pasa por recuperar las relaciones perdidas entre ciudad y agricultura (Mata-Olmo, 2018), evolucionando hacia sistemas territorializados y contando con la participación social (Matarán-Ruiz, 2013). Paralelamente, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) creó en 2002 el Programa de Sistemas Importantes del Patrimonio Agrícola Mundial (SIPAM). Aunque la FAO no aplicó indicaciones extraordinariamente rigurosas y detalladas para evaluar el valor patrimonial de los sitios, especialmente en lo relativo a los sistemas tradicionales, sus criterios de selección recogían desde los aspectos tangibles relativos a los instrumentos de trabajo manual, las pequeñas estructuras de mantenimiento y almacenamiento y las infraestructuras de cultivo, hasta los intangibles como el conocimiento, la toponimia y los ritos y festividades. La multifuncionalidad se considera generalmente como la producción de otros valores más allá de los alimentos y las fibras, incluidos los bienes colectivos como los paisajes culturales y el patrimonio, la biodiversidad, las oportunidades recreativas, los asentamientos rurales y la agenda sostenible (Agencia Europea del Medio Ambiente, 1998; Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, 1999 y 2001).
Dentro de este reconocimiento de la actividad agraria como patrimonio, en el que como hemos podido comprobar intervienen las políticas agrarias, territoriales y patrimoniales, la aproximación normativa desde la dimensión paisajística es un hecho reciente. A lo largo de las dos últimas décadas se asiste a un aumento de las políticas públicas que de una forma directa incorporan elementos paisajísticos en sus objetivos incorporando actuaciones directas sobre el paisaje. Se trata básicamente de acciones de conservación, restauración y corrección de determinados paisajes como soporte de la valoración de espacios rurales. En este ámbito, el tratamiento de determinados paisajes modelados por actividades hoy abandonadas (minería, determinadas prácticas agrarias y ganaderas, manufacturas, infraestructuras…) es uno de los retos a afrontar para valorizar estos espacios (Viladomiu-Canela y Rosell-Ardèvol, 2004).
Desde el prisma de los planes políticos medioambientales de estrecha relación con el paisaje, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) se centró destacablemente en los paisajes agrarios desde finales del siglo XX como reacción al viraje en la intensificación productiva. El interés de traer este avance a colación viene dado por la decisión que se tomó de asociar al paisaje agrario una dimensión cultural como recurso activo para la sociedad a través de valores estéticos, históricos y ecológicos (OCDE, 1997; 1999, 2001a y 2001b), aproximación también tomada por la ONU con los SIPAM como ya se ha comentado. Esta acción desde el escenario internacional inquirió la necesidad de un abordaje de valoración pública de los paisajes desde la política agraria y el planeamiento territorial, aunque no acabó de afianzar la postura más allá de una propuesta conceptual ya que en informes posteriores dejó de aparecer (OCDE, 2013). Cierto relevo sucedió en 2017 cuando la Comisión Europea (EC) marcó una nueva dirección en la Política Agraria Común en forma de Proyectos de conocimiento e intervención en paisajes agrarios de una manera más concreta señalando territorios y problemáticas específicas. En relación a esto último, un estudio reciente identificó y cuantificó los territorios españoles con sistemas agrarios tradicionales reconocidos según los criterios de los SIPAM (Manrique-Anticona, Yagüe-Blanco y Pascual-Castaño, 2023). En Europa, la FAO ha designado ocho agroecosistemas como SIPAM, cinco de ellos en España, siendo el primer país en recibir dicho reconocimiento a partir de 2017: el sistema agrícola del Valle Salado de Añana, el Sistema de Producción de Pasas de Málaga en la Axarquía, el Sistema Agrario Olivos Antiguos Territorio Sénia, el Histórico Sistema de Riego en l’Horta de Valencia y el Sistema Agrosilvopastoral Montañas de León (FAO, 2022a; FAO, 2022b).
La Ley de Desarrollo Sostenible del Medio Rural (Ley 45/2007) ya intentó trascender el enfoque agrarista en las políticas públicas para atender a territorios y poblaciones con un enfoque territorial e integral. Pero acciones y percepciones han quedado congeladas o incluso han retrocedido desde entonces. Hay una visión dicotómica evidente entre el campo y la ciudad, y otra percepción quizá menos evidente, porque ninguno de los elementos del par es objeto de interés de los estudios de ordenación, ni el núcleo rural de pequeño tamaño, ni el campo que lo rodea. En cualquier caso, ambas dominantes, de piezas encapsuladas, son contrarias a una nueva cultura del territorio integradora como defiende el Manifiesto por una Nueva Cultura del Territorio (2006).
La dificultad del entendimiento del patrimonio agrario radica en gran parte en el desarrollo histórico de estos suelos. Se trata de una transformación de naturaleza morfológica que es de carácter progresivo y en la que, por tanto, se dan situaciones intermedias donde la urbanización no es un absoluto sino un gradiente; lo que hace que la clasificación del suelo, como técnica, difícilmente pueda ser un proceso reglado de forma cerrada mediante simples reglas objetivas, tal y como pretende y afirma la jurisprudencia (De-Santiago-Rodríguez y González-García, 2021). Se reconoce que en el municipalismo también las ciudades han sido el centro visible del cambio, dejando al medio rural como espacio residual y casi accesorio en estas dinámicas de transformación y construcción territorial, especialmente en destinos costeros con presiones turísticas donde la tendencia es a la ocupación desmesurada (Romero-Martínez, Del-Castillo-Sánchez y Romero-Padilla, 2024).
Dentro del ámbito de reconocimiento de estos territorios y su tratamiento en el planeamiento existen otros documentos de carácter informativo como son los siguientes: El Atlas de los paisajes de España (2003) es una primera caracterización promovida por la puesta en práctica nacional del CEP que facilitó el inicio para posteriores estudios específicos como el documento de Los paisajes agrarios en España (2011) y el posterior desarrollo en forma del Atlas de los Paisajes Agrarios de España (2014) que recoge setenta unidades de paisaje que se consideran representativas del corpus total nacional y proceden a su estudio, clasificación y valoración de sus procesos de transformación en torno a las últimas cuatro décadas. Las huertas que recoge son la de Murcia, Valencia y Vilanova i la Geltrú. De manera específica, en Andalucía existe otro enfoque dado por el Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico (IAPH) que consiste en el Registro de Paisajes de Interés Cultural de Andalucía (R-PICA), una labor que registra territorios en forma de demarcaciones de áreas con valor cultural y natural realizando clasificaciones en torno a sus valores, que como veremos a continuación contempla el área de estudio.
El caso de estudio que se presenta en este trabajo de investigación se concreta en la localidad de Nerja, provincia de Málaga. Su selección se sustenta en tres argumentos que son el resultado de la búsqueda de un ejemplo que permita el desarrollo práctico del marco teórico. El objeto de análisis ha de ser un asentamiento cuyo origen se relacione de manera directa con la productividad dada de la actividad agraria, un asentamiento cuya posterior evolución y crecimiento se haya mantenido ligada a la actividad agraria, y por último, un asentamiento con una fuerte continuidad histórica respecto al uso de sus suelos agrarios que permee hasta la actualidad. Todo ello centrado en la hipótesis de la huerta como tipo específico de unidad de aprovechamiento capaz de construir estructuras agrarias que superan la dimensión productiva generando sistemas estrechamente ligados a los entornos construidos, desde la arquitectura concreta hasta sistemas de escala territorial.
En la provincia de Málaga se encuentra la comarca de la Axarquía. Su perímetro y posición constituye el extremo oriental de la provincia en contacto directo al este con la provincia de Granada. De las 23 localidades que conforman esta unidad, sólo Vélez-Málaga y Nerja tienen una posición cercana a la costa debido a que, en ambos casos, se combina la presencia de un emplazamiento de estratégica defensa militar histórica junto a unas tierras para el cultivo en las llanuras aluviales litorales que favorecían la agricultura de regadío basada, fundamentalmente durante la Edad Media, en la caña de azúcar, el viñedo en los bordes de su vega y la producción hortofrutícola. Esto queda recogido en documentos históricos en los que se ensalza esta realidad y de manera específica la fertilidad de las tierras enumerando la variedad de cultivos. El territorio comprendido en el actual término municipal de Nerja; está ocupado por ese fértil frente litoral donde desembocan los ríos Vélez y Chíllar. Delimitado por las montañas que componen la sierra de Almijara y bañado por aguas del Mediterráneo en una costa rocosa y acantilada que caracteriza este entorno único y singular tanto en su forma física y su estructura urbana como en su desarrollo social y cultural. De estos tres medios —vega, sierra y mar— han vivido las poblaciones que se han asentado en él.
Desde la Antigüedad, los distintos pobladores de esta área fundaron asentamientos como fue el caso de una primitiva edificación medieval militar. Este tipo de modelo inicial se popularizó en esta zona, ya que para asegurar su defensa se organizó un sistema formado por una serie de fortificaciones de protección del litoral (Ruiz-García, 1994). En el cambio de siglo del IX al X existen referencias que hablan de esta edificación acompañada de una casa de labor con finca agrícola que configuraría poco a poco pequeñas comunidades rurales conformadas por una o varias familias, que se dedicaban a explotar las tierras de los alrededores como sustento. Anteriormente se había decidido construir otra edificación militar, algo distante, en un lugar despoblado en la misma costa, que con el tiempo desempeñaría un papel decisivo en el nacimiento de la Nerja contemporánea y su trazado. En la primera mitad del siglo XVII la relación entre estas dos edificaciones se consolidó con la construcción de veintiséis casas dentro de una trama agraria de huertas dada de la explotación primigenia que había surgido con la misma lógica en el entorno de esa primera finca agrícola (Capilla-Luque, 2006).
La situación de Nerja sobre este litoral, así como las dificultades derivadas de sus accesos por carretera, mantuvieron a esta ciudad ensimismada en sus actividades agrarias, aunque no ausente de potenciales crecimientos asociados a las mismas, ya que desde entonces Nerja no dejaría de expandirse debido a la elevada productividad agraria. Una de las características de esta localidad ha sido la continuidad de la integración de casas y huertas en el mismo espacio, herencia de esos primeros asentamientos, constituyendo así un modelo urbano agrario de ocupación territorial (Fig. 1).
FIG. 1. Nerja, Málaga. Fotografía tomada en torno a 1960
Fuente: Remi Fernández Campoy
Desde finales del siglo XVI, en que se implantará el cultivo de la caña de azúcar, comenzaría a darse una importante relación entre la agricultura y la industria que llegaría a su momento culminante en la segunda mitad del siglo XIX con el establecimiento de varias fábricas azucareras en las localidades de Nerja y su vecina Maro (Capilla-Luque, 2016). Esta continuidad que producen las huertas únicamente ha sido frenada a lo largo de su evolución por dos factores: las limitaciones naturales y los aspectos económicos. Los condicionantes topográficos de las distintas sierras se interponen en el tejido productivo como frontera física al igual que la línea del litoral, aunque es apreciable que en el momento en el que el terreno recobra una pendiente cultivable aparecen nuevamente huertas. Respecto al prisma económico, el interés que la empresa principal de arrendamiento de las tierras, la Sociedad Azucarera Larios, tomó hacia la dedicación urbanística de sus terrenos llevó a la no renovación de los contratos de arrendamiento de las tierras de cultivo a partir de los años 60 debido al progresivo cambio del uso de los suelos. Las parcelas arrendadas, de pequeña dimensión herederas del sistema histórico de huertas, fueron perdiendo su productividad e identidad como espacio de cultivo, creando las primeras grandes desconexiones del sistema (Robles-Picón, 2002).
A este inicial cambio de modelo territorial se le sumó otro proceso de alteración mucho más acelerado, nuevamente fomentado por la incipiente especulación. La conversión de Nerja en un recurso turístico de primera magnitud, que en torno a los años sesenta atrajo a un turismo nacional e internacional poco numeroso, pero cualificado. Al igual que otros núcleos de la Costa del Sol occidental como Torremolinos, desde la década de los 60 es un destino turístico preferente. Entonces Nerja contaba con 7094 habitantes, en 1970 eran 8498, modesto crecimiento frente a otros casos explosivos que se conocieron en esa década en la Costa del Sol Occidental pero que insinuaban la potencial trayectoria (Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, IECA). La actividad agraria de larga genealogía, datada con siglos de presencia continuada de productividad, pasó a un segundo plano. El impulso urbanizador que vive el municipio hace presente y definitoria la relegación de esta ocupación, en el que se enfrentan y contraponen la dimensión agraria y la urbana desde un campo de juego económico promovido por el incipiente potencial turístico del litoral. El profundo apego de su ciudadanía ha desembocado en una historia de resistencia de más de 25 años; acciones y reivindicaciones públicas que han cristalizado desde los entes locales propios de la comunidad de Nerja. Es destacable el uso de los espacios productivos como elementos de protesta social, siendo el suceso de mayor calado el encierro sucedido en 1996 contra la perpetuación de los arrendamientos históricos que impedían la adquisición de las tierras de cultivo por los agricultores más allá de los tenantes (Rivas-Reales, 2012).
El método desarrollado en esta investigación consiste en tres fases iterativas que tienen como objetivo principal la lectura de la huerta como sistema territorial. Las fases son: definición del ámbito de escala, búsqueda, identificación y selección sistematizada de información; análisis del sistema agrario en específico a través de la consulta pormenorizada de documentos históricos y normativa; y elaboración de una lectura concreta que sitúe a la huerta en el centro del discurso. Este proceso es de chequeo y contraste constante de la información para producir una investigación detallada de la huerta sin perder la relación con otros sistemas y su carácter paisajístico multiescalar.
Se procede con la clasificación de fuentes que se agrupan en los siguientes tipos: documentos gráficos como planos topográficos, planos de fondeadero, planos urbanísticos, planos de arrendamiento; archivos documentales textuales: anales históricos, testimonios escritos, memorias; imágenes: fotografías históricas, fotografías actuales; documentos de planeamiento: planes catastrales, planes urbanos, planes territoriales…; recursos de imágenes aéreas: Google Earth Engine (GEE), ortofotos históricas; y Sistema de Información Geográfica (SIG): principalmente el Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) (Fig. 2). Destacar la importancia de estos dos últimos grupos de recursos que han permitido la observación más fidedigna de la actividad agraria y su consecuencia directa en el espacio. A su vez, la información obtenida de SIGPAC de las huertas recogidas actualmente respecto a su información espacial, referencia catastral y uso, ha permitido la comparación histórica y generar un modelo de inventario mayor donde se registran dichas huertas y las históricas desaparecidas de manera pormenorizada.
FIG. 2. Relación de los principales documentos consultados
Fuente: Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, POTA-Axarquía 2006, PGOU 2010, ortofotos GEE
Dentro del estudio del marco normativo en relación a la agricultura y la huerta que atañe específicamente a esta aproximación se recogen los siguientes documentos:
–Red Natura 2000
–Plan de Ordenación Territorial de Andalucía 2006 (POTA 2006) con plan subregional para la Costa del Sol Oriental-Axarquía (POTA-Axarquía 2006)
–Plan Especial de Protección del Medio Físico de la provincia de Málaga (PEPMF-Málaga)
PEPMF-Málaga 1987
PEPMF-Málaga 2007 (Actualización)
–Plan General de Ordenación Urbanística de Nerja (PGOU)
PGOU 2000
PGOU 2010
–Normas Subsidiarias 1985 de Nerja (NNSS 1985)
Cabe destacar que la normativa del PGOU 2010 está adaptada a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), hallándose actualmente en tramitación, aprobada de manera inicial en 2011 por el Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga.
El uso de un marco que se aplica a la escala urbana se corresponde a que, a pesar de que actualmente concierne a lo que se reconoce como ciudad y entorno urbano próximo, los suelos que documenta y clasifica son de escala territorial de manera histórica. Por ello es conveniente su puesta en relación al resto del territorio que supera la ordenación urbana más nuclear e incluso la delimitación municipal, en ocasiones concretas señaladas en el análisis, como lo es la conexión con Frigiliana. Una vez obtenidos estos datos se lleva a cabo un análisis específico de toda la información que permita por un lado comenzar a delimitar el ámbito de estudio y por otro distinguir las diferentes fases temporales del proceso de transformación del territorio. Dentro de esos documentos se distinguen aquellos de entidad que señalan o informan acerca de la actividad agraria y en concreto la huerta y, por el contrario, los que no la incluyan a pesar de estar grafiando un ámbito territorial donde la huerta tiene presencia.
El marco de acción general es la comarca de la Axarquía, un espacio geográfico muy concreto delimitado por las sierras de Alhama, Tejeda y Almijara al Norte y al Este, los Montes y Hoya de Málaga al Oeste y el Mediterráneo al Sur. Son los límites establecidos por estos elementos geográficos, siendo los principales la topografía y la hidrografía, los que permiten el primer acercamiento escalar. Se identifican y señalan los perímetros que reconocen los distintos marcos normativos y documentos de información siendo estos ordenados por superficie: la Axarquía y los Montes de Málaga por parte del R-PICA realizado desde el IAPH (2016), Costa del Sol Oriental-Axarquía del POTA y Sierras y montañas mediterráneas y continentales del Atlas de los paisajes de España. Dentro del límite municipal se superponen dichas identificaciones de unidades territoriales y se incluye la figura de espacio protegido que define el PEPMF-Málaga de la Huerta de Nerja AG-9 como Paisaje Agrario Singular (Fig. 3).
El fuerte contraste de nivel genera una superficie de en torno a los 2000 metros de ancho en forma de franja longitudinal. El término municipal de Nerja delimita un espacio que supera ese límite topográfico pero la escala territorial se selecciona de acuerdo a los terrenos cultivables por las condiciones geográficas donde ha tenido lugar el desarrollo histórico de huertas. Los elementos infraestructurales como las canalizaciones de agua, las vías pecuarias y las comunicaciones que superan este ámbito se registran, entendiendo las continuidades con otras poblaciones como Maro y Frigiliana. El mismo procedimiento se aplica a las pequeñas agrupaciones de huertas que se sitúan en zonas donde la pendiente lo permite, muchas de estas no se encuentran en contacto directo con la trama, pero sí vinculadas a los otros elementos del sistema.
Cabe destacar la presencia de la zona de los Acantilados de Maro-Cerro Gordo, un Paraje Natural reconocido en 1989, después del descubrimiento de la cueva de Nerja y su declaración como monumento histórico-artístico (Decreto 988/1961), como marco paisajístico singular del contexto de la cavidad. En 1985 los denominados parajes pintorescos pasaron a ser Bienes de Interés Cultural (BIC) (Ley 16/1985) y poco más tarde la Ley 14/2007 del Patrimonio Histórico de Andalucía declaró concretamente este bien inscrito como Sitio Histórico Paraje Pintoresco de Maro en su totalidad de 64 hectáreas. Esto obligaba al municipio a elaborar un plan urbanístico lo que se aprobó en 2013 en forma de Plan Especial de Protección del Sitio Histórico Paraje Pintoresco de Maro que, aunque anulado por un recurso contencioso de intereses inmobiliarios, permanece siendo un BIC protegido por la normativa estatal y andaluza (Capilla-Luque, 2020) (Fig. 3).
Finalmente, la delimitación del área de acción a la escala territorial, siguiendo el criterio de situar a la huerta en el centro de la investigación, es la equivalente a la presencia histórica de la misma y su huella o permanencia actual que se enmarca dentro del término municipal, superado al norte para establecer su relación con Frigiliana y recogiendo por tanto todas las unidades mencionadas anteriormente. Todo este proceso se ha desarrollado en un entorno de Sistema de Información Geográfica (SIG) que permite el registro y gestión de multitud de datos, ya localizados en documentos consultados y aquellos generados durante la propia investigación, y la observación de las relaciones y correspondencias entre los diferentes elementos que más allá de la identificación de piezas puntuales permiten entender el territorio como un sistema complejo. Es en este punto donde entra la fase de análisis. La lectura por capas permite la observación de los distintos marcos de forma física y temporal superponiendo los marcos normativos de los distintos instrumentos tanto de ordenación urbanística y territorial para encontrar convergencias y divergencias.
FIG. 3. Delimitación en el contexto del litoral de la Axarquía. Superposición de los distintos marcos informativos y normativos
Fuente: Elaboración propia a partir del R-PICA, el POTA-Axarquía 2006, el Atlas de los paisajes de España y el PEPMF-Málaga 2007
El sistema agrario de la huerta de Nerja es una realidad compleja que se extiende por el territorio (Fig. 4), en la que se superponen una serie de capas que permiten el funcionamiento del sistema productivo, tanto desde su continuidad histórica como su viabilidad económica: el sistema de parcelación del cultivo, el sistema de regadío y gestión del agua, el sistema de vías pecuarias y desmontes topográficos y el conjunto de estructuras edilicias que acompañan la explotación agraria. Los productos principales que se han desarrollado y continúan a día de hoy son la caña de azúcar y el cultivo del aguacate, el mango, el níspero, la chirimoya… entre multitud de otras frutas tropicales; en su mayoría siguiendo el tipo histórico de cultivo hortofrutícola de pequeña escala a cielo abierto con algunas implementaciones de cubrición plástica en áreas específicas o propietarios singulares. Todos ellos contienen en mayor o menor medida elementos históricos que se han mantenido y han permitido la trazabilidad de la huerta. El presente estudio se centra especialmente en el estudio de la huerta desde su parcelación a través del reconocimiento de sus unidades espaciales y su evolución respecto a su régimen económico y del planeamiento.
El resultado más inmediato es el análisis cuantitativo y cualitativo de las huertas de Nerja en su escala territorial en relación al conjunto de sistemas, especialmente el de asentamiento, destacando su relación con el desarrollo urbano del litoral, mediante la grafía inédita y el reconocimiento geolocalizado de las huertas desde el año 1956 hasta la actualidad. Este hallazgo permite una primera comprobación y es que ciertamente existe una indefinición de los planes respecto al reconocimiento de la actividad agraria y de la huerta en particular. A continuación, se exponen los resultados de manera pormenorizada respecto a la evolución histórica de la huerta en el ámbito de estudio y el estudio de los marcos normativos del caso.
FIG. 4. Panorámica del sistema agrario de las huertas del barranco de Maro
Fuente: Plataforma ciudadana “Otro Maro y Nerja es posible”
El registro de esta evolución se inicia, de manera comparada con los registros cartográficos y normativos, con las ortofotos del año 1956 del Segundo Vuelo Americano serie B. La comparativa que aporta esta imagen (Fig. 5a) con la información tomada de la cartografía histórica perteneciente a los planos de fondeadero coetáneos obtenidos del IECA permite confirmar la fiabilidad de estos segundos dentro del nivel de detalle que ofrecen; se registra la ciudad construida, los principales caminos y carreteras y los espacios de vega cultivados frente a aquellos de relieve accidentado. Dado los condicionantes recogidos anteriormente propios de la topografía y la hidrografía de la zona, la primera estructura cruciforme del asentamiento original se mantiene a escala territorial generando una primera traza. Las huertas se extienden por el litoral adaptándose al límite de los acantilados y al norte hasta Frigiliana.
La adición de casas y huertas a raíz de una primera estructura urbana cruciforme es el inicio morfológico del sistema estructural que sostendrá todos los crecimientos urbanos posteriores. El sistema se despliega al oeste en la zona más llana en lo que pasará a conocerse como la vega Playazo, y al este en contacto con la zona más accidentada de la sierra de Almijara, formando parte y sobrepasando la población de Maro hasta el límite topográfico de los acantilados en lo que de igual forma pasará a denominarse el pago de las Mercedes. Las huertas que se observan en este primer estadio confirman una fuerte continuidad y conectividad con elementos geográficos y antrópicos como es el propio litoral de los acantilados, los ríos y arroyos, los caminos pecuarios y las estructuras de canalizaciones de agua que recorren y alimentan todo el sistema (Fig. 5a).
Si se avanza en el tiempo hasta el desarrollismo de la década de 1980 se comprueba cómo el área que comprendía el inicial caserío hasta el trazado del río Chíllar queda rápidamente ocupado. El avance urbano de la zona noreste sigue unas pautas similares. Las huertas limítrofes a la costa pasan a convertirse en edificaciones de ocio que equipan a la ocupación inmediatamente superior de viviendas de veraneo formando el frente que a día de hoy caracteriza a la playa de Burriana. En paralelo, alejado del núcleo urbano inicial de Nerja, se suceden al oeste las primeras edificaciones de lo que será la urbanización Cañamiel ocupando un promontorio límite del sistema agrario de las huertas en contacto con el litoral de la vega Playazo. Esta actuación sustituye un pequeño grupo de huertas bajo la N-340 (Fig. 5b) que poco después supone el fin de las huertas que quedan a ese lado del arroyo del Meli, camino del Río Seco (Fig. 5c). De igual manera al noroeste se ha sucedido la ocupación de urbanizaciones que se incorporan al incipiente trazado de la carretera A-7. Al este en proximidad al noroeste de Maro sobre la A-7, sumado a otro nuevo trazado de nudo urbano que interrumpe la trama de huerta próximas al barranco de Maro, se sucede una situación similar con la urbanización El Capistrano sobre el promontorio norte de Maro donde se sitúa la Cueva de Nerja (Fig. 5b).
Fig. 5. Evolución histórica de la huerta a escala territorial
Fuente: Elaboración propia a partir de las ortofotos obtenidas de la Fototeca del Instituto Geográfico Nacional
Estas primeras actuaciones, aunque no implican grandes deformaciones o pérdidas del sistema de huertas sino más bien limitaciones de su perímetro por ocupación geográfica de promontorios que ya funcionaban de límite debido a su incompatibilidad con el cultivo, señalan una importante tendencia. Este proceso se continuará en el tiempo mediante la ocupación con edificaciones de tipo urbanización disgregada que no siguen la lógica tipológica de la arquitectura de Nerja. En el último estadio de la evolución, que macla con la actualidad, se observa la ocupación prácticamente total de la zona oeste tomando como límite el río Chíllar que contiene la ocupación de los suelos en su orilla en contacto con la ciudad. Al este de Nerja, que antecede a la huerta más próxima al barranco de Maro, el pago de las Mercedes supone el otro límite, por lo que se puede entender cómo la ciudad de Nerja, respecto a su entorno construido, ha quedado acotada entre estos dos accidentes geográficos, quedando este recinto interior que se produce colmatado de edificaciones, a excepción de la calle Carabeo cuya morfología han permanecido dejando un vacío en el centro urbano a pesar de dejar de ser productivo en torno a 1980 (Fig. 5c) .
A continuación, se desarrollan los marcos normativos que se analizan en cascada jerárquica, tanto escalar como administrativa, comenzando con el POTA-Axarquía, el PEPMF-Málaga y terminando con los planes a escala urbana, siendo estos las NNSS de 1985 y el PGOU 2000 y 2010. El resto de normativas y directrices recogidas en el caso se incluyen de manera paralela cuando se requiere.
El plan subregional que atañe al municipio y territorio próximo de Nerja es el POTA-Axarquía1 que cubre la extensión que se sucede en el litoral desde Benajarafe hasta el extremo este de la provincia de Málaga con Nerja como último gran núcleo (véase Fig. 3). Entre sus objetivos generales reconoce el aprovechamiento sostenible del territorio siguiendo un potencial histórico que señala principalmente basado en la agricultura y más recientemente en el turismo. Es en este apartado inicial donde se reconoce el cambio producido en las dinámicas de ocupación achacando la causa de la transformación acelerada las nuevas demandas residenciales asociadas al ocio estacional. Es destacable que indica la necesidad de dar respuesta a ello sosteniendo un discurso de respeto y conservación de los valores ambientales, paisajísticos y culturales como parte fundamental de la identidad territorial.
El documento en la memoria de ordenación indica explícitamente que la zona de mayor necesidad de ordenación del litoral es la vega Playazo, relacionándola con el potencial desarrollo de establecimientos empresariales ligados al turismo en forma de usos residencial, comercial y de ocio. Por ello este plan prioriza la propuesta de ordenación de lo que denomina “espacio turístico en la franja costera” a través de la identificación de áreas de oportunidad, espacios donde concurren factores que permiten potenciar las actividades productivas para el beneficio de la población de manera equilibrada. En su mayoría estas áreas de oportunidad proceden de reservas territoriales que se realizaron a mediados de los años ochenta por protección paisajística del espacio productivo agrario. El propio POTA-Axarquía justifica la pérdida de su sentido debido a la desaparición del cultivo en muchos suelos por el abandono de las actividades agrícolas constituyendo lo que definen como “espacios sin valores paisajísticos de interés”. Esta justificación incorpora así una contradicción en el seno del plan: muchas de esas áreas señaladas son catalogadas en el mismo plan como Suelo No Urbanizable Especialmente Protegido (Fig. 6a). Así mismo, entra en conflicto con el PEMPF-Málaga, el cual destaca su interés paisajístico-productivo, reconociéndolas de igual manera como Espacio Protegido (AG-9), y señala que en la normativa NNSS, vigente en el momento de redacción de este Plan, es Suelo No Urbanizable Protegido.
Las áreas de oportunidad se subdividen a su vez en dos tipos: zonas de oportunidad comercial y de ocio (ZO) y zona de dinamización turística (ZD). Las zonas de oportunidad son espacios para la implantación de establecimientos comerciales y de ocio, prohibiendo explícitamente el uso industrial, y reservando un 30% de edificabilidad para uso residencial encadenados en un eje litoral. Normalmente se sitúan en el territorio comprendido entre la infraestructura de la autovía A-7 y el límite litoral. La que incube a esta investigación es el área de oportunidad denominada Playazo y se encuentra en la vega litoral homónima de la zona oeste de Nerja, llamada también zona de dinamización turística, y la zona de oportunidad Chillar, que se encuentra adosada a esta anterior al noreste. Su objetivo es resolver las tendencias desfavorables de estas áreas a ser segundas residencias a través de la implementación de establecimientos turísticos y comerciales en la principal vega histórica en funcionamiento productivo y con una alta implicación en la protección de la franja litoral. La zona de oportunidad localizada al norte de la N-340 propone un potencial desarrollo turístico con equipamientos comerciales y servicios de ocio. Se reconoce su actual uso como suelo agrario de regadío intensivo y su excelencia paisajística con la figura de “hito paisajístico” debido a los dos promontorios que se localizan, aduciendo este último valor como un criterio de actuación para la colocación de estas nuevas actividades sumadas a un intercambiador de transportes destinado a la población residencial y turística que continúe la ocupación de las dos urbanizaciones bajo el límite de la A-7 (Fig. 6).
Respecto al patrimonio histórico-cultural recogido por el plan subregional es principalmente de tipo defensivo conformado por una serie de torres vigías reconocidas como monumento declarado y protegido como BIC. A destacar los alrededores de la Cueva de Nerja, más asociados al territorio del Sitio Histórico Paraje Pintoresco de Maro. En relación a esto y en continuidad con la aproximación más paisajística, el PEPMF-Málaga en su diagnóstico muestra la preocupación por el paisaje del litoral frente al orden urbanístico:
El paisaje tanto humano como natural, que en un principio pudo actuar como atracción, también ha sido uno de los grandes perjudicados por esta desmesurada demanda de suelo. Así por ejemplo son frecuentes las ‘murallas’ de edificios frente al mar, que no solo ocultan la visión, sino que también han ahogado la imagen tradicional de los pueblos marineros y agricultores [...]. Pese a la gran demanda de ocupación especialmente en la fachada litoral, aún quedan amplios espacios libres [...] los aprovechamientos a los que cabe prestar atención serían el agrícola [...].
En Nerja, el PEPMF-Málaga cataloga actualmente 3 espacios protegidos: la cueva de Nerja como ‘yacimientos de interés científico’ YC-1, los acantilados de Maro como ‘complejos litorales excepcionales’ CL-1 por su “nítida singularidad por la presencia de un conjunto de características geomorfológicas y paisajísticas especialmente valiosas, a las que en ocasiones se le asocian comunidades faunísticas y botánicas de alta diversidad e interés ecológico” y, por último como ya se señaló en relación al POTA-Axarquía, las huertas de Nerja AG-9 como Paisaje Agrario Singular por su “notable singularidad productiva condicionada por determinantes geográficos, el mantenimiento de usos y estructuras agrarias tradicionales de interés social y ambiental” (véase Fig. 3). En este caso, resulta de especial interés la protección de Paisaje Agrario Singular entendido como lugares productivos condicionados geográficamente que mantienen el uso y la estructura agraria tradicional. Esta zona delimitada como AG-9 justifica su protección desde este plan debido a ser un “espacio agrícola de elevada productividad” y con interés paisajístico “de calidad con elevada incidencia visual”.
En relación al PGOU, el primero a tratar es el del año 2000, continuador de las NNSS 1985. Este documento que rige de manera específica por primera vez el urbanismo del municipio indica de manera implícita la huerta como parte activa de la configuración del suelo de Nerja. Hace referencia a su presencia en la ciudad y su actividad proactividad agraria y lo incluye como parte de los espacios libres y zonas verdes que garantizan la salubridad, el reposo y el espaciamiento (art. 4.1.4.) y a su vez lo trata como un elemento espacial más dentro de las definiciones volumétricas de los espacios construidos residenciales (art. 6.2.1.). Respecto a la protección, a través de las normas de regulación se reconoce un tipo concreto denominado como Suelo no Urbanizable con Protección Especial (PE) y entre ellos en específico los suelos con Protección Especial Agrícola en zonas de Huertos (PEA) (art. 10.1.5.). Esta delimitación viene reflejada en el Plano de Regulación del Suelo No Urbanizable B_2 que recoge la práctica totalidad de los espacios catalogados de huertos de Maro y huertos de Nerja, donde el alto rendimiento de las explotaciones agrícolas obliga a extremar las condiciones que garanticen el mantenimiento de las mismas. Y la zona del límite de la costa de la vega Playazo y el vacío de la calle Carabeo como Áreas Libres Públicas con Planeamiento Especial (ALP) (Fig. 6). En su posterior actualización y adaptación a la LOUA, en tramitación y aprobada de manera inicial, la vega Playazo sigue contemplando únicamente la franja litoral ahora como Corredor Marítimo Terrestre dejando el resto de la vega indefinido y sólo protegido por el propio PGOU; lo mismo sucede en el área superior a la N-340 en la zona oriental de Maro.
FIG. 6. Comparativa de la normativa. Zonas de la vega Playazo y barranco de Maro
Fuente: Elaboración propia a partir del POTA-Axarquía, PGOU 2000, PGOU 2010 y ortofotos obtenidas de GEE
El PGOU 2010, recordamos en tramitación, mantiene esos corredores, pero propone la ocupación ya loteada en parcelas urbanizadas del suelo de la vega Playazo y la zona norte próxima a la antigua Fábrica de azúcar de Maro. Esos suelos se califican por la ordenación estructural como Suelo Urbanizable Sectorizado de Uso Residencial y Terciario principalmente. Respecto al estado de este plan conviene añadir la posible relación con la nueva Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA), la cual introduce una serie de cambios y requisitos que deben ser considerados por los planes existentes. En concreto los PGOU deben garantizar su alineación con los principios de sostenibilidad territorial y protección de los suelos agrarios, teniendo en cuenta las nuevas restricciones y normativas que limitan la transformación de suelos agrarios en otras categorías de suelo, por ejemplo suelo urbano o industrial, para garantizar su uso agrario y prevenir lo que se reconoce como la fragmentación del territorio y la pérdida de su valor (Art. 33 y Art. 36 y Art. 37). Esto puede haber acarreado ciertos impulsos debido a que en este documento se distinguen dos clases de suelo: suelo rústico, entre el que se encuentra el suelo agrario, (Art. 21), y suelo urbano; desapareciendo el suelo urbanizable y la categorización del suelo urbano como consolidado y no consolidado. Por ello pueden existir implicaciones con las calificaciones del PGOU 2000 y las del posterior PGOU 2010.
La aproximación planteada en la investigación busca la operatividad del paisaje del patrimonio agrario sin perder su riqueza funcional, que permite el mantenimiento de su propia idiosincrasia en lugar de relegar al territorio a una dimensión únicamente estética o de reserva de suelos. La actividad agraria, entendida desde su recorrido histórico y su potencial actualización ya asumida en otros casos emergentes, produce una identidad territorial y paisajística concreta que en el caso específico de este enclave viene dado por la huerta. Tal especificidad como unidad presente desde la tipología urbana hasta el territorio puede ser el catalizador idóneo en un cambio de percepción hacia la integración en un entramado único multiescalar y de una nueva visión de resiliencia y adaptación de los recursos y valores del paisaje y la ciudad desde la propia forma de ocupación y relación con el medio natural (Fig. 7).
Fig. 7. Imágenes extraídas del corto cinematográfico “SE VENDE El último vergel”
Fuente: “SE VENDE El último vergel”. Dirección: Daniel Natoli. Coproducción: Peripheria + Criocrea. Rizoma Fundación y el Proyecto de investigación I+D+i: Saturación turística en destinos costeros españoles
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Documento |
Calificación asignada |
Documento en conflicto |
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NNSS (1985) |
NO URBANIZABLE - SUELO AGRÍCOLA PROTEGIDO - PROTECCIÓN DEL PAISAJE |
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POTA-Axarquía (2006) |
RED DE ESPACIOS LIBRES DE INTERÉS COMARCAL - ESPACIOS LIBRES VINCULADOS AL LITORAL - CORREDOR MARÍTIMO TERRESTRE PROTECCIÓN DE RECURSOS - ZONA DE INTERÉS TERRITORIAL INDEFINICIÓN |
NNSS (1985) PGOU (2000) PEPMF(2007) |
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PEPMF-Málaga (2007) |
ESPACIO PROTEGIDO PAISAJE AGRARIO SINGULAR AG-9 |
POTA (2006) PGOU (2000) |
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PGOU (2000) |
SUELO NO URBANIZABLE (SNU) SISTEMA ESPACIOS LIBRES Y ABIERTOS (SNU*) - SISTEMA GENERAL SUELO URBANIZABLE PROGRAMADO(SUP) ESTRUCTURA GENERAL Y ORGÁNICA DEL TERRITORIO A_2 - USO GLOBAL PRINCIPAL AGRÍCOLA (AG) - SISTEMA GENERAL ÁREA LIBRE (AL) REGULACIÓN DEL SUELO NO URBANIZABLE B_2 SUELO NO URBANIZABLE NO PROTEGIDO - ÁREAS LIBRES PÚBLICAS CON PLANEAMIENTO ESPECIAL (ALP) PROTECCIÓN ESPECIAL - AGRÍCOLA EN ZONA DE HUERTOS (PEA) - INTERVENCIONES PROPÙETSAS REGULACIÓN ACTIVIDAD AGRÍCOLA EN ESPACIOS PROTEGIDOS (4) |
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PGOU (2010)* *Adaptado a la LOUA y aprobado de manera inicial por el COAMálaga |
SISTEMA DE ESPACIOS LIBRES SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA TÉCNICA SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO - RESIDENCIAL - TERCIARIO SUELO NO URBANIZABLE - HÁBITAT RURAL DISEMINADO - INTERÉS TERRITORIAL - ACANTILADOS |
POTA (2006) PEPMF(2007) PGOU (2000) PGOU (2010) |
FIG. 8. Tabla comparativa de la normativa respecto a la calificación de las huertas
Fuente: Elaboración propia a partir de los documentos: NNSS 1985, POTA-Axarquía 2006, PEPMF-Málaga 2007, PGOU 2000 y PGOU 2010
Es el propio documento del POTA el que recoge la siguiente afirmación: “Definir instrumentos económicos y de concertación para incentivar a la propiedad rural al mantenimiento y conservación de elementos característicos del paisaje agrario”. Esta afirmación, como tantas otras que producen incongruencias, se ha confrontado en esta investigación con planes y actuaciones ya consolidadas que únicamente reconocen la franja litoral como un territorio deseable y útil para el desarrollo urbanístico turístico, muy lejos de la supuesta adecuada integración que asegure un desarrollo ordenado y sostenible. En la mayoría de las ocasiones en el municipio de Nerja el reconocimiento de la trama agraria y su actividad se reduce a la suposición de un perímetro que contiene una agrupación de huertas que se delimita a su vez por el espacio construido limítrofe. La estructura parcelaria del medio rural, siempre dependiente de la explotación de la tierra, define el ámbito de los núcleos, y no al contrario, revelando pautas de ocupación del territorio que no debieran perderse de vista en el planeamiento o la ordenación del mismo. Hablamos de lugares que durante mucho tiempo se han intentado desactivar a base del propio asedio de la especulación turística en lugar de ser asumidos y dinamizados con herramientas que ordenen e integren estos espacios. Es el caso del sistema de espacios libres, que en último término se basa en estos valores reconocidos al sistema agrario, un cauce de encuentro en el medio rural desde su singularidad. Un territorio, productivo y dinámico, ejemplo vigente de la cultura y el sustento histórico y económico del enclave y a la vez una nueva oportunidad de entendimiento de Nerja.
En el recorrido realizado en paralelo entre el desarrollo histórico y el planeamiento de Nerja, se observan el aluvión de tensiones en la ocupación del espacio agrario de la huerta que precisamente en la actualidad adquieren su máxima expresión. Por un lado, al inicio se advierte la continua protección del territorio de huertas por su actividad agraria desde el PEPMF-Málaga 1987 que lo identificó como Paisaje Agrario Singular promoviendo su reconocimiento e inclusión en posteriores documentos pero con una propensión a ir disminuyendo la extensión de los suelos protegidos como hemos observado en el POTA-Axarquía que comienza a limitarse únicamente a la franja litoral proponiendo cambios de uso en las huertas interiores y por tanto su terminación. Esta tendencia se mantiene hasta las actualizaciones del PGOU 2000, que trata de rebajar esta calificación, dejando ciertos suelos no clasificados o como suelo urbanizable para finalmente otorgarle la denominación de SNU Agrícola Genérico para facilitar su futura reclasificación como urbanización dejando que en la actualización a la LOUA pase a únicamente estar protegido por el propio PGOU, recurriendo la protección del POTA-Axarquía y por tanto facilitando proyectos urbanísticos especulativos. El PEPMF-Málaga 2007 es la única herramienta que actualmente frena esa reclasificación (Fig. 9).
FIG. 9. Comparativa de la huerta actual e histórica con los documentos de planeamiento
Fuente: Elaboración propia a partir del POTA-Axarquía 2006, PEPMF-Málaga 2007, PGOU 2010 y la cartografía de la huerta
El estudio pormenorizado de la huerta, más allá de permitirnos evidenciar su capacidad de ordenación espacial, nos descubre que el entorno inmediato de los núcleos de Nerja y Maro posee suficientes argumentos para generar un discurso altamente singular desde el prisma del patrimonio y el paisaje. La huerta forma una estructura bidireccional entre lo urbano y lo agrario que genera un rico sistema patrimonial en sí y que además interactúa con otros y los complejiza (Fig. 9). Se observa a lo largo de la evaluación de la morfología, entramados y recursos, menores o mayores, que las huertas han generado al situarse en posiciones e itinerarios privilegiados, aspecto que no se ha tenido en cuenta para movilizar actuaciones de refuerzo de la interacción en los bordes para abrir horizontes a un caserío ensimismado (que se remonta históricamente a los orígenes del asentamiento) al que se han adosado crecimientos de difícil encaje. Dentro de esos bordes, resultado de regulaciones simplificadoras sin atención a lo local, donde su lógica agraria histórica en vez de añadir riqueza evidencia más aún los desajustes, sólo un modelo de intervención de regeneración de espacios libres evitando colmatar más suelos puede abrir camino y moderar la compleja situación. A pesar de la degradación visual y paisajística, esa estructura de huertas, ahora periféricas, conforma una franja de gran potencial desde su percepción a su uso. Tal espacio territorial sigue presentando una capacidad de ordenación si se es capaz de reconocer y actualizar los sistemas agrarios históricos que lo sustentan.
Tejer campo y ciudad ha estado presente en todo momento y de manera congénita en los desarrollos territoriales de los asentamientos. Es en el escenario actual donde existe un proyecto a explorar que puede contribuir a dar cabida a estos enclaves dentro de los procesos urbanos, que hasta ahora se han visto beneficiados por la ausencia de un planeamiento territorial haciendo que muchas ciudades únicamente avancen siguiendo parámetros económicos y cuantitativos. La actividad agraria tiene implicaciones muy importantes en la percepción inmediata del paisaje y su dinamización; el peligro se cierne cuando un acercamiento meramente visual, comúnmente alimentado por el turismo, degrada el paisaje con actuaciones que, en el caso del patrimonio agrario, suponen el cese de la actividad, la homogeneización del territorio y la pérdida de su identidad.
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AEMA |
Agencia Europea del Medio Ambiente |
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BIC |
Bien de Interés Cultural |
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CEP |
Convenio Europeo del Paisaje (2000) |
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CNIG |
Centro Nacional de Información Geográfica |
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EC |
Comisión Europea |
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FAO |
Food and Agriculture Organization of the United Nations |
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GEE |
Google Earth Engine |
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IAPH |
Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico |
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ICOMOS |
Consejo Internacional de Monumentos y Sitios |
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IFLA |
Comité Científico Internacional de los Paisajes Culturales |
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LISTA |
Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía |
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NNSS |
Normas Subsidiarias |
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OCDE |
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico |
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PEPMF |
Plan Especial de Protección del Medio Físico de la provincia de Málaga (2007) |
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PGOU |
Plan General de Ordenación Urbana |
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PNOA |
Plan Nacional de Ortofotografía Aérea |
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POTA |
Plan de Ordenación Territorial de Andalucía |
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R-PICA |
Registro de Paisajes de Interés Cultural de Andalucía |
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SG |
Sistema General |
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SIG |
Sistema de Información Geográfica |
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SIGPAC |
Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas |
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SIPAM |
Sistemas Importantes del Patrimonio Agrícola Mundial |
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SNU |
Suelo No Urbanizable |
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SU |
Suelo Urbanizable |
Los/as autores/as agradecen las críticas constructivas recibidas, comentarios y sugerencias realizados por las personas evaluadoras anónimas, que han contribuido a mejorar y enriquecer el manuscrito original.
La autora principal de este artículo es beneficiaria de la siguiente ayuda: Contrato predoctoral Programa de Ayudas para la Formación de Profesorado Universitario FPU (FPU21/03499), Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (Gobierno de España).
1El POTA es un instrumento de planificación y ordenación que establece los elementos básicos para la organización y estructura del territorio andaluz, constituyendo el marco de referencia territorial para los demás instrumentos de ordenación territorial y urbanística.